Consejo de Ministros

27 de Septiembre

 

ASUNTOS GENERALES

Hacienda y Administraciones Públicas

APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 2013

  • Fija una subida del 1 por 100 de todas las pensiones. El gasto en pensiones aumenta el 4,9 por 100 frente a 2012 hasta alcanzar un total de 121.557 millones de euros

  • Son unas cuentas austeras que contemplan la mayor parte del ajuste por la vía del gasto ya que se reducen el 7,3 por 100, mientras que los ingresos se incrementan el 4 por 100 de los ingresos

  • La congelación de retribuciones salariales de los empleados públicos y la nueva oferta de empleo público contribuyen a reducir un 3,9 por 100 el gasto del personal activo del Estado

  • El conjunto de los ministerios ajustará su gasto un 8,9 por 100 hasta un total de 39.722 millones de euros

  • El Estado asume la financiación de las prestaciones no contributivas con 6.662 millones de euros

  • Se mantiene el compromiso irrenunciable de recortar el déficit del conjunto de las Administraciones Públicas en 2013 hasta el 4,5 por 100 del PIB

  • El Gobierno permitirá en 2013 la actualización de balances empresariales y limitará la deducción fiscal por amortización

  • El Gobierno empleará los incrementos de recaudación derivados de modificaciones fiscales selectivas para incrementar las pensiones y financiar el gasto social

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2013, unas cuentas austeras que profundizan en el proceso de saneamiento de la economía española, sentando unas bases sólidas que contribuyan al crecimiento económico y la creación de empleo.

Los Presupuestos del Estado para 2013, los segundos que elabora el Gobierno en un mismo año, contribuirán, igualmente, a que España cumpla con los compromisos de consolidación fiscal adquiridos con Europa.

La austeridad de las cuentas del próximo año queda reflejada en el descenso del 7,3 por 100 que experimentará el gasto del Estado, excluidos la aportación a la Seguridad Social, el pago de intereses y el sistema de financiación de las Administraciones Territoriales, así como por el aumento del 4 por 100 de los ingresos, en un momento en el que se vislumbra un complicado escenario económico.

Este esfuerzo de contención del gasto público en 2013 tendrá más peso en la consolidación fiscal que el aumento de los ingresos. El 60 por 100 del ajuste es reducción de gasto y el 40 por 100 por incremento de ingresos.

El presupuesto para el próximo año mantiene, sin embargo, una serie de políticas prioritarias, como es el caso del gasto social, que supone el 63,6 por 100 del gasto consolidado.

Se congela el sueldo a los empleados públicos

El gasto en pensiones aumenta el 4,9 por 100 frente a 2012 hasta un total de 121.557 millones de euros, incluido un incremento del 1 por 100 de todas las pensiones. Las aportaciones del Estado para la financiación de las prestaciones no contributivas de alcanza los 6.662 millones de euros.

Los gastos de personal activo del Estado se reducen en un 3,9 por 100 como consecuencia de la congelación de retribuciones de los empleados públicos y la oferta de empleo público, salvo sectores sensibles como personal de hospitales, docentes de educación, seguridad, lucha contra el fraude y extinción de incendios, que tendrán una tasa de reposición del 10 por 100. Los investigadores y la promoción de la internacionalización también tendrán una tasa de reposición del 10 por 100.

Se garantiza que los trabajadores públicos tendrán en 2013 dos pagas extras.

Otra partida prioritaria para el desarrollo económico que no experimenta variación respecto a 2012 es la de I+D civil, que mantiene un presupuesto de 5.563 millones de euros.

De cara a 2013 se vuelven a recortar subvenciones a sindicatos, partidos políticos y organizaciones empresariales. En concreto, las destinadas a organizaciones sindicales, empresariales y otras experimentan un descenso del 20 por 100, que se eleva al 40 por 100 con la suma del descenso de 2011. Las subvenciones a los partidos políticos caen el 42 por 100.

Otras políticas prioritarias de gasto que contribuirán a la consolidación fiscal del Estado serán la seguridad ciudadana e Instituciones penitenciarias, que se reducen el 5,4 por 100 hasta 7.903 millones de euros, y Justicia que se recortará el 4,3 por 100 hasta 1.543 millones de euros.

Cae un 8,9 por 100 el gasto de los Ministerios

El compromiso es reducir el déficit del conjunto de las Administraciones Públicas hasta el 4,5 por 100 del PIB, frente al 6,3 por 100 previsto para el cierre de 2012. La Administración Central y Seguridad Social reducirán su déficit hasta el 3,8 por 100, a las Comunidades Autónomas le corresponderá fijar su déficit en el 0,7 por 100, mientras que las Corporaciones Locales cerrarán 2013 con déficit cero.

Los Presupuestos del Estado de este año 2012 contemplan una reducción del conjunto del gasto de los Ministerios del 8,9 por 100, excluidas las obligaciones de ejercicios anteriores y las aportaciones al Servicio Público de Empleo, la Seguridad Social y el MEDE, hasta un total de 39.722 millones de euros.

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente es el que sufre un mayor ajuste en los Presupuestos para 2013 al recortar su gasto con un 25,4 por 100. A continuación, se sitúan el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, con un recorte del 21,3 por 100 el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, con el 17,2 por 100.

En sentido contrario, el gasto del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad experimenta un incremento del 28,6 por 100 y el Ministerio de Empleo y Seguridad Social aumenta el 13,7 por 100.

Ingresos

El total de los ingresos no financieros para 2013 después de la cesión a Entes Territoriales llegará a los 124.044 millones de euros, lo que supone un crecimiento del 4 por 100 frente al Presupuesto de 2012.

Los ingresos tributarios antes de la cesión a Entes Territoriales alcanzarán los 175.177 millones de euros, un 3,8 por 100 más que en el Presupuesto de 2012. La recaudación por IRPF crecerá el 1,5 por 100 hasta 74.215 millones de euros, mientras que la generada por el Impuesto de Sociedades se reducirá 2,8 por 100 hasta alcanzar los 19.012 millones de euros.

Los ingresos por IVA se incrementarán el 14,6 por 100 como consecuencia de las medidas puestas en marcha por el Gobierno, hasta alcanzar los 54.657 millones de euros, mientras los ingresos por Impuestos Especiales subirán el 8,3 por 100 hasta los 19.956 millones de euros.

MEDIDAS TRIBUTARIAS

El Consejo de Ministros ha aprobado, junto a los Presupuestos Generales del Estado para 2013, un Proyecto de Ley de medidas tributarias con el fin de consolidar las finanzas públicas e impulsar la actividad económica.

Dentro de este paquete de medidas, el Gobierno permitirá en 2013 la actualización monetaria por parte de las empresas del último balance aprobado por ellas. Se trata de adaptar los valores contables a la evolución de la inflación. Con ello se evitan tensiones inflacionistas en las empresas y a la vez que se acerca el valor contable al valor de mercado. La actualización tendrá carácter voluntario, se extenderá tanto a personas jurídicas como físicas y estará sometido a una carga fiscal del 5 por 100 del importe de la actualización. Abarcará el activo del inmovilizado material y los arrendamientos financieros.

El importe de las revalorizaciones contables se llevará a una cuenta específica de reserva de revalorización. Posteriormente, se podrá destinar esta cantidad a la reducción de resultados contables negativos, a la ampliación del capital social o a reservas de libre disposición. Por tanto, la medida permitirá también potenciar la financiación interna de las empresas al mejorar su capacidad de acceso al mercado de capitales y de deuda.

Los coeficientes de actualización se establecerán reglamentariamente para su aplicación sobre el precio de adquisición y amortizaciones. La actualización de balances es una medida que se realiza con cierta periodicidad. Las últimas fueron aprobadas en 1983 y 1996.

Por otra parte, y de forma temporal para 2013 y 2014, Hacienda limitará la deducibilidad fiscal de las amortizaciones del inmovilizado material realizadas por grandes empresas. Será de un 70 por 100 del máximo previsto en tablas. La medida tendrá efectos en 2013 a través de los pagos fraccionados. Quedan excluidas las pymes y micropymes, que podrán amortizar normalmente.

Plusvalías a corto

El Proyecto de Ley altera también el régimen de tributación aplicable a las ganancias patrimoniales obtenidas a corto plazo, con el fin de frenar los movimientos especulativos. De esta forma, se incorporarán en la base imponible general del IRPF las ganancias que deriven de la venta de elementos patrimoniales que hubieran permanecido un año o menos en el patrimonio del contribuyente. Éstas pasarán a tributar a la tarifa general, es decir, al tipo de gravamen del contribuyente en vez de al tipo de gravamen del ahorro en que se encuentran encuadradas ahora.

Loterías

Por otra parte, Hacienda fijará un gravamen del 20 por 100 sobre los premios de loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado y por las Comunidades Autónomas, y de los sorteos organizados por la Cruz Roja y la ONCE. Se aplicará a los premios que se celebren a partir del 1 de enero de 2013. Quedan exentos los que cuenten con un importe inferior a 2.500 euros. Se fija, asimismo, una retención o ingreso a cuenta coincidente con el importe de dicho gravamen especial, operando como retención liberatoria.

Por otro lado, en relación al Impuesto sobre el Patrimonio se prorroga al 1 de enero de 2014 la tributación sobre el patrimonio de las personas físicas. Las Comunidades Autónomas tienen potestad para establecer bonificaciones en este tributo.

Vivienda e IBI

En materia inmobiliaria, se suprime la deducción por inversión en vivienda habitual para las adquisiciones que se realicen a partir del 1 de enero de 2013. La medida, ya adelantada por el presidente del Gobierno en el Congreso de los Diputados, responde a las recomendaciones realizadas por la Comisión Europea. Se mantiene la deducción para adquisiciones anteriores a 2013.

Además, los ayuntamientos podrán optar por gravar a través del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) el patrimonio histórico artístico que esté afecto a actividades económicas.

 

Presidencia

REFORMAS ESTRUCTURALES PARA EL PRÓXIMO SEMESTRE DENTRO DE LA ESTRATEGIA DE POLÍTICA ECONÓMICA

  • Más de cuarenta iniciativas legislativas, además del Plan de Emprendedores y las Estrategias de Ciencia, Tecnología e Innovación, se pondrán en marcha hasta finales de marzo de 2013

El Consejo de Ministros ha analizado la Estrategia Española de Política Económica del Gobierno, coordinada por la vicepresidenta del Gobierno, en colaboración con la Oficina Económica del Presidente del Gobierno y la participación de todos los Ministerios, en la que se recoge el balance de las principales medidas adoptadas hasta el momento; así como las principales reformas estructurales previstas para el próximo semestre, que supondrán la aprobación de más de cuarenta iniciativas con rango de Ley hasta el mes de marzo, entre las que se pueden destacar las siguientes:

  • Creación de una Autoridad Fiscal Independiente

  • Reforma de la Ley de Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales

  • Ley de Garantía de la Unidad de Mercado

  • Ley del Sector Eléctrico

  • Ley de Medidas en el ámbito del ejercicio profesional

  • Ley General de Telecomunicaciones

  • Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas

  • Ley de Medidas para la Mejora del Funcionamiento de la Cadena Alimentaria

  • Ley de Evaluación Ambiental

  • Ley de Jurisdicción Voluntaria

La Estrategia Española de Política Económica del Gobierno parte de un repaso de las dificultades y fortalezas con las que cuenta la economía española, y refleja las líneas estratégicas prioritarias de la acción del Gobierno para favorecer la recuperación económica y la creación de empleo. Estas líneas se centran en la consolidación fiscal, la reforma del sistema financiero y las reformas estructurales necesarias para mejorar la flexibilidad y competencia de la economía española.

Consolidación fiscal

En el ámbito de la consolidación fiscal se define una mejora de la gobernanza económica, con un mayor control y disciplina presupuestaria, sobre la base de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y el compromiso de todas las Administraciones Públicas en el estricto cumplimiento de los objetivos presupuestarios.

En este terreno, se han puesto en marcha ya instrumentos fundamentales como el Plan de Pago a Proveedores o el Fondo de Liquidez para las Comunidades Autónomas, que permiten a las Administraciones Territoriales hacer frente a sus deudas y necesidades financieras, siempre y cuando cumplan con unos requisitos de ordenación de sus cuentas.

Autoridad Fiscal Independiente

Además, para reforzar este compromiso se introducen nuevos mecanismos de control y transparencia presupuestarios. Por un lado, en el primer trimestre de 2013, se creará una Autoridad Fiscal Independiente que velará por el estricto cumplimiento de la normativa presupuestaria. Para ello, la Autoridad llevará a cabo un seguimiento continuo sobre el diseño, la implementación y la ejecución de los presupuestos, permitirá detectar de forma temprana las posibles desviaciones y, en su caso, realizar las advertencias convenientes. Por otro lado, y para incrementar la transparencia, se establece que a partir de ahora los datos de ejecución presupuestaria, en Contabilidad Nacional, de las Comunidades Autónomas se comunicarán de forma mensual.

La transparencia y la responsabilidad en la gestión de los recursos públicos quedarán reforzadas también con aprobación de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno.

Déficit público

Más allá de las nuevas reglas de gasto, se establecen también nuevas medidas para avanzar en la necesaria reducción del déficit público. Desde el punto de vista de los gastos, se avanzará en la austeridad y eficiencia de las Administraciones Públicas, de forma que la Administración General del Estado seguirá aplicando medidas para mejorar la gestión del patrimonio inmobiliario, como un Plan de Enajenación de Inmuebles Rústicos, o extender las centrales de compras de bienes y servicios. Las Administraciones Territoriales, por su parte, deberán cumplir los ajustes previstos en sus respectivos Planes Económico-Financieros, entre los que se incluye la reducción del número de empresas y fundaciones públicas, en línea con el Plan de Redimensionamiento que está aplicando el Gobierno central en este ámbito.

Por lo que respecta a los ingresos, el Gobierno ha llevado a cabo ya una importante revisión de las figuras tributarias, incluyendo una nueva fiscalidad energética y medioambiental. Continuando con esta revisión, se recogen ahora nuevas medidas impositivas, como la modificación de la tributación por IRPF (para ajustar la tributación por plusvalías obtenidas a corto plazo, eliminar la deducción por compra de vivienda o establecer un nuevo gravamen para premios de Loterías y Apuestas del Estado superiores a 2.500 euros) y nuevas medidas en el Impuesto sobre Sociedades, para la reforma del régimen de amortización.

Además, para incrementar los ingresos, erradicar el fraude y favorecer la equidad, en este último trimestre del año se aprobarán la nueva Ley de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, la Ley de lucha contra el Empleo Irregular y el Fraude a la Seguridad Social y la reforma del Código Penal. Este paquete normativo contra el fraude aporta importantes novedades, como la limitación a 2.500€ de los pagos en efectivo en operaciones.

Reforma del Sistema Financiero

Como segunda línea estratégica fundamental, la Reforma del Sistema Financiero continuará con la aplicación prevista en los Reales Decretos-Leyes aprobados, en lo que se refiere a los planes de reestructuración y resolución de entidades, y se verá reforzada con un nuevo marco normativo coherente con la Unión Europea, incluyendo el desarrollo reglamentario y puesta en marcha de la sociedad de gestión de activos, que se llevará a cabo antes de final de año.

REFORMA ESTRUCTURALES

La tercera gran línea de la Estrategia Española de Política Económica la constituyen las reformas estructurales previstas para el próximo semestre.

Mercado laboral y política de empleo

El Gobierno continuará avanzando en la implementación de la reforma del mercado laboral y la revisión de las políticas de empleo. En este ámbito, las principales novedades se centrarán en el impulso a la formación profesional, con el desarrollo reglamentario del contrato para la formación y el aprendizaje y el establecimiento de las bases para la implantación de un modelo de formación profesional de carácter dual. Para favorecer la empleabilidad, también se reforzará la intermediación laboral, con una mayor colaboración público-privada en el ámbito de los Servicios Públicos de Empleo. Además, se llevará a cabo una amplia evaluación de las políticas activas de empleo -en la línea del seguimiento de los resultados de la reforma laboral que llevará a cabo el Gobierno-, para determinar los futuros objetivos prioritarios y concentrar los recursos en la inserción laboral de las personas con mayor dificultad para encontrar un empleo. En coherencia con este objetivo, se aprobará, antes de finalizar el año, la Estrategia de Empleo y Emprendimiento Joven.

Educación

En este sentido, además, se recoge como prioritaria la Reforma de la Educación, con base en la Ley Orgánica para mejorar la Calidad Educativa, que supone una reforma integral del sistema, para reducir el abandono, favorecer la capacitación y la empleabilidad de los jóvenes españoles.

Pensiones

Ambas reformas, laboral y educativa, determinan en gran medida la creación de empleo en nuestro país y, con ello, la sostenibilidad del sistema de pensiones, que constituye una prioridad fundamental para el Gobierno, más todavía en un entorno económico que provoca la caída de la ratio del número de cotizantes por pensionista. En este sentido, en este mismo trimestre se remitirá a la Comisión del Pacto de Toledo una propuesta de regulación del factor de sostenibilidad, en cumplimiento de la Ley 27/2011, para permitir una revisión de los parámetros del sistema de pensiones -como la esperanza de vida- para asegurar su viabilidad. Además, se incorporarán nuevas medidas para acercar la edad real a la edad legal de jubilación, modificando la regulación de la jubilación parcial y anticipada. Para contribuir a la sostenibilidad del sistema se reformará también la normativa sobre Mutuas de Accidentes de Trabajo y Accidentes Profesionales, modernizando su funcionamiento y gestión, para alcanzar un mayor nivel de eficacia.

Sector público

En el marco de la sostenibilidad de los servicios públicos, se avanzará también en las líneas prioritarias de la Reforma del Sector Público. A los instrumentos incorporados en la legislación estatal para racionalizar los servicios de sanidad, educación y dependencia o la gestión de las televisiones autonómicas, se sumarán las actuaciones previstas en los Planes Económico-Financieros aprobados para todas las Comunidades Autónomas, así como la aprobación de la nueva Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, que delimitará las competencias municipales y evitará duplicidades, al tiempo que reducirá las estructuras administrativas (Mancomunidades y Entidades Locales Menores), previendo además una limitación del número de concejales en la reforma de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General.

Unidad de Mercado

Desde el punto de vista de la mejora de la competitividad, la flexibilidad y la capacidad de crecimiento de la economía española, se plantea un amplio programa de reformas para el próximo semestre. En primer lugar, se mejorará el marco regulatorio y de supervisión sobre la base de dos grandes Leyes: la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado, para asegurar la libre circulación de bienes y prestación de servicios en todo el territorio nacional, reduciendo los costes derivados de la fragmentación del mercado interior; y la Ley de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para unificar en una única instancia las funciones de los organismos supervisores, simplificando procedimientos y favoreciendo el correcto funcionamiento de los mercados.

Plan de Emprendedores

Para lograr una mayor competitividad, reducir el desempleo y dinamizar la economía, se aprobará en el próximo semestre un Plan de Emprendedores que favorezca la creación, desarrollo y expansión de las pequeñas y medianas empresas de nuestro país. Así, se creará la figura del emprendedor de responsabilidad limitada, se facilitará la segunda oportunidad en la creación de nuevos negocios y se impulsarán nuevas formas de financiación alternativa a la bancaria. Asimismo, se creará la Agencia de Internacionalización, que aprovechará las sinergias de los distintos instrumentos públicos para facilitar las exportaciones españolas y la captación de inversión extranjera, y se avanzará en la puesta en marcha el Plan Nacional e Integral de Turismo con su primera evaluación, así como otras medidas de potenciación de este sector estratégico.

Ciencia

En el ámbito de la Ciencia y la Innovación, se prevé una nueva planificación de las estrategias españolas de Ciencia, Tecnología e Innovación, y la creación de una Agencia Estatal para la Investigación, que gestionará, financiará y evaluará la actividad científica de carácter público.

Competencia

Con el fin de incrementar la competencia, se prevén también una Ley de Medidas en el ámbito del ejercicio profesional, en línea con lo establecido en las recomendaciones del Semestre Europeo 2012-2013; nuevas actuaciones para avanzar en la liberalización del sector de las telecomunicaciones, con una nueva Ley General de Telecomunicaciones; en el sector del transporte (liberalización del tráfico de viajeros nacional por ferrocarril y medidas para permitir la entrada de capital privado en AENA), y en el sector de la energía (con una nueva Ley del Sector Eléctrico).

Mercado inmobiliario

También se adoptarán medidas para la dinamización del mercado inmobiliario, sobre la base de dos nuevos instrumentos normativos: la Ley de Medidas de Flexibilización y Fomento del Mercado de Alquiler de Viviendas o la Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas.

Sector primario

Por último, en el próximo semestre se aprobarán medidas de apoyo al sector primario, que conduzcan no sólo el equilibrio y la transparencia en el funcionamiento de la cadena alimentaria (Ley de medidas para la mejora de la cadena alimentaria), sino también a impulsar el crecimiento y la internacionalización de este sector.

Seguridad jurídica

Otro factor fundamental para el correcto funcionamiento de la economía radica en la seguridad jurídica. Consciente de ello, el Gobierno aprobará en el próximo semestre un conjunto de medidas para aportar mayor agilidad y mayores garantías en el funcionamiento de la Administración de Justicia, a través de la revisión de las tasas judiciales, reforzando las garantías en la asistencia jurídica gratuita o aprobando una nueva Ley del Registro Civil.


Economía y Competitividad

CREADA LA COMISIÓN NACIONAL DE MERCADOS Y COMPETENCIA

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Creación de la Comisión Nacional de Mercados y Competencia para su remisión a las Cortes, con objeto de que sea aprobada antes de fin de año. Este órgano persigue asegurar el correcto funcionamiento, la transparencia y la existencia de competencia efectiva en todos los mercados y sectores productivos.

El nuevo organismo agrupa las funciones que desarrollan la Comisión Nacional de Energía, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, la Comisión Nacional de la Competencia, el Comité de Regulación Ferroviaria, la Comisión Nacional del Sector Postal, la Comisión de Regulación Económica Aeroportuaria y el Consejo Estatal de Medios Audiovisuales. En esta reordenación de funciones se transfieren a los distintos Ministerios aquellas tareas de índole administrativa cuyo desempeño no requiere una especial independencia, y que antes desempeñaban los organismos reguladores citados.

Única institución

Las funciones de supervisión regulatoria y de defensa de la competencia se integran en una única institución, de forma que se simplifican estructuras y se maximizan economías de escala. La creación de la Comisión Nacional de Mercados y Competencia tendrá importantes efectos en el tejido económico por la mejora de la intervención pública en los sectores afectados y por los beneficios que reporta una mayor competencia. Además, se reforzará la seguridad jurídica dado que desaparece el riesgo de que los organismos sectoriales y la autoridad de competencia adopten criterios divergentes; se reducirán los trámites y los procedimientos serán más ágiles.

La integración supone un importante ahorro de gasto que, en una primera estimación conservadora, pueden alcanzar los veintiocho millones de euros, por la disminución en el número de altos cargos (pasan de 52 a 9), y por la reducción de servicios comunes, infraestructuras, gastos de funcionamiento y personal.

Esta Comisión se configura como un organismo público, con personalidad jurídica propia y plena independencia del Gobierno, de las Administraciones Públicas y de los agentes del mercado. Está adscrita al Ministerio de Economía y Competitividad, sin perjuicio de su relación con los otros Ministerios competentes por razón de la materia en el ejercicio de sus funciones.

Composición

El Consejo tendrá nueve miembros: un Presidente, un Vicepresidente y siete consejeros .Los miembros del Consejo serán nombrados por el Gobierno, previa comparecencia de la persona propuesta para el cargo ante la comisión correspondiente del Congreso de los Diputados. El Congreso, a través de la Comisión competente y por acuerdo adoptado por mayoría absoluta, podrá vetar el nombramiento del candidato propuesto. El mandato de los consejeros será de seis años sin posibilidad de reelección.

La Comisión Nacional de Mercados y Competencia tendrá potestad normativa, de manera que podrá dictar circulares para el desarrollo y ejecución de leyes y reglamentos en los sectores regulados. En materia sancionadora se reconoce la facultad de inspección y se consagra el principio de separación entre la instrucción y la resolución de los expedientes sancionadores.


Empleo y Seguridad Social

DISPOSICIÓN DE EXCEDENTES PRESUPUESTARIOS AFECTOS AL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL

  • Se acuerda la disposición de excedentes presupuestarios, consignados en el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, por importe de 3.063 millones de euros.

  • Se cumple el compromiso del Pacto de Toledo de garantizar las pensiones y proteger a los pensionistas en los momentos bajos del ciclo económico.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo para la disposición de excedentes presupuestarios afectos al sistema de Seguridad Social, consignados en el Fondo de Reserva, por importe de 3.063 millones de euros. A 27 de septiembre el importe provisional total del Fondo asciende a 69.252,36 millones de euros.

El importe de esta disposición se destinará con carácter exclusivo a la financiación de las pensiones de carácter contributivo y demás gastos necesarios para su gestión, en estricta aplicación de la Ley reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, del 29 de septiembre de 2003, y del Real Decreto de 27 de febrero de 2004 por el que se desarrolla dicha Ley de 2003.

Se hace frente, con ello, a los efectos de la crisis económica sobre el sistema de pensiones, ya que la caída de los ingresos acumulada en los últimos años, unida al incremento de gasto, ha provocado el cierre de dos ejercicios consecutivos en déficit (2010 y 2011), cuando la Ley prevé únicamente un mínimo de dieciocho meses para acceder a la financiación de los excedentes del Fondo de Reserva.

El Fondo de Reserva, institucionalizado por la Ley de Consolidación y Racionalización del Sistema de Seguridad Social del 15 de julio de 1997, fue creado con el objetivo de proteger a los pensionistas en los momentos bajos del ciclo económico. Así, las pensiones están claramente garantizadas y sus perceptores completamente protegidos.


Industria, Energía y Turismo

PUESTA EN MARCHA DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS AL VEHÍCULO EFICIENTE

  • Dotado con 75 millones de euros, tiene por objetivo la sustitución de 75.000 vehículos, turismos y comerciales ligeros y favorecer la compra de vehículos con menores consumos de combustible.

  • Los beneficiarios (particulares, profesionales, autónomos, microempresas y pymes) obtendrán las ayudas directamente, a la hora de abonar la factura en el concesionario, por una cuantía de dos mil euros, de los que mil euros son aportados por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y otros mil euros por el fabricante o importador.

  • El Programa permitirá el achatarramiento de vehículos con más de doce años en el caso de turismos y de diez años de antigüedad en el caso de comerciales ligeros, y su sustitución con modelos de alta eficiencia, de menor consumo de combustible y emisiones de CO2.

  • El programa arranca el día 1 de octubre de 2012 y se prolongará hasta el 31 de marzo de 2013 ó hasta el agotamiento de los fondos.

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del Ministerio de Industria, Energía y Turismo sobre la puesta en marcha, del Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE), cuyo objetivo es la sustitución de 75.000 vehículos, turismos y comerciales ligeros, con más de doce años y diez años de antigüedad respectivamente, por modelos de alta eficiencia energética, de menor consumo de combustibles y emisiones de CO2.

La renovación del parque de vehículos constituye una de las principales herramientas de promoción de la eficiencia energética en el transporte y la incorporación al mismo de nuevos modelos, con tecnologías más eficientes, permite reducir el consumo específico del transporte de viajeros y mercancías, con el efecto añadido de reducir los impactos medioambientales y mejorar la seguridad.

Se estima que el ahorro energético asociado al Programa PIVE, dotado con unos fondos de 75 millones de euros y vigente desde el 1 de octubre de 2012, y hasta el 31 de marzo de 2013 o agotamiento de los fondos, asciende a 26,1 millones de litros de combustible/ año. Ello significa, en términos económicos y al precio actual del barril, un ahorro de dieciséis millones de euros/año, a lo que hay que añadir una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de 54.000 toneladas/año de CO2.

El transporte, principal consumidor de energía final

El sector del transporte en España es el principal consumidor de energía final (37,4 por 100 en 2010), así como el principal emisor de gases de efecto invernadero (29,5 por 100 del total en el mismo año), enfrentándose a un importante reto en los próximos años para conseguir que nuestro país cumpla con los compromisos internacionales en cuanto a sostenibilidad ambiental y limpieza de aire en las ciudades.

El sector se caracteriza, además, por tener una estructura de consumo dominada por productos petrolíferos importados prácticamente en su totalidad, lo que contribuye a la elevada dependencia energética de España del exterior, próxima al 80 por 100, muy superior a la media europea que es del 54 por 100, con los consecuentes efectos en el déficit exterior y en la inflación.

Por otro lado, la considerable caída de ventas de vehículos registrada en España en los últimos años ha provocado un envejecimiento del parque de vehículos de nuestro país que implica que sea menos eficiente y segura y, por tanto, más costosa.

Beneficiarios y cuantía de la ayuda

Pueden ser beneficiarios de la ayudas, particulares, profesionales, autónomos, microempresas y pymes.

El beneficiario las obtendrá directamente, mediante el descuento correspondiente en el punto de adquisición del nuevo vehículo, es decir en los concesionarios, que previamente se han tenido que adherir a este Programa mediante un procedimiento regulado y publicado en la página web www.idae.es. Los ciudadanos podrán consultar el listado de establecimientos adheridos en esa misma página.

La cuantía de la ayuda pública aportada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo es de mil euros por vehículo. A esos mil euros se suma el descuento que ha de aplicar el fabricante o importador del nuevo vehículo incentivable en la factura de compraventa y que será, como mínimo, de mil euros.

La cuantía del descuento para el beneficiario será, por tanto, de dos mil euros como mínimo.

Esta ayuda es compatible con otras vigentes siempre y cuando éstas provengan de fondos propios de las Comunidades Autónomas y de fondos europeos.

Requisitos para acogerse a las ayudas

Los vehículos susceptibles de acogerse al programa podrán ser nuevos o de antigüedad no superior a un año desde su primera matriculación, deberán cumplir los siguientes requisitos:

Vehículos de turismo (categoría M1):

  • Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida (propulsados total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo y eléctricos), que a la fecha de solicitud de la ayuda se encuentren clasificados como clase A o B en la "Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos" según recoge el Real Decreto 837/2002 y la Directiva 1999/94/CE de etiquetado de turismos.

  • Eléctricos puros.

  • Propulsados por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles alternativos (autogás -GLP- y Gas Natural) que figuren en la Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos, y además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).

Vehículos comerciales ligeros (categoría N1):

  • Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida propulsados total o parcialmente por medio de motores de combustión interna de gasolina, gasóleo, GLP y Gas Natural que, además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).

  • Eléctricos puros.

Es requisito necesario dar de baja definitiva en Tráfico, mediante certificado de achatarramiento/destrucción por parte del centro autorizado al efecto, cualquier vehículo de categoría M1 o N1 propiedad del beneficiario, con una antigüedad mínima de doce años (M1) / diez años (N1) desde su primera matriculación.

El precio de los vehículos adquiridos, antes de IVA, no puede ser superior a los 25.000 euros, excepto para los vehículos eléctricos, híbridos enchufables y de autonomía extendida.

Toda la información se puede encontrar en www.minetur.es y www.idae.es


Empleo y Seguridad Social

REGULADA LA COMISIÓN CONSULTIVA NACIONAL DE CONVENIOS COLECTIVOS

  • Regula las funciones decisorias de la Comisión relativas a la solución de discrepancias por falta de acuerdo en los descuelgues de los convenios

  • Su aplicación facilitará la adopción de medidas de flexibilidad interna en las empresas, para evitar el despido

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos.

Con la aprobación de esta norma se da cumplimiento al mandato de la Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, que encomienda al Gobierno la aprobación de un reglamento que establezca la organización de la Comisión.

La reforma laboral prevé que, a falta de acuerdo entre las partes, la Comisión intervenga para la solución de la discrepancia cuando los procedimientos de solución de conflictos, previstos en la negociación colectiva, no hayan dado resultado. La aplicación del Real Decreto facilitará la adopción de medidas de flexibilidad interna en las empresas como alternativa a la destrucción de empleo.

Objetivos

La Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos se creó en 1980 por el Estatuto de los Trabajadores y su función es asesorar y consultar a las partes en la negociación colectiva en relación con el ámbito funcional de los convenios.

Los objetivos prioritarios de la nueva norma son:

  • Actualizar la regulación de la composición y funciones de la Comisión.

  • Desarrollar las nuevas funciones decisorias atribuidas a la Comisión por la reforma laboral, para la solución de discrepancias por falta de acuerdo en los procedimientos sobre la inaplicación de las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo de aplicación.

  • Adaptar la organización de la Comisión a la nueva función decisoria, así como a las necesidades que se han ido planteando desde su constitución, garantizando la eficacia en el ejercicio de sus funciones, especialmente a través de la creación de una Comisión Permanente, a la que se encomienda el funcionamiento de la Comisión, reservando al Pleno las decisiones más importantes.

Principales características de la norma

El Real Decreto configura la Comisión como órgano colegiado y tripartito, adscrito a la Dirección General de Empleo, en el que participan las organizaciones sindicales y empresariales más representativas. Asimismo, establece la composición y el funcionamiento de la Comisión e introduce la posibilidad de que pueda funcionar en Pleno o en Comisión Permanente.

La nueva norma regula las funciones consultivas de la Comisión, relativas a la determinación del ámbito funcional de los convenios colectivos y a la consulta preceptiva en el procedimiento de extensión de convenios, delimitando su ámbito de actuación suprautonómico y los sujetos legitimados para plantear estas consultas.

Con la aprobación del Reglamento se completa la regulación de una de las novedades más relevantes de la reforma laboral, al establecer las funciones de la Comisión relativas a la solución de las discrepancias por falta de acuerdo en los procedimientos sobre inaplicación de las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo aplicable, siempre que se plantee con un ámbito suprautonómico, fijando las circunstancias que deben concurrir para que se pueda solicitar la actuación de la Comisión a estos efectos.

Procedimientos para solución de discrepancias

Para la solución de discrepancias se establecen dos procedimientos, uno, en el seno de la propia Comisión; dos a través de un árbitro imparcial e independiente. Si hay conformidad entre las partes, se seguirá el procedimiento elegido por ellas. Además, se precisa la documentación necesaria para justificar que concurren las causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. El procedimiento debe culminar con la solución de la discrepancia.

La intervención de la Comisión sólo se produce como sistema de "cierre" del procedimiento, ante las sucesivas faltas de acuerdo entre empresa y trabajadores.


Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

REGULADAS LAS ORGANIZACIONES DE PRODUCTORES DE LECHE Y LA OBLIGATORIEDAD DEL CONTRATO LÁCTEO

  • Se desarrollan y completan las medidas del denominado "Paquete lácteo" y se contempla la obligatoriedad de los contratos por escrito en las transacciones realizadas en el sector

  • Se otorgan facultades a las organizaciones para que puedan negociar de manera colectiva los términos de los contratos

  • El sector productor tendrá herramientas para equilibrar su posición negociadora, de forma que se garantice una mayor transparencia y confianza para toda la cadena de producción de la leche cruda

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para regular el reconocimiento de las organizaciones de productores de leche y de las organizaciones interprofesionales lácteas, así como para establecer las condiciones de contratación en el sector, incluyendo la obligatoriedad de suscripción de contratos.

Este Real Decreto, que desarrolla y completa las medidas del denominado "Paquete lácteo", establece la obligatoriedad de formalización de los contratos por escrito en las transacciones realizadas en el sector antes de verificarse el suministro, lo que se considera un elemento clave de cohesión y estabilización en el sector.

Con esta regulación, todas las ventas de leche cruda estarán sujetas a un contrato firmado por adelantado en el que se incluirán, entre otros elementos, el volumen contratado y el precio a pagar. Adicionalmente, en los contratos en los que el vendedor sea el propio ganadero se exigirá la duración mínima de un año, salvo que el propio ganadero rechace esta prerrogativa, en cuyo caso, la duración será la que libremente pacten las partes implicadas.

Organizaciones de productores

También se establecen las funciones otorgadas a las organizaciones de productores en el sector lácteo, así como los requisitos mínimos que deben cumplir y las normas para su reconocimiento por parte de los órganos competentes de las Comunidades Autónomas donde radique la sede de la entidad solicitante.

La nueva normativa regula la información que debe constar en el registro nacional de organizaciones de productores del sector lácteo y contempla la creación de una base de datos en el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente que recoja los datos relativos a los requisitos mínimos de los contratos que se suscriban, que se nutrirá de la información de los compradores de leche y será gestionada mediante convenio con la Organización Interprofesional Láctea.

Con el objetivo de equilibrar la cadena de valor, se autoriza a estas organizaciones de productores para poder negociar de manera colectiva en nombre de sus asociados, los términos de los contratos, incluido el precio. Supone un importante avance para mejorar la posición negociadora de los productores en la cadena de valor, que podrán concentrar la oferta de su producción y negociar conjuntamente con el siguiente eslabón de la cadena.

Interprofesional láctea

El Real Decreto determina igualmente cuáles son las finalidades de la Organización Interprofesional Láctea, que juega un papel muy importante en aspectos tan relevantes como la promoción, la investigación y el desarrollo, la elaboración de estadísticas que mejoren la transparencia en el sector y la mejora del conocimiento de la estructura productiva y del mercado o la promoción del consumo y de las producciones de calidad.

Mediante las nuevas disposiciones se mejora la situación del sector productor de leche, particularmente débil por su estructura productiva atomizada, y el carácter perecedero del producto. Esta nueva norma dota a los productores de herramientas para equilibrar su posición negociadora, de forma que se garantice una mayor transparencia y confianza para toda la cadena de producción de leche cruda, desde el productor al consumidor final.


Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

BAREMO ÚNICO PARA ESTABLECER EL GRADO DE DISCAPACIDAD

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. El cambio consiste en establecer un único baremo en todas las Comunidades Autónomas para determinar cuándo es necesaria la asistencia de una tercera persona, tanto en las situaciones de discapacidad, como en las de dependencia.

La norma aprobada hoy modifica otro Real Decreto de 1999, para adaptarlo a un Real Decreto de 2011, que se dictó en desarrollo de la Ley de Dependencia. Con esta modificación, además, se suprime la obligación de señalar el tipo de discapacidad física, psíquica o sensorial en el certificado del grado de discapacidad. Se protege, de este modo, la privacidad de la persona con discapacidad. Asimismo, la información sobre el grado de discapacidad sólo se entregará a instancias de la propia persona interesada o de su tutor o representante legal, en su caso.

Con la reforma aprobada hoy, España da un paso más en la participación en la sociedad de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con el resto de los ciudadanos. La norma, además, se adapta a lo señalado por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, que define la discapacidad como un concepto que evoluciona y establece que los Estados tienen el deber de proteger la privacidad de la información sobre la salud de estas personas.


Hacienda y Administraciones Públicas

RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA NORMATIVA SOBRE GRANDES ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES EN CATALUÑA

El Consejo de Ministros ha solicitado al Presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 114 de la Ley de 29 de diciembre de 2011, de promoción de la actividad económica de Cataluña.

Se ha considerado inconstitucional el precepto por vulnerar el criterio de regulación de libre comercio en una normativa, que tiene carácter básico, en el artículo 6 de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista de 15 de enero de 1996, y en los artículos 10 y 11 de la Ley sobre el Libre Acceso a las Actividades de Servicios y su Ejercicio, de 2009. En particular, se ha solicitado la interposición del recurso por considerar que la norma introduce barreras de acceso al ejercicio de la actividad comercial.

Asimismo, por medio de este artículo 114 se modificaban los apartados 3 y 4 del artículo 9 del Decreto Ley de 22 de diciembre de 2009, de ordenación de equipamientos comerciales de Cataluña, de forma que contemplan ahora restricciones a la implantación de establecimientos comerciales fuera de tramas urbanas consolidadas, en perjuicio de determinados formatos comerciales, que no se consideran compatibles con la normativa estatal sobre esta materia.

Jurisprudencia del Tribunal Constitucional

La impugnación que ahora se insta se fundamenta en la vulneración de la normativa básica del Estado. En este sentido, el Tribunal Constitucional ya ha tenido ocasión de pronunciarse sobre la aplicación de la normativa básica estatal en relación al caso de la normativa sobre establecimientos comerciales. De hecho, la normativa catalana que se impugna vuelve a establecer criterios que determinaron ya una condena del Tribunal de Justicia de la Unión Europea al Reino de España. En su jurisprudencia, el Tribunal Constitucional afirma que, tanto los criterios para el otorgamiento de la licencia de instalación, como los requisitos mínimos que los grandes establecimientos deben cumplir, han de tener carácter mínimo y uniforme para todo el territorio al estar vinculados, no tanto a la competencia autonómica de comercio interior y urbanismo (el denominado "urbanismo comercial" ), como a la de bases de la ordenación de la economía, dada la incidencia que los grandes establecimientos pueden tener en la actividad económica a través del sector de la distribución.

Por todo lo expuesto, la Comunidad Autónoma de Cataluña no puede adoptar el precepto cuestionado infringiendo las competencias estatales, por lo que procede la interposición de recurso frente al mismo en los términos señalados.


Hacienda y Administraciones Públicas

AUTORIZADAS OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO A VARIAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

El Consejo de Ministros ha autorizado a las Comunidades Autónomas de Cantabria, Extremadura, Principado de Asturias y Comunidad Valenciana a realizar operaciones de préstamos y emisiones de Deuda Pública por un importe conjunto de 1.140 millones de euros, y la prorroga hasta el 30 de diciembre de 2012 de operaciones de endeudamiento autorizadas en 2011 a la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En concreto, se autoriza para tomar de préstamos a largo plazo en euros y divisas y realizar emisiones de deuda pública a las Comunidades Autónomas de Cantabria, Extremadura, Principado de Asturias y Comunitat Valenciana, hasta un importe máximo conjunto de 1.140 millones de euros,que se autorizan con cargo al incremento de deuda de dicho ejercicio establecido en el Acuerdo de 6 de marzo de 2012, del Consejo de Política Fiscal y Financiera, dentro del primer tramo del 0,75 por 100 del PIB de las cuatro Comunidades Autónomas.

Dichas operaciones de endeudamiento son conformes con sus Planes económico-financiero de requilibrio 2012-2014, cuyas medidas fueron declaradas idóneas por los Plenos del Consejo de Política Fiscal y Financiera celebrados el 17 de mayo y el 14 de julio de 2012.

Asimismo, se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2012, por el importe pendiente de formalizar de 628 millones de euros, las operaciones de endeudamiento autorizadas a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Acuerdo de Consejo de Ministros de 23 de septiembre de 2011, que fueron previamente prorrogadas hasta el 31 de marzo de 2012 por el Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de enero de 2012 y hasta el 30 de junio de 2012 por el Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de abril de 2012.

CATALUÑA

Por último, se autoriza a la Comunidad Autónoma de Cataluña a realizar emisiones de deuda pública y concertar préstamos a largo plazo hasta un importe máximo de 6.819 millones de euros, que se destinan, entre otros, a financiar las amortizaciones del segundo semestre de 2012, las cantidades aplazadas de la liquidación negativa del sistema de financiación correspondiente a los ejercicios 2008 y 2009.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DE UN PROTOCOLO SOBRE COMUNICACIONES DE LA CONVENCIÓN DE DERECHOS DEL NIÑO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo facultativo de la Convención sobre los derechos del niño relativo a un procedimiento de comunicaciones, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 19 de diciembre de 2011. El Consejo de Ministros había autorizado su firma el pasado 24 de febrero.

Su elaboración fue impulsada por un grupo transregional de diez Estados (Chile, Egipto, Eslovaquia, Eslovenia, Finlandia, Francia, Kenia, Maldivas, Tailandia y Uruguay), con el decidido apoyo de los demás miembros del MERCOSUR, así como de otros Estados latinoamericanos y gran parte de la Unión Europea, incluida España.

La Convención sobre los Derechos del Niño es el único tratado internacional en materia de derechos humanos que tiene un procedimiento obligatorio de presentación de informes, pero no cuenta con un procedimiento de comunicaciones.

Este Protocolo supone un avance histórico y un importante esfuerzo de protección internacional de los derechos de los niños, así como un impulso al papel del Comité de los derechos del niño. En él se regula un procedimiento de comunicaciones que permitirá buscar soluciones para cada caso concreto, realizar recomendaciones urgentes y mejorar el análisis de la aplicación de los derechos.

En efecto, el mencionado Protocolo introduce, por primera vez en este ámbito, mecanismos de protección de derechos contemplados en otros instrumentos internacionales de los que España ya es parte, ofreciendo la posibilidad de presentar ante el Comité de derechos del niño comunicaciones o quejas individuales referidas a Estados que hayan firmado el Protocolo y hayan reconocido previamente la competencia del Comité. Se trata de un avance hacia una visión más específica de los derechos de la infancia, que serán examinados por un Comité con experiencia concreta en la materia.

El texto establece que las competencias del Comité de derechos del niño se circunscriben a las comunicaciones concernientes a Estados que sean parte en el Protocolo. En relación al funcionamiento del Comité se señala que el Comité se guiará en el ejercicio de sus funciones por el interés superior del niño y que aprobará su propio reglamento. Asimismo, se reconoce que los Estados parte velarán para que las personas que hayan estado en comunicación con el Comité no vean violados sus derechos ni sufran maltrato o intimidación.

Además las denuncias individuales (comunicaciones) podrán ser presentadas por personas o grupos de personas, sujetas a la jurisdicción de un Estado, que afirmen ser victimas de una violación por el Estado parte de cualquiera de los derechos enunciados en la Convención o en alguno los citados Protocolos facultativos en los que ese Estado sea parte. Las comunicaciones deben hacerse por escrito y estar bien fundadas. Se deben haber agotado los recursos internos, salvo en los casos de riesgo inminente o retraso injustificado en esos procedimientos. Asimismo, se establece la posibilidad de que el Consejo adopte medidas provisionales ante circunstancias excepcionales para evitar daños irreparables a la víctima, se señalan los supuestos de inadmisibilidad de las comunicaciones y se dispone un plazo de seis meses para que el Comité dé una respuesta.

El Comité podrá iniciar un procedimiento de investigación en caso de violaciones graves o sistemáticas de los derechos enunciados en la Convención o en los Protocolos facultativos, que luego tendrá seguimiento mediante la exigencia de responsabilidades al Estado infractor.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

ACUERDO CON MAURITANIA EN MATERIA DE LUCHA CONTRA LA DELINCUENCIA

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo de cooperación en materia de lucha contra la delincuencia entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania, así como su aplicación provisional.

El Acuerdo responde a la preocupación que comparten ambos países por el alcance de los fenómenos delincuenciales y por el reto que plantean a la seguridad el tráfico de personas, el tráfico de drogas, el terrorismo y las nuevas formas de delincuencia.

Este Acuerdo incluye el compromiso general de cooperar en el ámbito de la seguridad, especificando con gran amplitud los delitos a los que se extenderá dicha cooperación.

Son especialmente relevantes la referencia específica al terrorismo como forma de criminalidad, la colaboración en la actividad operativo-investigadora de las distintas modalidades delictivas, así como el intercambio de información respecto a la comisión de un gran número de delitos que responden a las necesidades planteadas en este ámbito.

Se establecen las condiciones para proceder al intercambio de información entre ambos países, y cabe destacar la garantía en la protección de la información confidencial en virtud de las respectivas legislaciones nacionales.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

ACUERDO CON MARRUECOS SOBRE SUPRESIÓN RECÍPROCA DE VISADOS EN PASAPORTES DE SERVICIO

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Marruecos sobre supresión recíproca de visados en pasaportes de servicio, así como su aplicación provisional.

La posibilidad de adoptar Acuerdos de supresión de visados sobre pasaportes de servicio está contemplada en un Reglamento Comunitario de 2001 que, además de determinar los países terceros cuyos nacionales deben estar provistos de visados al cruzar las fronteras exteriores de los Estados miembros, permite a los Estados miembros establecer excepciones para los nacionales de países terceros cuando sean titulares de pasaportes de servicio.

El texto hace referencia a las entradas sin visados de los nacionales de cada país, titulares de pasaporte de servicio, en el territorio del otro para estancias de un máximo de noventa días en un periodo de 180 días.


Justicia

ACTUALIZADOS DOS CONVENIOS PARA MODERNIZACIÓN DE LA JUSTICIA

El Consejo de Ministros ha acordado introducir una tercera adenda al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y la entidad pública empresarial RED.ES con la finalidad de adecuarlo a los nuevos ejes de actuación derivados del plan de modernización 2012-2014, adaptándolo asimismo a las disponibilidades presupuestarias del presente ejercicio. El importe global del convenio tras esta nueva adenda ha quedado cifrado en 32.239.415 euros.

Además, el Consejo de Ministros ha aprobado la inclusión de una segunda Adenda a la encomienda de gestión con empresa pública Tragsatec para la gestión de plataformas tecnológicas, registros judiciales y otras actuaciones relacionadas con la modernización tecnológica de la Administración de Justicia, para adecuarla a los nuevos ejes de actuación derivados del plan de modernización 2012-2014 y adaptarla, al igual que en el convenio anterior, a las disponibilidades presupuestarias del presente ejercicio. Tras esta nueva adenda, el importe global del convenio ha quedado cifrado 21.053.973,68 euros.

El Ministerio de Justicia articula una parte de su actividad relacionada con la modernización de la administración de la Justicia a través de una encomienda de gestión con ambas empresas públicas dependientes del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.


Industria, Energía y Turismo

SUBVENCIÓN DE INTERESES DE PRÉSTAMOS AL ARMADOR PARA LA CONSTRUCCIÓN NAVAL

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Industria, Energía y Turismo a conceder una subvención de intereses de préstamos al armador para la construcción de un buque en un astillero español, por un importe de 16,8 millones de euros.

La subvención de intereses de préstamos consiste en la posibilidad de ofrecer a los potenciales armadores de buques préstamos en condiciones más ventajosas que las que se pueden obtener en el mercado, todo ello enmarcado bajo la normativa comunitaria.

Las ayudas que concede el Gobierno se articulan mediante dos mecanismos: las ayudas para las actuaciones de los astilleros en I+D, Innovación o inversiones para mejorar su competitividad y la subvención de los intereses de los préstamos a los armadores:

En este sector trabajan directamente unas ocho mil personas en la construcción y reparación de buques, otras doce mil personas lo hacen dentro de esas mismas instalaciones pero pertenecientes a la industria auxiliar y unas seis mil más desarrollan su trabajo en empresas suministradoras directas de equipos y sistemas.


BIOGRAFÍAS

Defensa

Jefe de la Unidad Militar de Emergencias.-

Teniente General D. CÉSAR MURO BENAYAS.

Nacido el 12 de febrero de 1952 en Talavera de la Reina, ingresó en el Ejército en julio de 1970 y ascendió al empleo de Teniente en 1974.

Ha estado destinado en diversas Banderas y en la Brigada Paracaidistas, en el Estado Mayor de la Fuerza de Acción Rápida, en la Dirección de Enseñanza, Instrucción, Adiestramiento y Evaluación, y en la Guardia Real. En 2005 fue nombrado director de la Academia de Infantería y, posteriormente, Comandante General de Melilla. Desde julio de 2011 era Jefe del Mando de Canarias

 

Educación, Cultura y Deporte

Secretario General de Universidades.-

D. FEDERICO MORÁN ABAD.

Nacido en Madrid el 26 de enero de 1956, es Licenciado en Ciencias Químicas en 1978 y Doctor en la especialidad de Bioquímica por la Universidad Complutense de Madrid, y Catedrático del Departamento de Bioquímica y Biología Molecular I de dicha Universidad. También es Investigador Senior y miembro fundador del Centro de Astrobiología (INTA-CSIC) y Director Adjunto del Instituto Nacional de Bioinformática, desde 2004.

En el campo docente ha estado vinculado siempre con la enseñanza de la disciplina de Biofísica. Ha desempeñado la labor de coordinador de los Cursos de Verano del Área de Ciencias de la Universidad Complutense en El Escorial. Ha sido subdirector general de la Fundación General de la UCM y director del Ciclo de Invierno de Ciencia y Tecnología de la Fundación General de la UCM. Actualmente era director general de Política Universitaria.

Director General de Política Universitaria.-

D. JORGE SAINZ GONZÁLEZ.

Nacido el 25 de marzo de 1969 en Madrid, es Licenciado en Ciencias Económicas por la Universidad Complutense de Madrid y en Derecho por la UNED. Doctor en Economía por la Universidad Rey Juan Carlos y Master (especialización en finanzas y políticas públicas) Simon School, University of Rochester (Estados Unidos). Es profesor titular en el Departamento de Economía Aplicada I en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid.

Ha sido economista jefe de sala en el grupo CIMD; director de análisis start up tecnológico en Bescos.com; director de Comercio Electrónico de Yahoo! España y asesor del Gabinete de la Consejera de Educación de la Comunidad de Madrid. En la actualidad era subdirector general de Investigación de la Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad de Madrid. En la actualidad era director del Gabinete del Ministro de Educación, Cultura y Deporte.

Director del Gabinete del Ministro de Educación, Cultura y Deporte.-

D. MAGÍ CASTELLTORT CLARAMUNT.

Es Licenciado en Derecho y Humanidades (especialidad de Gestión Cultural, y Diplomado en Ciencias Empresariales. Pertenece al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Ha sido director adjunto de la Oficina Española de Turismo en Berlín, Consejero de Turismo en la Embajada de España en Suiza, vicesecretario general técnico del Ministerio de Cultura y director del Palacio Nacional de Congresos de Madrid. En la actualidad era subdirector general de Promoción y Comercialización Exterior del Turismo.

 

Fuente: Palacio de la Moncloa - Gobierno de España