Consejo de Ministros

14 de Diciembre

 

ASUNTOS GENERALES

Educación, Cultura y Deporte

SESENTA MILLONES PARA EL DESARROLLO DEL "PLAN PROA"

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución de los créditos para el año 2012 aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación y su aplicación para el desarrollo del "Plan PROA".

El Acuerdo tiene por objeto la formalización de los compromisos financieros resultantes del acuerdo adoptado en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación.

La cantidad de sesenta millones de euros se destinará a financiar las siguientes actuaciones del "Plan PROA" en las diferentes Comunidades Autónomas:

  • Programas de Acompañamiento Escolar en centros de primaria y en centros de secundaria. Se proporciona apoyo en horario extraescolar a alumnos que lo necesitan, en pequeños grupos, dirigido por monitores acompañantes o por profesores del propio centro.

  • Programa de Apoyo y Refuerzo dirigido a la mejora general de los centros de secundaria en entornos difíciles, a través de la aportación de recursos que permitan establecer a los centros procedimientos de organización y funcionamiento para mejorar su situación.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se compromete a:

  • Mantener una estructura de coordinación que colaborará con el responsable de cada Comunidad Autónoma en el apoyo y seguimiento de los programas del "Plan PROA".

  • Realizar las evaluaciones oportunas del "Plan PROA" en colaboración con las Comunidades Autónomas.

Las actuaciones habrán de estar finalizadas antes del 31 de diciembre de 2013.

Antecedentes

El "Plan PROA", puesto en marcha por el Ministerio de Educación en el año 2005, se aplica en la totalidad de las Comunidades Autónomas. Este Plan, que se concreta en los programas de acompañamiento escolar en Educación Primaria y en Educación Secundaria Obligatoria y el programa de apoyo y refuerzo a centros de secundaria, ha evolucionado hasta incorporar a él a más de 3.590 centros y constituye actualmente un instrumento que ha mostrado gran eficacia en el logro del éxito escolar para un número significativo de alumnos.

A través de este Plan se han establecido procedimientos de apoyo a los centros docentes de Educación Primaria y de Educación Secundaria Obligatoria que atienden a población escolar con una proporción significativa de alumnos en situación de desventaja socioeducativa, normalmente asociada a un entorno familiar y social con carencias culturales que impiden el apoyo familiar deseable.


Educación, Cultura y Deporte

MÁS DE CUARENTA MILLONES A COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA EL PLAN DE LA DISMINUCIÓN DEL ABANDONO ESCOLAR

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución de los créditos para el año 2012, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, y su aplicación para el desarrollo en 2013 del Plan de la disminución del abandono escolar.

El presupuesto total es de 40.800.000 euros, de los cuales se hace una reserva de 300.000 euros para la aplicación del programa en Ceuta y Melilla. De acuerdo con ello, se distribuye entre las Comunidades Autónomas la cantidad total de 40.500.000 euros.

El crédito se destinará a la aplicación del Plan de la disminución del abandono escolar temprano, que se describe a continuación. A estos efectos, las Comunidades Autónomas propondrán al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte las actuaciones específicas que vayan a ser financiadas.

Ámbitos de actuación

Estos programas y actuaciones a financiar se referirán a alguno de los siguientes ámbitos:

a)Medidas de análisis, sensibilización y difusión:

  • Elaborar estudios para identificar zonas en las que se dan tasas elevadas de abandono, conocer y analizar sus causas y los perfiles de los alumnos que abandonan, con el fin de valorar y diseñar vías específicas de intervención.

  • Campañas de sensibilización, generales y específicas, según colectivos, para dar valor a la formación y dirigidas tanto al alumnado como a sus familias.

b) Medidas preventivas dirigidas a aumentar el porcentaje de alumnado que finaliza con éxito la Educación Secundaria Obligatoria:

  • Establecimiento de estrategias concretas en los centros educativos para la identificación del alumnado en riesgo de abandono escolar y aplicación de medidas orientadas expresamente a lograr el éxito escolar de dichos alumnos, reforzando las actuaciones de los Departamentos de Orientación y los programas de apoyo y seguimiento académico.


  • Programas específicos en aquellas zonas y colectivos en los que se dan las mayores bolsas de abandono escolar (inmigrantes, minorías étnicas, zonas especialmente deprimidas) favoreciendo la cooperación y coordinación con diferentes entidades y administraciones locales y regionales.

c) Medidas para la orientación y seguimiento dirigidas a recuperar al alumnado que ha abandonado el sistema educativo:

  • Unidades de orientación para seguimiento y apoyo de jóvenes desescolarizados, entre dieciséis y veinticuatro años, a través de los centros de educación de adultos y corporaciones locales para favorecer su reincorporación al sistema.

  • Convenios de colaboración con entidades y otras instituciones para la realización de proyectos específicos (aulas de actividades lúdico-deportivas y de ocio saludable, talleres prelaborales, etcétera) en zonas de mayor riesgo de exclusión social y abandono escolar, que favorezcan la captación de estos jóvenes y su reinserción en el sistema educativo.

d) Ofertas educativas para jóvenes que han abandonado el sistema educativo, dirigidas a la obtención de una formación y titulación reglada de educación secundaria postobligatoria:

  • Programas de escolarización compartida mediante acuerdos con el sector empresarial, que faciliten la formación y cualificación profesional de jóvenes trabajadores con baja cualificación o sin ella.

  • Programas presenciales de formación reglada que contemplen la flexibilización y adecuación de la organización escolar para favorecer la permanencia y/o continuidad en los estudios de jóvenes con empleos temporales o discontinuos. Se financiará el sobrecoste que pueda suponer con respecto a los programas ordinarios.

  • Programas de formación no reglada dirigidos a favorecer la reincorporación de los jóvenes al sistema educativo.

  • Programas específicos para zonas y colectivos que presentan alta tasa de abandono y que persiguen la reincorporación al sistema educativo, y su promoción dentro del mismo, de la población comprendida entre los dieciséis y veinticuatro años.

Las actuaciones habrán de estar finalizadas antes del 31 de diciembre de 2013.


Compromisos del Ministerio

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se compromete a:

  • Mantener una estructura de coordinación que colaborará con el responsable de la Comunidad Autónoma en el apoyo y seguimiento del Plan.

  • Realizar las evaluaciones oportunas del Plan en colaboración con las Comunidades Autónomas.


Educación, Cultura y Deporte

SUBVENCIONES A COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA LA FINANCIACIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL DIDÁCTICO E INFORMÁTICO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución de los créditos para el año 2012 aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación y su aplicación para el desarrollo en 2013 del Programa para la financiación de los libros de texto y material didáctico e informático en los niveles obligatorios de la enseñanza.

El total de las ayudas para la adquisición de libros de texto y material didáctico asciende a la cantidad de 32.000.000 euros, de los cuales se hace una reserva de 1.294.335 euros para la aplicación del programa en los centros del ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. De acuerdo con ello, la cantidad total que se distribuye a las Comunidades Autónomas en el año 2012 asciende a 30.705.665 euros.

Variables

El criterio de distribución entre Comunidades Autónomas es el resultado del producto de dos variables: la tasa de riesgo de pobreza de cada Comunidad Autónoma del año 2010, publicada por el Instituto Nacional de Estadística, y el número de alumnos matriculados en enseñanzas obligatorias en dicha Comunidad.

El Programa tiene por objeto el establecimiento de los mecanismos de cooperación necesarios entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las Comunidades Autónomas con el fin de colaborar con las familias en la financiación de la adquisición de libros de texto y el material didáctico e informático destinado a los alumnos matriculados en los niveles obligatorios de la enseñanza en centros docentes sostenidos con fondos públicos.

El Programa para la financiación de libros de texto y material didáctico e informático en los niveles obligatorios de la enseñanza trata de compensar las situaciones socioeconómicas más desfavorables, al objeto de contribuir a que el sistema educativo garantice la equidad en la educación y la igualdad de derechos y oportunidades.


Educación, Cultura y Deporte

CRÉDITOS A COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA EL PROGRAMA DE MEJORA DE APRENDIZAJE DE LENGUAS EXTRANJERAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución de los créditos para el año 2012 aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación y su aplicación para el desarrollo en 2013 del Programa de mejora de aprendizaje de lenguas extranjeras. De acuerdo con ello, se distribuye entre las Comunidades Autónomas la cantidad de 11.353.128,75 euros.

Las actuaciones financiables en el marco de este Programa son las siguientes:

  • Programa de acompañamiento escolar en lengua extranjera.

Va dirigido al alumnado de los primeros cursos de Educación primaria de centros públicos que no ofertan modalidades de enseñanza con un tercio o más del horario en lengua extranjera y que se encuentran ubicados en zonas en las que el apoyo a la enseñanza de lenguas extranjeras sea menor.

  • Incremento de auxiliares de conversación.

Tiene por objeto incrementar el número de auxiliares de conversación extranjeros destinados a centros públicos para el refuerzo de la práctica lingüística de los alumnos.

  • Estancias formativas en el extranjero para profesores y alumnos de centros sostenidos con fondos públicos o acciones relativas a inmersión lingüística realizadas en territorio nacional.

Su objetivo es colaborar con las Comunidades Autónomas en la financiación de estancias de profesores y alumnos en otros países o de acciones relativas a inmersión lingüística realizadas en territorio nacional.

Compromisos del Ministerio

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se compromete a:

  • Mantener una estructura de coordinación que colaborará con el responsable de cada Comunidad Autónoma en el apoyo y seguimiento del "Programa de mejora del aprendizaje de lenguas extranjeras.


  • Realizar las evaluaciones oportunas
    de las actuaciones del Programa en colaboración con las Comunidades Autónomas.

Las actuaciones habrán de estar finalizadas antes del 31 de diciembre de 2013.


Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

CINCUENTA MILLONES PARA PROYECTOS AUTONÓMICOS DE "MÁXIMA PRIORIDAD" SOCIAL

  • La financiación del Plan Concertado para mantener la red social de las corporaciones locales queda incluida en este reparto y alcanza una cuantía de 47,2 millones de euros, casi la totalidad de los créditos

  • También se aportaron seis millones para actuaciones enmarcadas en el Plan Nacional de Drogas.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo para distribuir los créditos destinados a la financiación de programas sociales puestos en marcha por las Comunidades Autónomas durante el presente año. Son, por tanto, proyectos ya ejecutados cuya cuantía cubre también la Administración General del Estado, según el resultado de la reunión de la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, celebrada el pasado mes de julio. El montante total de estos créditos asciende a 49.626.804 euros.

Los fondos permitirán financiar proyectos y planes sociales ya ejecutados a lo largo de 2012 por las propias Administraciones autonómicas. El criterio que ha seguido la distribución es el de su interés social y el de su prioridad o importancia, de forma que aquellos proyectos fundamentales para mantener el tejido social básico son los que se han visto beneficiados.

Es el caso del Plan Concertado, dotado con 47,2 millones de euros, que servirá para sufragar los costes de los centros sociales esenciales para los entes locales, que son los destinatarios del citado Plan. Estos centros pueden ser albergues para personas sin hogar o centros de acogida para personas sin apoyo de ninguna clase entre sus familias o entornos.

En definitiva, la financiación del Plan Concertado persigue proporcionar a los ciudadanos servicios básicos, dar apoyo económico a los ayuntamientos y consolidar la red de asistencia de la Ley de Dependencia.

Ayuda a domicilio en Ceuta y en Melilla

Otra de las actuaciones financiadas es la ayuda a domicilio en las Ciudades Autónomas de Ceuta y de Melilla. El IMSERSO será el organismo encargado de tramitar el monto de financiación, 1,7 millones de euros, que se repartirán entre ambas del siguiente modo: 979.480 euros se dirigirán a Ceuta y 733.484 a Melilla. En los dos territorios concurren factores de orden social que hacen necesaria la canalización de estos créditos para programas de ayuda a domicilio.

Más de medio millón de euros (550.000) recibirán diferentes asociaciones del colectivo gitano para la ejecución de programas y proyectos, siempre y cuando estén orientados al fomento de la convivencia y de su integración en la sociedad, especialmente en el tejido de recursos sociales, en la educación y en el mercado laboral.

Asimismo, después de la edición celebrada en Galicia en 2011, este año ha sido País Vasco, en concreto Vizcaya, la sede del Congreso Estatal del Voluntariado, para lo que, dentro de los créditos aprobados, se ha fijado una cuantía de financiación de 75.000 euros.

Las Administraciones central y autonómicas pactaron, además, que las Comunidades receptoras de las subvenciones controlen el destino de los fondos y presenten posteriormente una memoria de cada proyecto al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

PLAN NACIONAL DE DROGAS

El Consejo de Ministros ha acordado, a su vez, la distribución de fondos a las Comunidades Autónomas para que procedan a la financiación de distintas actuaciones derivadas del Plan Nacional de Drogas. La Delegación del Gobierno encargada de dicha gestión asume esta distribución, cuya cuantía asciende a 6,7 millones de euros.

La tasa de población según el padrón oficial, los tratamientos de desintoxicación que están en marcha y el número de internos en las correspondientes instituciones penitenciarias son los criterios que han guiado el reparto, tal y como se acordó en la Conferencia Sectorial para abordar el asunto, celebrada el pasado 4 de julio. Andalucía es la Comunidad que más dinero recibirá por tales conceptos, seguidas de Cataluña y de Madrid.

Los programas que recibirán los fondos han de caracterizarse por incidir en la prevención en menores y colectivos en riesgo de exclusión, con el acento en los ámbitos escolar y laboral. Asimismo, se financia el trabajo del Observatorio Español sobre Drogas, pues se nutre en gran medida de las notificaciones que comunican las Comunidades Autónomas.

Los planes de rehabilitación resultan prioritarios para la concesión de estos fondos, ya que se dirigen a los internos en prisiones. La prevención del consumo, la rehabilitación y la puesta por la inserción laboral son clave.


Hacienda y Administraciones Públicas

RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CATALUÑA CONTRA LA CREACIÓN DE DOS NUEVAS TASAS

  • Se trata de una tasa por la prestación de servicios personales y materiales en el ámbito de la administración de justicia, y otra sanitaria denominada "euro por receta".

  • La norma vulnera las competencias del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad porque incide en la fijación de los precios de los medicamentos.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se solicita al Presidente del Gobierno la interposición del recurso de inconstitucionalidad contra los artículos 16 y 41 de la Ley de Cataluña 5/2012, de 20 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas y de creación del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos. El recurso cuenta con el preceptivo dictamen del Consejo de Estado con fecha de 21 de junio de 2012.

El Estado entiende que los preceptos cuestionados resultan inconstitucionales por las siguientes razones:

  • Se impugna la configuración de la tasa por la prestación de servicios personales y materiales en el ámbito de la administración de justicia (art. 16), pues los actos configuradores del hecho imponible coinciden sustancialmente con lo prescrito por la normativa estatal respecto de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional, vulnerando el artículo 6.2 de la LOFCA que prohíbe a las Comunidades Autónomas establecer tributos propios que recaigan sobre hechos imponibles ya gravados por tributos estatales.

  • El artículo 41 crea y regula la denominada "Tasa sobre los actos preparatorios y los servicios accesorios de mejora de la información inherentes al proceso para la prescripción y dispensación de medicamentos y productos sanitarios mediante la emisión de recetas médicas y órdenes de dispensación". Se trata de la tasa conocida como "euro por receta médica".

Así, al regular las condiciones de expedición e incidir sobre el precio de los medicamentos, materias reservadas al Estado (ex artículo 149.1.16ª de la Constitución Española), la norma autonómica se aparta del orden competencial, pues las Comunidades Autónomas no pueden incidir, ni directa ni indirectamente, en la fijación de los precios de los medicamentos que son objeto de financiación pública. De este modo, el Gobierno considera que la norma vulnera las competencias del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Además, esta disposición también entra en conflicto con las previsiones del artículo 149.1.1ª de la Constitución Española, correspondiendo al legislador estatal garantizar la unidad mínima en las condiciones de acceso a los productos farmacéuticos con independencia del lugar en el que dentro del territorio nacional se resida y evitar la introducción de factores de desigualdad en la protección básica de la salud.


Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

MEJORADO EL ACCESO DE LOS PACIENTES A LA PRESCRIPCIÓN Y DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS ESTUPEFACIENTES

  • Será posible que, en el ámbito de la asistencia sanitaria pública, se requiera una sola receta, frente a las dos necesarias hasta ahora, rebajando la carga burocrática de los profesionales

  • Se amplía la posibilidad de prescripción de estos medicamentos por un período de hasta tres meses, frente al actual de un mes, para mejorar el acceso en tratamientos prolongados

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que simplifica la prescripción y dispensación de los medicamentos estupefacientes de uso humano. El objetivo es mejorar el acceso a los pacientes que los necesitan que, por lo general, padecen enfermedades que cursan con fuertes dolores, como algunos procesos oncológicos, y, a la vez, rebajar la carga burocrática de los profesionales. Al mismo tiempo, se mantienen todos los necesarios controles para evitar el uso indebido gracias a la incorporación de las nuevas tecnologías en la prescripción, dispensación y vigilancia de los medicamentos estupefacientes.

La norma forma parte del desarrollo reglamentario de la Ley de Garantías y Uso Racional de los medicamentos y productos sanitarios. Como tal, regula las características de las recetas oficiales y los requisitos especiales de prescripción y dispensación de estupefacientes para uso humano y veterinario.

Una sola receta

Como novedad, el Real Decreto establece que se requerirá una sola receta médica frente a las dos necesarias hasta ahora. De este modo, se disminuyen las tareas administrativas de los profesionales sanitarios. La norma, además, amplía el plazo por el que pueden prescribirse estos medicamentos, que se fija en tres meses, frente al mes vigente en la actualidad. Se trata de medidas encaminadas a la mejora en el acceso a estos medicamentos en pacientes sometidos a tratamientos prolongados para paliar el dolor.

Controles

A la vez que se incorporan estas novedades, se mantienen los necesarios controles para evitar el uso indebido de este tipo de medicamentos y su desvío al tráfico ilícito. Esta vigilancia queda garantizada gracias a la incorporación de las nuevas tecnologías para las prescripciones de los medicamentos estupefacientes.


Uso veterinario

El Real Decreto también regula los requisitos específicos para la prescripción y dispensación de los medicamentos estupefacientes de uso veterinario, que hasta el momento no disponían de una normativa legal específica al respecto.


Empleo y Seguridad Social

AYUDAS PARA FINANCIAR A JÓVENES QUE SE DESPLACEN A OTRO PAÍS DE LA UE PARA TRABAJAR

  • Se trata de una iniciativa para promover la movilidad laboral de los jóvenes y facilitar su inserción laboral, que beneficiará a quinientos jóvenes españoles.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a financiar la acción "Tu primer trabajo EURES".

Se trata de una iniciativa propuesta por la Comisión Europea y respaldada por el Parlamento Europeo y el Consejo, para promover y apoyar la movilidad laboral de los jóvenes y facilitar su inserción laboral a través de procesos de selección de ofertas de empleo gestionadas por la Red de Servicios Públicos de Empleo Europeos (Red EURES).

El objetivo de esta norma es financiar a jóvenes, con edades comprendidas entre dieciocho y treinta años, que deseen trabajar en otro Estado de la Unión Europea, y apoyar a las empresas, particularmente PYME, que contraten a estos jóvenes a través de un programa de integración.

Las ayudas van dirigidas a jóvenes trabajadores que cambien de país de residencia para trabajar en una empresa con un contrato de seis meses de duración mínima, o para asistir a una entrevista de trabajo en un proceso de selección de personal. La intermediación la realizará la red EURES y la subvención dependerá del país al que se desplace.

Ayudas a pequeñas y medianas empresas

Asimismo, recibirán ayudas las pequeñas y medianas empresas que contraten a jóvenes por un periodo mínimo de seis meses, establecidas en otro país distinto al de residencia del joven. La subvención varía según el país y el número de personas que contrate.

El número previsto de beneficiarios es de quinientos jóvenes españoles que podrían desplazarse a otros países y cincuenta de otros países que se incorporarían en PYMES españolas.

El presupuesto para esta iniciativa es de un millón de euros de los cuales 950.000 euros serán financiados por la Comisión Europea y los 50.000 euros restantes por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), representante del Estado español en la Red EURES, que para el desarrollo de esta iniciativa en España presentó una propuesta que fue seleccionada por la Comisión Europea por ser un proyecto coordinado de todos los servicios públicos de empleo autonómicos.


Justicia

TRASLADO A ESPAÑA DE DOS PRESOS ESPAÑOLES QUE CUMPLEN CONDENA EN CUBA

El Consejo de Ministros ha autorizado el traslado a España de Ángel Carromero Barrios para que cumpla aquí la condena impuesta por las autoridades judiciales cubanas.

El señor Carromero firmó el pasado 6 de diciembre la solicitud de su traslado para el cumplimiento de la condena en España; se ha remitido a las autoridades cubanas toda la información que han solicitado y el 12 de diciembre la subdirectora general de Asuntos Jurídicos Consulares del Ministerio de Asuntos Exteriores y la subdirectora general de Cooperación Jurídica Internacional del Ministerio de Justicia se reunieron en La Habana con autoridades cubanas. A requerimiento de las mismas, y tras una reunión mantenida con la delegación española, el cónsul general de España en La Habana ha firmado un memorándum en el que, entre otros aspectos, se contempla ese traslado a España para el cumplimiento de condena.

Junto con el señor Carromero, también se trasladará a España al ciudadano español Miguel Vives Cutillas, condenado en Cuba por tráfico de drogas.


Educación, Cultura y Deporte

ISIDRE FAINÉ, NUEVO PATRONO DE LA FUNDACIÓN COLECCIÓN THYSSEN-BORNEMISZA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto mediante el cual se hace efectivo el nombramiento de Isidre Fainé como nuevo patrono de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza, según lo acordado por la Junta del Patronato del pasado 7 de noviembre.

Isidre Fainé sustituye a Ramón Caravaca, que cesó en el cargo en el día de ayer, 13 de diciembre. Fainé es actualmente presidente de CaixaBank. También ocupa la presidencia de la Confederación española de Cajas de Ahorros (CECA), es vicepresidente de European Savings Banks Group, miembro titular de la comisión gestora del Fondo de Garantía de Depósitos en Cajas de Ahorros, vicepresidente de Telefónica, Abertis, Repsol y Sociedad General de Aguas de Barcelona.

Asimismo, es consejero del Banco Portugués de Investimento y de Bank of East Asia. Es también presidente de la Confederación Española de Directivos y Ejecutivos, del Capítulo Español del Club de Roma y del Círculo Financiero. Es académico de número en la Real Academia de Ciencias Económicas y Financieras de España y de la Real Academia de Doctores de España.

El Patronato de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza está compuesto por hasta doce patronos, de los cuales cuatro lo son en razón de su cargo, cuatro son nombrados por el Consejo de Ministros mediante Real Decreto y cuatro por la familia Thyssen-Bornemisza.

El Patronato de la Fundación Colección Thyssen-Bornemisza está presidido por el ministro de Educación, Cultura y Deporte y tiene como vicepresidenta a la baronesa Carmen Thyssen-Bornemisza. Además de Isidre Fainé, figuran como miembros del patronato la infanta Pilar de Borbón, José María Lassalle, Fernando Benzo, Marta Fernández, Miguel Klingenberg, la archiduquesa Francesca von Habsburg-Lothringen, Miguel Satrústegui, Rodrigo de Rato y María del Corral López-Doriga.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

TERCERA ENMIENDA AL PRÉSTAMO DE OCHENTA MIL MILLONES DE PAÍSES DE LA ZONA EURO A GRECIA

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma y la aplicación provisional de la Enmienda al Acuerdo de Servicio de Préstamo de ochenta mil millones de euros entre los siguientes Estados miembros cuya moneda es el euro (Bélgica, Irlanda, España, Francia, Italia, Chipre, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Austria, Portugal, Eslovenia y Finlandia y KfW, actuando en interés público, con sujeción a las instrucciones y acogiéndose a la garantía de la República Federal de Alemania) como prestamistas y la República Helénica como Prestatario, y el Banco de Grecia como Agente del Prestatario, y se atribuye la representación a la Comisión Europea para que firme en nombre de España.

La delicada coyuntura de la economía griega, así como su elevado nivel de deuda pública, condujeron a que Grecia solicitara formalmente el 23 de abril de 2010 ayuda financiera al Eurogrupo, que éste concedió el 2 de mayo de 2010, mediante un paquete de ayudas por tres años de 110.000 millones de euros de los cuales los Estados miembros del euro aportarían 80.000 millones y el resto sería cofinanciado por el Fondo Monetario Internacional a la vez que Grecia se comprometía a llevar a cabo un duro plan de ajuste fiscal.

La asistencia financiera de la Eurozona se articuló en dos Acuerdos ambos firmados el 8 de mayo de 2010: el Acuerdo de Servicio de Préstamo entre Grecia y los Estados miembros del euro por importe de 80.000 millones de euros, y el Acuerdo entre Acreedores, entre los Estados de la Eurozona. El Consejo de Ministros del 7 de mayo de 2010 autorizó la firma y aplicación provisional de ambos Acuerdos y, posteriormente, el 16 de diciembre de 2010, las Cortes Generales dieron su autorización para que España pudiera prestar el consentimiento que obligase al Estado en relación a dichos Acuerdos.

Modificaciones

Tras su adopción, el Acuerdo de Servicio de Préstamo ha sufrido varias modificaciones.

Así, por decisión de los Jefes de Estado y de Gobierno de la Zona Euro de 11 de marzo de 2011 se acordó, a la vista de los compromisos contraídos por Grecia en el contexto del programa de ajuste, reducir un 1 por 100 (100 puntos básicos) el tipo de interés y retrasar los vencimientos de todos los préstamos hasta siete años y medio. Para formalizar dicha decisión fue necesario modificar el Acuerdo de Préstamo firmado en mayo de 2010 entre los Estados miembros de la Zona Euro y el gobierno griego. En España el Consejo de Ministros del 10 de junio de 2011 autorizó la firma y la aplicación provisional de esta primera enmienda que fue efectivamente firmada el 14 de junio de 2011 y posteriormente remitida a las Cortes Generales.

Posteriormente, el pasado día 21 de febrero de 2012 el Eurogrupo declaró que los Estados prestamistas habían decidido disminuir aún más, y con carácter retroactivo, el Acuerdo de Préstamo a Grecia, hasta mantener un margen de 150 puntos básicos. Ello permitirá disminuir el ratio de deuda griega, respecto a su PIB, en 2.8 puntos porcentuales y sus necesidades de financiación en alrededor de 1.400 millones de euros. Adicionalmente, se extendió el periodo de carencia de tres a diez años y el periodo de amortización hasta un máximo de quince años. Esta decisión del Eurogrupo se plasmó en la segunda enmienda firmada "ad referéndum" el 27 de febrero de 2012 por la Comisión Europea provista de la oportuna Plenipotencia que la habilitaba para firmar en nombre de España.

El 28 de marzo de 2012 Grecia solicitó a la Comisión la cancelación del importe no desembolsado del total de ochenta mil millones de euros en el marco del mencionado Acuerdo, que ascendía a 24.400 millones de euros. El compromiso del Eurogrupo es que dicho importe se facilitaría, a través de la Facilidad Europea de Estabilidad Financiera (FEEF), bajo el segundo programa de asistencia a Grecia.

En concordancia con ello, el Eurogrupo del 27 de noviembre de 2012 decidió que los Estados miembros de la Zona Euro estarían dispuestos a llevar a cabo las siguientes iniciativas para ayudar a Grecia:

  • Rebajar en cien puntos básicos los tipos de interés en los préstamos proporcionados en el contexto del Acuerdo de Servicio de Préstamo a Grecia (que pasarían, por tanto, del actual Euribor 3 meses + 150 puntos básicos hasta Euribor 3 meses + 50 puntos básicos). Los Estados miembros que estén bajo un programa de asistencia financiera completa no participarán en esta rebaja.

  • Ampliar en quince años el plazo de los préstamos bilaterales.

Para formalizar estas medidas es necesario llevar a cabo una Enmienda (la tercera) al tratado internacional del Acuerdo de Servicio de Préstamo cuyo texto es objeto de esta propuesta.


Hacienda y Administraciones Públicas

PROTOCOLO DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO CON ESTADOS UNIDOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma de un nuevo Protocolo que modifica el Convenio entre el Reino de España y los Estados Unidos de América para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal respecto de los impuestos sobre la renta, cuyo anterior Protocolo fue firmado en Madrid el 22 de febrero de 1990.

El nuevo Protocolo, rubricado el pasado 25 de mayo de 2012, supone una mejora y actualización del convenio en vigor, que favorecerá la inversión española en Estados Unidos y la estadounidense en España.

Con este acuerdo España da un paso más en su compromiso de renegociar todos aquellos convenios que, por el paso del tiempo y las estrechas relaciones económicas que se mantienen con determinados países, necesitan adaptarse a las nuevas circunstancias.


Hacienda y Administraciones Públicas

APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA PARA EL PAGO A EXTREMADURA COMO CONSECUENCIA DE UNA SENTENCIA

  • Además, se autoriza un suplemento de crédito en la Jefatura de Tráfico.

El Consejo de Ministros ha autorizado la aplicación del Fondo de Contingencia, por importe de 25.160.470,11 euros, para financiar un suplemento de crédito en el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para dar cumplimiento a lo dispuesto en una sentencia de 2012 de la Audiencia Nacional condenatoria al pago a la Comunidad Autónoma de Extremadura del gasto derivado de la factura de farmacia correspondiente al mes de diciembre de 2001, así como gastos de personal y gastos corrientes en bienes y servicios.

La sentencia se produce como consecuencia del recurso interpuesto por dicha Comunidad al entender que, conforme a lo establecido en el Real Decreto de 2011 sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Extremadura de las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud, la Administración del Estado debía hacerse cargo del pago de las obligaciones exigibles hasta 31 de diciembre de 2001, entre las que se encuentra la factura del gasto farmacéutico del mes de diciembre de 2001.

El suplemento de crédito posibilitará la dotación de recursos al Instituto Nacional de Gestión Sanitaria que será el encargado de proceder al pago del importe adeudado como sucesor del extinto Instituto Nacional de la Salud.

Jefatura de Tráfico

Por otra parte, el Consejo de Ministros ha autorizado un suplemento de crédito en el presupuesto del Organismo Autónomo Jefatura de Tráfico, por importe de 4.054.033,30 euros, para atender servicios de telecomunicaciones que comprenden consumo de telefonía y líneas de datos, gastos asociados a la informatización de las aulas de exámenes teóricos en diversas Jefaturas de Tráfico y servicios de telecomunicaciones derivados de la puesta en funcionamiento de nuevas terminales de comunicación de mano para la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.


Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

APROBADA LA NORMA DE CALIDAD PARA EL CAFÉ TOSTADO Y LOS EXTRACTOS DEL CAFÉ

El Consejo de Ministros ha aprobado mediante Real Decreto, la norma de calidad para el café tostado y los extractos del café, que actualiza y simplifica la normativa vigente de calidad para estos productos, de acuerdo con los nuevos aspectos técnicos.

Así, esta nueva normativa actualiza las definiciones de "café" y "descafeinado", y detalla las definiciones, características y composición que deben tener los distintos tipos de café: "café de tueste natural", "café torrefacto", "café soluble", entre otros.

Asimismo, esta norma aclara algunos aspectos sobre la composición de las materias primas, el etiquetado y denominación de venta del producto.


Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

MÁS DE CINCO MILLONES PARA EL CONTROL DE LAS SUPERFICIES CON REGÍMENES DE AYUDA COMUNITARIA

El Consejo de Ministros ha ratificado la suscripción de Convenios de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), y diez Comunidades Autónomas, por importe de 5.419.824 euros. Los acuerdos son para la realización de los trabajos de control, asistido por teledetección, de las superficies con regímenes de ayuda comunitaria incluidos en la solicitud única correspondiente a 2012.

En estos convenios, que se suscribirán con las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Extremadura, Madrid, La Rioja, País Vasco y Comunidad Valenciana, se definen las condiciones de colaboración entre el Estado y las Comunidades Autónomas para la cofinanciación de los trabajos de control por el sistema de teledetección-satélite de las superficies afectadas.

Para ello el FEGA aportará 3.115.559 euros, cofinanciando las Comunidades Autónomas los trabajos con 2.304.265 euros, de acuerdo con el reparto reflejado en la tabla:

CuadroFEGA


Con dichos convenios se continúa la línea de colaboración iniciada en el año 1999 entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y las Comunidades Autónomas, para que puedan ser atendidas las exigencias de la normativa de la Unión Europea que instituyó un sistema integrado de gestión y control de determinados regímenes de ayudas comunitarias a los agricultores.

Este sistema comprende, entre otros aspectos, la utilización de técnicas de teledetección de parcelas agrícolas para realizar controles sobre el terreno.


Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

OBRAS DE EMERGENCIA EN INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS EN ALICANTE, ALMERÍA, HUESCA, MURCIA Y ZARAGOZA

El Consejo de Ministros ha autorizado las obras de emergencia para reparar los daños producidos por las lluvias torrenciales y avenidas de los pasados meses de septiembre y octubre en diversas infraestructuras hidráulicas de las provincias de Alicante, Almería, Huesca, Murcia y Zaragoza.

El importe de la reparación de estos daños asciende a un total de seis millones de euros, que se financiarán con cargo al presupuesto de gastos del ejercicio 2012 de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente del Ministerio, a través de la Dirección General del Agua. Estas situaciones de riesgo provocadas por las lluvias torrenciales se encuentran en su ámbito de actuación, por lo que se dictaron las correspondientes resoluciones declarando la emergencia de las obras necesarias para reparar los daños causados.

Las principales actuaciones de reparación se llevarán a cabo en las provincias de Huesca y Zaragoza. Se destinan 2,7 millones de euros para los trabajos en la Cuenca del Ebro, en los ríos Aragón, Ara, Arba de Riguel y en el canal de Bárdenas. Los trabajos en la cuenca del río Arba (Zaragoza) contarán con una inversión de 650.000 euros más.

En la provincia de Alicante, en los términos municipales de Orihuela y Elche, se acometerán obras de reparación en el canal de Alicante por un importe de 1,25 millones de euros.

Los trabajos en las provincias de Murcia (en la Rambla de Nogalte, en los términos de Puerto Lumbreras y Lorca) y de Almería (en Vélez Rubio) contarán con una inversión de un millón de euros. Las obras en las infraestructuras del post trasvase en el canal de Almería, en los términos de Huercal-Overa y Pulpí, dispondrán de un presupuesto de 400.000 euros.


Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

REPARACIÓN DE CAMINOS NATURALES EN MURCIA, GIRONA E ISLA DE LA GOMERA

El Consejo de Ministros ha autorizado ejecutar varias obras de emergencia en Murcia, Girona y La Gomera por un importe de 390.746 euros. Se trata de reparar varios caminos naturales afectados por los incendios y lluvias del pasado verano. .

Murcia

De esta manera, en el Camino Natural Vía Verde del Noroeste en Murcia se restaurarán los tramos del Camino que se han visto afectados por las fuertes lluvias del pasado mes de septiembre, que han ocasionado discontinuidades en su trazado y suponen una amenaza ante la posibilidad de nuevos desprendimientos.

Para ello se llevará a cabo la limpieza de cunetas y la retirada de desprendimientos sobre la traza del camino, y se repondrán la plataforma y las protecciones de la vía en el tramo de Molina de Segura y los drenajes transversales. Esta obra supondrá una inversión de 236.000 euros.

Girona

El Camino Natural de La Muga en Girona se vio afectado el pasado mes de julio por el incendio acaecido en La Junquera, en los tramos de los municipios de Pont de Molins y Boadella-Les Escaules, lo que creó discontinuidades en su recorrido quedando inhabilitado para el tránsito.

Para su restauración se llevará a cabo la reconstrucción de las pasarelas de madera que impiden el paso por el camino, la limpieza y retirada de árboles caídos y quemados y la reparación y reposición de la señalización por un importe de 74.746 euros.

Canarias

También se ha declarado obra de emergencia la reposición de una pasarela de madera en el Parque Nacional de Garajonay para el uso del Camino Natural Cumbres de la Gomera, que quedó destruida en el incendio declarado el pasado 4 de agosto.

La falta de la pasarela obliga a los usuarios del Camino Natural a cruzar la carretera TF-173 en una zona de peligro dado que en ese punto hay una curva de radio reducido arriesgada para los viandantes por la escasa visibilidad existente en ese punto. La necesaria reposición de la pasarela supondrá una inversión de 80.000 euros.


Fomento

CONVENIO PARA COMPENSACIONES POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE FERROVIARIO DE VIAJEROS

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un Convenio entre la Administración General del Estado y Renfe-Operadora para el abono, por parte del Ministerio de Fomento, de las compensaciones por la prestación de servicios ferroviarios a viajeros en cercanías y media distancia declarados obligación de servicio público y realizados durante 2011 y 2012 en la red ferroviaria de interés general.

De esta manera, el Ministerio reafirma su compromiso con estas obligaciones de servicio público del transporte ferroviario, que se acordaron en Consejo de Ministros de 30 de diciembre de 2010 y que se prestan desde el 1 de enero de 2011.

El importe de las inversiones será de 454.817.000 euros para el año 2011, incluidas en el Presupuesto de 2012, y de 423.862.000 euros para 2012, previstas para 2013.

CONVENIO SOBRE INVERSIONES

Además, el Consejo de Ministros ha autorizado también un Convenio entre la AGE, ADIF y SEITTSA para la promoción por esta última de las inversiones en la Red de titularidad del Estado en el año 2012 que el Ministerio de Fomento encomienda a ADIF. El importe de las inversiones es de 203.848.440 euros.


Fomento

COMPROMISOS DE GASTO PARA LA ADENDA AL CONVENIO DE REGENERACIÓN PORTUARIA DEL PUERTO DE PASAJES

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Fomento a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para posibilitar la firma de la adenda al Convenio con la autoridad portuaria de Pasajes para la construcción de la nueva lonja pesquera, polígono industrial-portuario de la Herrera-Sur, ampliación del silo de coches y conexión del puerto con Errenteria-Kaputxinos.

El 25 de noviembre de 2009 el Ministerio de Fomento y la Autoridad Portuaria de Pasaia suscribieron el citado Convenio de cuyo objeto es la regeneración portuaria en la dársena interior en el periodo 2009-2012 y se enmarca en el proyecto de regeneración integral de la Bahía de Pasaia, con una dotación inicial para el año 2012 de 1.076.000 euros.

En el citado convenio se establecía que el Ministerio de Fomento contribuirá, para acometer las mencionadas obras, con la cantidad máxima de 23.000.000 euros distribuidos en cuatro anualidades (2009 a 2012). La demora en la firma del convenio de colaboración ha complicado el devengo de las anualidades previstas inicialmente, dado su desajuste con el calendario de ejecución de las obras, por lo que teniendo en cuenta la programación de las obras a día de hoy, así como las actuales circunstancias económicas y presupuestarias del Estado, ambas partes han considerado conveniente realizar una prórroga del Convenio así como una reprogramación de las anualidades recogidas en el mismo, del modo siguiente: año 2012, 1.076.700 euros; año 2013, 1.100.000 euros; año 2014, 1.100.000 euros; año 2015, 2.276.910 euros, y, año 2016, 2.230.310 euros.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DE CONVENIOS DE LA OIT SOBRE TRABAJO DOMÉSTICO Y PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales, a efectos de su conocimiento, del Convenio de la Organización Internacional del Trabajo sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos 2011 y la Recomendación sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos, 2011.

La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) adoptó en 2011 el Convenio nº 189 y la Recomendación nº 201 sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos.

De acuerdo con el artículo 19 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, los Estados miembros de la Organización se obligan a someter los Convenios y las Recomendaciones adoptados por las Conferencias Internacionales del Trabajo en el plazo de un año desde la clausura de la reunión de la Conferencia en la que han sido adoptadas (o, si por circunstancias excepcionales no puede hacerse en el término de un año, tan pronto como sea posible, pero no más de dieciocho meses después de la indicada fecha), a la autoridad competente o autoridades competentes a quienes competa el asunto, al efecto de que le den forma de ley o adopten otras medidas.

La OIT ha establecido que por autoridad competente se entiende aquella que tenga, de acuerdo con la Constitución nacional de cada Estado, el poder de legislar o de tomar cualquier otra medida para dar efecto a los Convenios y Recomendaciones. Es decir, la autoridad competente debe ser normalmente el poder legislativo. Por tanto, ahora se elevan a Consejo de Ministros, tanto el Convenio como la Recomendación para toma de conocimiento.

El Convenio nº 189 y la Recomendación nº 201 sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos tienen por finalidad permitir que los trabajadores domésticos del mundo que se ocupan de las familias y los hogares tengan los mismos derechos básicos que otros trabajadores.

PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD

Además, el Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales, a efectos de su conocimiento, del Convenio sobre protección de la maternidad, 2000 y de la Recomendación sobre la protección de la maternidad, 2000 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Este Convenio sobre protección de la maternidad, se aplica a todas las mujeres empleadas, incluidas las que desempeñan formas atípicas de trabajo dependiente. La Organización Internacional del Trabajo considera como formas atípicas del trabajo dependiente el trabajo a tiempo parcial, el temporal y el trabajo a domicilio.

En la Recomendación nº 191, sobre la protección de la maternidad, se establece que los Estados miembros deberían procurar extender la duración de la licencia de maternidad a dieciocho semanas.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN EN MATERIA DE DEFENSA CON EMIRATOS ÁRABES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos sobre cooperación en materia de Defensa, cuya firma autorizó el Consejo de Ministros el pasado 7 de septiembre.

Tras un largo proceso negociador, que se inició a mediados de 2010, este Acuerdo crea el primer marco jurídico para las relaciones en materia de defensa entre ambos Estados. De esta manera, facilitará el repliegue del contingente español desplegado en Afganistán en el marco de la Fuerza Internacional de Asistencia para la Seguridad en Afganistán (ISAF). Asimismo, abrirá la puerta a futuros acuerdos de cooperación militar en ámbitos específicos y fomentará la colaboración entre las Fuerzas Armadas de ambos países.

La razón principal que justifica la firma del Acuerdo es la voluntad de mejorar y reforzar las relaciones bilaterales existentes a través de la cooperación en materia de defensa sobre la base de los principios de independencia, soberanía y beneficio mutuo y no injerencia en los asuntos internos de cada país.

El articulado establece: la voluntad de fomentar, facilitar y desarrollar la cooperación en el ámbito de la Defensa, conforme a la legislación nacional y las obligaciones internacionales de cada parte; contempla el establecimiento de una Comisión Mixta para la aplicación del Acuerdo y los aspectos relativos a la vida del mismo; detalla los ámbitos de cooperación y prevé la cooperación en materias específicas a través de Memorandos de Entendimiento o Protocolos Especiales.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

REMISIÓN A LAS CORTES DEL ACUERDO CON MARRUECOS SOBRE SUPRESIÓN RECÍPROCA DE VISADOS EN PASAPORTES DE SERVICIO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Marruecos sobre supresión recíproca de visados en pasaportes de servicio, cuya firma autorizó el Consejo de Ministros el pasado 27 de septiembre de 2012.

La posibilidad de adoptar Acuerdos de supresión de visados sobre pasaportes de servicio está contemplada en un Reglamento Comunitario de 2001 que, además de determinar los países terceros cuyos nacionales deben estar provistos de visados al cruzar las fronteras exteriores de los Estados miembros, permite a los Estados miembros establecer excepciones para los nacionales de países terceros cuando sean titulares de pasaportes de servicio.

El texto hace referencia a las entradas sin visados de los nacionales de cada país, titulares de pasaporte de servicio, en el territorio del otro para estancias de un máximo de noventa días en un periodo de 180 días.

 

Fuente: Palacio de la Moncloa - Gobierno de España