Hacienda y Administraciones
Públicas
APROBADO EL PROYECTO
DE LEY DE PRESUPUESTOS
GENERALES DEL ESTADO PARA
2013
-
Fija una subida del 1
por 100 de todas las
pensiones. El gasto en
pensiones aumenta el 4,9
por 100 frente a 2012
hasta alcanzar un total
de 121.557 millones de
euros
-
Son unas cuentas
austeras que contemplan
la mayor parte del
ajuste por la vía del
gasto ya que se reducen
el 7,3 por 100, mientras
que los ingresos se
incrementan el 4 por 100
de los ingresos
-
La congelación de
retribuciones salariales
de los empleados
públicos y la nueva
oferta de empleo público
contribuyen a reducir un
3,9 por 100 el gasto del
personal activo del
Estado
-
El conjunto de los
ministerios ajustará su
gasto un 8,9 por 100
hasta un total de 39.722
millones de euros
-
El Estado asume la
financiación de las
prestaciones no
contributivas con 6.662
millones de euros
-
Se mantiene el
compromiso irrenunciable
de recortar el déficit
del conjunto de las
Administraciones
Públicas en 2013 hasta
el 4,5 por 100 del PIB
-
El Gobierno permitirá en
2013 la actualización de
balances empresariales y
limitará la deducción
fiscal por amortización
-
El Gobierno empleará los
incrementos de
recaudación derivados de
modificaciones fiscales
selectivas para
incrementar las
pensiones y financiar el
gasto social
El Consejo de Ministros ha
aprobado la remisión a las
Cortes Generales del
Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del
Estado para 2013, unas
cuentas austeras que
profundizan en el proceso de
saneamiento de la economía
española, sentando unas
bases sólidas que
contribuyan al crecimiento
económico y la creación de
empleo.
Los Presupuestos del Estado
para 2013, los segundos que
elabora el Gobierno en un
mismo año, contribuirán,
igualmente, a que España
cumpla con los compromisos
de consolidación fiscal
adquiridos con Europa.
La austeridad de las cuentas
del próximo año queda
reflejada en el descenso del
7,3 por 100 que
experimentará el gasto del
Estado, excluidos la
aportación a la Seguridad
Social, el pago de intereses
y el sistema de financiación
de las Administraciones
Territoriales, así como por
el aumento del 4 por 100 de
los ingresos, en un momento
en el que se vislumbra un
complicado escenario
económico.
Este esfuerzo de contención
del gasto público en 2013
tendrá más peso en la
consolidación fiscal que el
aumento de los ingresos. El
60 por 100 del ajuste es
reducción de gasto y el 40
por 100 por incremento de
ingresos.
El presupuesto para el
próximo año mantiene, sin
embargo, una serie de
políticas prioritarias, como
es el caso del gasto social,
que supone el 63,6 por 100
del gasto consolidado.
Se congela el sueldo
a los empleados públicos
El gasto en pensiones
aumenta el 4,9 por 100
frente a 2012 hasta un total
de 121.557 millones de
euros, incluido un
incremento del 1 por 100 de
todas las pensiones. Las
aportaciones del Estado para
la financiación de las
prestaciones no
contributivas de alcanza los
6.662 millones de euros.
Los gastos de personal
activo del Estado se reducen
en un 3,9 por 100 como
consecuencia de la
congelación de retribuciones
de los empleados públicos y
la oferta de empleo público,
salvo sectores sensibles
como personal de hospitales,
docentes de educación,
seguridad, lucha contra el
fraude y extinción de
incendios, que tendrán una
tasa de reposición del 10
por 100. Los investigadores
y la promoción de la
internacionalización también
tendrán una tasa de
reposición del 10 por 100.
Se garantiza que los
trabajadores públicos
tendrán en 2013 dos pagas
extras.
Otra partida prioritaria
para el desarrollo económico
que no experimenta variación
respecto a 2012 es la de I+D
civil, que mantiene un
presupuesto de 5.563
millones de euros.
De cara a 2013 se vuelven a
recortar subvenciones a
sindicatos, partidos
políticos y organizaciones
empresariales. En concreto,
las destinadas a
organizaciones sindicales,
empresariales y otras
experimentan un descenso del
20 por 100, que se eleva al
40 por 100 con la suma del
descenso de 2011. Las
subvenciones a los partidos
políticos caen el 42 por
100.
Otras políticas prioritarias
de gasto que contribuirán a
la consolidación fiscal del
Estado serán la seguridad
ciudadana e Instituciones
penitenciarias, que se
reducen el 5,4 por 100 hasta
7.903 millones de euros, y
Justicia que se recortará el
4,3 por 100 hasta 1.543
millones de euros.
Cae un 8,9 por 100
el gasto de los Ministerios
El compromiso es reducir el
déficit del conjunto de las
Administraciones Públicas
hasta el 4,5 por 100 del
PIB, frente al 6,3 por 100
previsto para el cierre de
2012. La Administración
Central y Seguridad Social
reducirán su déficit hasta
el 3,8 por 100, a las
Comunidades Autónomas le
corresponderá fijar su
déficit en el 0,7 por 100,
mientras que las
Corporaciones Locales
cerrarán 2013 con déficit
cero.
Los Presupuestos del Estado
de este año 2012 contemplan
una reducción del conjunto
del gasto de los Ministerios
del 8,9 por 100, excluidas
las obligaciones de
ejercicios anteriores y las
aportaciones al Servicio
Público de Empleo, la
Seguridad Social y el MEDE,
hasta un total de 39.722
millones de euros.
El Ministerio de
Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente es el que
sufre un mayor ajuste en los
Presupuestos para 2013 al
recortar su gasto con un
25,4 por 100. A
continuación, se sitúan el
Ministerio de Industria,
Energía y Turismo, con un
recorte del 21,3 por 100 el
Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte, con el
17,2 por 100.
En sentido contrario, el
gasto del Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales
e Igualdad experimenta un
incremento del 28,6 por 100
y el Ministerio de Empleo y
Seguridad Social aumenta el
13,7 por 100.
Ingresos
El total de los ingresos no
financieros para 2013
después de la cesión a Entes
Territoriales llegará a los
124.044 millones de euros,
lo que supone un crecimiento
del 4 por 100 frente al
Presupuesto de 2012.
Los ingresos tributarios
antes de la cesión a Entes
Territoriales alcanzarán los
175.177 millones de euros,
un 3,8 por 100 más que en el
Presupuesto de 2012. La
recaudación por IRPF crecerá
el 1,5 por 100 hasta 74.215
millones de euros, mientras
que la generada por el
Impuesto de Sociedades se
reducirá 2,8 por 100 hasta
alcanzar los 19.012 millones
de euros.
Los ingresos por IVA se
incrementarán el 14,6 por
100 como consecuencia de las
medidas puestas en marcha
por el Gobierno, hasta
alcanzar los 54.657 millones
de euros, mientras los
ingresos por Impuestos
Especiales subirán el 8,3
por 100 hasta los 19.956
millones de euros.
MEDIDAS TRIBUTARIAS
El Consejo de Ministros ha
aprobado, junto a los
Presupuestos Generales del
Estado para 2013, un
Proyecto de Ley de medidas
tributarias con el fin de
consolidar las finanzas
públicas e impulsar la
actividad económica.
Dentro de este paquete de
medidas, el Gobierno
permitirá en 2013 la
actualización monetaria por
parte de las empresas del
último balance aprobado por
ellas. Se trata de adaptar
los valores contables a la
evolución de la inflación.
Con ello se evitan tensiones
inflacionistas en las
empresas y a la vez que se
acerca el valor contable al
valor de mercado. La
actualización tendrá
carácter voluntario, se
extenderá tanto a personas
jurídicas como físicas y
estará sometido a una carga
fiscal del 5 por 100 del
importe de la actualización.
Abarcará el activo del
inmovilizado material y los
arrendamientos financieros.
El importe de las
revalorizaciones contables
se llevará a una cuenta
específica de reserva de
revalorización.
Posteriormente, se podrá
destinar esta cantidad a la
reducción de resultados
contables negativos, a la
ampliación del capital
social o a reservas de libre
disposición. Por tanto, la
medida permitirá también
potenciar la financiación
interna de las empresas al
mejorar su capacidad de
acceso al mercado de
capitales y de deuda.
Los coeficientes de
actualización se
establecerán
reglamentariamente para su
aplicación sobre el precio
de adquisición y
amortizaciones. La
actualización de balances es
una medida que se realiza
con cierta periodicidad. Las
últimas fueron aprobadas en
1983 y 1996.
Por otra parte, y de forma
temporal para 2013 y 2014,
Hacienda limitará la
deducibilidad fiscal de las
amortizaciones del
inmovilizado material
realizadas por grandes
empresas. Será de un 70 por
100 del máximo previsto en
tablas. La medida tendrá
efectos en 2013 a través de
los pagos fraccionados.
Quedan excluidas las pymes y
micropymes, que podrán
amortizar normalmente.
Plusvalías a corto
El Proyecto de Ley altera
también el régimen de
tributación aplicable a las
ganancias patrimoniales
obtenidas a corto plazo, con
el fin de frenar los
movimientos especulativos.
De esta forma, se
incorporarán en la base
imponible general del IRPF
las ganancias que deriven de
la venta de elementos
patrimoniales que hubieran
permanecido un año o menos
en el patrimonio del
contribuyente. Éstas pasarán
a tributar a la tarifa
general, es decir, al tipo
de gravamen del
contribuyente en vez de al
tipo de gravamen del ahorro
en que se encuentran
encuadradas ahora.
Loterías
Por otra parte, Hacienda
fijará un gravamen del 20
por 100 sobre los premios de
loterías y apuestas
organizadas por la Sociedad
Estatal Loterías y Apuestas
del Estado y por las
Comunidades Autónomas, y de
los sorteos organizados por
la Cruz Roja y la ONCE. Se
aplicará a los premios que
se celebren a partir del 1
de enero de 2013. Quedan
exentos los que cuenten con
un importe inferior a 2.500
euros. Se fija, asimismo,
una retención o ingreso a
cuenta coincidente con el
importe de dicho gravamen
especial, operando como
retención liberatoria.
Por otro lado, en relación
al Impuesto sobre el
Patrimonio se prorroga al 1
de enero de 2014 la
tributación sobre el
patrimonio de las personas
físicas. Las Comunidades
Autónomas tienen potestad
para establecer
bonificaciones en este
tributo.
Vivienda e IBI
En materia inmobiliaria, se
suprime la deducción por
inversión en vivienda
habitual para las
adquisiciones que se
realicen a partir del 1 de
enero de 2013. La medida, ya
adelantada por el presidente
del Gobierno en el Congreso
de los Diputados, responde a
las recomendaciones
realizadas por la Comisión
Europea. Se mantiene la
deducción para adquisiciones
anteriores a 2013.
Además, los ayuntamientos
podrán optar por gravar a
través del Impuesto sobre
Bienes Inmuebles (IBI) el
patrimonio histórico
artístico que esté afecto a
actividades económicas.
Presidencia
REFORMAS
ESTRUCTURALES PARA EL
PRÓXIMO SEMESTRE DENTRO DE
LA ESTRATEGIA DE POLÍTICA
ECONÓMICA
-
Más de cuarenta
iniciativas
legislativas, además del
Plan de Emprendedores y
las Estrategias de
Ciencia, Tecnología e
Innovación, se pondrán
en marcha hasta finales
de marzo de 2013
El Consejo de Ministros ha
analizado la Estrategia
Española de Política
Económica del Gobierno,
coordinada por la
vicepresidenta del Gobierno,
en colaboración con la
Oficina Económica del
Presidente del Gobierno y la
participación de todos los
Ministerios, en la que se
recoge el balance de las
principales medidas
adoptadas hasta el momento;
así como las principales
reformas estructurales
previstas para el próximo
semestre, que supondrán la
aprobación de más de
cuarenta iniciativas con
rango de Ley hasta el mes de
marzo, entre las que se
pueden destacar las
siguientes:
-
Creación de una
Autoridad Fiscal
Independiente
-
Reforma de la Ley de
Mutuas de Accidentes de
Trabajo y Enfermedades
Profesionales
-
Ley de Garantía de la
Unidad de Mercado
-
Ley del Sector Eléctrico
-
Ley de Medidas en el
ámbito del ejercicio
profesional
-
Ley General de
Telecomunicaciones
-
Ley de Rehabilitación,
Regeneración y
Renovación Urbanas
-
Ley de Medidas para la
Mejora del
Funcionamiento de la
Cadena Alimentaria
-
Ley de Evaluación
Ambiental
-
Ley de Jurisdicción
Voluntaria
La Estrategia Española de
Política Económica del
Gobierno parte de un repaso
de las dificultades y
fortalezas con las que
cuenta la economía española,
y refleja las líneas
estratégicas prioritarias de
la acción del Gobierno para
favorecer la recuperación
económica y la creación de
empleo. Estas líneas se
centran en la consolidación
fiscal, la reforma del
sistema financiero y las
reformas estructurales
necesarias para mejorar la
flexibilidad y competencia
de la economía española.
Consolidación fiscal
En el ámbito de la
consolidación fiscal se
define una mejora de la
gobernanza económica, con un
mayor control y disciplina
presupuestaria, sobre la
base de la Ley Orgánica de
Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera y
el compromiso de todas las
Administraciones Públicas en
el estricto cumplimiento de
los objetivos
presupuestarios.
En este terreno, se han
puesto en marcha ya
instrumentos fundamentales
como el Plan de Pago a
Proveedores o el Fondo de
Liquidez para las
Comunidades Autónomas, que
permiten a las
Administraciones
Territoriales hacer frente a
sus deudas y necesidades
financieras, siempre y
cuando cumplan con unos
requisitos de ordenación de
sus cuentas.
Autoridad Fiscal
Independiente
Además, para reforzar este
compromiso se introducen
nuevos mecanismos de control
y transparencia
presupuestarios. Por un
lado, en el primer trimestre
de 2013, se creará una
Autoridad Fiscal
Independiente que velará por
el estricto cumplimiento de
la normativa presupuestaria.
Para ello, la Autoridad
llevará a cabo un
seguimiento continuo sobre
el diseño, la implementación
y la ejecución de los
presupuestos, permitirá
detectar de forma temprana
las posibles desviaciones y,
en su caso, realizar las
advertencias convenientes.
Por otro lado, y para
incrementar la
transparencia, se establece
que a partir de ahora los
datos de ejecución
presupuestaria, en
Contabilidad Nacional, de
las Comunidades Autónomas se
comunicarán de forma
mensual.
La transparencia y la
responsabilidad en la
gestión de los recursos
públicos quedarán reforzadas
también con aprobación de la
Ley de Transparencia, Acceso
a la Información y Buen
Gobierno.
Déficit público
Más allá de las nuevas
reglas de gasto, se
establecen también nuevas
medidas para avanzar en la
necesaria reducción del
déficit público. Desde el
punto de vista de los
gastos, se avanzará en la
austeridad y eficiencia de
las Administraciones
Públicas, de forma que la
Administración General del
Estado seguirá aplicando
medidas para mejorar la
gestión del patrimonio
inmobiliario, como un Plan
de Enajenación de Inmuebles
Rústicos, o extender las
centrales de compras de
bienes y servicios. Las
Administraciones
Territoriales, por su parte,
deberán cumplir los ajustes
previstos en sus respectivos
Planes
Económico-Financieros, entre
los que se incluye la
reducción del número de
empresas y fundaciones
públicas, en línea con el
Plan de Redimensionamiento
que está aplicando el
Gobierno central en este
ámbito.
Por lo que respecta a los
ingresos, el Gobierno ha
llevado a cabo ya una
importante revisión de las
figuras tributarias,
incluyendo una nueva
fiscalidad energética y
medioambiental. Continuando
con esta revisión, se
recogen ahora nuevas medidas
impositivas, como la
modificación de la
tributación por IRPF (para
ajustar la tributación por
plusvalías obtenidas a corto
plazo, eliminar la deducción
por compra de vivienda o
establecer un nuevo gravamen
para premios de Loterías y
Apuestas del Estado
superiores a 2.500 euros) y
nuevas medidas en el
Impuesto sobre Sociedades,
para la reforma del régimen
de amortización.
Además, para incrementar los
ingresos, erradicar el
fraude y favorecer la
equidad, en este último
trimestre del año se
aprobarán la nueva Ley de
Prevención y Lucha contra el
Fraude Fiscal, la Ley de
lucha contra el Empleo
Irregular y el Fraude a la
Seguridad Social y la
reforma del Código Penal.
Este paquete normativo
contra el fraude aporta
importantes novedades, como
la limitación a 2.500€ de
los pagos en efectivo en
operaciones.
Reforma del Sistema
Financiero
Como segunda línea
estratégica fundamental, la
Reforma del Sistema
Financiero continuará con la
aplicación prevista en los
Reales Decretos-Leyes
aprobados, en lo que se
refiere a los planes de
reestructuración y
resolución de entidades, y
se verá reforzada con un
nuevo marco normativo
coherente con la Unión
Europea, incluyendo el
desarrollo reglamentario y
puesta en marcha de la
sociedad de gestión de
activos, que se llevará a
cabo antes de final de año.
REFORMA
ESTRUCTURALES
La tercera gran línea de la
Estrategia Española de
Política Económica la
constituyen las reformas
estructurales previstas para
el próximo semestre.
Mercado laboral y
política de empleo
El Gobierno continuará
avanzando en la
implementación de la reforma
del mercado laboral y la
revisión de las políticas de
empleo. En este ámbito, las
principales novedades se
centrarán en el impulso a la
formación profesional, con
el desarrollo reglamentario
del contrato para la
formación y el aprendizaje y
el establecimiento de las
bases para la implantación
de un modelo de formación
profesional de carácter
dual. Para favorecer la
empleabilidad, también se
reforzará la intermediación
laboral, con una mayor
colaboración público-privada
en el ámbito de los
Servicios Públicos de
Empleo. Además, se llevará a
cabo una amplia evaluación
de las políticas activas de
empleo -en la línea del
seguimiento de los
resultados de la reforma
laboral que llevará a cabo
el Gobierno-, para
determinar los futuros
objetivos prioritarios y
concentrar los recursos en
la inserción laboral de las
personas con mayor
dificultad para encontrar un
empleo. En coherencia con
este objetivo, se aprobará,
antes de finalizar el año,
la Estrategia de Empleo y
Emprendimiento Joven.
Educación
En este sentido, además, se
recoge como prioritaria la
Reforma de la Educación, con
base en la Ley Orgánica para
mejorar la Calidad
Educativa, que supone una
reforma integral del
sistema, para reducir el
abandono, favorecer la
capacitación y la
empleabilidad de los jóvenes
españoles.
Pensiones
Ambas reformas, laboral y
educativa, determinan en
gran medida la creación de
empleo en nuestro país y,
con ello, la sostenibilidad
del sistema de pensiones,
que constituye una prioridad
fundamental para el
Gobierno, más todavía en un
entorno económico que
provoca la caída de la ratio
del número de cotizantes por
pensionista. En este
sentido, en este mismo
trimestre se remitirá a la
Comisión del Pacto de Toledo
una propuesta de regulación
del factor de
sostenibilidad, en
cumplimiento de la Ley
27/2011, para permitir una
revisión de los parámetros
del sistema de pensiones
-como la esperanza de vida-
para asegurar su viabilidad.
Además, se incorporarán
nuevas medidas para acercar
la edad real a la edad legal
de jubilación, modificando
la regulación de la
jubilación parcial y
anticipada. Para contribuir
a la sostenibilidad del
sistema se reformará también
la normativa sobre Mutuas de
Accidentes de Trabajo y
Accidentes Profesionales,
modernizando su
funcionamiento y gestión,
para alcanzar un mayor nivel
de eficacia.
Sector público
En el marco de la
sostenibilidad de los
servicios públicos, se
avanzará también en las
líneas prioritarias de la
Reforma del Sector Público.
A los instrumentos
incorporados en la
legislación estatal para
racionalizar los servicios
de sanidad, educación y
dependencia o la gestión de
las televisiones
autonómicas, se sumarán las
actuaciones previstas en los
Planes Económico-Financieros
aprobados para todas las
Comunidades Autónomas, así
como la aprobación de la
nueva Ley de Racionalización
y Sostenibilidad de la
Administración Local, que
delimitará las competencias
municipales y evitará
duplicidades, al tiempo que
reducirá las estructuras
administrativas
(Mancomunidades y Entidades
Locales Menores), previendo
además una limitación del
número de concejales en la
reforma de la Ley Orgánica
de Régimen Electoral
General.
Unidad de Mercado
Desde el punto de vista de
la mejora de la
competitividad, la
flexibilidad y la capacidad
de crecimiento de la
economía española, se
plantea un amplio programa
de reformas para el próximo
semestre. En primer lugar,
se mejorará el marco
regulatorio y de supervisión
sobre la base de dos grandes
Leyes: la Ley de Garantía de
la Unidad de Mercado, para
asegurar la libre
circulación de bienes y
prestación de servicios en
todo el territorio nacional,
reduciendo los costes
derivados de la
fragmentación del mercado
interior; y la Ley de
creación de la Comisión
Nacional de los Mercados y
la Competencia para unificar
en una única instancia las
funciones de los organismos
supervisores, simplificando
procedimientos y
favoreciendo el correcto
funcionamiento de los
mercados.
Plan de
Emprendedores
Para lograr una mayor
competitividad, reducir el
desempleo y dinamizar la
economía, se aprobará en el
próximo semestre un Plan de
Emprendedores que favorezca
la creación, desarrollo y
expansión de las pequeñas y
medianas empresas de nuestro
país. Así, se creará la
figura del emprendedor de
responsabilidad limitada, se
facilitará la segunda
oportunidad en la creación
de nuevos negocios y se
impulsarán nuevas formas de
financiación alternativa a
la bancaria. Asimismo, se
creará la Agencia de
Internacionalización, que
aprovechará las sinergias de
los distintos instrumentos
públicos para facilitar las
exportaciones españolas y la
captación de inversión
extranjera, y se avanzará en
la puesta en marcha el Plan
Nacional e Integral de
Turismo con su primera
evaluación, así como otras
medidas de potenciación de
este sector estratégico.
Ciencia
En el ámbito de la Ciencia y
la Innovación, se prevé una
nueva planificación de las
estrategias españolas de
Ciencia, Tecnología e
Innovación, y la creación de
una Agencia Estatal para la
Investigación, que
gestionará, financiará y
evaluará la actividad
científica de carácter
público.
Competencia
Con el fin de incrementar la
competencia, se prevén
también una Ley de Medidas
en el ámbito del ejercicio
profesional, en línea con lo
establecido en las
recomendaciones del Semestre
Europeo 2012-2013; nuevas
actuaciones para avanzar en
la liberalización del sector
de las telecomunicaciones,
con una nueva Ley General de
Telecomunicaciones; en el
sector del transporte
(liberalización del tráfico
de viajeros nacional por
ferrocarril y medidas para
permitir la entrada de
capital privado en AENA), y
en el sector de la energía
(con una nueva Ley del
Sector Eléctrico).
Mercado inmobiliario
También se adoptarán medidas
para la dinamización del
mercado inmobiliario, sobre
la base de dos nuevos
instrumentos normativos: la
Ley de Medidas de
Flexibilización y Fomento
del Mercado de Alquiler de
Viviendas o la Ley de
Rehabilitación, Regeneración
y Renovación Urbanas.
Sector primario
Por último, en el próximo
semestre se aprobarán
medidas de apoyo al sector
primario, que conduzcan no
sólo el equilibrio y la
transparencia en el
funcionamiento de la cadena
alimentaria (Ley de medidas
para la mejora de la cadena
alimentaria), sino también a
impulsar el crecimiento y la
internacionalización de este
sector.
Seguridad jurídica
Otro factor fundamental para
el correcto funcionamiento
de la economía radica en la
seguridad jurídica.
Consciente de ello, el
Gobierno aprobará en el
próximo semestre un conjunto
de medidas para aportar
mayor agilidad y mayores
garantías en el
funcionamiento de la
Administración de Justicia,
a través de la revisión de
las tasas judiciales,
reforzando las garantías en
la asistencia jurídica
gratuita o aprobando una
nueva Ley del Registro
Civil.
Economía y Competitividad
CREADA LA COMISIÓN
NACIONAL DE MERCADOS Y
COMPETENCIA
El Consejo de Ministros ha
aprobado la remisión a las
Cortes Generales del
Proyecto de Ley de Creación
de la Comisión Nacional de
Mercados y Competencia para
su remisión a las Cortes,
con objeto de que sea
aprobada antes de fin de
año. Este órgano persigue
asegurar el correcto
funcionamiento, la
transparencia y la
existencia de competencia
efectiva en todos los
mercados y sectores
productivos.
El nuevo organismo agrupa
las funciones que
desarrollan la Comisión
Nacional de Energía, la
Comisión del Mercado de las
Telecomunicaciones, la
Comisión Nacional de la
Competencia, el Comité de
Regulación Ferroviaria, la
Comisión Nacional del Sector
Postal, la Comisión de
Regulación Económica
Aeroportuaria y el Consejo
Estatal de Medios
Audiovisuales. En esta
reordenación de funciones se
transfieren a los distintos
Ministerios aquellas tareas
de índole administrativa
cuyo desempeño no requiere
una especial independencia,
y que antes desempeñaban los
organismos reguladores
citados.
Única institución
Las funciones de supervisión
regulatoria y de defensa de
la competencia se integran
en una única institución, de
forma que se simplifican
estructuras y se maximizan
economías de escala. La
creación de la Comisión
Nacional de Mercados y
Competencia tendrá
importantes efectos en el
tejido económico por la
mejora de la intervención
pública en los sectores
afectados y por los
beneficios que reporta una
mayor competencia. Además,
se reforzará la seguridad
jurídica dado que desaparece
el riesgo de que los
organismos sectoriales y la
autoridad de competencia
adopten criterios
divergentes; se reducirán
los trámites y los
procedimientos serán más
ágiles.
La integración supone un
importante ahorro de gasto
que, en una primera
estimación conservadora,
pueden alcanzar los
veintiocho millones de
euros, por la disminución en
el número de altos cargos
(pasan de 52 a 9), y por la
reducción de servicios
comunes, infraestructuras,
gastos de funcionamiento y
personal.
Esta Comisión se configura
como un organismo público,
con personalidad jurídica
propia y plena independencia
del Gobierno, de las
Administraciones Públicas y
de los agentes del mercado.
Está adscrita al Ministerio
de Economía y
Competitividad, sin
perjuicio de su relación con
los otros Ministerios
competentes por razón de la
materia en el ejercicio de
sus funciones.
Composición
El Consejo tendrá nueve
miembros: un Presidente, un
Vicepresidente y siete
consejeros .Los miembros del
Consejo serán nombrados por
el Gobierno, previa
comparecencia de la persona
propuesta para el cargo ante
la comisión correspondiente
del Congreso de los
Diputados. El Congreso, a
través de la Comisión
competente y por acuerdo
adoptado por mayoría
absoluta, podrá vetar el
nombramiento del candidato
propuesto. El mandato de los
consejeros será de seis años
sin posibilidad de
reelección.
La Comisión Nacional de
Mercados y Competencia
tendrá potestad normativa,
de manera que podrá dictar
circulares para el
desarrollo y ejecución de
leyes y reglamentos en los
sectores regulados. En
materia sancionadora se
reconoce la facultad de
inspección y se consagra el
principio de separación
entre la instrucción y la
resolución de los
expedientes sancionadores.
Empleo
y Seguridad Social
DISPOSICIÓN DE
EXCEDENTES PRESUPUESTARIOS
AFECTOS AL SISTEMA DE LA
SEGURIDAD SOCIAL
-
Se acuerda la
disposición de
excedentes
presupuestarios,
consignados en el Fondo
de Reserva de la
Seguridad Social, por
importe de 3.063
millones de euros.
-
Se cumple el compromiso
del Pacto de Toledo de
garantizar las pensiones
y proteger a los
pensionistas en los
momentos bajos del ciclo
económico.
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Acuerdo para la
disposición de excedentes
presupuestarios afectos al
sistema de Seguridad Social,
consignados en el Fondo de
Reserva, por importe de
3.063 millones de euros. A
27 de septiembre el importe
provisional total del Fondo
asciende a 69.252,36
millones de euros.
El importe de esta
disposición se destinará con
carácter exclusivo a la
financiación de las
pensiones de carácter
contributivo y demás gastos
necesarios para su gestión,
en estricta aplicación de la
Ley reguladora del Fondo de
Reserva de la Seguridad
Social, del 29 de septiembre
de 2003, y del Real Decreto
de 27 de febrero de 2004 por
el que se desarrolla dicha
Ley de 2003.
Se hace frente, con ello, a
los efectos de la crisis
económica sobre el sistema
de pensiones, ya que la
caída de los ingresos
acumulada en los últimos
años, unida al incremento de
gasto, ha provocado el
cierre de dos ejercicios
consecutivos en déficit
(2010 y 2011), cuando la Ley
prevé únicamente un mínimo
de dieciocho meses para
acceder a la financiación de
los excedentes del Fondo de
Reserva.
El Fondo de Reserva,
institucionalizado por la
Ley de Consolidación y
Racionalización del Sistema
de Seguridad Social del 15
de julio de 1997, fue creado
con el objetivo de proteger
a los pensionistas en los
momentos bajos del ciclo
económico. Así, las
pensiones están claramente
garantizadas y sus
perceptores completamente
protegidos.
Industria, Energía y Turismo
PUESTA EN MARCHA DEL
PROGRAMA DE INCENTIVOS AL
VEHÍCULO EFICIENTE
-
Dotado con 75 millones
de euros, tiene por
objetivo la sustitución
de 75.000 vehículos,
turismos y comerciales
ligeros y favorecer la
compra de vehículos con
menores consumos de
combustible.
-
Los beneficiarios
(particulares,
profesionales,
autónomos, microempresas
y pymes) obtendrán las
ayudas directamente, a
la hora de abonar la
factura en el
concesionario, por una
cuantía de dos mil
euros, de los que mil
euros son aportados por
el Ministerio de
Industria, Energía y
Turismo y otros mil
euros por el fabricante
o importador.
-
El Programa permitirá el
achatarramiento de
vehículos con más de
doce años en el caso de
turismos y de diez años
de antigüedad en el caso
de comerciales ligeros,
y su sustitución con
modelos de alta
eficiencia, de menor
consumo de combustible y
emisiones de CO2.
-
El programa arranca el
día 1 de octubre de 2012
y se prolongará hasta el
31 de marzo de 2013 ó
hasta el agotamiento de
los fondos.
El Consejo de Ministros ha
recibido un informe del
Ministerio de Industria,
Energía y Turismo sobre la
puesta en marcha, del
Programa de Incentivos al
Vehículo Eficiente (PIVE),
cuyo objetivo es la
sustitución de 75.000
vehículos, turismos y
comerciales ligeros, con más
de doce años y diez años de
antigüedad respectivamente,
por modelos de alta
eficiencia energética, de
menor consumo de
combustibles y emisiones de
CO2.
La renovación del parque de
vehículos constituye una de
las principales herramientas
de promoción de la
eficiencia energética en el
transporte y la
incorporación al mismo de
nuevos modelos, con
tecnologías más eficientes,
permite reducir el consumo
específico del transporte de
viajeros y mercancías, con
el efecto añadido de reducir
los impactos
medioambientales y mejorar
la seguridad.
Se estima que el ahorro
energético asociado al
Programa PIVE, dotado con
unos fondos de 75 millones
de euros y vigente desde el
1 de octubre de 2012, y
hasta el 31 de marzo de 2013
o agotamiento de los fondos,
asciende a 26,1 millones de
litros de combustible/ año.
Ello significa, en términos
económicos y al precio
actual del barril, un ahorro
de dieciséis millones de
euros/año, a lo que hay que
añadir una reducción de las
emisiones de gases de efecto
invernadero de 54.000
toneladas/año de CO2.
El transporte,
principal consumidor de
energía final
El sector del transporte en
España es el principal
consumidor de energía final
(37,4 por 100 en 2010), así
como el principal emisor de
gases de efecto invernadero
(29,5 por 100 del total en
el mismo año), enfrentándose
a un importante reto en los
próximos años para conseguir
que nuestro país cumpla con
los compromisos
internacionales en cuanto a
sostenibilidad ambiental y
limpieza de aire en las
ciudades.
El sector se caracteriza,
además, por tener una
estructura de consumo
dominada por productos
petrolíferos importados
prácticamente en su
totalidad, lo que contribuye
a la elevada dependencia
energética de España del
exterior, próxima al 80 por
100, muy superior a la media
europea que es del 54 por
100, con los consecuentes
efectos en el déficit
exterior y en la inflación.
Por otro lado, la
considerable caída de ventas
de vehículos registrada en
España en los últimos años
ha provocado un
envejecimiento del parque de
vehículos de nuestro país
que implica que sea menos
eficiente y segura y, por
tanto, más costosa.
Beneficiarios y
cuantía de la ayuda
Pueden ser beneficiarios de
la ayudas, particulares,
profesionales, autónomos,
microempresas y pymes.
El beneficiario las obtendrá
directamente, mediante el
descuento correspondiente en
el punto de adquisición del
nuevo vehículo, es decir en
los concesionarios, que
previamente se han tenido
que adherir a este Programa
mediante un procedimiento
regulado y publicado en la
página web www.idae.es. Los
ciudadanos podrán consultar
el listado de
establecimientos adheridos
en esa misma página.
La cuantía de la ayuda
pública aportada por el
Ministerio de Industria,
Energía y Turismo es de mil
euros por vehículo. A esos
mil euros se suma el
descuento que ha de aplicar
el fabricante o importador
del nuevo vehículo
incentivable en la factura
de compraventa y que será,
como mínimo, de mil euros.
La cuantía del descuento
para el beneficiario será,
por tanto, de dos mil euros
como mínimo.
Esta ayuda es compatible con
otras vigentes siempre y
cuando éstas provengan de
fondos propios de las
Comunidades Autónomas y de
fondos europeos.
Requisitos para
acogerse a las ayudas
Los vehículos susceptibles
de acogerse al programa
podrán ser nuevos o de
antigüedad no superior a un
año desde su primera
matriculación, deberán
cumplir los siguientes
requisitos:
Vehículos de turismo
(categoría M1):
-
Convencionales,
híbridos, híbridos
enchufables y eléctricos
de autonomía extendida
(propulsados total o
parcialmente mediante
motores de combustión
interna de gasolina o
gasóleo y eléctricos),
que a la fecha de
solicitud de la ayuda se
encuentren clasificados
como clase A o B en la
"Base de Datos del IDAE
de consumo de
carburantes y emisiones
de CO2 de coches nuevos"
según recoge el Real
Decreto 837/2002 y la
Directiva 1999/94/CE de
etiquetado de turismos.
-
Eléctricos puros.
-
Propulsados por motores
de combustión interna
que puedan utilizar
combustibles fósiles
alternativos (autogás
-GLP- y Gas Natural) que
figuren en la Base de
Datos del IDAE de
consumo de carburantes y
emisiones de CO2 de
coches nuevos, y además,
acrediten contar con
emisiones de CO2
homologadas no
superiores a 160 g/km
(gramos por kilómetro).
Vehículos
comerciales ligeros
(categoría N1):
-
Convencionales,
híbridos, híbridos
enchufables y eléctricos
de autonomía extendida
propulsados total o
parcialmente por medio
de motores de combustión
interna de gasolina,
gasóleo, GLP y Gas
Natural que, además,
acrediten contar con
emisiones de CO2
homologadas no
superiores a 160 g/km
(gramos por kilómetro).
-
Eléctricos puros.
Es requisito necesario dar
de baja definitiva en
Tráfico, mediante
certificado de
achatarramiento/destrucción
por parte del centro
autorizado al efecto,
cualquier vehículo de
categoría M1 o N1 propiedad
del beneficiario, con una
antigüedad mínima de doce
años (M1) / diez años (N1)
desde su primera
matriculación.
El precio de los vehículos
adquiridos, antes de IVA, no
puede ser superior a los
25.000 euros, excepto para
los vehículos eléctricos,
híbridos enchufables y de
autonomía extendida.
Toda la información se puede
encontrar en www.minetur.es
y www.idae.es
Empleo
y Seguridad Social
REGULADA LA COMISIÓN
CONSULTIVA NACIONAL DE
CONVENIOS COLECTIVOS
-
Regula las funciones
decisorias de la
Comisión relativas a la
solución de
discrepancias por falta
de acuerdo en los
descuelgues de los
convenios
-
Su aplicación facilitará
la adopción de medidas
de flexibilidad interna
en las empresas, para
evitar el despido
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Real Decreto por
el que se regula la Comisión
Consultiva Nacional de
Convenios Colectivos.
Con la aprobación de esta
norma se da cumplimiento al
mandato de la Ley de medidas
urgentes para la reforma del
mercado laboral, que
encomienda al Gobierno la
aprobación de un reglamento
que establezca la
organización de la Comisión.
La reforma laboral prevé
que, a falta de acuerdo
entre las partes, la
Comisión intervenga para la
solución de la discrepancia
cuando los procedimientos de
solución de conflictos,
previstos en la negociación
colectiva, no hayan dado
resultado. La aplicación del
Real Decreto facilitará la
adopción de medidas de
flexibilidad interna en las
empresas como alternativa a
la destrucción de empleo.
Objetivos
La Comisión Consultiva
Nacional de Convenios
Colectivos se creó en 1980
por el Estatuto de los
Trabajadores y su función es
asesorar y consultar a las
partes en la negociación
colectiva en relación con el
ámbito funcional de los
convenios.
Los objetivos prioritarios
de la nueva norma son:
-
Actualizar la regulación
de la composición y
funciones de la
Comisión.
-
Desarrollar las nuevas
funciones decisorias
atribuidas a la Comisión
por la reforma laboral,
para la solución de
discrepancias por falta
de acuerdo en los
procedimientos sobre la
inaplicación de las
condiciones de trabajo
previstas en el convenio
colectivo de aplicación.
-
Adaptar la organización
de la Comisión a la
nueva función decisoria,
así como a las
necesidades que se han
ido planteando desde su
constitución,
garantizando la eficacia
en el ejercicio de sus
funciones, especialmente
a través de la creación
de una Comisión
Permanente, a la que se
encomienda el
funcionamiento de la
Comisión, reservando al
Pleno las decisiones más
importantes.
Principales
características de la norma
El Real Decreto configura la
Comisión como órgano
colegiado y tripartito,
adscrito a la Dirección
General de Empleo, en el que
participan las
organizaciones sindicales y
empresariales más
representativas. Asimismo,
establece la composición y
el funcionamiento de la
Comisión e introduce la
posibilidad de que pueda
funcionar en Pleno o en
Comisión Permanente.
La nueva norma regula las
funciones consultivas de la
Comisión, relativas a la
determinación del ámbito
funcional de los convenios
colectivos y a la consulta
preceptiva en el
procedimiento de extensión
de convenios, delimitando su
ámbito de actuación
suprautonómico y los sujetos
legitimados para plantear
estas consultas.
Con la aprobación del
Reglamento se completa la
regulación de una de las
novedades más relevantes de
la reforma laboral, al
establecer las funciones de
la Comisión relativas a la
solución de las
discrepancias por falta de
acuerdo en los
procedimientos sobre
inaplicación de las
condiciones de trabajo
previstas en el convenio
colectivo aplicable, siempre
que se plantee con un ámbito
suprautonómico, fijando las
circunstancias que deben
concurrir para que se pueda
solicitar la actuación de la
Comisión a estos efectos.
Procedimientos para
solución de discrepancias
Para la solución de
discrepancias se establecen
dos procedimientos, uno, en
el seno de la propia
Comisión; dos a través de un
árbitro imparcial e
independiente. Si hay
conformidad entre las
partes, se seguirá el
procedimiento elegido por
ellas. Además, se precisa la
documentación necesaria para
justificar que concurren las
causas económicas, técnicas,
organizativas o de
producción. El procedimiento
debe culminar con la
solución de la discrepancia.
La intervención de la
Comisión sólo se produce
como sistema de "cierre" del
procedimiento, ante las
sucesivas faltas de acuerdo
entre empresa y
trabajadores.
Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente
REGULADAS LAS
ORGANIZACIONES DE
PRODUCTORES DE LECHE Y LA
OBLIGATORIEDAD DEL CONTRATO
LÁCTEO
-
Se desarrollan y
completan las medidas
del denominado "Paquete
lácteo" y se contempla
la obligatoriedad de los
contratos por escrito en
las transacciones
realizadas en el sector
-
Se otorgan facultades a
las organizaciones para
que puedan negociar de
manera colectiva los
términos de los
contratos
-
El sector productor
tendrá herramientas para
equilibrar su posición
negociadora, de forma
que se garantice una
mayor transparencia y
confianza para toda la
cadena de producción de
la leche cruda
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Real Decreto
para regular el
reconocimiento de las
organizaciones de
productores de leche y de
las organizaciones
interprofesionales lácteas,
así como para establecer las
condiciones de contratación
en el sector, incluyendo la
obligatoriedad de
suscripción de contratos.
Este Real Decreto, que
desarrolla y completa las
medidas del denominado
"Paquete lácteo", establece
la obligatoriedad de
formalización de los
contratos por escrito en las
transacciones realizadas en
el sector antes de
verificarse el suministro,
lo que se considera un
elemento clave de cohesión y
estabilización en el sector.
Con esta regulación, todas
las ventas de leche cruda
estarán sujetas a un
contrato firmado por
adelantado en el que se
incluirán, entre otros
elementos, el volumen
contratado y el precio a
pagar. Adicionalmente, en
los contratos en los que el
vendedor sea el propio
ganadero se exigirá la
duración mínima de un año,
salvo que el propio ganadero
rechace esta prerrogativa,
en cuyo caso, la duración
será la que libremente
pacten las partes
implicadas.
Organizaciones de
productores
También se establecen las
funciones otorgadas a las
organizaciones de
productores en el sector
lácteo, así como los
requisitos mínimos que deben
cumplir y las normas para su
reconocimiento por parte de
los órganos competentes de
las Comunidades Autónomas
donde radique la sede de la
entidad solicitante.
La nueva normativa regula la
información que debe constar
en el registro nacional de
organizaciones de
productores del sector
lácteo y contempla la
creación de una base de
datos en el Ministerio de
Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente que recoja
los datos relativos a los
requisitos mínimos de los
contratos que se suscriban,
que se nutrirá de la
información de los
compradores de leche y será
gestionada mediante convenio
con la Organización
Interprofesional Láctea.
Con el objetivo de
equilibrar la cadena de
valor, se autoriza a estas
organizaciones de
productores para poder
negociar de manera colectiva
en nombre de sus asociados,
los términos de los
contratos, incluido el
precio. Supone un importante
avance para mejorar la
posición negociadora de los
productores en la cadena de
valor, que podrán concentrar
la oferta de su producción y
negociar conjuntamente con
el siguiente eslabón de la
cadena.
Interprofesional
láctea
El Real Decreto determina
igualmente cuáles son las
finalidades de la
Organización
Interprofesional Láctea, que
juega un papel muy
importante en aspectos tan
relevantes como la
promoción, la investigación
y el desarrollo, la
elaboración de estadísticas
que mejoren la transparencia
en el sector y la mejora del
conocimiento de la
estructura productiva y del
mercado o la promoción del
consumo y de las
producciones de calidad.
Mediante las nuevas
disposiciones se mejora la
situación del sector
productor de leche,
particularmente débil por su
estructura productiva
atomizada, y el carácter
perecedero del producto.
Esta nueva norma dota a los
productores de herramientas
para equilibrar su posición
negociadora, de forma que se
garantice una mayor
transparencia y confianza
para toda la cadena de
producción de leche cruda,
desde el productor al
consumidor final.
Sanidad, Servicios Sociales
e Igualdad
BAREMO ÚNICO PARA
ESTABLECER EL GRADO DE
DISCAPACIDAD
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Real Decreto por
el que se modifica el
procedimiento para el
reconocimiento, declaración
y calificación del grado de
discapacidad. El cambio
consiste en establecer un
único baremo en todas las
Comunidades Autónomas para
determinar cuándo es
necesaria la asistencia de
una tercera persona, tanto
en las situaciones de
discapacidad, como en las de
dependencia.
La norma aprobada hoy
modifica otro Real Decreto
de 1999, para adaptarlo a un
Real Decreto de 2011, que se
dictó en desarrollo de la
Ley de Dependencia. Con esta
modificación, además, se
suprime la obligación de
señalar el tipo de
discapacidad física,
psíquica o sensorial en el
certificado del grado de
discapacidad. Se protege, de
este modo, la privacidad de
la persona con discapacidad.
Asimismo, la información
sobre el grado de
discapacidad sólo se
entregará a instancias de la
propia persona interesada o
de su tutor o representante
legal, en su caso.
Con la reforma aprobada hoy,
España da un paso más en la
participación en la sociedad
de las personas con
discapacidad, en igualdad de
condiciones con el resto de
los ciudadanos. La norma,
además, se adapta a lo
señalado por la Convención
sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad de
la ONU, que define la
discapacidad como un
concepto que evoluciona y
establece que los Estados
tienen el deber de proteger
la privacidad de la
información sobre la salud
de estas personas.
Hacienda y Administraciones
Públicas
RECURSO DE
INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA
LA NORMATIVA SOBRE GRANDES
ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES
EN CATALUÑA
El Consejo de Ministros ha
solicitado al Presidente del
Gobierno la interposición de
un recurso de
inconstitucionalidad contra
el artículo 114 de la Ley de
29 de diciembre de 2011, de
promoción de la actividad
económica de Cataluña.
Se ha considerado
inconstitucional el precepto
por vulnerar el criterio de
regulación de libre comercio
en una normativa, que tiene
carácter básico, en el
artículo 6 de la Ley de
Ordenación del Comercio
Minorista de 15 de enero de
1996, y en los artículos 10
y 11 de la Ley sobre el
Libre Acceso a las
Actividades de Servicios y
su Ejercicio, de 2009. En
particular, se ha solicitado
la interposición del recurso
por considerar que la norma
introduce barreras de acceso
al ejercicio de la actividad
comercial.
Asimismo, por medio de este
artículo 114 se modificaban
los apartados 3 y 4 del
artículo 9 del Decreto Ley
de 22 de diciembre de 2009,
de ordenación de
equipamientos comerciales de
Cataluña, de forma que
contemplan ahora
restricciones a la
implantación de
establecimientos comerciales
fuera de tramas urbanas
consolidadas, en perjuicio
de determinados formatos
comerciales, que no se
consideran compatibles con
la normativa estatal sobre
esta materia.
Jurisprudencia del
Tribunal Constitucional
La impugnación que ahora se
insta se fundamenta en la
vulneración de la normativa
básica del Estado. En este
sentido, el Tribunal
Constitucional ya ha tenido
ocasión de pronunciarse
sobre la aplicación de la
normativa básica estatal en
relación al caso de la
normativa sobre
establecimientos
comerciales. De hecho, la
normativa catalana que se
impugna vuelve a establecer
criterios que determinaron
ya una condena del Tribunal
de Justicia de la Unión
Europea al Reino de España.
En su jurisprudencia, el
Tribunal Constitucional
afirma que, tanto los
criterios para el
otorgamiento de la licencia
de instalación, como los
requisitos mínimos que los
grandes establecimientos
deben cumplir, han de tener
carácter mínimo y uniforme
para todo el territorio al
estar vinculados, no tanto a
la competencia autonómica de
comercio interior y
urbanismo (el denominado
"urbanismo comercial" ),
como a la de bases de la
ordenación de la economía,
dada la incidencia que los
grandes establecimientos
pueden tener en la actividad
económica a través del
sector de la distribución.
Por todo lo expuesto, la
Comunidad Autónoma de
Cataluña no puede adoptar el
precepto cuestionado
infringiendo las
competencias estatales, por
lo que procede la
interposición de recurso
frente al mismo en los
términos señalados.
Hacienda y Administraciones
Públicas
AUTORIZADAS
OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO
A VARIAS COMUNIDADES
AUTÓNOMAS
El Consejo de Ministros ha
autorizado a las Comunidades
Autónomas de Cantabria,
Extremadura, Principado de
Asturias y Comunidad
Valenciana a realizar
operaciones de préstamos y
emisiones de Deuda Pública
por un importe conjunto de
1.140 millones de euros, y
la prorroga hasta el 30 de
diciembre de 2012 de
operaciones de endeudamiento
autorizadas en 2011 a la
Comunidad Autónoma de
Andalucía.
En concreto, se autoriza
para tomar de préstamos a
largo plazo en euros y
divisas y realizar emisiones
de deuda pública a las
Comunidades Autónomas de
Cantabria, Extremadura,
Principado de Asturias y
Comunitat Valenciana, hasta
un importe máximo conjunto
de 1.140 millones de
euros,que se autorizan con
cargo al incremento de deuda
de dicho ejercicio
establecido en el Acuerdo de
6 de marzo de 2012, del
Consejo de Política Fiscal y
Financiera, dentro del
primer tramo del 0,75 por
100 del PIB de las cuatro
Comunidades Autónomas.
Dichas operaciones de
endeudamiento son conformes
con sus Planes
económico-financiero de
requilibrio 2012-2014, cuyas
medidas fueron declaradas
idóneas por los Plenos del
Consejo de Política Fiscal y
Financiera celebrados el 17
de mayo y el 14 de julio de
2012.
Asimismo, se prorrogan hasta
el 31 de diciembre de 2012,
por el importe pendiente de
formalizar de 628 millones
de euros, las operaciones de
endeudamiento autorizadas a
la Comunidad Autónoma de
Andalucía por el Acuerdo de
Consejo de Ministros de 23
de septiembre de 2011, que
fueron previamente
prorrogadas hasta el 31 de
marzo de 2012 por el Acuerdo
de Consejo de Ministros de
27 de enero de 2012 y hasta
el 30 de junio de 2012 por
el Acuerdo de Consejo de
Ministros de 27 de abril de
2012.
CATALUÑA
Por último, se autoriza a la
Comunidad Autónoma de
Cataluña a realizar
emisiones de deuda pública y
concertar préstamos a largo
plazo hasta un importe
máximo de 6.819 millones de
euros, que se destinan,
entre otros, a financiar las
amortizaciones del segundo
semestre de 2012, las
cantidades aplazadas de la
liquidación negativa del
sistema de financiación
correspondiente a los
ejercicios 2008 y 2009.
Asuntos Exteriores y de
Cooperación
REMISIÓN A LAS
CORTES DE UN PROTOCOLO SOBRE
COMUNICACIONES DE LA
CONVENCIÓN DE DERECHOS DEL
NIÑO
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Acuerdo por el
que se dispone la remisión a
las Cortes Generales del
Protocolo facultativo de la
Convención sobre los
derechos del niño relativo a
un procedimiento de
comunicaciones, adoptado por
la Asamblea General de las
Naciones Unidas el 19 de
diciembre de 2011. El
Consejo de Ministros había
autorizado su firma el
pasado 24 de febrero.
Su elaboración fue impulsada
por un grupo transregional
de diez Estados (Chile,
Egipto, Eslovaquia,
Eslovenia, Finlandia,
Francia, Kenia, Maldivas,
Tailandia y Uruguay), con el
decidido apoyo de los demás
miembros del MERCOSUR, así
como de otros Estados
latinoamericanos y gran
parte de la Unión Europea,
incluida España.
La Convención sobre los
Derechos del Niño es el
único tratado internacional
en materia de derechos
humanos que tiene un
procedimiento obligatorio de
presentación de informes,
pero no cuenta con un
procedimiento de
comunicaciones.
Este Protocolo supone un
avance histórico y un
importante esfuerzo de
protección internacional de
los derechos de los niños,
así como un impulso al papel
del Comité de los derechos
del niño. En él se regula un
procedimiento de
comunicaciones que permitirá
buscar soluciones para cada
caso concreto, realizar
recomendaciones urgentes y
mejorar el análisis de la
aplicación de los derechos.
En efecto, el mencionado
Protocolo introduce, por
primera vez en este ámbito,
mecanismos de protección de
derechos contemplados en
otros instrumentos
internacionales de los que
España ya es parte,
ofreciendo la posibilidad de
presentar ante el Comité de
derechos del niño
comunicaciones o quejas
individuales referidas a
Estados que hayan firmado el
Protocolo y hayan reconocido
previamente la competencia
del Comité. Se trata de un
avance hacia una visión más
específica de los derechos
de la infancia, que serán
examinados por un Comité con
experiencia concreta en la
materia.
El texto establece que las
competencias del Comité de
derechos del niño se
circunscriben a las
comunicaciones concernientes
a Estados que sean parte en
el Protocolo. En relación al
funcionamiento del Comité se
señala que el Comité se
guiará en el ejercicio de
sus funciones por el interés
superior del niño y que
aprobará su propio
reglamento. Asimismo, se
reconoce que los Estados
parte velarán para que las
personas que hayan estado en
comunicación con el Comité
no vean violados sus
derechos ni sufran maltrato
o intimidación.
Además las denuncias
individuales
(comunicaciones) podrán ser
presentadas por personas o
grupos de personas, sujetas
a la jurisdicción de un
Estado, que afirmen ser
victimas de una violación
por el Estado parte de
cualquiera de los derechos
enunciados en la Convención
o en alguno los citados
Protocolos facultativos en
los que ese Estado sea
parte. Las comunicaciones
deben hacerse por escrito y
estar bien fundadas. Se
deben haber agotado los
recursos internos, salvo en
los casos de riesgo
inminente o retraso
injustificado en esos
procedimientos. Asimismo, se
establece la posibilidad de
que el Consejo adopte
medidas provisionales ante
circunstancias excepcionales
para evitar daños
irreparables a la víctima,
se señalan los supuestos de
inadmisibilidad de las
comunicaciones y se dispone
un plazo de seis meses para
que el Comité dé una
respuesta.
El Comité podrá iniciar un
procedimiento de
investigación en caso de
violaciones graves o
sistemáticas de los derechos
enunciados en la Convención
o en los Protocolos
facultativos, que luego
tendrá seguimiento mediante
la exigencia de
responsabilidades al Estado
infractor.
Asuntos Exteriores y de
Cooperación
ACUERDO CON
MAURITANIA EN MATERIA DE
LUCHA CONTRA LA DELINCUENCIA
El Consejo de Ministros ha
autorizado la firma del
Acuerdo de cooperación en
materia de lucha contra la
delincuencia entre el Reino
de España y la República
Islámica de Mauritania, así
como su aplicación
provisional.
El Acuerdo responde a la
preocupación que comparten
ambos países por el alcance
de los fenómenos
delincuenciales y por el
reto que plantean a la
seguridad el tráfico de
personas, el tráfico de
drogas, el terrorismo y las
nuevas formas de
delincuencia.
Este Acuerdo incluye el
compromiso general de
cooperar en el ámbito de la
seguridad, especificando con
gran amplitud los delitos a
los que se extenderá dicha
cooperación.
Son especialmente relevantes
la referencia específica al
terrorismo como forma de
criminalidad, la
colaboración en la actividad
operativo-investigadora de
las distintas modalidades
delictivas, así como el
intercambio de información
respecto a la comisión de un
gran número de delitos que
responden a las necesidades
planteadas en este ámbito.
Se establecen las
condiciones para proceder al
intercambio de información
entre ambos países, y cabe
destacar la garantía en la
protección de la información
confidencial en virtud de
las respectivas
legislaciones nacionales.
Asuntos Exteriores y de
Cooperación
ACUERDO CON
MARRUECOS SOBRE SUPRESIÓN
RECÍPROCA DE VISADOS EN
PASAPORTES DE SERVICIO
El Consejo de Ministros ha
autorizado la firma del
Acuerdo entre el Reino de
España y el Reino de
Marruecos sobre supresión
recíproca de visados en
pasaportes de servicio, así
como su aplicación
provisional.
La posibilidad de adoptar
Acuerdos de supresión de
visados sobre pasaportes de
servicio está contemplada en
un Reglamento Comunitario de
2001 que, además de
determinar los países
terceros cuyos nacionales
deben estar provistos de
visados al cruzar las
fronteras exteriores de los
Estados miembros, permite a
los Estados miembros
establecer excepciones para
los nacionales de países
terceros cuando sean
titulares de pasaportes de
servicio.
El texto hace referencia a
las entradas sin visados de
los nacionales de cada país,
titulares de pasaporte de
servicio, en el territorio
del otro para estancias de
un máximo de noventa días en
un periodo de 180 días.
Justicia
ACTUALIZADOS DOS
CONVENIOS PARA MODERNIZACIÓN
DE LA JUSTICIA
El Consejo de Ministros ha
acordado introducir una
tercera adenda al Convenio
Marco de Colaboración entre
el Ministerio de Justicia,
el Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo y la
entidad pública empresarial
RED.ES con la finalidad de
adecuarlo a los nuevos ejes
de actuación derivados del
plan de modernización
2012-2014, adaptándolo
asimismo a las
disponibilidades
presupuestarias del presente
ejercicio. El importe global
del convenio tras esta nueva
adenda ha quedado cifrado en
32.239.415 euros.
Además, el Consejo de
Ministros ha aprobado la
inclusión de una segunda
Adenda a la encomienda de
gestión con empresa pública
Tragsatec para la gestión de
plataformas tecnológicas,
registros judiciales y otras
actuaciones relacionadas con
la modernización tecnológica
de la Administración de
Justicia, para adecuarla a
los nuevos ejes de actuación
derivados del plan de
modernización 2012-2014 y
adaptarla, al igual que en
el convenio anterior, a las
disponibilidades
presupuestarias del presente
ejercicio. Tras esta nueva
adenda, el importe global
del convenio ha quedado
cifrado 21.053.973,68 euros.
El Ministerio de Justicia
articula una parte de su
actividad relacionada con la
modernización de la
administración de la
Justicia a través de una
encomienda de gestión con
ambas empresas públicas
dependientes del Ministerio
de Industria, Turismo y
Comercio.
Industria, Energía y Turismo
SUBVENCIÓN DE
INTERESES DE PRÉSTAMOS AL
ARMADOR PARA LA CONSTRUCCIÓN
NAVAL
El Consejo de Ministros ha
autorizado al Ministerio de
Industria, Energía y Turismo
a conceder una subvención de
intereses de préstamos al
armador para la construcción
de un buque en un astillero
español, por un importe de
16,8 millones de euros.
La subvención de intereses
de préstamos consiste en la
posibilidad de ofrecer a los
potenciales armadores de
buques préstamos en
condiciones más ventajosas
que las que se pueden
obtener en el mercado, todo
ello enmarcado bajo la
normativa comunitaria.
Las ayudas que concede el
Gobierno se articulan
mediante dos mecanismos: las
ayudas para las actuaciones
de los astilleros en I+D,
Innovación o inversiones
para mejorar su
competitividad y la
subvención de los intereses
de los préstamos a los
armadores:
En este sector trabajan
directamente unas ocho mil
personas en la construcción
y reparación de buques,
otras doce mil personas lo
hacen dentro de esas mismas
instalaciones pero
pertenecientes a la
industria auxiliar y unas
seis mil más desarrollan su
trabajo en empresas
suministradoras directas de
equipos y sistemas.
BIOGRAFÍAS
Defensa
Jefe de la Unidad Militar de
Emergencias.-
Teniente General D.
CÉSAR MURO BENAYAS.
Nacido el 12 de febrero de
1952 en Talavera de la
Reina, ingresó en el
Ejército en julio de 1970 y
ascendió al empleo de
Teniente en 1974.
Ha estado destinado en
diversas Banderas y en la
Brigada Paracaidistas, en el
Estado Mayor de la Fuerza de
Acción Rápida, en la
Dirección de Enseñanza,
Instrucción, Adiestramiento
y Evaluación, y en la
Guardia Real. En 2005 fue
nombrado director de la
Academia de Infantería y,
posteriormente, Comandante
General de Melilla. Desde
julio de 2011 era Jefe del
Mando de Canarias
Educación, Cultura y Deporte
Secretario General de
Universidades.-
D. FEDERICO MORÁN
ABAD.
Nacido en Madrid el 26 de
enero de 1956, es Licenciado
en Ciencias Químicas en 1978
y Doctor en la especialidad
de Bioquímica por la
Universidad Complutense de
Madrid, y Catedrático del
Departamento de Bioquímica y
Biología Molecular I de
dicha Universidad. También
es Investigador Senior y
miembro fundador del Centro
de Astrobiología (INTA-CSIC)
y Director Adjunto del
Instituto Nacional de
Bioinformática, desde 2004.
En el campo docente ha
estado vinculado siempre con
la enseñanza de la
disciplina de Biofísica. Ha
desempeñado la labor de
coordinador de los Cursos de
Verano del Área de Ciencias
de la Universidad
Complutense en El Escorial.
Ha sido subdirector general
de la Fundación General de
la UCM y director del Ciclo
de Invierno de Ciencia y
Tecnología de la Fundación
General de la UCM.
Actualmente era director
general de Política
Universitaria.
Director General de Política
Universitaria.-
D. JORGE SAINZ
GONZÁLEZ.
Nacido el 25 de marzo de
1969 en Madrid, es
Licenciado en Ciencias
Económicas por la
Universidad Complutense de
Madrid y en Derecho por la
UNED. Doctor en Economía por
la Universidad Rey Juan
Carlos y Master
(especialización en finanzas
y políticas públicas) Simon
School, University of
Rochester (Estados Unidos).
Es profesor titular en el
Departamento de Economía
Aplicada I en la Universidad
Rey Juan Carlos de Madrid.
Ha sido economista jefe de
sala en el grupo CIMD;
director de análisis start
up tecnológico en Bescos.com;
director de Comercio
Electrónico de Yahoo! España
y asesor del Gabinete de la
Consejera de Educación de la
Comunidad de Madrid. En la
actualidad era subdirector
general de Investigación de
la Consejería de Educación y
Empleo de la Comunidad de
Madrid. En la actualidad era
director del Gabinete del
Ministro de Educación,
Cultura y Deporte.
Director del Gabinete del
Ministro de Educación,
Cultura y Deporte.-
D. MAGÍ CASTELLTORT
CLARAMUNT.
Es Licenciado en Derecho y
Humanidades (especialidad de
Gestión Cultural, y
Diplomado en Ciencias
Empresariales. Pertenece al
Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del
Estado.
Ha sido director adjunto de
la Oficina Española de
Turismo en Berlín, Consejero
de Turismo en la Embajada de
España en Suiza,
vicesecretario general
técnico del Ministerio de
Cultura y director del
Palacio Nacional de
Congresos de Madrid. En la
actualidad era subdirector
general de Promoción y
Comercialización Exterior
del Turismo.