ANTEPROYECTO DE
REFORMA DEL CÓDIGO PENAL
-
El matrimonio forzado se
tipifica como delito
agravado de coacciones.
-
Se crea un nuevo tipo
penal de acoso para
castigar conductas que,
sin emplear la
violencia, coartan la
libertad de la víctima
mediante vigilancias o
llamadas reiteradas.
-
Se castiga la
divulgación de imágenes
íntimas sin
consentimiento de la
víctima, aunque ella se
las facilitase a
alguien.
-
Será delito cualquier
acto sexual con menores
de trece años y hasta
los dieciséis años se
considerará abuso sexual
cuando exista engaño o
se abuse de una posición
de confianza, autoridad
o influencia.
-
Se amplía el comiso,
además de a los delitos
de terrorismo y crimen
organizado, a los de
blanqueo, receptación,
trata de seres humanos,
prostitución y abuso de
menores, tráfico de
drogas, falsificación de
moneda y corrupción
-
Se agiliza la
cancelación de
antecedentes penales.
El Consejo de Ministros ha
recibido un informe del
ministro de Justicia sobre
el Anteproyecto de reforma
del Código Penal, y ha
decidido remitirlo para su
dictamen a los organismos
competentes. Con el nuevo
texto se procede a la
revisión del sistema penal
para dar respuesta a las
nuevas formas de
delincuencia, a la
multirreincidencia y a los
delitos más graves. A las
principales novedades del
texto legal, ya incluidas en
el informe que estudió el
Consejo de Ministros el
pasado 14 de septiembre, se
han introducida algunas más
a petición de otros
Ministerios.
Destaca la introducción de
nuevas figuras delictivas,
especialmente relevantes en
materia de violencia sobre
la mujer, como la
tipificación del delito de
matrimonio forzado (artículo
172 bis), con el que se
castigará la violencia o
intimidación para obligar a
contraer matrimonio y la
violencia, intimidación o
engaño para forzar a
abandonar el territorio
nacional o no regresar con
esa misma finalidad.
También se castigarán a
partir de ahora los actos
reiterados de acecho u
hostigamiento, como llamadas
telefónicas continuas, que
pueden lesionar gravemente
la libertad y el sentimiento
de seguridad de la víctima,
pero que en muchas ocasiones
no pueden ser tipificadas
como delitos de coacciones o
amenazas, porque no se
produce violencia.
Se pena la divulgación no
autorizada de grabaciones o
imágenes íntimas obtenidas
con el consentimiento de la
víctima, pero luego
divulgadas sin que ésta lo
sepa, cuando afecten
gravemente a su intimidad.
El Código Penal vigente sólo
castiga el apoderamiento o
interceptación de cartas o
mensajes privados de la
víctima, pero no preveía
cuando era ella misma quien
se los facilitaba a la
persona que luego los
difundía.
Asimismo, se incorpora al
Código Penal como delito la
inutilización de
dispositivos electrónicos
utilizados para controlar el
cumplimiento de penas.
Comiso
Como novedades respecto al
informe presentado al
Consejo de Ministros, figura
también la extensión del
comiso ampliado (comiso de
bienes procedentes de
actividades similares
anteriores a las que son
objeto de condena) a los
delitos de blanqueo,
receptación profesional,
trata de seres humanos,
prostitución, explotación y
abuso de menores, tráfico de
drogas, falsificación y
corrupción en el sector
privado. Hasta ahora sólo se
aplicaba en delitos de
terrorismo y crimen
organizado.
Además, se aumenta la
posibilidad de utilización
de esos bienes por parte de
la Policía y se racionaliza
la conservación de muestras
de sustancias intervenidas,
de forma que sólo quede lo
necesario para realizar los
análisis oportunos. Se
simplifica el sistema de
cancelación de antecedentes
penales para facilitar la
operatividad del sistema
europeo de intercambio de
información.
Delitos contra la
libertad sexual
La reforma incluye la
transposición al
ordenamiento jurídico
español de varias Directivas
europeas relativas a la
lucha contra el racismo y la
xenofobia, por la que se
tipifica la negación del
genocidio siempre que incite
al odio contra las minorías;
y a la lucha contra los
abusos y explotación sexual
de los menores y pornografía
infantil. Ésta ha obligado a
introducir modificaciones en
los delitos contra la
libertad sexual; en
concreto, en los abusos
sexuales cometidos sobre
menores de edad.
Así, la realización de
cualquier acto de carácter
sexual con menores de trece
años será considerada
siempre un hecho delictivo.
En el caso de que la víctima
tenga entre trece y
dieciséis años, se
considerará abuso sexual si
se comete mediante engaño o
abuso de una posición
reconocida de confianza,
autoridad o influencia. Y se
castigará con hasta tres
años de cárcel el hacer
presenciar a un menor de
trece años actos sexuales
sobre otras personas.
Además, se elevan las penas
de los delitos de
prostitución que afectan a
menores o personas
discapacitadas y se
considerará pornografía
infantil imágenes realistas
de menores participando en
conductas sexuales
explícitas, aunque no sean
reales. También se
sancionará al que a través
de medios tecnológicos
contacte con un menor de
trece años y le embauque
para que le facilite
imágenes pornográficas.
Delitos económicos
El Código Penal introduce en
el Capítulo VI del Título
XIII una nueva sección de la
administración desleal. El
texto vigente lo tipificaba
como delito societario,
cuando en realidad es un
delito patrimonial del que
puede ser víctima cualquier
persona. Con la reforma, el
tipo penal castigará los
actos de gestión desleal
cometidos mediante abuso o
deslealtad por quien
administra el patrimonio de
un tercero y le causa un
perjuicio o crea una
situación de peligro de
pérdida del mismo.
De la administración desleal
se separan los delitos de
apropiación indebida, aunque
tendrán la misma pena cuando
se trate de un supuesto de
apropiación con
quebrantamiento de la
relación de confianza con el
propietario. La malversación
constituye una modalidad de
administración desleal que
históricamente se refería
básicamente a sustracción de
fondos públicos, y en mucha
menor medida, a la
desviación del destino de
los mismos. La reforma, en
línea con la Ley de
Transparencia, amplía los
supuestos por los que se
puede castigar la gestión
desleal con perjuicio para
el patrimonio público.
El Anteproyecto busca una
eficaz persecución de los
delitos de bancarrota y una
adecuada protección de los
procedimientos judiciales y
administrativos de
ejecución. Para ello se
procede a la tipificación de
las conductas de
obstaculización de la
ejecución y ocultación de
bienes. De esta forma, se
agilizará, aumentará y
dotará de mayor efectividad
a la ejecución, lo que
reforzará la protección de
los acreedores.
Como medidas concretas se
adecua la insolvencia
punible a los supuestos de
acreedores declarados
fraudulentos y se da una
respuesta proporcionada a
posibles conductas ilícitas
de los administradores
concursales, que también
podrán ser condenados por
malversación y cohecho.
Por su parte, en los delitos
contra la propiedad
industrial se diferenciará
la responsabilidad penal de
importadores y
distribuidores mayoristas.
Éstos verán agravada su
pena, mientras que a los
distribuidores minoristas y
vendedores al público se les
atenuará proporcionalmente a
su responsabilidad.
Prisión permanente
revisable
Con la prisión permanente
revisable, inédita en el
ordenamiento jurídico
español, se proporcionará
una respuesta penal más
adecuada a ciertos crímenes
que causan una especial
repulsa social. Se aplicará
a los homicidios
terroristas, los cometidos
contra el Rey o el príncipe
heredero y contra jefes de
Estado extranjeros. También
será la pena prevista para
los casos de genocidio y
crímenes de lesa humanidad
con homicidio, así como, en
el primer caso, con agresión
sexual.
Los Tribunales podrán
aplicar este tipo de pena en
algunos tipos de asesinatos
agravados: cuando la víctima
sea menor de dieciséis años
o se trate de una persona
especialmente vulnerable;
cuando sea subsiguiente a un
delito contra la libertad
sexual; en los múltiples, y
en los cometidos por
miembros de una organización
criminal.
La nueva pena trae consigo
un cumplimiento íntegro de
la privación de libertad
durante un tiempo que se ha
establecido en un abanico de
entre 25 y 35 años, en
función de si se trata de
condenas por uno o varios
delitos o de delitos
terroristas. Sólo después de
ese período se aplicará el
sistema de revisión que
permitirá la puesta en
libertad del condenado si
cumple una serie de
requisitos. Esta revisión se
podrá realizar a petición
del reo, pero también se
hará de oficio por un
tribunal colegiado, al
menos, cada dos años.
La aplicación de la prisión
permanente revisable ha sido
avalada por el Tribunal
Europeo de Derechos Humanos
en distintas sentencias tras
su aplicación en los países
de nuestro entorno, en las
que ha determinado que la
posibilidad de revisión de
la condena satisface el
artículo 3 de la Convención
Europea de Derechos Humanos.
Custodia de
seguridad
El nuevo Código Penal
introduce, por primera vez,
la custodia de seguridad. Se
trata de una medida
privativa de libertad para
casos excepcionales que se
aplicará una vez cumplida la
pena de prisión y después de
que el tribunal valore si se
mantiene la peligrosidad del
penado. La custodia de
seguridad tiene una duración
máxima de diez años, aunque
se pondrá fin inmediatamente
a esta medida de seguridad
si el tribunal estima que
desaparecen las
circunstancias que la hacían
necesaria.
Esta medida sólo será
aplicable a quienes hayan
sido condenados por delitos
de especial gravedad como
son los delitos contra la
vida, la integridad física,
la libertad, la libertad o
indemnidad sexual, los
cometidos con violencia o
intimidación, contra la
comunidad internacional,
terrorismo o tráfico de
drogas.
En su regulación se incluyen
sólo dos grupos de
supuestos: quienes ya han
sido penados con
anterioridad por alguno de
estos delitos graves y tras
salir de prisión reincidan,
y quienes cometan por
primera vez una pluralidad
de estos delitos.
La custodia de seguridad ya
se aplica en estos casos en
países como Alemania, Reino
Unido, Francia, Austria,
Suiza o Dinamarca.
El tribunal establecerá la
medida de seguridad en
función de la peligrosidad
del reo en la misma
sentencia en la que se
fijará la pena de prisión
por el delito cometido. Si
cumplida la pena el tribunal
considera que ya no es
peligroso, suspenderá la
custodia de seguridad.
Se introduce, además, una
nueva regulación de la
libertad vigilada
(actualmente sólo está
prevista para delitos
sexuales), que se ampliará a
más delitos.
Detención ilegal y
delito continuado
Se modifica la regulación
del delito de detención
ilegal con desaparición. En
los casos en los que no se
dé razón de lo ocurrido con
la víctima, se fijará una
pena única de diez a quince
años de prisión, equivalente
a la que corresponde al
delito de homicidio. Además,
se regulan dos supuestos
agravados: cuando la víctima
es menor de edad y cuando
esté presente un móvil
sexual en la comisión del
delito.
Se suprimirá la figura del
delito continuado para los
delitos de naturaleza
sexual, lo que permitirá que
estos delincuentes vean
incrementada la pena que se
les aplica. En el resto
solamente podrá ser aplicado
en el caso de acciones que
se produzcan de forma
próxima en el tiempo.
Libertad condicional
Una de las novedades del
Código Penal es que la
libertad condicional pasa a
ser regulada como una
suspensión de la pena, de
tal modo que si, una vez en
libertad, el penado vuelve a
delinquir, podrá ser
devuelto a la cárcel para
que siga cumpliendo condena
desde el momento en que
quedó en suspenso. Se aplica
en los mismos términos en
los casos de prisión
permanente revisable, cuando
una vez cumplidos los años
fijados se revise su
situación y el tribunal
entienda que puede acceder a
esta medida.
Se amplía la posibilidad de
acceder a la libertad
condicional para los que
ingresen por primera vez en
prisión. Los condenados por
primera vez a penas de hasta
tres años y con conducta
irreprochable podrán acceder
a la libertad condicional a
mitad de la condena, frente
a los dos tercios actuales.
Aunque se seguirá pudiendo
solicitar la suspensión de
la ejecución de una condena
por las mismas causas que
actualmente, todas se
encuadrarán en un único
régimen de suspensión, lo
que evitará la reiteración
de trámites y recursos. Otra
novedad es que para agilizar
la satisfacción de la
responsabilidad civil se
podrá acordar o, en su caso,
revocar la libertad
condicional, al tenerse en
cuenta si el reo ha ocultado
bienes o no ha aportado
información sobre los que
dispone para no hacer frente
a ese pago.
En el caso de extranjeros,
la sustitución de la pena de
prisión por la expulsión del
país se ajusta a lo previsto
en la Ley de Extranjería.
Cuando las condenas sean
superiores a tres años, los
Tribunales podrán fijar qué
parte debe cumplir en
nuestro país y qué parte
puede ser sustituida por la
expulsión.
Supresión de las
faltas
Con el objetivo de hacer
efectivo el principio de
intervención mínima del
Derecho Penal y de reducir
el número de asuntos menores
que sobrecargan los
juzgados, se ha decidido
suprimir las faltas. Se
mantendrán las que son
merecedoras de reproche
penal, pero como delitos
leves, denominados de escasa
gravedad y que estarán
castigados con penas de
multa. El proceso que les
corresponderá se
desarrollará en la nueva Ley
de Enjuiciamiento Criminal,
en la que se está
trabajando. Mientras tanto,
se resolverán en juicios de
faltas.
Las faltas que no merecen
reproche penal abandonan el
Código Penal, aunque se
seguirán persiguiendo
administrativamente dentro
de la Ley de Seguridad
Ciudadana o por la vía
civil.
Asesinato
El Código Penal actualiza el
delito de asesinato, de
forma que se considerará
tal, además de los ya
previstos, el homicidio que
se cometa para facilitar al
comisión de otro delito o
para evitar ser descubierto.
Hurto y robo
Se suprime la falta de hurto
para sustituirla por un
delito leve de hurto que
castigará los casos en los
que lo sustraído no supere
los mil euros, aunque para
fijar este límite se tendrá
en cuenta la capacidad
económica de la víctima.
Para ofrecer una respuesta
adecuada a la
multirreincidencia y la
delincuencia grave, se prevé
que en el caso de
delincuencia profesional y
organizada se les pueda
condenar con el tipo
agravado a penas de uno a
tres años de prisión e,
incluso en los casos más
graves, de entre dos y
cuatro años.
Las agravantes del delito de
robo son: el desamparo de la
víctima y el pillaje que
puede darse en situaciones
de catástrofe; la
profesionalidad; el portar
armas; la participación de
un grupo organizado y el
hurto de conducciones de
suministros eléctricos o de
cableado de
telecomunicaciones.
El robo con fuerza tendrá en
cuenta el modo de comisión,
pero también la fuerza
utilizada para abandonar el
lugar; y el robo con
violencia introduce un
supuesto agravado para los
delitos cometidos en
establecimientos abiertos al
público. La agravación
prevista para estos delitos,
por los que se podrán
imponer medidas de seguridad
a los delincuentes
peligrosos, tendrá su
reflejo en la estafa cuando
sea cometida por una
organización criminal y la
defraudación afecte a una
pluralidad de personas.
Atentado,
resistencia y desobediencia
La reforma del Código Penal
clarifica la definición del
delito de atentado que
incluye todos los supuestos
de acometimiento, agresión,
empleo de violencia o
amenazas graves de violencia
sobre el agente; ero no se
equipara con la acción de
resistencia meramente pasiva
que, junto a la
desobediencia, se mantiene,
como hasta ahora, penada con
entre seis meses y un año de
cárcel. La falta de
desobediencia desaparece del
Código, pero se sancionará
como infracción
administrativa de la Ley de
Seguridad Ciudadana. Se
incluyen como sujetos
protegidos los miembros de
los equipos de asistencia o
rescate.
Una de las novedades del
texto es que se incluye en
la definición de alteración
del orden público una
referencia al sujeto plural
y a la realización de actos
de violencia sobre cosas y
personas. Como ocurre
actualmente, la pena se
agrava cuando se porten
armas, se exhiban simuladas
o se realicen actos de
violencia con peligro para
la vida o integridad de las
personas, así como los actos
de pillaje. Se regula como
supuesto atenuado la entrada
o invasión colectiva de
oficina o establecimiento,
cuando se altere
indebidamente su normal
actividad, aunque no lleguen
a producirse actos de
violencia o amenazas.
Sólo se castigará la
difusión de mensajes que
inciten a la comisión de
algún delito de alteración
del orden público; es decir,
no la simple convocatoria a
movilizaciones, sino la
incitación a cometer actos
de violencia constitutivos
de desórdenes graves en esas
convocatorias.
Incendios forestales
La reforma del Código Penal
contempla un endurecimiento
de las penas para los
autores de incendios
forestales que se consideren
especialmente graves. La
pena prevista actualmente
para estos delitos es de
tres a cinco años de cárcel
y, con la reforma, la pena
se elevará hasta los seis.
Además, cuando los incendios
afecten a espacios naturales
protegidos se castigarán del
mismo modo que los delitos
contra el medio ambiente, lo
que significa que sus
autores podrán ser
castigados con la pena
superior en grado, que en
este caso supone nueve años
de prisión.
En la misma línea, la
reforma incorporará la
posibilidad de imponer al
responsable actuaciones
orientadas a reparar el daño
causado y se considerará la
atenuante de reparación de
daño.
El nuevo Código Penal añade
al catálogo de supuestos
agravados que contenía el
artículo 353 del vigente los
incendios que afecten a
zonas próximas a poblaciones
o lugares habitados y a
zonas forestales que
constituyan el hábitat de
especies animales en peligro
de extinción o de flora
amenazada, o que alteren
significativamente las
condiciones de vida animal o
vegetal. También se incluyen
como supuesto agravado los
incendios provocados en un
momento en el que las
condiciones climatológicas o
del terreno incrementen de
forma relevante el riesgo de
propagación.
Además, se modificará la Ley
del Jurado para que estos
delitos pasen a ser
competencias de tribunales
integrados por jueces
profesionales.
Esterilización
Atendiendo a las
recomendaciones del Comité
de Seguimiento de la
Convención Internacional
sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad,
aprobada por Naciones Unidas
en diciembre de 2006 y
ratificada por España en
abril de 2008, se reconduce
a la vía civil el
tratamiento de la
esterilización de las
personas discapacitadas.
Asimismo, la despenalización
de la esterilización de las
personas que carezcan de
aptitud para dar su
consentimiento se realizará
bajo autorización judicial y
en un proceso con las
máximas garantías. Del mismo
modo, se ajusta la
terminología del Código
Penal a dichas
recomendaciones sustituyendo
los actuales términos de
"minusvalía" e "incapaz" por
otros como "discapacidad" o
"persona discapacitada
necesitada de especial
protección".
Justicia
MEDIDAS DE
EFICIENCIA PRESUPUESTARIA EN
LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA
-
El objetivo de la
reforma parcial de la
Ley Orgánica del Poder
Judicial es la
profesionalización de la
carrera judicial y
garantizar la
estabilidad
presupuestaria.
-
Las sustituciones serán
asumidas por magistrados
que cobrarán el 80 por
100 del complemento de
destino.
-
Los jueces podrán
disponer de hasta un
total de doce días de
licencia al año.
El Consejo de Ministros ha
aprobado la remisión a las
Cortes Generales del
Proyecto de Ley Orgánica de
Medidas de Eficiencia
Presupuestaria en la
Administración de Justicia
por el que se modifica,
entre otras cosas, el
régimen jurídico de las
sustituciones de jueces y
magistrados y de magistrados
suplentes y se adapta la Ley
Orgánica del Poder Judicial
a las previsiones del Real
Decreto Ley de 13 de julio
de 2012, que conlleva el
ajuste presupuestario
exigido por la coyuntura
económica.
El principal objetivo de
este Proyecto de Ley
Orgánica, para cuya
tramitación parlamentaria se
ha solicitado el
procedimiento de urgencia,
es la consecución de la
máxima profesionalización en
el ejercicio de la función
jurisdiccional, al permitir
que las sustituciones se
realicen entre los propios
miembros de la carrera
judicial, al mismo tiempo
que se garantiza la
estabilidad presupuestaria.
Para adaptar la Ley Orgánica
del Poder Judicial a las
previsiones del citado Real
Decreto Ley de 2012, se
introducen cambios
normativos que afectan a la
carrera judicial así como a
los secretarios judiciales y
al resto del personal al
servicio de la
Administración de Justicia.
Sustituciones
Actualmente la sustitución
de jueces y magistrados
suplentes carece de la
excepcionalidad con la que
inicialmente se constituyó.
Por este motivo, se
establece un régimen que
contribuye a que los propios
jueces y magistrados
integrantes de la carrera
judicial sean quienes
realicen esas labores de
sustitución, tanto en la
Primera como en la Segunda
Instancia, mediante un orden
de llamamientos en el que la
sustitución interina sea la
última y excepcional
posibilidad. Primará la idea
de la voluntariedad en la
realización de estas tareas.
La retribución de las
sustituciones será
equivalente al 80 por 100
del complemento de destino,
lo que supone una cantidad
variable que oscila entre
los 1.500 y los 2.750 euros
brutos dependiendo de la
localidad en la que se
ejerza.
Carrera judicial
Los permisos por asuntos
propios se verán reducidos a
tres días al año
(actualmente suponen un
total de seis permisos de
tres días cada uno) y se
suprime la necesidad de
justificar su causa ante el
correspondiente superior.
Se crea una nueva licencia
por la que jueces y
magistrados podrán
ausentarse tres días al mes,
hasta un máximo de nueve
días al año para el estudio
o resolución de causas de
especial complejidad, para
hacer frente a la
acumulación de asuntos o
cuando otras circunstancias
lo aconsejen. La
autorización sólo se
denegará cuando coincida con
señalamientos o vistas. Esta
licencia podrá acumularse a
los anteriores días de
asuntos propios.
Las licencias por estudio
serán retribuidas sólo los
veinte primeros días, frente
a los cuatro meses actuales,
excepto aquellas que sean
por formación obligatoria.
En materia de licencias por
enfermedad, la norma se
remite al régimen regulado
en el mismo Real Decreto Ley
de 2012.
Secretarios
Judiciales y resto de
personal
Al igual que jueces y
fiscales, los secretarios
judiciales y resto de
personal al servicio de la
Administración de Justicia
verán suprimida la paga
extra de Navidad de este año
en consonancia con los
establecido para la función
pública. Estos colectivos
ven reducidos de nueve a
tres los días de permiso al
año.
Audiencias
Provinciales
Se flexibiliza la
composición de las
Audiencias Provinciales para
permitir la existencia de un
mayor número de magistrados
en una sola sección. Ello
permitirá crear futuras
plazas judiciales sin apenas
coste económico.
Refuerzos
En la línea de aprovechar
los recursos humanos y
ahondar en la
profesionalización de la
carrera judicial, se otorga
preferencia a la realización
de refuerzos por jueces y
magistrados titulares
mediante comisión de
servicio. Se flexibiliza la
figura del juez de
adscripción territorial, se
establece la denominación de
jueces en expectativa de
destino que sustituye a los
actuales jueces adjuntos y
se crea una tercera fase en
la Escuela Judicial por la
que los jueces realizarán
labores de refuerzo en
juzgados y tribunales. Sólo
excepcionalmente, de manera
motivada y existiendo
dotación presupuestaria,
podrán designarse jueces
sustitutos no profesionales.
El conjunto de estas medidas
representa para 2013 un
ahorro estimado de 8,7
millones de euros con
respecto a la previsión de
liquidación de 2012 y de
veinte millones teniendo en
cuenta el presupuesto
inicial de este año.
Justicia
INFORME SOBRE EL
ESTATUTO DE LA VÍCTIMA DE
DELITO
-
Su vocación es que sea
el catálogo general de
los derechos procesales
y extraprocesales de
todas las víctimas.
-
Las víctimas podrán
recurrir los archivos de
las actuaciones aunque
no estén personadas en
el procedimiento.
-
Se mantiene la
naturaleza estatal de la
ejecución de las penas,
pero podrán impugnar
decisiones como la
puesta en libertad.
El Consejo de Ministros ha
recibido un informe del
ministro de Justicia sobre
el Estatuto de la Víctima de
Delito, cuyo objetivo es
ofrecerles desde los poderes
públicos una respuesta lo
más amplia posible, no sólo
jurídica sino también
social, reparadora del daño
sufrido y, a la vez,
minimizadora de otros
efectos traumáticos que su
condición les puede generar.
La intención es que sea un
catálogo general de los
derechos procesales y
extraprocesales de todas las
víctimas de delito,
entendiendo por tales no
sólo a las directas, sino
también a las indirectas,
como son las familias.
La principal novedad que
incluye consiste en que las
víctimas, aunque no estén
personadas en un
procedimiento judicial,
podrán recurrir las
resoluciones de
sobreseimiento y archivo que
se dicten en un plazo amplio
que les permita disponer de
tiempo suficiente para
valorar si deben hacerlo y
personarse en las
actuaciones.
Además, como los derechos de
las víctimas son
independientes de su posible
participación en el proceso
penal, tendrán acceso a
información concreta sobre
la causa: fecha y lugar del
juicio, notificación de
sentencias y resoluciones de
medidas cautelares y de
libertad del encausado,
siempre y cuando lo
soliciten y exista una
situación de peligro que lo
justifique.
También se les informará de
cómo interponer la denuncia
y se les ofrecerán servicios
asistenciales, asesoramiento
legal, acceso a medidas de
protección y una vía de
contacto para recibir
información sobre el estado
del asunto. Además,
dispondrán de servicios de
traducción e interpretación
gratuita para que puedan
ejercer sus derechos.
Ejecución penal
La ejecución de las penas
mantiene su naturaleza
estrictamente estatal, pero
se facilitarán cauces de
participación a las víctimas
de delitos de terrorismo,
homicidio, lesiones, contra
la libertad e indemnidad
sexual penados con más de
cinco años de cárcel o
cuando se trate de hechos de
los que se pueda derivar una
situación de peligro para la
víctima.
El Estatuto prevé que puedan
recurrir las decisiones de
especial trascendencia que
se adopten, como la
concesión de la libertad
condicional o el alzamiento
del periodo de seguridad, si
no se ha indemnizado el
delito cometido o si existe
peligro para la víctima.
Para evitar una segunda
victimización, entre otras
medidas, se evitará el
contacto de las víctimas y
sus familiares con los
infractores, y se adoptarán
medidas para facilitarles
los interrogatorios, como
que puedan estar
acompañadas.
Especialmente
vulnerables
El Estatuto prevé un régimen
asistencial y jurídico que
dota de mayor protección a
las víctimas especialmente
vulnerables: menores,
personas con discapacidad,
víctimas de delitos
sexuales, de trata de seres
humanos, de terrorismo, de
violencia sobre la mujer y
de grandes siniestros con
víctimas múltiples.
España se convierte con este
Estatuto en el primer país
miembro de la Unión Europea
que aglutina en un solo
texto legislativo el
catálogo de derechos de las
víctimas, sin perjuicio de
los aprobados con
anterioridad para las de
carácter terrorista y las de
violencia de género, que
gozarán del régimen de
derechos y protección
reconocido en la nueva ley,
pero también les será
aplicable la legislación
especial.
El Estatuto, que pretende
reparar el daño sufrido y
minimizar los efectos
traumáticos que sufren las
víctimas desde el
reconocimiento de su
dignidad y la defensa de sus
bienes materiales y morales
y con ellos los del conjunto
de la sociedad, tiene su
origen en la Propuesta de
Directiva del Parlamento
Europeo y del Consejo
aprobada el pasado 12 de
septiembre, aunque
trasladada a las demandas y
necesidades de la sociedad
española.
Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente
INFORME SOBRE EL
ANTEPROYECTO DE MODIFICACIÓN
DE LA LEY DE PREVENCIÓN Y
CONTROL INTEGRADOS DE LA
CONTAMINACIÓN
-
La nueva regulación, con
efectos en la actividad
de unas 6.100
instalaciones
industriales, pretende
reducir sus emisiones a
la atmósfera, el agua y
el suelo.
-
Reduce notablemente las
cargas administrativas y
agiliza la tramitación
de las Autorizaciones
Ambientales Integradas.
El Consejo de Ministros ha
recibido un informe del
Ministro de Agricultura,
Alimentación y Medio
Ambiente sobre el
Anteproyecto de Ley por la
que se modifica la Ley de
Prevención y Control
Integrados de la
Contaminación, del 1 de
julio de 2002. La nueva
norma tiene el objetivo de
reducir las emisiones de las
actividades industriales en
la atmósfera, el agua y el
suelo y avanzar hacia una
mayor simplificación
administrativa.
Para alcanzar un elevado
nivel de protección del
medio ambiente, la nueva
regulación, con efectos en
unas 6.100 instalaciones
industriales como
refinerías, cementeras o
siderúrgicas, entre otras,
supedita su puesta en marcha
a la obtención de un permiso
escrito, la autorización
ambiental integrada.
Con este Anteproyecto se da
el primer paso para la
transposición de una
Directiva comunitaria de
2010 sobre emisiones
industriales y para ello se
modifica la citada Ley de
2002, y se completará
posteriormente con un Real
Decreto sobre emisiones
industriales y de desarrollo
de ejecución de la misma Ley
La principal novedad
derivada del nuevo marco
comunitario es el
reforzamiento de la
aplicación de las mejoras
técnicas disponibles, ya que
los valores límite de
emisión establecidos en las
autorizaciones ambientales
integradas no pueden superar
los niveles de emisión
asociados a las mejores
técnicas disponibles.
Mayor simplificación
y menos cargas
administrativas
El nuevo texto, además de
cumplir con la transposición
de la mencionada Directiva
de 2010 sobre emisiones
industriales, revisa y
modifica la legislación
sobre control y prevención
integrado de la
contaminación, e impulsa una
mayor simplificación
administrativa,
imprescindible en un sector
tan importante como el
industrial.
Además, la norma mantiene
los estándares de control
sobre la contaminación,
agiliza la tramitación de
las autorizaciones
ambientales integradas y
reduce notablemente las
cargas administrativas.
Todas las autorizaciones
ambientales integradas
existentes se deben adecuar
antes del 7 de enero de 2014
a la nueva Directiva. Para
ello, se establece en una
disposición transitoria el
procedimiento de
actualización de las
autorizaciones ya otorgadas,
en virtud del cual el órgano
ambiental competente de
oficio comprobará, mediante
un procedimiento
simplificado, la adecuación
de la autorización a las
prescripciones de la nueva
Directiva.
Otra medida de
simplificación
administrativa es la
supresión del deber de
renovación de la
autorización. Esta
renovación implicaba que el
titular, transcurridos ocho
años desde su otorgamiento,
debía solicitar su
renovación al órgano
competente con una
antelación mínima de diez
meses antes del vencimiento
del plazo. Ahora será el
órgano ambiental competente,
de oficio y mediante un
procedimiento simplificado,
quien garantice la
adecuación de esta
autorización.
Por último, se han
introducido mejoras en la
información y en la
comunicación de datos entre
las administraciones y los
titulares de las
instalaciones.
Interior
APROBADA LA OFERTA
DE EMPLEO PÚBLICO PARA LA
POLICÍA Y LA GUARDIA CIVIL
El Consejo de Ministros ha
aprobado, mediante dos
Reales Decretos, la Oferta
de Empleo Público par 2012
del Cuerpo Nacional de
Policía y de la Guardia
Civil. Al igual que en años
anteriores se prevé que,
para ampliar la difusión de
las distintas convocatorias
de pruebas selectivas, el
Ministerio del Interior
incluirá en su página web un
apartado dedicado a los
procesos selectivos en el
que se recogerá cada una de
las convocatorias y los
actos que se deriven de
ellas.
CUERPO NACIONAL DE
POLICÍA
En cuanto a la Oferta de
Empleo Público del Cuerpo
Nacional de Policía, el
número de plazas es el
siguiente:
-
Oposición libre, 50
plazas en la Escala
Ejecutiva y 153 plazas
en la Escala Básica.
-
Promoción interna, 100
plazas en la Escala
Ejecutiva, desde la
categoría de
Subinspector.
GUARDIA CIVIL
Por su parte, el desglose de
plazas ofertadas para la
Guardia Civil es:
-
Para ingreso directo en
la Escala de Cabos y
Guardias, se autoriza la
convocatoria de 126
plazas, de las cuales se
reservan 63 (el 50 por
100) a militares
profesionales de tropa y
marinería, de
conformidad con lo
previsto en la Ley de
Tropa y Marinería.
Asimismo, de las 63
plazas del turno de
acceso libre no
adscritas a militares
profesionales de tropa y
marinería, se reservan
25 plazas (el 20 por 100
del total de las plazas)
para los alumnos del
Colegio de Guardias
Jóvenes. Las plazas
reservadas a militares
profesionales de tropa y
marinería y a alumnos
del Colegio de Guardias
Jóvenes que no se cubran
por cualquier motivo se
acumularan al cupo de
plazas del turno de
acceso libre.
-
En cuanto a la promoción
interna, se autoriza la
convocatoria para
ingreso en los Centros
Docentes de Formación de
330 plazas: 80 plazas en
la Escala de Oficiales y
250 plazas en la Escala
de Suboficiales.
A las plazas ofertadas
mencionadas anteriormente,
habría que añadir las 65
plazas correspondientes a la
Escala Superior de Oficiales
de la Guardia Civil, que
fueron aprobadas por un Real
Decreto de 27 de abril de
2012 que fijaba la provisión
de plazas de las Fuerzas
Armadas y de la Escala
Superior de Oficiales de la
Guardia Civil para el año
2012.
Sanidad, Servicios Sociales
e Igualdad
APROBADA UNA
DECLARACIÓN DEL GOBIERNO CON
MOTIVO DEL DÍA EUROPEO
CONTRA LA TRATA DE SERES
HUMANOS
El Consejo de Ministros ha
aprobado una Declaración del
Gobierno con motivo del Día
Europeo contra la trata de
seres humanos con el fin de
constatar su "firme
compromiso" frente a esta
"gravísima violación de los
derechos humanos" y de
corroborar como prioridad el
"apoyo incondicional" a las
víctimas. Con la intención
de promover el
reconocimiento internacional
del 18 de octubre como Día
Internacional, el Gobierno
expresa su "repulsa y más
enérgica condena" frente a
esta lacra.
Así, en el marco del Plan
Integral de Lucha contra la
Trata con fines de
explotación sexual
2009-2012, el Ministerio de
Asuntos Exteriores está
trabajando con el objetivo
de que en Naciones Unidas se
proponga el 18 de octubre
como Día Internacional
frente a esta violación de
los derechos humanos.
El texto de la Declaración,
aprobado a propuesta de los
Ministerios de Sanidad,
Servicios Sociales e
Igualdad, y de Asuntos
Exteriores y de Cooperación,
es el siguiente:
"Con motivo del Día Europeo
contra la Trata de Seres
Humanos, y con la intención
de promover el
reconocimiento internacional
del 18 de octubre como Día
Internacional contra la
Trata de Seres Humanos, el
Gobierno español expresa su
repulsa y más enérgica
condena hacia la trata de
personas, y su apoyo
incondicional a las víctimas
de la misma. Millones de
personas en todo el mundo
han visto vulnerados sus
derechos más elementales y
se han visto explotadas con
diversos fines, ya sean
trabajos forzados, la
esclavitud, la servidumbre,
la extracción de órganos o
la explotación sexual.
En los últimos años se ha
venido llevando a cabo una
intensa actividad en la
lucha contra la trata de
personas, con énfasis en la
prevención, en la mejora de
la persecución del delito y
en el procesamiento judicial
de los responsables, así
como en la cooperación con
otros Estados y organismos
internacionales para su
erradicación y,
especialmente, la protección
de los derechos de las
víctimas, que constituye una
prioridad fundamental para
el Gobierno.
En el ámbito nacional, se
están llevando a cabo las
actuaciones previstas en el
Plan Integral de lucha
contra la trata de seres
humanos con fines de
explotación sexual,
promoviendo la colaboración
con las organizaciones
especializadas en la
atención a las víctimas a
través de su participación
en el Foro Social contra la
Trata. Además, se ha puesto
en marcha la Comisión de
Seguimiento del Protocolo
Marco de Protección de
Víctimas de Trata de Seres
Humanos para seguir
avanzando en la mejora de la
coordinación entre las
distintas instituciones
implicadas en la materia. En
el exterior, España realiza
grandes esfuerzos en
diversos organismos
internacionales, como son
las Naciones Unidas, el
Consejo de Europa o la OSCE,
así como en el ámbito de la
Unión Europea para favorecer
la lucha conjunta contra la
trata de personas.
Consciente de la necesidad
de seguir avanzando en este
ámbito, el Gobierno de
España reitera su compromiso
con la protección efectiva
de las víctimas de trata de
seres humanos y su
implicación para garantizar
que estas personas recuperen
su dignidad y puedan
reconstruir sus vidas en
libertad".
Asuntos Exteriores y de
Cooperación
PAGOS CON CARGO AL
FONDO PARA LA PROMOCIÓN DEL
DESARROLLO
El Consejo de Ministros ha
autorizado el pago de
27.500.000 dólares
estadounidenses a dos Fondos
de Inversión con cargo al
Fondo para la Promoción del
Desarrollo.
El Fondo para la Promoción
del Desarrollo (FONPRODE)
fue creado por la Ley de 22
octubre de 2010,
desarrollada mediante un
Real Decreto de 17 de junio
de 2011, que aprobó el
Reglamento del Fondo para la
Promoción del Desarrollo.
La actual normativa del
Fondo establece que uno de
sus objetivos es la
financiación de las
aportaciones españolas a
asuntos de cooperación
internacional para el
desarrollo, en el marco de
las competencias del
Ministerio de Asuntos
Exteriores y de Cooperación.
Las aportaciones hoy
aprobadas se destinarán a
los siguientes programas:
-
Fondo de
Infraestructuras de
Energías Renovables para
América Latina (Latin
Renewables
Infrastructure Fund,
LP): 12.500.000 dólares.
El objetivo de este
Fondo es invertir en
empresas o proyectos de
energías renovables y de
eficiencia energética en
la región de América
Latina, impulsar a las
PYME y emprendedores
locales, e invertir en
proyectos de mitigación
del cambio climático y
eficiencia energética,
que contribuirán a
mejorar las condiciones
de vida de las
poblaciones más
vulnerables a sus
efectos, especialmente
de la población pobre e
indígena.
-
Fondo de capital privado
Amerigo Ventures
Colombia: 15.000.000
dólares. El objetivo de
este Fondo es invertir
en empresas colombianas
del sector de las
tecnologías de la
información y de las
comunicaciones (TIC) en
fases tempranas de
desarrollo. Favorecerá
el acceso de la
población de menores
ingresos a los
beneficios de las nuevas
tecnologías.
Industria, Energía y Turismo
ADENDA AL CONVENIO
PARA EL PROGRAMA AIRBUS A380
El Consejo de Ministros ha
aprobado una adenda al
convenio que regula la
participación del Ministerio
de Industria, Energía y
Turismo en el programa de
desarrollo de la familia de
aviones Airbus A-380, para
adaptarlo a las menores
necesidades de financiación
del programa y al nuevo
calendario previsto para la
devolución de la aportación
del Ministerio de Industria.
La adenda al convenio
suscrito en 2001 entre el
Ministerio de Industria y
Airbus Operations modifica
el ámbito del programa a los
trabajos efectivamente
realizados en relación con
el desarrollo de la familia
de aviones Airbus A-380 en
el periodo 2001-2011.
Además, debido a las menores
necesidades de financiación
del programa, se reduce el
compromiso de contribución
por parte del Ministerio de
Industria, Energía y
Turismo. Como consecuencia,
se ajusta también el
calendario de las
devoluciones de los
anticipos reintegrables
concedidos por el Estado a
Airbus Operations.
Fomento
CONVALIDACIÓN DEL
GASTO POR EL MANTENIMIENTO
DE LA RED FERROVIARIA
CONVENCIONAL
El Consejo de Ministros ha
autorizado un convenio entre
la Administración General
del Estado y ADIF para
convalidar el gasto, por
importe de 204 millones de
euros, de las labores de
mantenimiento, explotación y
gestión de la Red
ferroviaria de titularidad
del Estado realizadas por
ADIF durante los meses de
julio, agosto y septiembre
de 2012.
Este importe corresponde a
las actuaciones de
mantenimiento de la
infraestructura realizadas
en la red ferroviaria en
materia de conservación,
reparación, reposición y
actualización tecnológica de
los elementos que permitan
conservar dicha red en
condiciones óptimas de
operatividad y seguridad.
Las labores de mantenimiento
también comprenden las
operaciones relacionadas con
el material de levante (vía
y línea aérea de contacto),
procedentes de inversiones
de renovación y
modernización de la red. En
estas operaciones se
incluyen el transporte, la
clasificación y el
almacenaje del material.
Del mismo modo, responde a
las actuaciones necesarias
para la explotación de la
infraestructura ferroviaria,
desde la elaboración y
publicación de la
declaración sobre la red,
hasta la adjudicación de la
capacidad de infraestructura
a los candidatos que lo
soliciten, la prestación de
servicios adicionales y el
control e inspección de la
infraestructura ferroviaria.
El gasto convalidado
incluye, igualmente, la
gestión de los sistemas de
control, circulación y
seguridad de la
infraestructura ferroviaria.
Fomento
IMPULSO A LAS
ACTUACIONES DE LA "RED
ARTERIAL NUEVO ACCESO SUR.
N-550" DE PONTEVEDRA
El Consejo de Ministros ha
autorizado al Ministerio de
Fomento a destinar más de
siete millones de euros para
la "Red arterial nuevo
acceso sur N-550" de
Pontevedra, cuya
construcción correrá a cargo
del ayuntamiento de la
localidad, de acuerdo con la
próxima adenda al Convenio
de Colaboración suscrito en
abril de 2009 entre ambas
Administraciones.
Por tanto, en los próximos
tres años, se van a invertir
en este proyecto casi siete
millones de euros (2,31
millones de euros en 2013 y
2014, y dos millones en
2015), a los que hay que
sumar 415.000 euros de 2012.
Red arterial nuevo
acceso sur. N-550
Dado que la "Red arterial
nuevo acceso sur. N-550" va
a ser cedida al Concello de
Pontevedra, en virtud de la
nueva adenda ambas
Administraciones consideran
más eficiente que sea éste
el encargado de desarrollar
la actuación y después
explotar y conservar la vía,
sin que ello suponga cambio
alguno en el compromiso de
financiación asumido por el
Ministerio de Fomento
mediante el Convenio firmado
en 2009.
Educación, Cultura y Deporte
APROBADO EL CARÁCTER
OFICIAL DE 76 TÍTULOS DE
MÁSTER
El Consejo de Ministros ha
acordado establecer el
carácter oficial de 76
títulos universitarios de
Máster y su inscripción en
el Registro de
Universidades, Centros y
Títulos.
Hasta la fecha se han
inscrito en el Registro de
Universidades, Centros y
Títulos del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte
2.616 títulos de
máster. Con la
aprobación de estos 76
títulos, hay a fecha de esta
semana un total de
2.692 títulos de máster.
A continuación se detalla la
relación de títulos
aprobados:
ARTE Y HUMANIDADES
Universidad de
Cantabria
Máster Universitario en del
Mediterráneo al Atlántico:
La Construcción de Europa
entre el Mundo Antiguo y
Medieval.
Universidad de
Granada
Máster Universitario en
Ciencias de la Antigüedad y
la Edad Media.
Máster Universitario en
Claves del Mundo
Contemporáneo.
Máster Universitario en
Estudios Latinoamericanos.
Cultura y Gestión.
Máster Universitario en
Producción e Investigación
en Arte.
Universidad Jaume I
de Castellón
Máster Universitario en
Lengua Inglesa para el
Comercio Internacional/Master's
Degree in English Language
for International Trade (ELIT).
Universidad de
La Laguna
Máster Universitario en
Teoría e Historia del Arte y
Gestión Cultural.
Universidad de Las
Palmas de Gran Canaria
Máster Universitario en
Traducción Profesional y
Mediación Intercultural.
Universidad de
Valencia
Máster Universitario en
Traducción Creativa y
Humanística.
CIENCIAS
Universidad de
Alicante
Máster Universitario en
Ciencia de Materiales.
Universidad de
Almería
Máster Universitario en Agua
y Medio Ambiente en Áreas
Semiáridas.
Universidad de
Burgos
Máster Universitario en
Cultura del Vino: Enoturismo
en la Cuenca del Duero.
Universidad de
Granada
Máster Universitario en
Análisis Biológico y
Diagnóstico de Laboratorio.
Máster Universitario en
Ciencia y Tecnología en
Patrimonio Arquitectónico.
Universidad de
Oviedo
Máster Universitario en
Biotecnología Aplicada a la
Conservación y Gestión
Sostenible de Recursos
Vegetales.
Máster Universitario en
Biotecnología del Medio
Ambiente y la Salud.
Máster Universitario en
Ciencias Analíticas y
Bioanalíticas.
Máster Universitario en
Química y Desarrollo
Sostenible.
Universidad Pablo de
Olavide
Máster Universitario en
Ciencia y Tecnología de
Aceites y Bebidas
Fermentadas.
Universidad de Vigo
Máster Universitario en
Ciencia y Tecnología
Agroalimentaria.
CIENCIAS DE
LA SALUD
Universidad de
Cantabria
Máster Universitario en
Gestión Integral e
Investigación de las Heridas
Crónicas.
Universidad Cardenal
Herrera-CEU
Máster Universitario en
Nutrición Aplicada a la
Salud.
Universidad de
La Laguna
Máster Universitario en
Investigación, Gestión y
Calidad en Cuidados para la
Salud.
Universidad de
Oviedo
Máster Universitario en
Biología y Tecnología de la
Reproducción.
Máster Universitario en
Biomedicina y Oncología
Molecular.
Máster Universitario en
Psicología de la Salud.
Universidad de
Valencia
Máster Universitario en
Fisioterapia de los Procesos
de Envejecimiento:
Estrategias Sociosanitarias.
CIENCIAS SOCIALES Y
JURÍDICAS
Universidad de
Barcelona
Máster Universitario en
Psicología del Trabajo, de
las Organizaciones y de los
Recursos Humanos.
Universidad Cardenal
Herrera-CEU
Máster Universitario en Arte
y Educación. La Expresión
Plástica y sus Didácticas.
Máster Universitario en
Asesoría Jurídica de
Empresas y Derecho
Internacional de los
Negocios.
Máster Universitario en
Gestión Financiera.
Máster Universitario en
Gestión y Dirección de
Centros Educativos.
Universidad de
Castilla-La Mancha
Máster Universitario en
Derecho Constitucional.
Universidad de
Granada
Máster Universitario en
Derecho Sanitario, Bioética
y Derecho a la Salud en la
Unión Europea.
Máster Universitario en
Protección Social y Jurídica
de las Personas con
Necesidades Especiales.
IE Universidad
Máster Universitario en
Comunicación Corporativa /
Corporate Communication.
Máster Universitario en
Gestión de la Investigación
y de la Innovación.
Universidad
Internacional de
La Rioja
Máster Universitario en
Procesos de Dirección
Empresarial.
Universidad de Jaén
Máster Universitario en
Prevención de Riesgos
Laborales.
Universidad de
La Laguna
Máster Universitario en
Ciencias de la Comunicación.
Universidad Miguel
Hernández de Elche
Máster Universitario en
Investigación en Nuevas
Tendencias en Antropología,
Escenarios de Riesgo y
Anternativas de
Postdesarrollo.
Universidad de
Oviedo
Máster Universitario en
Administración y Dirección
de Empresas.
Máster Universitario en
Dirección y Planificación
del Turismo.
Máster Universitario en
Enseñanza Integrada de
Lengua Inglesa y Contenidos:
Educación Infantil y
Primaria.
Máster Universitario en
Innovación e Investigación
Educativa.
Máster Universitario en
Políticas Sociales y
Bienestar.
Universidad de
Sevilla
Máster Universitario en
Antropología: Gestión de la
Diversidad Cultural, el
Patrimonio y el Desarrollo.
Universidad
Politécnica de Cartagena
Máster Universitario en
Administración y Dirección
de Empresas (MBA) .
Universidad de
Valencia
Máster Universitario en
Derecho Administrativo y de
la Administración Pública.
Máster Universitario en
Psicología del Trabajo, de
las Organizaciones y de los
Recursos Humanos.
Universidad de
Valladolid
Máster Universitario en
Psicopedagogía.
INGENIERÍA Y
ARQUITECTURA
Universidad de
Cantabria
Máster Universitario Europeo
en Ingeniería de la
Construcción-Master in
European Construction
Engineering.
Universidad Católica
Santa Teresa de Jesús de
Ávila
Máster Universitario en
Ingeniería de Montes.
Universidad de
Granada
Máster Universitario en
Urbanismo.
IE Universidad
Máster Universitario en
Diseño del Espacio de
Trabajo.
Universidad de
La Laguna
Máster Universitario en
Ingeniería Informática
Aplicada a la Industria, a
la Ingeniería del Software y
a los Sistemas y Tecnologías
de la Información.
Máster Universitario en
Ingeniería Química.
Universidad de
Oviedo
Máster Universitario en
Conversión de Energía
Eléctrica y Sistemas de
Potencia.
Máster Universitario en
Ingeniería Informática.
Máster Universitario en
Ingeniería Química.
Universidad Rey Juan Carlos
Máster Universitario en
Materiales Estructurales
para las Nuevas Tecnologías.
Relación de títulos
universitarios oficiales de
máster organizados
conjuntamente por distintas
universidades
ARTE Y HUMANIDADES
Máster Universitario
en Estudios Superiores de
Filología y Tradición
Clásicas (Máster
conjunto de la Universidad
de Almería, Universidad de
Granada y Universidad de
Jaén).
CIENCIAS
Máster Universitario
en Acuicultura (Máster
conjunto de la Universidad
de A Coruña, Universidad de
Santiago de Compostela y
Universidad de Vigo).
Máster Universitario
en Ciencia y Tecnología de
Coloides e Interfases
(Máster conjunto de la
Universidad de Granada,
Universidad de Málaga,
Universidad Pablo de
Olavide, Universidad de
Santiago de Compostela,
Universidad de Valencia y
Universidad de Vigo).
Máster Universitario
en Evolución Humana
(Máster conjunto de la
Universidad de Alcalá y
Universidad de Burgos).
Máster Universitario
en Investigación en Ciencias
de la
Visión (Máster
conjunto de la Universidad
Complutense de Madrid,
Universidad de Murcia,
Universidad de Santiago de
Compostela y Universidad de
Valladolid).
Máster Universitario
en Láseres y Aplicaciones en
Química. Quimiláser
(Máster conjunto de la
Universidad de A Coruña,
Universidad de Burgos,
Universidad de Castilla-La
Mancha, Universidad de Jaén,
Universidad de Málaga,
Universidad Pablo de
Olavide, Universidad del
País Vasco/Euskal Herriko
Unibertsitatea y Universidad
de Valladolid).
Máster Universitario
en Química Sostenible
(Máster conjunto de la
Universidad de Castilla-La
Mancha, Universidad de
Extremadura, Universidad
Jaume I de Castellón,
Universidad Politécnica de
Valencia, Universidad
Pública de Navarra y
Universidad de Valencia).
CIENCIAS SOCIALES Y
JURÍDICAS
Máster Universitario
en Administración y
Dirección de Empresas
(Máster conjunto de la
Universidad Carlos III de
Madrid y la Escuela Europea
de Administración de
Empresas ESCP-Europe
(Francia)).
Máster Universitario
en Antropología de
Iberoamérica (Máster
conjunto de la Universidad
de León, Universidad de
Salamanca y Universidad de
Valladolid).
Máster Universitario en
Comunicación y Desarrollo
(Máster conjunto de la
Universidad Internacional de
Andalucía y Universidad
Pablo de Olavide).
Máster Universitario
en Estudios Avanzados de
Derecho Financiero y
Tributario (Máster
conjunto de la Universidad a
Distancia de Madrid y
Universidad Complutense de
Madrid).
Máster Universitario
en Políticas Comunitarias y
Cooperación Territorial
(Máster conjunto de la
Universidad de Vigo y la
Universidade do Minho
(Portugal).
Máster Universitario
Erasmus Mundus en Psicología
del Trabajo, de las
Organizaciones y de los
Recursos Humanos (Máster
conjunto de la Universidad
de Barcelona, Universidad de
Valencia, Universidade de
Coimbra (Portugal),
Università di Bologna
(Italia) y Université René
Descartes Paris V (Francia).
Máster Universitario
Internacional de Estudios
Contemporáneos de América
Latina (Máster
conjunto de la Universidad
Complutense de Madrid,
Universidad de Costa Rica
(Costa Rica) y Universidad
de la República de Uruguay
(Uruguay).
INGENIERÍA Y
ARQUITECTURA
Máster Universitario
en Tratamiento
Estadístico-Computacional de
la Información
(Máster conjunto de la
Universidad Complutense de
Madrid y Universidad
Politécnica de Madrid).
Educación, Cultura y Deporte
DIEZ NUEVOS TÍTULOS
DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO
El Consejo de Ministros ha
aprobado diez Reales
Decretos por los cuales se
establecen diez nuevos
títulos de Artes Plásticas y
Diseño.
Los títulos y sus
respectivas funciones son
los siguientes:
Título de Técnico
Superior de Artes Plásticas
y Diseño en Animación.
-
Realizar proyectos de
animación, personales o
por encargo de empresas,
instituciones u otros
profesionales.
-
Planificar la
realización del proyecto
de animación mediante la
definición de los
aspectos expresivos,
funcionales y técnicos.
Título de Técnico
Superior de Artes Plásticas
y Diseño en Gráfica
Interactiva.
-
Idear y realizar piezas
multimedia de calidad
técnica, artística y
comunicativa.
-
Planificar y llevar a
cabo proyectos de
productos interactivos
que integren y
desarrollen de forma
óptima conceptos de
usabilidad de
interfaces, arquitectura
de la información y
accesibilidad, grafismo
digital, video, sonido,
etcétera, en función de
los objetivos
comunicativos del
encargo.
Título de Técnico
Superior de Artes Plásticas
y Diseño en Gráfica Impresa.
-
Proponer y realizar
soluciones gráficas para
transmitir mensajes por
encargo de empresas,
instituciones u otros
profesionales.
-
Planificar el desarrollo
del proyecto de imagen
gráfica desde la
identificación del
encargo comunicativo, la
definición de los
aspectos formales y
estéticos, funcionales y
técnicos, hasta la
realización del producto
gráfico acabado.
Título de Técnico
Superior de Artes Plásticas
y Diseño en Gráfica
Audiovisual.
-
Idear y realizar
productos audiovisuales
de calidad técnica y
artística que comuniquen
eficientemente el
mensaje deseado mediante
la utilización de la
imagen, la tipografía,
los efectos visuales,
los recursos y el
lenguaje de las técnicas
audiovisuales.
-
Planificar y llevar a
cabo la producción y
postproducción de
producto audiovisual y
el control de calidad en
cada etapa del proyecto.
Título de Técnico Superior
de Artes Plásticas y Diseño
en Gráfica Publicitaria.
-
Proponer y realizar
soluciones gráficas para
transmitir mensajes
publicitarios por
encargo de empresas,
instituciones u otros
profesionales.
-
Planificar el desarrollo
del proyecto de imagen
publicitaria desde la
identificación del
encargo comunicativo, la
definición de los
aspectos formales y
estéticos, funcionales y
técnicos, hasta la
realización del producto
gráfico acabado.
Título de Técnico
Superior de Artes Plásticas
y Diseño en Fotografía.
-
Elaborar obra original
de fotografía a partir
de un encargo
profesional determinado
o de un proyecto propio.
-
Definir las variables
formales, funcionales,
estéticas y técnicas del
proyecto de fotografía,
planificar el proceso y
saber realizarlo.
Título de Técnico
Superior de Artes Plásticas
y Diseño en Ilustración.
-
Elaborar obra original
de ilustración de
calidad formal y
funcional a partir de un
proyecto propio o de un
encargo profesional
determinado.
-
Planificar la
realización del proyecto
mediante la definición
de los recursos
expresivos, formales,
funcionales, estéticos y
técnicos más adecuados.
Título de Técnico
Superior de Artes Plásticas
y Diseño en Cómic.
-
Elaborar obra original
de cómic de calidad
formal y funcional a
partir de un proyecto
propio o de un encargo
profesional determinado.
-
Planificar la
realización del proyecto
mediante la definición
de los recursos
expresivos, formales,
funcionales, estéticos y
técnicos más adecuados.
Título de Técnico
Superior de Artes Plásticas
y Diseño en Asistencia al
Producto Gráfico Interactivo.
-
Colaborar en las
distintas fases del
proceso de elaboración
de productos gráficos en
soporte web conforme a
las pautas estilísticas
y técnicas del proyecto.
-
Interpretar
adecuadamente la
información proyectual
que se le suministre y
llevar a cabo las
indicaciones técnicas y
artísticas
correspondientes.
-
Realizar elementos
gráficos de comunicación
en soporte web acuerdo a
las especificaciones
técnicas y estilísticas
recibidas.
-
Seleccionar, adecuar,
organizar, distribuir y
almacenar la información
técnica necesaria para
la realización de
elementos puntuales de
proyectos gráficos
interactivos.
-
Saber ejecutar,
normalizar y
compatibilizar la
información técnica y,
en su caso, los ficheros
informáticos necesarios
para la correcta
realización de productos
gráficos interactivos.
Título de Técnico
Superior de Artes Plásticas
y Diseño en Asistencia al
Producto Gráfico Impreso.
-
Colaborar en las
distintas fases del
proceso de producción
gráfica conforme a las
pautas estilísticas y
técnicas del proyecto.
-
Interpretar
adecuadamente la
información proyectual
que se le suministre y
llevar a cabo las
indicaciones técnicas y
tipológicas del producto
gráfico de que se trate.
-
Transcribir
correctamente los textos
originales,
distribuirlos,
adecuarlos y componerlos
de acuerdo a las pautas
de estilo recibidas.
-
Seleccionar, adecuar,
preparar y maquetar
imágenes ateniéndose a
las especificaciones del
diseño y los
condicionantes técnicos
del proceso de
impresión.
-
Saber ejecutar,
normalizar y
compatibilizar la
información técnica y,
en su caso, los ficheros
informáticos necesarios
para la correcta
impresión de productos
gráficos.
Educación, Cultura y Deporte
DECLARADO BIEN DE
INTERÉS CULTURAL EL MUELLE
DE HIERRO DE PORTUGALETE
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Real Decreto por
el que se declara Bien de
Interés Cultural, con la
categoría de Monumento, al
Muelle de Hierro de
Portugalete en Bilbao
(Vizcaya).
El Muelle de Hierro de
Portugalete es un ejemplo de
arquitectura del hierro de
excepcional singularidad.
Diseñado a finales del siglo
XIX por el maestro Ingeniero
de Caminos, Canales y
Puertos Evaristo de Churruca
Brunet, con él se dio una
solución al problema de
navegabilidad del Puerto de
Bilbao. Este elemento de
ingeniería industrial
favoreció el desarrollo de
la actividad portuaria de
Bilbao, al permitir la
navegación en cualquier
marea a barcos de amplio
tonelaje.
En la resolución de 2 de
febrero de 2011 de la
Dirección General de Bellas
Artes y Bienes Culturales
por la que se inicia el
expediente de declaración de
Bien de Interés Cultural se
destaca también que esta
obra de ingeniería ha
presentado a lo largo de su
historia importantes valores
de orden científico, técnico
y económico, además de
cumplir una significativa
función social y cultural
como lugar de paseo y punto
de encuentro de los
habitantes de la zona.
El Muelle de Hierro de
Portugalete forma parte del
Patrimonio del Estado y está
adscrito a la Autoridad
Portuaria de Bilbao,
organismo público que forma
parte del Ministerio de
Fomento.
Hacienda y Administraciones
Públicas
AUTORIZADA LA
APLICACIÓN DEL FONDO DE
CONTINGENCIA
El Consejo de Ministros ha
autorizado la aplicación del
Fondo de Contingencia, por
un importe total de
12.036.700,83 euros,
distribuidos de la forma
siguiente:
-
8.015.155,30 euros
destinados a financiar
tres créditos
extraordinarios en el
Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e
Igualdad, con la
finalidad de cumplir la
sentencia del Tribunal
Supremo de 2012 y las
sentencias de la
Audiencia Nacional de
2010 condenatorias al
pago de compensaciones
económicas a las
entidades Universidad de
Navarra, Banco Español
de Crédito, S.A. y Banco
Bilbao Vizcaya
Argentaria, S.A. por la
colaboración en la
gestión de la asistencia
sanitaria de la
Seguridad Social durante
el ejercicio 2007.
-
4.021.545,53 euros para
la concesión de un
suplemento de crédito en
el Ministerio del
Interior, con el fin de
atender los gastos
derivados de los
procesos electorales por
la celebración de las
elecciones al Parlamento
Vasco y al Parlamento de
Galicia el próximo 21 de
octubre.
El importe total del gasto
para la celebración de los
citados procesos electorales
asciende a 5.130.572,70
euros, de los que
1.546.343,76 euros
corresponden a la Comunidad
Autónoma del País Vasco y
3.584.228,94 euros a la
Comunidad Autónoma de
Galicia; no obstante, al
tener en cuenta el crédito
disponible para financiar
procesos electorales, el
suplemento de crédito se
autoriza por el referido
importe de 4.021.545,53
euros.
Hacienda y Administraciones
Públicas
ADAPTACIÓN DE LA
AGENCIA DE COOPERACIÓN
INTERNACIONAL PARA EL
DESARROLLO A LA NUEVA
ESTRUCTURA MINISTERIAL
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Real Decreto por
el que se adapta la
estructura organizativa de
la Agencia Española de
Cooperación Internacional
para el Desarrollo (AECID) a
la nueva estructura
departamental de la
Administración General del
Estado, y por el que se
realiza una modificación
puntual en el Reglamento del
Instituto Cervantes en
relación a su personal.
En concreto, se incorpora a
la estructura de la AECID la
Secretaría General de
Cooperación Internacional
para el Desarrollo, creada
por el Real Decreto de
desarrollo de estructura
orgánica básica del
Ministerio de Asuntos
Exteriores y de Cooperación,
en sus principales órganos
de gobierno y participación,
al igual que en los comités
ejecutivos del Fondo de
Cooperación para el Agua y
Saneamiento y del Fondo para
la Promoción del Desarrollo.
Asimismo, se crea la
Vicepresidencia del Consejo
Rector, cargo que
corresponderá a la nueva
Secretaría General, y se
suprimen la Oficina del
Fondo para la Promoción del
Desarrollo y el Departamento
de Asia y Europa Oriental.
Además, se incorpora dicha
Secretaría General en los
órganos consultivos y de
coordinación establecidos en
la Ley de Cooperación
Internacional para el
Desarrollo.
Instituto Cervantes
Por otra parte, el Real
Decreto regula la normativa
sobre el carácter directivo
y la contratación de alta
dirección de los directores
de centros del Instituto
Cervantes. La ausencia de
una regulación al respecto
ha sido causa de reiterados
problemas y sucesivos
litigios en la jurisdicción
laboral que han finalizado
con sentencias desfavorables
para los intereses del
Instituto.
El Real Decreto aprobado hoy
no supone aumento de coste
de funcionamiento de los
respectivos órganos
directivos ni incremento de
gasto público.
Asuntos Exteriores y de
Cooperación
REMISIÓN A LAS
CORTES DEL CONVENIO
COMPLEMENTARIO DE SEGURIDAD
SOCIAL CON BRASIL
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Acuerdo por el
que se dispone la remisión a
las Cortes Generales del
Convenio Complementario de
Revisión del Convenio de
Seguridad Social firmado
entre el Reino de España y
la República Federativa de
Brasil, cuya firma autorizó
el pasado 16 de diciembre de
2011 el Consejo de
Ministros.
El presente Convenio
Complementario prevé la
revisión material del
Convenio, excluyendo la
prestación de asistencia
sanitaria. En consecuencia,
el Convenio se aplicará:
-
Por parte de Brasil, a
las legislaciones
brasileñas que rigen el
Régimen General de la
Previsión Social en lo
referente a jubilación
por invalidez,
jubilación por edad,
pensión por
fallecimiento, accidente
de trabajo y enfermedad
profesional.
-
Por parte de España, a
la legislación relativa
al Régimen General y
Regímenes Especiales del
Sistema Español de
Seguridad Social,
excepto los regímenes
especiales de
funcionarios públicos,
civiles y militares, en
materia de incapacidad
permanente, jubilación,
pensiones por muerte y
supervivencia, accidente
de trabajo y enfermedad
profesional.
Además, el presente Convenio
introduce las siguientes
novedades :
-
en relación a la
determinación del plazo
para el inicio de un
nuevo desplazamiento una
vez finalizado el
periodo máximo previsto
en el Convenio, se
incluye un nuevo
apartado en el que se
señala que "una persona
que haya sido desplazada
por el período máximo
previsto sólo podrá
beneficiarse de un nuevo
desplazamiento después
de que haya transcurrido
un plazo de cuatro
meses, contados desde el
fin del desplazamiento
anterior"
-
en lo que se refiere al
cálculo del importe de
prestaciones debidas por
Brasil, "..en ningún
caso el importe de la
prestación teórica podrá
resultar de valor
inferior al salario
mínimo garantizado por
la legislación
nacional".
Este Convenio garantiza los
derechos adquiridos con
arreglo al Convenio
anterior, estableciendo que,
una vez entre en vigor este
nuevo Convenio, no se
reconocerá ninguna
prestación que no esté
prevista en él, a excepción
de las que en esa fecha
estén en trámite.
Asuntos Exteriores y de
Cooperación
ACUERDO DE
COOPERACIÓN CULTURAL,
EDUCATIVA Y CIENTÍFICA CON
AZERBAIYÁN
El Consejo de Ministros ha
autorizado la firma del
Acuerdo de Cooperación
Cultural, Educativa y
Científica entre el Reino de
España y la República de
Azerbaiyán, que supone la
creación de un marco
jurídico del que se carecía
hasta la fecha, para regular
las relaciones entre ambos
países en el ámbito de la
educación, la ciencia y la
cultura.
El texto destaca la
cooperación entre
instituciones y organismos
en materia de educación,
museos, bibliotecas,
archivos, exposiciones,
organización de festivales y
acontecimientos culturales,
cine, conservación y
restauración del patrimonio
cultural, derecho de autor,
juventud y deporte.
En el ámbito científico se
contempla la cooperación en
el campo de la ciencia y la
tecnología, mediante el
establecimiento de contactos
entre universidades e
instituciones de
investigación, profesores e
investigadores, el
desarrollo de programas
conjuntos de investigación,
el intercambio de
publicaciones y de
información, así como
cualquier otra forma de
colaboración científica que
puedan acordar ambos países
bien directamente o a través
de sus organismos
competentes en materia de
investigación.
BIOGRAFÍAS
Hacienda y Administraciones
Públicas
Directora general del
Catastro.-
Dª BELÉN NAVARRO
HERAS.
Nacida en 1968 en Bilbao, es
Licenciada en Ciencias
Económicas y Empresariales
por CUNEF, y en Derecho por
la UNED, y pertenece a los
Cuerpos de Inspectores de
Seguros del Estado y de
Hacienda del Estado.
Especializada en Tributación
Autonómica y Local, en el
Ministerio de Hacienda fue
subdirectora general adjunta
de Tributos Locales, jefa de
la Asesoría Tributaria del
Secretario General de
Política Fiscal, Territorial
y Comunitaria, y vocal
asesora del Secretario
General de Hacienda. En 2004
fue nombrada vocal del
Tribunal
Económico-Administrativo
Municipal del Ayuntamiento
de Madrid, organismo cuya
Presidencia desempeñaba
actualmente.