El Gobierno autoriza la colaboración entre Servicios de Salud y Mutuas de Accidentes de Trabajo para el Control de la Incapacidad Temporal

El Consejo de Ministros ha aprobado quince acuerdos que autorizan la suscripción de convenios de colaboración con todas las comunidades autónomas, a excepción de País Vasco y Navarra, para el control de la incapacidad temporal en el período 2013-2016.

Estos convenios permitirán, según el Ejecutivo, un estrecho marco de colaboración y de coordinación entre los Servicios Públicos de Salud de las comunidades autónomas y las entidades gestoras y colaboradoras de la Seguridad Social para el control eficaz de esta prestación.

Los médicos de atención primaria inician y finalizan los procesos de incapacidad temporal, en la mayoría de los casos, mediante la expedición de los partes de alta y baja, mientras que la prestación económica es abonada por las entidades gestoras de la Seguridad Social o las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Estos convenios contemplan la fijación de un programa de actividades y unos objetivos de racionalización del gasto para cada ejercicio, así como el establecimiento de unos objetivos de carácter anual a los distintos Servicios Públicos de Salud de las autonomías, obteniendo además una información necesaria y precisa del momento en el que se producen las bajas por enfermedad.