Consejo de Ministros

11 de Octubre

 

ASUNTOS GENERALES

ANTEPROYECTO DE REFORMA DEL CÓDIGO PENAL

  • El matrimonio forzado se tipifica como delito agravado de coacciones.

  • Se crea un nuevo tipo penal de acoso para castigar conductas que, sin emplear la violencia, coartan la libertad de la víctima mediante vigilancias o llamadas reiteradas.

  • Se castiga la divulgación de imágenes íntimas sin consentimiento de la víctima, aunque ella se las facilitase a alguien.

  • Será delito cualquier acto sexual con menores de trece años y hasta los dieciséis años se considerará abuso sexual cuando exista engaño o se abuse de una posición de confianza, autoridad o influencia.

  • Se amplía el comiso, además de a los delitos de terrorismo y crimen organizado, a los de blanqueo, receptación, trata de seres humanos, prostitución y abuso de menores, tráfico de drogas, falsificación de moneda y corrupción

  • Se agiliza la cancelación de antecedentes penales.

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Justicia sobre el Anteproyecto de reforma del Código Penal, y ha decidido remitirlo para su dictamen a los organismos competentes. Con el nuevo texto se procede a la revisión del sistema penal para dar respuesta a las nuevas formas de delincuencia, a la multirreincidencia y a los delitos más graves. A las principales novedades del texto legal, ya incluidas en el informe que estudió el Consejo de Ministros el pasado 14 de septiembre, se han introducida algunas más a petición de otros Ministerios.

Destaca la introducción de nuevas figuras delictivas, especialmente relevantes en materia de violencia sobre la mujer, como la tipificación del delito de matrimonio forzado (artículo 172 bis), con el que se castigará la violencia o intimidación para obligar a contraer matrimonio y la violencia, intimidación o engaño para forzar a abandonar el territorio nacional o no regresar con esa misma finalidad.

También se castigarán a partir de ahora los actos reiterados de acecho u hostigamiento, como llamadas telefónicas continuas, que pueden lesionar gravemente la libertad y el sentimiento de seguridad de la víctima, pero que en muchas ocasiones no pueden ser tipificadas como delitos de coacciones o amenazas, porque no se produce violencia.

Se pena la divulgación no autorizada de grabaciones o imágenes íntimas obtenidas con el consentimiento de la víctima, pero luego divulgadas sin que ésta lo sepa, cuando afecten gravemente a su intimidad. El Código Penal vigente sólo castiga el apoderamiento o interceptación de cartas o mensajes privados de la víctima, pero no preveía cuando era ella misma quien se los facilitaba a la persona que luego los difundía.

Asimismo, se incorpora al Código Penal como delito la inutilización de dispositivos electrónicos utilizados para controlar el cumplimiento de penas.

Comiso

Como novedades respecto al informe presentado al Consejo de Ministros, figura también la extensión del comiso ampliado (comiso de bienes procedentes de actividades similares anteriores a las que son objeto de condena) a los delitos de blanqueo, receptación profesional, trata de seres humanos, prostitución, explotación y abuso de menores, tráfico de drogas, falsificación y corrupción en el sector privado. Hasta ahora sólo se aplicaba en delitos de terrorismo y crimen organizado.

Además, se aumenta la posibilidad de utilización de esos bienes por parte de la Policía y se racionaliza la conservación de muestras de sustancias intervenidas, de forma que sólo quede lo necesario para realizar los análisis oportunos. Se simplifica el sistema de cancelación de antecedentes penales para facilitar la operatividad del sistema europeo de intercambio de información.

Delitos contra la libertad sexual

La reforma incluye la transposición al ordenamiento jurídico español de varias Directivas europeas relativas a la lucha contra el racismo y la xenofobia, por la que se tipifica la negación del genocidio siempre que incite al odio contra las minorías; y a la lucha contra los abusos y explotación sexual de los menores y pornografía infantil. Ésta ha obligado a introducir modificaciones en los delitos contra la libertad sexual; en concreto, en los abusos sexuales cometidos sobre menores de edad.

Así, la realización de cualquier acto de carácter sexual con menores de trece años será considerada siempre un hecho delictivo. En el caso de que la víctima tenga entre trece y dieciséis años, se considerará abuso sexual si se comete mediante engaño o abuso de una posición reconocida de confianza, autoridad o influencia. Y se castigará con hasta tres años de cárcel el hacer presenciar a un menor de trece años actos sexuales sobre otras personas.

Además, se elevan las penas de los delitos de prostitución que afectan a menores o personas discapacitadas y se considerará pornografía infantil imágenes realistas de menores participando en conductas sexuales explícitas, aunque no sean reales. También se sancionará al que a través de medios tecnológicos contacte con un menor de trece años y le embauque para que le facilite imágenes pornográficas.

Delitos económicos

El Código Penal introduce en el Capítulo VI del Título XIII una nueva sección de la administración desleal. El texto vigente lo tipificaba como delito societario, cuando en realidad es un delito patrimonial del que puede ser víctima cualquier persona. Con la reforma, el tipo penal castigará los actos de gestión desleal cometidos mediante abuso o deslealtad por quien administra el patrimonio de un tercero y le causa un perjuicio o crea una situación de peligro de pérdida del mismo.

De la administración desleal se separan los delitos de apropiación indebida, aunque tendrán la misma pena cuando se trate de un supuesto de apropiación con quebrantamiento de la relación de confianza con el propietario. La malversación constituye una modalidad de administración desleal que históricamente se refería básicamente a sustracción de fondos públicos, y en mucha menor medida, a la desviación del destino de los mismos. La reforma, en línea con la Ley de Transparencia, amplía los supuestos por los que se puede castigar la gestión desleal con perjuicio para el patrimonio público.

El Anteproyecto busca una eficaz persecución de los delitos de bancarrota y una adecuada protección de los procedimientos judiciales y administrativos de ejecución. Para ello se procede a la tipificación de las conductas de obstaculización de la ejecución y ocultación de bienes. De esta forma, se agilizará, aumentará y dotará de mayor efectividad a la ejecución, lo que reforzará la protección de los acreedores.

Como medidas concretas se adecua la insolvencia punible a los supuestos de acreedores declarados fraudulentos y se da una respuesta proporcionada a posibles conductas ilícitas de los administradores concursales, que también podrán ser condenados por malversación y cohecho.

Por su parte, en los delitos contra la propiedad industrial se diferenciará la responsabilidad penal de importadores y distribuidores mayoristas. Éstos verán agravada su pena, mientras que a los distribuidores minoristas y vendedores al público se les atenuará proporcionalmente a su responsabilidad.

Prisión permanente revisable

Con la prisión permanente revisable, inédita en el ordenamiento jurídico español, se proporcionará una respuesta penal más adecuada a ciertos crímenes que causan una especial repulsa social. Se aplicará a los homicidios terroristas, los cometidos contra el Rey o el príncipe heredero y contra jefes de Estado extranjeros. También será la pena prevista para los casos de genocidio y crímenes de lesa humanidad con homicidio, así como, en el primer caso, con agresión sexual.

Los Tribunales podrán aplicar este tipo de pena en algunos tipos de asesinatos agravados: cuando la víctima sea menor de dieciséis años o se trate de una persona especialmente vulnerable; cuando sea subsiguiente a un delito contra la libertad sexual; en los múltiples, y en los cometidos por miembros de una organización criminal.

La nueva pena trae consigo un cumplimiento íntegro de la privación de libertad durante un tiempo que se ha establecido en un abanico de entre 25 y 35 años, en función de si se trata de condenas por uno o varios delitos o de delitos terroristas. Sólo después de ese período se aplicará el sistema de revisión que permitirá la puesta en libertad del condenado si cumple una serie de requisitos. Esta revisión se podrá realizar a petición del reo, pero también se hará de oficio por un tribunal colegiado, al menos, cada dos años.

La aplicación de la prisión permanente revisable ha sido avalada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en distintas sentencias tras su aplicación en los países de nuestro entorno, en las que ha determinado que la posibilidad de revisión de la condena satisface el artículo 3 de la Convención Europea de Derechos Humanos.

Custodia de seguridad

El nuevo Código Penal introduce, por primera vez, la custodia de seguridad. Se trata de una medida privativa de libertad para casos excepcionales que se aplicará una vez cumplida la pena de prisión y después de que el tribunal valore si se mantiene la peligrosidad del penado. La custodia de seguridad tiene una duración máxima de diez años, aunque se pondrá fin inmediatamente a esta medida de seguridad si el tribunal estima que desaparecen las circunstancias que la hacían necesaria.

Esta medida sólo será aplicable a quienes hayan sido condenados por delitos de especial gravedad como son los delitos contra la vida, la integridad física, la libertad, la libertad o indemnidad sexual, los cometidos con violencia o intimidación, contra la comunidad internacional, terrorismo o tráfico de drogas.

En su regulación se incluyen sólo dos grupos de supuestos: quienes ya han sido penados con anterioridad por alguno de estos delitos graves y tras salir de prisión reincidan, y quienes cometan por primera vez una pluralidad de estos delitos.

La custodia de seguridad ya se aplica en estos casos en países como Alemania, Reino Unido, Francia, Austria, Suiza o Dinamarca.

El tribunal establecerá la medida de seguridad en función de la peligrosidad del reo en la misma sentencia en la que se fijará la pena de prisión por el delito cometido. Si cumplida la pena el tribunal considera que ya no es peligroso, suspenderá la custodia de seguridad.

Se introduce, además, una nueva regulación de la libertad vigilada (actualmente sólo está prevista para delitos sexuales), que se ampliará a más delitos.

Detención ilegal y delito continuado

Se modifica la regulación del delito de detención ilegal con desaparición. En los casos en los que no se dé razón de lo ocurrido con la víctima, se fijará una pena única de diez a quince años de prisión, equivalente a la que corresponde al delito de homicidio. Además, se regulan dos supuestos agravados: cuando la víctima es menor de edad y cuando esté presente un móvil sexual en la comisión del delito.

Se suprimirá la figura del delito continuado para los delitos de naturaleza sexual, lo que permitirá que estos delincuentes vean incrementada la pena que se les aplica. En el resto solamente podrá ser aplicado en el caso de acciones que se produzcan de forma próxima en el tiempo.

Libertad condicional

Una de las novedades del Código Penal es que la libertad condicional pasa a ser regulada como una suspensión de la pena, de tal modo que si, una vez en libertad, el penado vuelve a delinquir, podrá ser devuelto a la cárcel para que siga cumpliendo condena desde el momento en que quedó en suspenso. Se aplica en los mismos términos en los casos de prisión permanente revisable, cuando una vez cumplidos los años fijados se revise su situación y el tribunal entienda que puede acceder a esta medida.

Se amplía la posibilidad de acceder a la libertad condicional para los que ingresen por primera vez en prisión. Los condenados por primera vez a penas de hasta tres años y con conducta irreprochable podrán acceder a la libertad condicional a mitad de la condena, frente a los dos tercios actuales.

Aunque se seguirá pudiendo solicitar la suspensión de la ejecución de una condena por las mismas causas que actualmente, todas se encuadrarán en un único régimen de suspensión, lo que evitará la reiteración de trámites y recursos. Otra novedad es que para agilizar la satisfacción de la responsabilidad civil se podrá acordar o, en su caso, revocar la libertad condicional, al tenerse en cuenta si el reo ha ocultado bienes o no ha aportado información sobre los que dispone para no hacer frente a ese pago.


En el caso de extranjeros, la sustitución de la pena de prisión por la expulsión del país se ajusta a lo previsto en la Ley de Extranjería. Cuando las condenas sean superiores a tres años, los Tribunales podrán fijar qué parte debe cumplir en nuestro país y qué parte puede ser sustituida por la expulsión.

Supresión de las faltas

Con el objetivo de hacer efectivo el principio de intervención mínima del Derecho Penal y de reducir el número de asuntos menores que sobrecargan los juzgados, se ha decidido suprimir las faltas. Se mantendrán las que son merecedoras de reproche penal, pero como delitos leves, denominados de escasa gravedad y que estarán castigados con penas de multa. El proceso que les corresponderá se desarrollará en la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, en la que se está trabajando. Mientras tanto, se resolverán en juicios de faltas.

Las faltas que no merecen reproche penal abandonan el Código Penal, aunque se seguirán persiguiendo administrativamente dentro de la Ley de Seguridad Ciudadana o por la vía civil.

Asesinato

El Código Penal actualiza el delito de asesinato, de forma que se considerará tal, además de los ya previstos, el homicidio que se cometa para facilitar al comisión de otro delito o para evitar ser descubierto.

Hurto y robo

Se suprime la falta de hurto para sustituirla por un delito leve de hurto que castigará los casos en los que lo sustraído no supere los mil euros, aunque para fijar este límite se tendrá en cuenta la capacidad económica de la víctima. Para ofrecer una respuesta adecuada a la multirreincidencia y la delincuencia grave, se prevé que en el caso de delincuencia profesional y organizada se les pueda condenar con el tipo agravado a penas de uno a tres años de prisión e, incluso en los casos más graves, de entre dos y cuatro años.

Las agravantes del delito de robo son: el desamparo de la víctima y el pillaje que puede darse en situaciones de catástrofe; la profesionalidad; el portar armas; la participación de un grupo organizado y el hurto de conducciones de suministros eléctricos o de cableado de telecomunicaciones.

El robo con fuerza tendrá en cuenta el modo de comisión, pero también la fuerza utilizada para abandonar el lugar; y el robo con violencia introduce un supuesto agravado para los delitos cometidos en establecimientos abiertos al público. La agravación prevista para estos delitos, por los que se podrán imponer medidas de seguridad a los delincuentes peligrosos, tendrá su reflejo en la estafa cuando sea cometida por una organización criminal y la defraudación afecte a una pluralidad de personas.

Atentado, resistencia y desobediencia

La reforma del Código Penal clarifica la definición del delito de atentado que incluye todos los supuestos de acometimiento, agresión, empleo de violencia o amenazas graves de violencia sobre el agente; ero no se equipara con la acción de resistencia meramente pasiva que, junto a la desobediencia, se mantiene, como hasta ahora, penada con entre seis meses y un año de cárcel. La falta de desobediencia desaparece del Código, pero se sancionará como infracción administrativa de la Ley de Seguridad Ciudadana. Se incluyen como sujetos protegidos los miembros de los equipos de asistencia o rescate.

Una de las novedades del texto es que se incluye en la definición de alteración del orden público una referencia al sujeto plural y a la realización de actos de violencia sobre cosas y personas. Como ocurre actualmente, la pena se agrava cuando se porten armas, se exhiban simuladas o se realicen actos de violencia con peligro para la vida o integridad de las personas, así como los actos de pillaje. Se regula como supuesto atenuado la entrada o invasión colectiva de oficina o establecimiento, cuando se altere indebidamente su normal actividad, aunque no lleguen a producirse actos de violencia o amenazas.

Sólo se castigará la difusión de mensajes que inciten a la comisión de algún delito de alteración del orden público; es decir, no la simple convocatoria a movilizaciones, sino la incitación a cometer actos de violencia constitutivos de desórdenes graves en esas convocatorias.

Incendios forestales

La reforma del Código Penal contempla un endurecimiento de las penas para los autores de incendios forestales que se consideren especialmente graves. La pena prevista actualmente para estos delitos es de tres a cinco años de cárcel y, con la reforma, la pena se elevará hasta los seis. Además, cuando los incendios afecten a espacios naturales protegidos se castigarán del mismo modo que los delitos contra el medio ambiente, lo que significa que sus autores podrán ser castigados con la pena superior en grado, que en este caso supone nueve años de prisión.

En la misma línea, la reforma incorporará la posibilidad de imponer al responsable actuaciones orientadas a reparar el daño causado y se considerará la atenuante de reparación de daño.

El nuevo Código Penal añade al catálogo de supuestos agravados que contenía el artículo 353 del vigente los incendios que afecten a zonas próximas a poblaciones o lugares habitados y a zonas forestales que constituyan el hábitat de especies animales en peligro de extinción o de flora amenazada, o que alteren significativamente las condiciones de vida animal o vegetal. También se incluyen como supuesto agravado los incendios provocados en un momento en el que las condiciones climatológicas o del terreno incrementen de forma relevante el riesgo de propagación.


Además, se modificará la Ley del Jurado para que estos delitos pasen a ser competencias de tribunales integrados por jueces profesionales.

Esterilización

Atendiendo a las recomendaciones del Comité de Seguimiento de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por Naciones Unidas en diciembre de 2006 y ratificada por España en abril de 2008, se reconduce a la vía civil el tratamiento de la esterilización de las personas discapacitadas.

Asimismo, la despenalización de la esterilización de las personas que carezcan de aptitud para dar su consentimiento se realizará bajo autorización judicial y en un proceso con las máximas garantías. Del mismo modo, se ajusta la terminología del Código Penal a dichas recomendaciones sustituyendo los actuales términos de "minusvalía" e "incapaz" por otros como "discapacidad" o "persona discapacitada necesitada de especial protección".


Justicia

MEDIDAS DE EFICIENCIA PRESUPUESTARIA EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

  • El objetivo de la reforma parcial de la Ley Orgánica del Poder Judicial es la profesionalización de la carrera judicial y garantizar la estabilidad presupuestaria.

  • Las sustituciones serán asumidas por magistrados que cobrarán el 80 por 100 del complemento de destino.

  • Los jueces podrán disponer de hasta un total de doce días de licencia al año.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley Orgánica de Medidas de Eficiencia Presupuestaria en la Administración de Justicia por el que se modifica, entre otras cosas, el régimen jurídico de las sustituciones de jueces y magistrados y de magistrados suplentes y se adapta la Ley Orgánica del Poder Judicial a las previsiones del Real Decreto Ley de 13 de julio de 2012, que conlleva el ajuste presupuestario exigido por la coyuntura económica.

El principal objetivo de este Proyecto de Ley Orgánica, para cuya tramitación parlamentaria se ha solicitado el procedimiento de urgencia, es la consecución de la máxima profesionalización en el ejercicio de la función jurisdiccional, al permitir que las sustituciones se realicen entre los propios miembros de la carrera judicial, al mismo tiempo que se garantiza la estabilidad presupuestaria.

Para adaptar la Ley Orgánica del Poder Judicial a las previsiones del citado Real Decreto Ley de 2012, se introducen cambios normativos que afectan a la carrera judicial así como a los secretarios judiciales y al resto del personal al servicio de la Administración de Justicia.

Sustituciones

Actualmente la sustitución de jueces y magistrados suplentes carece de la excepcionalidad con la que inicialmente se constituyó. Por este motivo, se establece un régimen que contribuye a que los propios jueces y magistrados integrantes de la carrera judicial sean quienes realicen esas labores de sustitución, tanto en la Primera como en la Segunda Instancia, mediante un orden de llamamientos en el que la sustitución interina sea la última y excepcional posibilidad. Primará la idea de la voluntariedad en la realización de estas tareas. La retribución de las sustituciones será equivalente al 80 por 100 del complemento de destino, lo que supone una cantidad variable que oscila entre los 1.500 y los 2.750 euros brutos dependiendo de la localidad en la que se ejerza.

Carrera judicial

Los permisos por asuntos propios se verán reducidos a tres días al año (actualmente suponen un total de seis permisos de tres días cada uno) y se suprime la necesidad de justificar su causa ante el correspondiente superior.

Se crea una nueva licencia por la que jueces y magistrados podrán ausentarse tres días al mes, hasta un máximo de nueve días al año para el estudio o resolución de causas de especial complejidad, para hacer frente a la acumulación de asuntos o cuando otras circunstancias lo aconsejen. La autorización sólo se denegará cuando coincida con señalamientos o vistas. Esta licencia podrá acumularse a los anteriores días de asuntos propios.

Las licencias por estudio serán retribuidas sólo los veinte primeros días, frente a los cuatro meses actuales, excepto aquellas que sean por formación obligatoria. En materia de licencias por enfermedad, la norma se remite al régimen regulado en el mismo Real Decreto Ley de 2012.

Secretarios Judiciales y resto de personal

Al igual que jueces y fiscales, los secretarios judiciales y resto de personal al servicio de la Administración de Justicia verán suprimida la paga extra de Navidad de este año en consonancia con los establecido para la función pública. Estos colectivos ven reducidos de nueve a tres los días de permiso al año.

Audiencias Provinciales

Se flexibiliza la composición de las Audiencias Provinciales para permitir la existencia de un mayor número de magistrados en una sola sección. Ello permitirá crear futuras plazas judiciales sin apenas coste económico.

Refuerzos

En la línea de aprovechar los recursos humanos y ahondar en la profesionalización de la carrera judicial, se otorga preferencia a la realización de refuerzos por jueces y magistrados titulares mediante comisión de servicio. Se flexibiliza la figura del juez de adscripción territorial, se establece la denominación de jueces en expectativa de destino que sustituye a los actuales jueces adjuntos y se crea una tercera fase en la Escuela Judicial por la que los jueces realizarán labores de refuerzo en juzgados y tribunales. Sólo excepcionalmente, de manera motivada y existiendo dotación presupuestaria, podrán designarse jueces sustitutos no profesionales.

El conjunto de estas medidas representa para 2013 un ahorro estimado de 8,7 millones de euros con respecto a la previsión de liquidación de 2012 y de veinte millones teniendo en cuenta el presupuesto inicial de este año.


Justicia

INFORME SOBRE EL ESTATUTO DE LA VÍCTIMA DE DELITO

  • Su vocación es que sea el catálogo general de los derechos procesales y extraprocesales de todas las víctimas.

  • Las víctimas podrán recurrir los archivos de las actuaciones aunque no estén personadas en el procedimiento.

  • Se mantiene la naturaleza estatal de la ejecución de las penas, pero podrán impugnar decisiones como la puesta en libertad.

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Justicia sobre el Estatuto de la Víctima de Delito, cuyo objetivo es ofrecerles desde los poderes públicos una respuesta lo más amplia posible, no sólo jurídica sino también social, reparadora del daño sufrido y, a la vez, minimizadora de otros efectos traumáticos que su condición les puede generar.

La intención es que sea un catálogo general de los derechos procesales y extraprocesales de todas las víctimas de delito, entendiendo por tales no sólo a las directas, sino también a las indirectas, como son las familias.

La principal novedad que incluye consiste en que las víctimas, aunque no estén personadas en un procedimiento judicial, podrán recurrir las resoluciones de sobreseimiento y archivo que se dicten en un plazo amplio que les permita disponer de tiempo suficiente para valorar si deben hacerlo y personarse en las actuaciones.

Además, como los derechos de las víctimas son independientes de su posible participación en el proceso penal, tendrán acceso a información concreta sobre la causa: fecha y lugar del juicio, notificación de sentencias y resoluciones de medidas cautelares y de libertad del encausado, siempre y cuando lo soliciten y exista una situación de peligro que lo justifique.

También se les informará de cómo interponer la denuncia y se les ofrecerán servicios asistenciales, asesoramiento legal, acceso a medidas de protección y una vía de contacto para recibir información sobre el estado del asunto. Además, dispondrán de servicios de traducción e interpretación gratuita para que puedan ejercer sus derechos.

Ejecución penal

La ejecución de las penas mantiene su naturaleza estrictamente estatal, pero se facilitarán cauces de participación a las víctimas de delitos de terrorismo, homicidio, lesiones, contra la libertad e indemnidad sexual penados con más de cinco años de cárcel o cuando se trate de hechos de los que se pueda derivar una situación de peligro para la víctima.

El Estatuto prevé que puedan recurrir las decisiones de especial trascendencia que se adopten, como la concesión de la libertad condicional o el alzamiento del periodo de seguridad, si no se ha indemnizado el delito cometido o si existe peligro para la víctima.

Para evitar una segunda victimización, entre otras medidas, se evitará el contacto de las víctimas y sus familiares con los infractores, y se adoptarán medidas para facilitarles los interrogatorios, como que puedan estar acompañadas.

Especialmente vulnerables

El Estatuto prevé un régimen asistencial y jurídico que dota de mayor protección a las víctimas especialmente vulnerables: menores, personas con discapacidad, víctimas de delitos sexuales, de trata de seres humanos, de terrorismo, de violencia sobre la mujer y de grandes siniestros con víctimas múltiples.

España se convierte con este Estatuto en el primer país miembro de la Unión Europea que aglutina en un solo texto legislativo el catálogo de derechos de las víctimas, sin perjuicio de los aprobados con anterioridad para las de carácter terrorista y las de violencia de género, que gozarán del régimen de derechos y protección reconocido en la nueva ley, pero también les será aplicable la legislación especial.

El Estatuto, que pretende reparar el daño sufrido y minimizar los efectos traumáticos que sufren las víctimas desde el reconocimiento de su dignidad y la defensa de sus bienes materiales y morales y con ellos los del conjunto de la sociedad, tiene su origen en la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo aprobada el pasado 12 de septiembre, aunque trasladada a las demandas y necesidades de la sociedad española.


Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL INTEGRADOS DE LA CONTAMINACIÓN

  • La nueva regulación, con efectos en la actividad de unas 6.100 instalaciones industriales, pretende reducir sus emisiones a la atmósfera, el agua y el suelo.

  • Reduce notablemente las cargas administrativas y agiliza la tramitación de las Autorizaciones Ambientales Integradas.

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente sobre el Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, del 1 de julio de 2002. La nueva norma tiene el objetivo de reducir las emisiones de las actividades industriales en la atmósfera, el agua y el suelo y avanzar hacia una mayor simplificación administrativa.

Para alcanzar un elevado nivel de protección del medio ambiente, la nueva regulación, con efectos en unas 6.100 instalaciones industriales como refinerías, cementeras o siderúrgicas, entre otras, supedita su puesta en marcha a la obtención de un permiso escrito, la autorización ambiental integrada.

Con este Anteproyecto se da el primer paso para la transposición de una Directiva comunitaria de 2010 sobre emisiones industriales y para ello se modifica la citada Ley de 2002, y se completará posteriormente con un Real Decreto sobre emisiones industriales y de desarrollo de ejecución de la misma Ley

La principal novedad derivada del nuevo marco comunitario es el reforzamiento de la aplicación de las mejoras técnicas disponibles, ya que los valores límite de emisión establecidos en las autorizaciones ambientales integradas no pueden superar los niveles de emisión asociados a las mejores técnicas disponibles.

Mayor simplificación y menos cargas administrativas

El nuevo texto, además de cumplir con la transposición de la mencionada Directiva de 2010 sobre emisiones industriales, revisa y modifica la legislación sobre control y prevención integrado de la contaminación, e impulsa una mayor simplificación administrativa, imprescindible en un sector tan importante como el industrial.

Además, la norma mantiene los estándares de control sobre la contaminación, agiliza la tramitación de las autorizaciones ambientales integradas y reduce notablemente las cargas administrativas.

Todas las autorizaciones ambientales integradas existentes se deben adecuar antes del 7 de enero de 2014 a la nueva Directiva. Para ello, se establece en una disposición transitoria el procedimiento de actualización de las autorizaciones ya otorgadas, en virtud del cual el órgano ambiental competente de oficio comprobará, mediante un procedimiento simplificado, la adecuación de la autorización a las prescripciones de la nueva Directiva.

Otra medida de simplificación administrativa es la supresión del deber de renovación de la autorización. Esta renovación implicaba que el titular, transcurridos ocho años desde su otorgamiento, debía solicitar su renovación al órgano competente con una antelación mínima de diez meses antes del vencimiento del plazo. Ahora será el órgano ambiental competente, de oficio y mediante un procedimiento simplificado, quien garantice la adecuación de esta autorización.

Por último, se han introducido mejoras en la información y en la comunicación de datos entre las administraciones y los titulares de las instalaciones.


Interior

APROBADA LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA LA POLICÍA Y LA GUARDIA CIVIL

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante dos Reales Decretos, la Oferta de Empleo Público par 2012 del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil. Al igual que en años anteriores se prevé que, para ampliar la difusión de las distintas convocatorias de pruebas selectivas, el Ministerio del Interior incluirá en su página web un apartado dedicado a los procesos selectivos en el que se recogerá cada una de las convocatorias y los actos que se deriven de ellas.

CUERPO NACIONAL DE POLICÍA

En cuanto a la Oferta de Empleo Público del Cuerpo Nacional de Policía, el número de plazas es el siguiente:

  • Oposición libre, 50 plazas en la Escala Ejecutiva y 153 plazas en la Escala Básica.

  • Promoción interna, 100 plazas en la Escala Ejecutiva, desde la categoría de Subinspector.

GUARDIA CIVIL

Por su parte, el desglose de plazas ofertadas para la Guardia Civil es:

  • Para ingreso directo en la Escala de Cabos y Guardias, se autoriza la convocatoria de 126 plazas, de las cuales se reservan 63 (el 50 por 100) a militares profesionales de tropa y marinería, de conformidad con lo previsto en la Ley de Tropa y Marinería. Asimismo, de las 63 plazas del turno de acceso libre no adscritas a militares profesionales de tropa y marinería, se reservan 25 plazas (el 20 por 100 del total de las plazas) para los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes. Las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería y a alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes que no se cubran por cualquier motivo se acumularan al cupo de plazas del turno de acceso libre.

  • En cuanto a la promoción interna, se autoriza la convocatoria para ingreso en los Centros Docentes de Formación de 330 plazas: 80 plazas en la Escala de Oficiales y 250 plazas en la Escala de Suboficiales.

A las plazas ofertadas mencionadas anteriormente, habría que añadir las 65 plazas correspondientes a la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil, que fueron aprobadas por un Real Decreto de 27 de abril de 2012 que fijaba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil para el año 2012.


Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

APROBADA UNA DECLARACIÓN DEL GOBIERNO CON MOTIVO DEL DÍA EUROPEO CONTRA LA TRATA DE SERES HUMANOS

  • Se compromete a intensificar la lucha contra la trata de seres humanos y a restablecer la dignidad de las víctimas.

El Consejo de Ministros ha aprobado una Declaración del Gobierno con motivo del Día Europeo contra la trata de seres humanos con el fin de constatar su "firme compromiso" frente a esta "gravísima violación de los derechos humanos" y de corroborar como prioridad el "apoyo incondicional" a las víctimas. Con la intención de promover el reconocimiento internacional del 18 de octubre como Día Internacional, el Gobierno expresa su "repulsa y más enérgica condena" frente a esta lacra.

Así, en el marco del Plan Integral de Lucha contra la Trata con fines de explotación sexual 2009-2012, el Ministerio de Asuntos Exteriores está trabajando con el objetivo de que en Naciones Unidas se proponga el 18 de octubre como Día Internacional frente a esta violación de los derechos humanos.

El texto de la Declaración, aprobado a propuesta de los Ministerios de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y de Asuntos Exteriores y de Cooperación, es el siguiente:

"Con motivo del Día Europeo contra la Trata de Seres Humanos, y con la intención de promover el reconocimiento internacional del 18 de octubre como Día Internacional contra la Trata de Seres Humanos, el Gobierno español expresa su repulsa y más enérgica condena hacia la trata de personas, y su apoyo incondicional a las víctimas de la misma. Millones de personas en todo el mundo han visto vulnerados sus derechos más elementales y se han visto explotadas con diversos fines, ya sean trabajos forzados, la esclavitud, la servidumbre, la extracción de órganos o la explotación sexual.

En los últimos años se ha venido llevando a cabo una intensa actividad en la lucha contra la trata de personas, con énfasis en la prevención, en la mejora de la persecución del delito y en el procesamiento judicial de los responsables, así como en la cooperación con otros Estados y organismos internacionales para su erradicación y, especialmente, la protección de los derechos de las víctimas, que constituye una prioridad fundamental para el Gobierno.

En el ámbito nacional, se están llevando a cabo las actuaciones previstas en el Plan Integral de lucha contra la trata de seres humanos con fines de explotación sexual, promoviendo la colaboración con las organizaciones especializadas en la atención a las víctimas a través de su participación en el Foro Social contra la Trata. Además, se ha puesto en marcha la Comisión de Seguimiento del Protocolo Marco de Protección de Víctimas de Trata de Seres Humanos para seguir avanzando en la mejora de la coordinación entre las distintas instituciones implicadas en la materia. En el exterior, España realiza grandes esfuerzos en diversos organismos internacionales, como son las Naciones Unidas, el Consejo de Europa o la OSCE, así como en el ámbito de la Unión Europea para favorecer la lucha conjunta contra la trata de personas.

Consciente de la necesidad de seguir avanzando en este ámbito, el Gobierno de España reitera su compromiso con la protección efectiva de las víctimas de trata de seres humanos y su implicación para garantizar que estas personas recuperen su dignidad y puedan reconstruir sus vidas en libertad".


Asuntos Exteriores y de Cooperación

PAGOS CON CARGO AL FONDO PARA LA PROMOCIÓN DEL DESARROLLO

El Consejo de Ministros ha autorizado el pago de 27.500.000 dólares estadounidenses a dos Fondos de Inversión con cargo al Fondo para la Promoción del Desarrollo.

El Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE) fue creado por la Ley de 22 octubre de 2010, desarrollada mediante un Real Decreto de 17 de junio de 2011, que aprobó el Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo.

La actual normativa del Fondo establece que uno de sus objetivos es la financiación de las aportaciones españolas a asuntos de cooperación internacional para el desarrollo, en el marco de las competencias del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Las aportaciones hoy aprobadas se destinarán a los siguientes programas:

  • Fondo de Infraestructuras de Energías Renovables para América Latina (Latin Renewables Infrastructure Fund, LP): 12.500.000 dólares. El objetivo de este Fondo es invertir en empresas o proyectos de energías renovables y de eficiencia energética en la región de América Latina, impulsar a las PYME y emprendedores locales, e invertir en proyectos de mitigación del cambio climático y eficiencia energética, que contribuirán a mejorar las condiciones de vida de las poblaciones más vulnerables a sus efectos, especialmente de la población pobre e indígena.

  • Fondo de capital privado Amerigo Ventures Colombia: 15.000.000 dólares. El objetivo de este Fondo es invertir en empresas colombianas del sector de las tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) en fases tempranas de desarrollo. Favorecerá el acceso de la población de menores ingresos a los beneficios de las nuevas tecnologías.


Industria, Energía y Turismo

ADENDA AL CONVENIO PARA EL PROGRAMA AIRBUS A380

El Consejo de Ministros ha aprobado una adenda al convenio que regula la participación del Ministerio de Industria, Energía y Turismo en el programa de desarrollo de la familia de aviones Airbus A-380, para adaptarlo a las menores necesidades de financiación del programa y al nuevo calendario previsto para la devolución de la aportación del Ministerio de Industria.

La adenda al convenio suscrito en 2001 entre el Ministerio de Industria y Airbus Operations modifica el ámbito del programa a los trabajos efectivamente realizados en relación con el desarrollo de la familia de aviones Airbus A-380 en el periodo 2001-2011. Además, debido a las menores necesidades de financiación del programa, se reduce el compromiso de contribución por parte del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Como consecuencia, se ajusta también el calendario de las devoluciones de los anticipos reintegrables concedidos por el Estado a Airbus Operations.


Fomento

CONVALIDACIÓN DEL GASTO POR EL MANTENIMIENTO DE LA RED FERROVIARIA CONVENCIONAL

El Consejo de Ministros ha autorizado un convenio entre la Administración General del Estado y ADIF para convalidar el gasto, por importe de 204 millones de euros, de las labores de mantenimiento, explotación y gestión de la Red ferroviaria de titularidad del Estado realizadas por ADIF durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2012.

Este importe corresponde a las actuaciones de mantenimiento de la infraestructura realizadas en la red ferroviaria en materia de conservación, reparación, reposición y actualización tecnológica de los elementos que permitan conservar dicha red en condiciones óptimas de operatividad y seguridad.

Las labores de mantenimiento también comprenden las operaciones relacionadas con el material de levante (vía y línea aérea de contacto), procedentes de inversiones de renovación y modernización de la red. En estas operaciones se incluyen el transporte, la clasificación y el almacenaje del material.

Del mismo modo, responde a las actuaciones necesarias para la explotación de la infraestructura ferroviaria, desde la elaboración y publicación de la declaración sobre la red, hasta la adjudicación de la capacidad de infraestructura a los candidatos que lo soliciten, la prestación de servicios adicionales y el control e inspección de la infraestructura ferroviaria.

El gasto convalidado incluye, igualmente, la gestión de los sistemas de control, circulación y seguridad de la infraestructura ferroviaria.


Fomento

IMPULSO A LAS ACTUACIONES DE LA "RED ARTERIAL NUEVO ACCESO SUR. N-550" DE PONTEVEDRA

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a destinar más de siete millones de euros para la "Red arterial nuevo acceso sur N-550" de Pontevedra, cuya construcción correrá a cargo del ayuntamiento de la localidad, de acuerdo con la próxima adenda al Convenio de Colaboración suscrito en abril de 2009 entre ambas Administraciones.

Por tanto, en los próximos tres años, se van a invertir en este proyecto casi siete millones de euros (2,31 millones de euros en 2013 y 2014, y dos millones en 2015), a los que hay que sumar 415.000 euros de 2012.

Red arterial nuevo acceso sur. N-550

Dado que la "Red arterial nuevo acceso sur. N-550" va a ser cedida al Concello de Pontevedra, en virtud de la nueva adenda ambas Administraciones consideran más eficiente que sea éste el encargado de desarrollar la actuación y después explotar y conservar la vía, sin que ello suponga cambio alguno en el compromiso de financiación asumido por el Ministerio de Fomento mediante el Convenio firmado en 2009.


Educación, Cultura y Deporte

APROBADO EL CARÁCTER OFICIAL DE 76 TÍTULOS DE MÁSTER

El Consejo de Ministros ha acordado establecer el carácter oficial de 76 títulos universitarios de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Hasta la fecha se han inscrito en el Registro de Universidades, Centros y Títulos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte 2.616 títulos de máster. Con la aprobación de estos 76 títulos, hay a fecha de esta semana un total de 2.692 títulos de máster.

A continuación se detalla la relación de títulos aprobados:

ARTE Y HUMANIDADES

Universidad de Cantabria

Máster Universitario en del Mediterráneo al Atlántico: La Construcción de Europa entre el Mundo Antiguo y Medieval.

Universidad de Granada

Máster Universitario en Ciencias de la Antigüedad y la Edad Media.

Máster Universitario en Claves del Mundo Contemporáneo.

Máster Universitario en Estudios Latinoamericanos. Cultura y Gestión.

Máster Universitario en Producción e Investigación en Arte.

Universidad Jaume I de Castellón

Máster Universitario en Lengua Inglesa para el Comercio Internacional/Master's Degree in English Language for International Trade (ELIT).

Universidad de La Laguna

Máster Universitario en Teoría e Historia del Arte y Gestión Cultural.

Universidad de Las Palmas de Gran Canaria

Máster Universitario en Traducción Profesional y Mediación Intercultural.

Universidad de Valencia

Máster Universitario en Traducción Creativa y Humanística.

CIENCIAS

Universidad de Alicante

Máster Universitario en Ciencia de Materiales.

Universidad de Almería

Máster Universitario en Agua y Medio Ambiente en Áreas Semiáridas.

Universidad de Burgos

Máster Universitario en Cultura del Vino: Enoturismo en la Cuenca del Duero.

Universidad de Granada

Máster Universitario en Análisis Biológico y Diagnóstico de Laboratorio.

Máster Universitario en Ciencia y Tecnología en Patrimonio Arquitectónico.

Universidad de Oviedo

Máster Universitario en Biotecnología Aplicada a la Conservación y Gestión Sostenible de Recursos Vegetales.

Máster Universitario en Biotecnología del Medio Ambiente y la Salud.

Máster Universitario en Ciencias Analíticas y Bioanalíticas.

Máster Universitario en Química y Desarrollo Sostenible.

Universidad Pablo de Olavide

Máster Universitario en Ciencia y Tecnología de Aceites y Bebidas Fermentadas.

Universidad de Vigo

Máster Universitario en Ciencia y Tecnología Agroalimentaria.

CIENCIAS DE LA SALUD

Universidad de Cantabria

Máster Universitario en Gestión Integral e Investigación de las Heridas Crónicas.

Universidad Cardenal Herrera-CEU

Máster Universitario en Nutrición Aplicada a la Salud.

Universidad de La Laguna

Máster Universitario en Investigación, Gestión y Calidad en Cuidados para la Salud.

Universidad de Oviedo

Máster Universitario en Biología y Tecnología de la Reproducción.

Máster Universitario en Biomedicina y Oncología Molecular.

Máster Universitario en Psicología de la Salud.

Universidad de Valencia

Máster Universitario en Fisioterapia de los Procesos de Envejecimiento: Estrategias Sociosanitarias.

CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS

Universidad de Barcelona

Máster Universitario en Psicología del Trabajo, de las Organizaciones y de los Recursos Humanos.

Universidad Cardenal Herrera-CEU

Máster Universitario en Arte y Educación. La Expresión Plástica y sus Didácticas.

Máster Universitario en Asesoría Jurídica de Empresas y Derecho Internacional de los Negocios.

Máster Universitario en Gestión Financiera.

Máster Universitario en Gestión y Dirección de Centros Educativos.

Universidad de Castilla-La Mancha

Máster Universitario en Derecho Constitucional.

Universidad de Granada

Máster Universitario en Derecho Sanitario, Bioética y Derecho a la Salud en la Unión Europea.

Máster Universitario en Protección Social y Jurídica de las Personas con Necesidades Especiales.

IE Universidad

Máster Universitario en Comunicación Corporativa / Corporate Communication.

Máster Universitario en Gestión de la Investigación y de la Innovación.

Universidad Internacional de La Rioja

Máster Universitario en Procesos de Dirección Empresarial.

Universidad de Jaén

Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales.

Universidad de La Laguna

Máster Universitario en Ciencias de la Comunicación.

Universidad Miguel Hernández de Elche

Máster Universitario en Investigación en Nuevas Tendencias en Antropología, Escenarios de Riesgo y Anternativas de Postdesarrollo.

Universidad de Oviedo

Máster Universitario en Administración y Dirección de Empresas.

Máster Universitario en Dirección y Planificación del Turismo.

Máster Universitario en Enseñanza Integrada de Lengua Inglesa y Contenidos: Educación Infantil y Primaria.

Máster Universitario en Innovación e Investigación Educativa.

Máster Universitario en Políticas Sociales y Bienestar.

Universidad de Sevilla

Máster Universitario en Antropología: Gestión de la Diversidad Cultural, el Patrimonio y el Desarrollo.

Universidad Politécnica de Cartagena

Máster Universitario en Administración y Dirección de Empresas (MBA) .

Universidad de Valencia

Máster Universitario en Derecho Administrativo y de la Administración Pública.

Máster Universitario en Psicología del Trabajo, de las Organizaciones y de los Recursos Humanos.

Universidad de Valladolid

Máster Universitario en Psicopedagogía.

INGENIERÍA Y ARQUITECTURA

Universidad de Cantabria

Máster Universitario Europeo en Ingeniería de la Construcción-Master in European Construction Engineering.

Universidad Católica Santa Teresa de Jesús de Ávila

Máster Universitario en Ingeniería de Montes.

Universidad de Granada

Máster Universitario en Urbanismo.

IE Universidad

Máster Universitario en Diseño del Espacio de Trabajo.

Universidad de La Laguna

Máster Universitario en Ingeniería Informática Aplicada a la Industria, a la Ingeniería del Software y a los Sistemas y Tecnologías de la Información.

Máster Universitario en Ingeniería Química.

Universidad de Oviedo

Máster Universitario en Conversión de Energía Eléctrica y Sistemas de Potencia.

Máster Universitario en Ingeniería Informática.

Máster Universitario en Ingeniería Química.


Universidad Rey Juan Carlos

Máster Universitario en Materiales Estructurales para las Nuevas Tecnologías.

Relación de títulos universitarios oficiales de máster organizados conjuntamente por distintas universidades

ARTE Y HUMANIDADES

Máster Universitario en Estudios Superiores de Filología y Tradición Clásicas (Máster conjunto de la Universidad de Almería, Universidad de Granada y Universidad de Jaén).

CIENCIAS

Máster Universitario en Acuicultura (Máster conjunto de la Universidad de A Coruña, Universidad de Santiago de Compostela y Universidad de Vigo).

Máster Universitario en Ciencia y Tecnología de Coloides e Interfases (Máster conjunto de la Universidad de Granada, Universidad de Málaga, Universidad Pablo de Olavide, Universidad de Santiago de Compostela, Universidad de Valencia y Universidad de Vigo).

Máster Universitario en Evolución Humana (Máster conjunto de la Universidad de Alcalá y Universidad de Burgos).

Máster Universitario en Investigación en Ciencias de la Visión (Máster conjunto de la Universidad Complutense de Madrid, Universidad de Murcia, Universidad de Santiago de Compostela y Universidad de Valladolid).

Máster Universitario en Láseres y Aplicaciones en Química. Quimiláser (Máster conjunto de la Universidad de A Coruña, Universidad de Burgos, Universidad de Castilla-La Mancha, Universidad de Jaén, Universidad de Málaga, Universidad Pablo de Olavide, Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea y Universidad de Valladolid).

Máster Universitario en Química Sostenible (Máster conjunto de la Universidad de Castilla-La Mancha, Universidad de Extremadura, Universidad Jaume I de Castellón, Universidad Politécnica de Valencia, Universidad Pública de Navarra y Universidad de Valencia).

CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS

Máster Universitario en Administración y Dirección de Empresas (Máster conjunto de la Universidad Carlos III de Madrid y la Escuela Europea de Administración de Empresas ESCP-Europe (Francia)).

Máster Universitario en Antropología de Iberoamérica (Máster conjunto de la Universidad de León, Universidad de Salamanca y Universidad de Valladolid).


Máster Universitario en Comunicación y Desarrollo
(Máster conjunto de la Universidad Internacional de Andalucía y Universidad Pablo de Olavide).

Máster Universitario en Estudios Avanzados de Derecho Financiero y Tributario (Máster conjunto de la Universidad a Distancia de Madrid y Universidad Complutense de Madrid).

Máster Universitario en Políticas Comunitarias y Cooperación Territorial (Máster conjunto de la Universidad de Vigo y la Universidade do Minho (Portugal).

Máster Universitario Erasmus Mundus en Psicología del Trabajo, de las Organizaciones y de los Recursos Humanos (Máster conjunto de la Universidad de Barcelona, Universidad de Valencia, Universidade de Coimbra (Portugal), Università di Bologna (Italia) y Université René Descartes Paris V (Francia).

Máster Universitario Internacional de Estudios Contemporáneos de América Latina (Máster conjunto de la Universidad Complutense de Madrid, Universidad de Costa Rica (Costa Rica) y Universidad de la República de Uruguay (Uruguay).

INGENIERÍA Y ARQUITECTURA

Máster Universitario en Tratamiento Estadístico-Computacional de la Información (Máster conjunto de la Universidad Complutense de Madrid y Universidad Politécnica de Madrid).


Educación, Cultura y Deporte

DIEZ NUEVOS TÍTULOS DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO

El Consejo de Ministros ha aprobado diez Reales Decretos por los cuales se establecen diez nuevos títulos de Artes Plásticas y Diseño.

Los títulos y sus respectivas funciones son los siguientes:

Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Animación.

  • Realizar proyectos de animación, personales o por encargo de empresas, instituciones u otros profesionales.

  • Planificar la realización del proyecto de animación mediante la definición de los aspectos expresivos, funcionales y técnicos.

Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Interactiva.

  • Idear y realizar piezas multimedia de calidad técnica, artística y comunicativa.

  • Planificar y llevar a cabo proyectos de productos interactivos que integren y desarrollen de forma óptima conceptos de usabilidad de interfaces, arquitectura de la información y accesibilidad, grafismo digital, video, sonido, etcétera, en función de los objetivos comunicativos del encargo.

Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Impresa.

  • Proponer y realizar soluciones gráficas para transmitir mensajes por encargo de empresas, instituciones u otros profesionales.

  • Planificar el desarrollo del proyecto de imagen gráfica desde la identificación del encargo comunicativo, la definición de los aspectos formales y estéticos, funcionales y técnicos, hasta la realización del producto gráfico acabado.

Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Audiovisual.

  • Idear y realizar productos audiovisuales de calidad técnica y artística que comuniquen eficientemente el mensaje deseado mediante la utilización de la imagen, la tipografía, los efectos visuales, los recursos y el lenguaje de las técnicas audiovisuales.

  • Planificar y llevar a cabo la producción y postproducción de producto audiovisual y el control de calidad en cada etapa del proyecto.


Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Publicitaria
.

  • Proponer y realizar soluciones gráficas para transmitir mensajes publicitarios por encargo de empresas, instituciones u otros profesionales.

  • Planificar el desarrollo del proyecto de imagen publicitaria desde la identificación del encargo comunicativo, la definición de los aspectos formales y estéticos, funcionales y técnicos, hasta la realización del producto gráfico acabado.

Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Fotografía.

  • Elaborar obra original de fotografía a partir de un encargo profesional determinado o de un proyecto propio.

  • Definir las variables formales, funcionales, estéticas y técnicas del proyecto de fotografía, planificar el proceso y saber realizarlo.

Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Ilustración.

  • Elaborar obra original de ilustración de calidad formal y funcional a partir de un proyecto propio o de un encargo profesional determinado.

  • Planificar la realización del proyecto mediante la definición de los recursos expresivos, formales, funcionales, estéticos y técnicos más adecuados.

Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cómic.

  • Elaborar obra original de cómic de calidad formal y funcional a partir de un proyecto propio o de un encargo profesional determinado.

  • Planificar la realización del proyecto mediante la definición de los recursos expresivos, formales, funcionales, estéticos y técnicos más adecuados.

Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Asistencia al Producto Gráfico Interactivo.

  • Colaborar en las distintas fases del proceso de elaboración de productos gráficos en soporte web conforme a las pautas estilísticas y técnicas del proyecto.

  • Interpretar adecuadamente la información proyectual que se le suministre y llevar a cabo las indicaciones técnicas y artísticas correspondientes.

  • Realizar elementos gráficos de comunicación en soporte web acuerdo a las especificaciones técnicas y estilísticas recibidas.

  • Seleccionar, adecuar, organizar, distribuir y almacenar la información técnica necesaria para la realización de elementos puntuales de proyectos gráficos interactivos.

  • Saber ejecutar, normalizar y compatibilizar la información técnica y, en su caso, los ficheros informáticos necesarios para la correcta realización de productos gráficos interactivos.

Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Asistencia al Producto Gráfico Impreso.

  • Colaborar en las distintas fases del proceso de producción gráfica conforme a las pautas estilísticas y técnicas del proyecto.

  • Interpretar adecuadamente la información proyectual que se le suministre y llevar a cabo las indicaciones técnicas y tipológicas del producto gráfico de que se trate.

  • Transcribir correctamente los textos originales, distribuirlos, adecuarlos y componerlos de acuerdo a las pautas de estilo recibidas.

  • Seleccionar, adecuar, preparar y maquetar imágenes ateniéndose a las especificaciones del diseño y los condicionantes técnicos del proceso de impresión.

  • Saber ejecutar, normalizar y compatibilizar la información técnica y, en su caso, los ficheros informáticos necesarios para la correcta impresión de productos gráficos.


Educación, Cultura y Deporte

DECLARADO BIEN DE INTERÉS CULTURAL EL MUELLE DE HIERRO DE PORTUGALETE

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, al Muelle de Hierro de Portugalete en Bilbao (Vizcaya).

El Muelle de Hierro de Portugalete es un ejemplo de arquitectura del hierro de excepcional singularidad. Diseñado a finales del siglo XIX por el maestro Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos Evaristo de Churruca Brunet, con él se dio una solución al problema de navegabilidad del Puerto de Bilbao. Este elemento de ingeniería industrial favoreció el desarrollo de la actividad portuaria de Bilbao, al permitir la navegación en cualquier marea a barcos de amplio tonelaje.

En la resolución de 2 de febrero de 2011 de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales por la que se inicia el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural se destaca también que esta obra de ingeniería ha presentado a lo largo de su historia importantes valores de orden científico, técnico y económico, además de cumplir una significativa función social y cultural como lugar de paseo y punto de encuentro de los habitantes de la zona.

El Muelle de Hierro de Portugalete forma parte del Patrimonio del Estado y está adscrito a la Autoridad Portuaria de Bilbao, organismo público que forma parte del Ministerio de Fomento.


Hacienda y Administraciones Públicas

AUTORIZADA LA APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA

El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia, por un importe total de 12.036.700,83 euros, distribuidos de la forma siguiente:

  • 8.015.155,30 euros destinados a financiar tres créditos extraordinarios en el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, con la finalidad de cumplir la sentencia del Tribunal Supremo de 2012 y las sentencias de la Audiencia Nacional de 2010 condenatorias al pago de compensaciones económicas a las entidades Universidad de Navarra, Banco Español de Crédito, S.A. y Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. por la colaboración en la gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social durante el ejercicio 2007.

  • 4.021.545,53 euros para la concesión de un suplemento de crédito en el Ministerio del Interior, con el fin de atender los gastos derivados de los procesos electorales por la celebración de las elecciones al Parlamento Vasco y al Parlamento de Galicia el próximo 21 de octubre.

El importe total del gasto para la celebración de los citados procesos electorales asciende a 5.130.572,70 euros, de los que 1.546.343,76 euros corresponden a la Comunidad Autónoma del País Vasco y 3.584.228,94 euros a la Comunidad Autónoma de Galicia; no obstante, al tener en cuenta el crédito disponible para financiar procesos electorales, el suplemento de crédito se autoriza por el referido importe de 4.021.545,53 euros.


Hacienda y Administraciones Públicas

ADAPTACIÓN DE LA AGENCIA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO A LA NUEVA ESTRUCTURA MINISTERIAL

  • También se modifica el Reglamento del Instituto Cervantes.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se adapta la estructura organizativa de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) a la nueva estructura departamental de la Administración General del Estado, y por el que se realiza una modificación puntual en el Reglamento del Instituto Cervantes en relación a su personal.

En concreto, se incorpora a la estructura de la AECID la Secretaría General de Cooperación Internacional para el Desarrollo, creada por el Real Decreto de desarrollo de estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, en sus principales órganos de gobierno y participación, al igual que en los comités ejecutivos del Fondo de Cooperación para el Agua y Saneamiento y del Fondo para la Promoción del Desarrollo.

Asimismo, se crea la Vicepresidencia del Consejo Rector, cargo que corresponderá a la nueva Secretaría General, y se suprimen la Oficina del Fondo para la Promoción del Desarrollo y el Departamento de Asia y Europa Oriental. Además, se incorpora dicha Secretaría General en los órganos consultivos y de coordinación establecidos en la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Instituto Cervantes

Por otra parte, el Real Decreto regula la normativa sobre el carácter directivo y la contratación de alta dirección de los directores de centros del Instituto Cervantes. La ausencia de una regulación al respecto ha sido causa de reiterados problemas y sucesivos litigios en la jurisdicción laboral que han finalizado con sentencias desfavorables para los intereses del Instituto.

El Real Decreto aprobado hoy no supone aumento de coste de funcionamiento de los respectivos órganos directivos ni incremento de gasto público.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL CONVENIO COMPLEMENTARIO DE SEGURIDAD SOCIAL CON BRASIL

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio Complementario de Revisión del Convenio de Seguridad Social firmado entre el Reino de España y la República Federativa de Brasil, cuya firma autorizó el pasado 16 de diciembre de 2011 el Consejo de Ministros.

El presente Convenio Complementario prevé la revisión material del Convenio, excluyendo la prestación de asistencia sanitaria. En consecuencia, el Convenio se aplicará:

  • Por parte de Brasil, a las legislaciones brasileñas que rigen el Régimen General de la Previsión Social en lo referente a jubilación por invalidez, jubilación por edad, pensión por fallecimiento, accidente de trabajo y enfermedad profesional.

  • Por parte de España, a la legislación relativa al Régimen General y Regímenes Especiales del Sistema Español de Seguridad Social, excepto los regímenes especiales de funcionarios públicos, civiles y militares, en materia de incapacidad permanente, jubilación, pensiones por muerte y supervivencia, accidente de trabajo y enfermedad profesional.

Además, el presente Convenio introduce las siguientes novedades :

  • en relación a la determinación del plazo para el inicio de un nuevo desplazamiento una vez finalizado el periodo máximo previsto en el Convenio, se incluye un nuevo apartado en el que se señala que "una persona que haya sido desplazada por el período máximo previsto sólo podrá beneficiarse de un nuevo desplazamiento después de que haya transcurrido un plazo de cuatro meses, contados desde el fin del desplazamiento anterior"

  • en lo que se refiere al cálculo del importe de prestaciones debidas por Brasil, "..en ningún caso el importe de la prestación teórica podrá resultar de valor inferior al salario mínimo garantizado por la legislación nacional".

Este Convenio garantiza los derechos adquiridos con arreglo al Convenio anterior, estableciendo que, una vez entre en vigor este nuevo Convenio, no se reconocerá ninguna prestación que no esté prevista en él, a excepción de las que en esa fecha estén en trámite.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

ACUERDO DE COOPERACIÓN CULTURAL, EDUCATIVA Y CIENTÍFICA CON AZERBAIYÁN

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Acuerdo de Cooperación Cultural, Educativa y Científica entre el Reino de España y la República de Azerbaiyán, que supone la creación de un marco jurídico del que se carecía hasta la fecha, para regular las relaciones entre ambos países en el ámbito de la educación, la ciencia y la cultura.

El texto destaca la cooperación entre instituciones y organismos en materia de educación, museos, bibliotecas, archivos, exposiciones, organización de festivales y acontecimientos culturales, cine, conservación y restauración del patrimonio cultural, derecho de autor, juventud y deporte.

En el ámbito científico se contempla la cooperación en el campo de la ciencia y la tecnología, mediante el establecimiento de contactos entre universidades e instituciones de investigación, profesores e investigadores, el desarrollo de programas conjuntos de investigación, el intercambio de publicaciones y de información, así como cualquier otra forma de colaboración científica que puedan acordar ambos países bien directamente o a través de sus organismos competentes en materia de investigación.


BIOGRAFÍAS

Hacienda y Administraciones Públicas

Directora general del Catastro.-

Dª BELÉN NAVARRO HERAS.

Nacida en 1968 en Bilbao, es Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por CUNEF, y en Derecho por la UNED, y pertenece a los Cuerpos de Inspectores de Seguros del Estado y de Hacienda del Estado.

Especializada en Tributación Autonómica y Local, en el Ministerio de Hacienda fue subdirectora general adjunta de Tributos Locales, jefa de la Asesoría Tributaria del Secretario General de Política Fiscal, Territorial y Comunitaria, y vocal asesora del Secretario General de Hacienda. En 2004 fue nombrada vocal del Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid, organismo cuya Presidencia desempeñaba actualmente.

 

Fuente: Palacio de la Moncloa - Gobierno de España