Economía y Competitividad
APROBADO UN PAQUETE
DE MEDIDAS PARA PROTEGER A
LOS AFECTADOS POR LAS
PREFERENTES
-
Se crea una Comisión de
Seguimiento que
establecerá los
criterios para que los
titulares puedan
acogerse al arbitraje.
-
Habrá una derrama
extraordinaria al Fondo
de Garantía de Depósitos
para dar liquidez en los
canjes por acciones.
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Real Decreto Ley
sobre Medidas en materia
participaciones preferentes
y Deuda Subordinada de
Entidades de Crédito en
Reestructuración o
Resolución, y otras medidas
de carácter financiero. En
él se articulan mecanismos
para realizar un seguimiento
de los procesos de arbitraje
y se establecen, con
carácter excepcional,
mecanismos de liquidez para
el canje de estos productos.
En la norma se impulsa la
creación de una Comisión de
Seguimiento de los procesos
de arbitraje relativos a
participaciones preferentes.
Tiene como objetivo analizar
y evaluar los procedimientos
de arbitraje en las
entidades que han recibido
apoyo público.
La Comisión estará presidida
por la presidenta de la
Comisión Nacional del
Mercado de Valores y contará
con el subgobernador del
Banco de España, en calidad
de vicepresidente. El resto
de la Comisión la componen
la secretaria general de
Sanidad y Consumo, del
Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e
Igualdad; el secretario
general del Tesoro y
Política Financiera, del
Ministerio de Economía y
Competitividad, y la
presidenta del Consejo de
Consumidores y Usuarios.
La Comisión invitará a
participar con voz, pero sin
voto, a los representantes
designados por las
autoridades de consumo de
las Comunidades Autónomas y
del Instituto Nacional del
Consumo que hayan
participado o vayan a
participar en los
procedimientos de resolución
de las reclamaciones. La
Comisión estará asistida por
un secretario, designado por
la Comisión Nacional del
Mercado de Valores..
Funciones de la Comisión
Las funciones de la Comisión
son las siguientes:
-
El análisis de los
factores que han
motivado la presentación
de las reclamaciones
judiciales y
extrajudiciales.
-
La remisión con carácter
trimestral de un informe
al Congreso de los
Diputados sobre los
elementos fundamentales
de las reclamaciones.
-
En su caso, la elevación
de propuestas a las
autoridades competentes
para mejorar la
protección del inversor
en la comercialización
de este tipo de
productos.
-
Determinación de los
criterios básicos que
habrán de emplear las
entidades participadas
por el Fondo de
Reestructuración
Ordenada Bancaria (FROB)con
el fin de ofrecer a sus
clientes el sometimiento
a arbitraje. La Comisión
especificará los
criterios para designar
al colectivo de clientes
cuyas reclamaciones, en
atención a la especial
dificultad de sus
circunstancias
personales o familiares,
deberán recibir una
tramitación prioritaria
por parte de las
entidades participadas
por el FROB. La Comisión
trasladará estos
criterios al Fondo, que
dará las instrucciones
necesarias para que sus
entidades participadas
los adopten. La Comisión
acordará estos criterios
en su reunión
constitutiva y podrá
revisarlos
trimestralmente.
Provisión de
liquidez
El Gobierno ha articulado
además un mecanismo de
provisión de liquidez por el
Fondo de Garantía de
Depósitos para los titulares
de acciones no líquidas de
las entidades en proceso de
reestructuración.
En el marco de la reforma y
recapitalización del sector
financiero español, basada
en los planes de
reestructuración y
resolución aprobados por la
Comisión Europea de acuerdo
con la normativa de ayudas
de Estado, se va a proceder
a un ejercicio de canje de
instrumentos de deuda
subordinada y
participaciones preferentes
por capital de estas
entidades.
Catalunya Banc y
Nova Galicia Banco
Una vez culminadas las
operaciones de canje, el
Gobierno considera esencial
ofrecer la posibilidad de
obtener liquidez a los
tenedores de acciones en el
caso de Catalunya Banc (CX)
y Nova Galicia Banco (NCG),
puesto que estas entidades
no cotizan en mercados
secundarios ni está previsto
que lo hagan a medio plazo.
Con esta finalidad, el Real
Decreto Ley que hoy ha
aprobado el Consejo de
Ministros contiene una
disposición por la que se
dota al Fondo de Garantía de
Depósitos de capacidad legal
para adquirir las acciones
no cotizadas que resulten de
la conversión de
instrumentos híbridos de
capital y deuda subordinada.
Además, el Fondo adquirirá
de forma preferente las
acciones de aquellos
clientes de la entidad que
se encuentren en una
situación de especial
dificultad por sus
circunstancias personales y
familiares, de acuerdo con
los criterios que fije la
Comisión de Arbitraje. Se
capacita también al Fondo de
Garantía de Depósitos para
suscribir acciones o deuda
de la Sociedad de Gestión de
Activos Procedentes de la
Reestructuración Bancaria (SAREB),
de modo que pueda colaborar
con el FROB en la
financiación de este
instrumento.
Contribución
especial al Fondo de
Garantía de Depósitos
Con el objeto de mantener
una posición patrimonial
saneada del Fondo de
Garantía de Depósitos, se
establece una contribución
especial al FGD distribuida
en tramos de un tres por
1000 sobre los depósitos
computables.
Un primer tramo, equivalente
a dos quintas partes, se
deberá satisfacer en el
plazo de veinte días hábiles
desde el 31 de diciembre de
2013. En relación con este
tramo, la Comisión Gestora
del Fondo de Garantía de
Depósitos podrá establecer
una serie de exenciones:
-
La no aplicación de este
tramo a las entidades
mayoritariamente
participadas por el FROB.
-
Una deducción de hasta
un máximo del 50 por 100
en las aportaciones en
el caso de las entidades
adheridas al Fondo cuya
base de cálculo no
exceda de cinco mil
millones de euros.
-
Una deducción de hasta
un máximo del 30 por 100
de las cantidades
invertidas por las
entidades antes del 31
de diciembre de 2013 en
la suscripción o
adquisición de acciones
o instrumentos de deuda
subordinada emitidos por
la SAREB.
Un segundo tramo,
equivalente a las tres
quintas partes restantes, a
satisfacer a partir de 1 de
enero de 2014 de acuerdo al
calendario de pago que fije
la Comisión Gestora, dentro
de un plazo máximo de siete
años. Sin perjuicio del
citado calendario de pago,
el importe correspondiente a
este segundo tramo se
registrará como patrimonio
del Fondo de Garantía de
Depósitos en la fecha en que
se liquide el primer tramo.
Educación, Cultura y Deporte
INFORME SOBRE EL
ANTEPROYECTO DE REFORMA
PARCIAL DE LA LEY DE
PROPIEDAD INTELECTUAL
-
Refuerza la
transparencia, el
control y la vigilancia
efectiva por las
Administraciones
Públicas sobre las
entidades de gestión de
derechos de propiedad
intelectual.
-
Mejora la protección de
los autores frente a las
vulneraciones de sus
derechos en Internet.
-
A partir de hoy queda
abierto a trámite de
información pública para
permitir la
participación de todos
aquellos interesados.
El Consejo de Ministros ha
recibido un informe del
ministro de Educación,
Cultura y Deporte sobre el
Anteproyecto de reforma
parcial de la Ley de
Propiedad Intelectual,
mediante el cual se modifica
el Texto Refundido de la Ley
de Propiedad Intelectual de
1996.
Sin perjuicio de abordar una
reforma de amplio calado de
la Ley de Protección de la
Propiedad Intelectual a lo
largo de la Legislatura, con
este Anteproyecto de Ley el
Gobierno afronta una
modificación parcial de la
regulación, en aquellos
aspectos más urgentes, para
alcanzar un triple objetivo:
-
Reforzar los mecanismos
de supervisión
de las entidades de
gestión de
derechos de propiedad
intelectual, asegurando
una mayor
transparencia y
eficacia en la operativa
de las mismas.
-
Mejorar la
protección de los
derechos de propiedad
intelectual
frente a las
vulneraciones que puedan
sufrir en el
entorno digital.
-
Revisar el
concepto legal de copia
privada,
atendiendo a los
progresos de la sociedad
de la información.
Además, procede a la
transposición al
ordenamiento jurídico
español una Directiva
comunitaria del 27 de
septiembre de 2011, mediante
la cual se amplía el plazo
de protección de los
derechos de los artistas
intérpretes o ejecutantes y
de los productores de
fonogramas en veinte años,
pasando de ser el plazo de
cincuenta a setenta años.
Refuerza la
transparencia, el control y
la vigilancia efectiva de
las entidades de gestión
La experiencia acumulada ha
permitido identificar
problemas en el
funcionamiento de las
entidades de gestión,
especialmente relacionados
con la eficiencia y la
transparencia del sistema.
Con objeto de atajar estas
deficiencias, el
Anteproyecto de Ley
pretende:
-
Posibilitar un control y
vigilancia efectivos de
las entidades de gestión
de derechos de propiedad
intelectual por las
Administraciones
Públicas.
-
Reforzar las funciones
de la Sección Primera de
la Comisión de Propiedad
Intelectual, otorgándole
una competencia
reguladora y de
establecimiento de
tarifas.
-
Garantizar una
representación
suficiente y equilibrada
de los socios a través
del régimen de voto.
-
Garantizar la eficacia
en la administración de
los derechos de
propiedad intelectual y
la simplificación, para
los usuarios de estos
derechos, del acceso a
su explotación y de los
procedimientos de
recaudación.
Reforzar la función social
de las entidades de gestión.
En ese sentido:
1.Se recoge de forma
detallada y sistemática el
catálogo de obligaciones de
las entidades de gestión
para con las
Administraciones Públicas y
respecto a sus asociados,
con especial atención a
aquellas relacionadas con la
rendición anual de cuentas.
2.Se establece un cuadro de
infracciones y sanciones que
permitan exigir a las
entidades de gestión
responsabilidades
administrativas por el
incumplimiento de sus
obligaciones legales,
condición indispensable para
garantizar su cumplimiento.
Las sanciones económicas
estarán vinculadas a un
porcentaje de la recaudación
del año anterior de la
entidad de gestión que
variará según sea la
gravedad de la infracción,
pudiendo llegar hasta el 2
por 100.
Como paso previo a la
revocación de la licencia,
que es la sanción más grave
que se le puede poner a una
entidad, se establece la
posibilidad de que se
intervenga la entidad
nombrando un gestor interino
con el objetivo de
desarrollar todas aquellas
actuaciones que permitan
reconducir su funcionamiento
para que dé cumplimiento a
las los deberes y
obligaciones establecidos en
la Ley.
3.Para dar mayor
transparencia al
funcionamiento de las
entidades, se somete a la
aprobación del órgano
autorizante la facultad de
crear fundaciones y, de
forma especialmente
justificada y excepcional,
sociedades mercantiles
destinadas a dar
cumplimiento a sus
obligaciones de desarrollar
actividades asistenciales,
formativas y promocionales
en favor de sus socios y de
los autores y artistas
intérpretes o ejecutantes.
También se modifica el
régimen de voto plural, con
el objetivo de dar mayor
participación a los
asociados y se introducen
nuevas obligaciones en
relación con el
establecimiento y
publicación de las tarifas
generales.
Mejora de la
protección de los derechos
de propiedad intelectual en
Internet
La implantación generalizada
e intensiva de las nuevas
tecnologías ha motivado una
profunda transformación en
la introducción de modelos
de negocio en el entorno
digital. Para mejorar la
eficacia de los mecanismos
de protección de los
derechos de propiedad
intelectual de los autores y
creadores en Internet, el
Anteproyecto de Ley recoge
las siguientes propuestas:
- Se modifica de forma
puntual la Ley de
Enjuiciamiento Civil (Ley de
7 de enero de 2000) para
permitir que un juez pueda
solicitar la identificación
del prestador de un servicio
de la sociedad de la
información sobre el que
concurran indicios
razonables de que está
poniendo a disposición o
difundiendo a gran escala,
de forma directa o
indirecta, contenidos
protegidos.
- Se realizan ajustes en el
procedimiento de la Sección
Segunda de la Comisión de
Propiedad Intelectual como
los siguientes:
-
Se crea un tablón de
edictos electrónico que
producirá efectos de
notificación con
carácter global.
-
Se dota a la Sección
Segunda de la Comisión
de Propiedad Intelectual
de mecanismos más
eficaces de reacción
frente a aquellos que no
cumplan voluntariamente
con los requerimientos
de retirada de
contenidos vulneradores
de los derechos de
autor. Así, se incluye
la posibilidad de
requerir la colaboración
de intermediarios de
pago electrónico y de
publicidad, como paso
previo a la medida
considerada de último
recurso: la petición al
juez de lo
contencioso-administrativo
del bloqueo técnico de
la web.
-
En caso de
incumplimiento reiterado
de los requerimientos de
retirada de contenidos
ilícitos, se prevén
sanciones económicas de
entre treinta mil y
trescientos mil euros.
-
Se incluyen en el ámbito
del procedimiento de la
Comisión las webs que
tengan como principal
actividad facilitar de
manera específica y
masiva la localización
de contenidos ofrecidos
ilícitamente de forma
notoria, como, por
ejemplo, listados
ordenados de enlaces a
tales contenidos
ilegales, desarrollando
una labor activa, no
neutral. Ello no afecta
a prestadores que
desarrollen meras
actividades neutrales de
intermediación técnica,
como los motores de
búsqueda.
Todas estas medidas están
dirigidas a los prestadores
de servicios de la Sociedad
de la Información. En ningún
caso afectarán a los
usuarios finales de
Internet.
Revisión del
concepto legal de copia
privada
Tras la aprobación del Real
Decreto mediante el cual se
regulaba el procedimiento
para la compensación por
copia privada, era necesario
abordar con rango de Ley los
límites de este concepto,
amparándose en los márgenes
que se deducen de la
normativa europea.
De esta manera, se mantiene
que la reproducción por
copia privada es la que se
lleva a cabo por una persona
física para su uso privado
sobre obras ya divulgadas y
que la copia obtenida no sea
objeto de una utilización
colectiva ni lucrativa. A
ello se añade la condición
de que la reproducción se
realice sin asistencia de
terceros, es decir, que el
copista y el usuario de la
copia sea la misma persona.
Por otro lado, se incorpora
la jurisprudencia del
Tribunal de Justicia de la
Unión Europea (sentencia "Padawan"),
que excluye del concepto de
copia privada a los usos
profesionales y
empresariales.
Con todo ello se pretende
impulsar un modelo de
explotación de derechos de
propiedad intelectual acorde
al progreso de la sociedad
de la información.
Por otra parte, se amplía el
alcance de la excepción
legal relativa a la
ilustración en la enseñanza,
atendiendo a una Directiva
comunitaria de 2001.
Tramitación
Este Anteproyecto de Ley se
publicará desde esta tarde
en la web del Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte
(www.mecd.gob.es). Con ello
se pretende, en aras de la
transparencia de este
proceso legislativo, dar
cabida en el debate a todos
los interesados. Este
trámite de audiencia pública
tendrá un plazo de veinte
días hábiles. En ese mismo
período se consultará a las
Comunidades Autónomas, se
recabarán los informes
preceptivos de la Comisión
Nacional de la Competencia,
la Agencia Española de
Protección de Datos, el
Consejo de Consumidores y
Usuarios, el Consejo Fiscal
y el Consejo General del
Poder Judicial.
Con sus aportaciones, se
someterá el texto al
dictamen del Consejo de
Estado y, posteriormente,
volverá al Consejo de
Ministros para su
consiguiente transformación
en Proyecto de Ley. Será a
partir de entonces cuando se
inicie la tramitación
legislativa en sede
parlamentaria.
Hacienda y Administraciones
Públicas
APROBADA LA OFERTA
DE EMPLEO PÚBLICO PARA LA
ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL
ESTADO
-
Se convocan 422 plazas
de personal funcionario
y estatutario y laboral,
frente a las 133 plazas
que se autorizaron en
2012.
-
Además, se convocan 449
plazas de promoción
interna, frente a las
347 convocadas en 2012.
Con ello, el Gobierno
hace un esfuerzo en
fomentar la promoción
interna como medio para
que los empleados
públicos progresen en su
carrera desde grupos
inferiores a superiores.
El Consejo de Ministros ha
aprobado, mediante un Real
Decreto, la Oferta de Empleo
Público 2013 para la
Administración General del
Estado, de acuerdo con los
criterios fijados en la Ley
de Presupuestos para 2013
para el conjunto de las
Administraciones Públicas.
Se prioriza nuevamente el
ingreso en Cuerpos que
realizan funciones contra el
fraude en sus distintas
vertientes (fiscal, de
seguros, catastral,
laboral), en materia de
seguridad social, en
relación con las
subvenciones públicas,
representación de España en
el exterior, personal
investigador doctor,
asesoramiento jurídico,
gestión y control de la
asignación eficiente de los
recursos públicos,
supervisión e inspección de
los mercados de valores,
personal para la Agencia
Estatal de Seguridad Aérea y
el correspondiente a la
Administración de Justicia,
así como Cuerpos docentes no
universitarios en el ámbito
de la Ley Orgánica de
Educación.
Se trata, en definitiva, de
mantener y consolidar la
profesionalidad de los
empleados públicos y la
calidad de determinados
servicios, de forma
compatible con la necesidad
de control del déficit
público en materia de gastos
de personal.
Así, se convocan 422 plazas
de nuevo ingreso de personal
funcionario y estatutario y
laboral, frente a las 133
plazas que se autorizaron en
2012.
Igualmente, se convocan 449
plazas de promoción interna
que en estos momentos se
configura como una
alternativa al no incremento
de empleados públicos. Por
ello, el Gobierno hace un
esfuerzo en fomentar la
promoción interna como medio
para que los empleados
públicos progresen en su
carrera desde grupos
inferiores a superiores.
DATOS DE LAS PLAZAS
Subgrupo 1
Las plazas del Subgrupo A1,
que recoge la Oferta de
Empleo Público son, entre
otras (y sin pretender citar
a todos los que se incluyen
en el correspondiente
Anexo), Abogados del Estado;
Carrera Diplomática;
Ingenieros Aeronáuticos;
Inspectores de Hacienda del
Estado; Inspectores de
Seguros del Estado; Superior
de Interventores y Auditores
del Estado; distintos
Cuerpos de la Seguridad
Social; Técnicos Comerciales
y Economistas del Estado;
así como Científicos
Titulares de los Organismos
Públicos de Investigación;
el Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del
Estado y el Cuerpo Superior
de Sistemas y Tecnologías de
la Información.
Subgrupo 2
Por lo que se refiere al
Subgrupo A2, se convocan,
igualmente, plazas en una
serie de Cuerpos que suponen
el apoyo a los Cuerpos
anteriormente indicados del
Subgrupo A1: Diplomados
Comerciales del Estado,
Gestión de la Administración
General del Estado, Gestión
de Sistemas e Informática de
la Administración General
del Estado, Subinspectores
de Empleo y Seguridad
Social, Técnico de Auditoría
y Contabilidad y Técnico de
Hacienda. Igualmente, se
convocan en el Cuerpo de
Maestros.
Subgrupo C1
Por lo que se refiere a
Cuerpos del Subgrupo C1, se
convoca la especialidad de
Agentes de la Hacienda
Pública. Igualmente, se
incluyen las plazas
correspondientes a la
Comisión Nacional del
Mercado de Valores como
Organismo que vela por la
supervisión e inspección de
los mercados.
DISCAPACIDAD
INTELECTUAL
Además, se convoca, en turno
independiente y
exclusivamente para personas
con discapacidad intelectual
(lo que origina el
reconocimiento de tal
condición, la no
discriminación en el acceso
al empleo público y la
compensación de las
desventajas para este
colectivo), el
correspondiente cupo
establecido por la ley del 2
por 100 para las personas
con discapacidad
intelectual.
ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA
Por lo que se refiere a las
plazas del personal al
servicio de la
Administración de Justicia,
la Oferta Pública de Empleo
contiene, siguiendo los
criterios establecidos en la
Ley de Presupuestos
Generales del Estado de
2013, las que corresponden a
este ámbito y diferencia, de
acuerdo con lo indicado en
la Ley Orgánica del Poder
Judicial, las que se
autorizan para el ámbito del
Ministerio de Justicia de
las que corresponden a
Comunidades Autónomas que
han recibido traspaso de
medios personales en esta
materia, que en total suman
300. Corresponde a ingreso
libre el 50 por 100 de las
indicadas, de acuerdo con lo
dispuesto en la Ley Orgánica
del Poder Judicial.
En este sentido, hay que
recordar que la Ley de
Presupuestos Generales del
Estado 2013 autoriza la
convocatoria de hasta
cincuenta plazas para el
acceso a las carreras
judicial y fiscal, plazas
cuya convocatoria
corresponde gestionar al
Consejo General del Poder
Judicial.
OTRAS OFERTAS DE
EMPLEO PÚBLICO
Por último, en próximas
fechas, el Consejo de
Ministros aprobará los
correspondientes Reales
Decretos de Oferta Pública
de Empleo para el Cuerpo de
la Guardia Civil, Cuerpo
Nacional de Policía y
Fuerzas Armadas.


Industria, Energía y Turismo
CUMPLIMIENTO DE LA
SENTENCIA DEL TRIBUNAL
SUPREMO QUE ANULÓ
UN ACUERDO SOBRE LA
ASIGNACIÓN DE UN MÚLTIPLE
DIGITAL
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Acuerdo para
ejecutar una sentencia de la
Sala de lo
Contencioso-Administrativo
del Tribunal Supremo de 27
noviembre de 2012, que anuló
el Acuerdo de Consejo de
Ministros de 16 de julio de
2010, por el que se asignaba
un múltiple digital de
cobertura estatal a cada una
de las sociedades
licenciatarias del servicio
de televisión digital
terrestre de ámbito estatal,
directamente sin mediar
concurso.
Mediante el Acuerdo
aprobado, se da cumplimiento
estricto a la sentencia del
Tribunal Supremo
incardinando la ejecución de
la misma en el proceso de
liberación del conocido como
"dividendo digital".
Asuntos Exteriores y de
Cooperación
DECLARACIÓN DEL
GOBIERNO CON MOTIVO DEL DÍA
MUNDIAL DEL AGUA
El Consejo de Ministros ha
aprobado la Declaración del
Gobierno con motivo de la
celebración hoy del Día
Mundial del Agua.
El Gobierno de España
conmemora el Día Mundial del
Agua con el propósito de
proseguir la sensibilización
sobre la dramática situación
que sufren millones de
personas en el mundo por
falta de acceso al agua
potable y al saneamiento, y
de llamar la atención sobre
el tema elegido para este
año 2013: cooperación en la
esfera del agua.
En el Día Mundial del Agua,
-que se conmemora el 22 de
marzo, a iniciativa de
Naciones Unidas, y que se
enmarca en el Año
Internacional para la
Cooperación en la Esfera del
Agua- el Gobierno de España
desea ratificar su
compromiso en este ámbito,
subrayando que el gran reto
a afrontar es la correcta
implementación de este
derecho humano.
Consciente de los retos que
giran entorno al acceso al
agua y a su gestión, España
ha venido abordando esta
materia centrándose en
diversos ámbitos de
actuación, cuyo desarrollo
está necesariamente
interrelacionado: nacional y
transfronterizo,
internacional, cooperación
al desarrollo, y desarrollo
tecnológico.
Ámbito internacional
En el ámbito internacional,
España emprendió en 2006,
junto con Alemania, una
iniciativa internacional a
favor del reconocimiento del
derecho humano al agua
potable y el saneamiento.
La Cooperación al Desarrollo
española cuenta con una
larga tradición de trabajo
en el sector del agua. El
esfuerzo realizado durante
los últimos años en el marco
de los Objetivos del Milenio
-la reducción a la mitad,
para 2015, de la proporción
de personas sin acceso
sostenible al agua potable y
a los servicios básicos de
saneamiento- ha llevado a la
Cooperación al Desarrollo
española a convertirse en un
referente internacional..
El sector agua es
estratégico y prioritario,
ya que contribuye al logro
de los citados Objetivos del
Milenio y es clave para
conseguir otros derechos
humanos: salud, educación,
alimentación…
La mejor muestra del
compromiso adquirido por
España en el ámbito exterior
es el Fondo de Cooperación
de Agua y Saneamiento para
América Latina y Caribe que,
hasta la fecha, ha
desembolsado más de
ochocientos millones de
euros. Con ello España ha
pasado de ser un donante de
importancia intermedia a ser
el sexto donante mundial en
2010. Desde 2009 diecinueve
países se han beneficiado de
62 programas y proyectos.
Ámbito nacional
En el ámbito nacional, la
gestión hídrica por cuencas
que España realiza desde
hace muchas décadas, a
través de las
Confederaciones
Hidrográficas ha despertado,
por sus buenos resultados,
el interés de la Comunidad
Internacional, al estar
España en condiciones de
compartir su experiencia.
A lo largo de los años
España se ha ido dotando de
una sólida "caja de
herramientas del agua", que
día a día se sigue renovando
y enriqueciendo. La tarea
por delante es la de
articular todas esas
herramientas, para poner en
valor la experiencia y
capacidad españolas en los
ámbitos multilateral y
bilateral, al igual que para
poner de relieve que la
cooperación española en
materia de agua contribuye a
la estabilidad y la
seguridad.
Asimismo, esta Declaración
deja constancia de la
adhesión del Estado al
reconocimiento del derecho
humano al agua y al
saneamiento, un derecho de
reciente creación que puede
considerarse consolidado en
el sistema jurídico
internacional.
Interior
CONCESIÓN DE
SUBVENCIONES ESTATALES
ANUALES A PARTIDOS POLÍTICOS
-
Ascienden a 52,7
millones de euros, lo
que representa un 40 por
100 menos que en 2011,
año en el que superaron
los 82 millones de
euros.
El Consejo de Ministros ha
autorizado la concesión de
subvenciones estatales
anuales, en concepto de
financiación ordinaria, al
Partido Popular y al Partido
Socialista Obrero Español en
cumplimiento de lo dispuesto
en la Ley Orgánica sobre
financiación de los partidos
políticos, de 4 de julio de
2007, y en el Reglamento de
desarrollo de la Ley General
de Subvenciones, de 21 de
julio de 2006.
Los Presupuestos Generales
del Estado para 2013 recogen
la concesión de una
subvención de 52.704.104
euros para los partidos
políticos con representación
parlamentaria. Esta cantidad
representa un 40 por 100
menos que la distribuida a
los partidos políticos en
2011, que ascendió a
82.354.480 euros.
El Acuerdo del Consejo de
Ministros cita
explícitamente, de acuerdo
con la Ley de Subvenciones,
la concesión de subvenciones
al Partido Popular y al
Partido Socialista Obrero
Español por rebasar en cada
caso la cifra de doce
millones de euros. De todos
modos, se incluye a
continuación el desglose de
las subvenciones a todos los
partidos políticos con
representación
parlamentaria:

La Ley Orgánica sobre
financiación de los partidos
políticos fija que la
consignación presupuestaria
se distribuirá en tres
cantidades iguales. Una de
ellas se repartirá en
proporción al número de
escaños obtenidos por cada
partido político en las
últimas elecciones al
Congreso de los Diputados,
mientras que las dos partes
restantes se distribuirán
proporcionalmente a todos
los votos obtenidos por cada
partido en dichas
elecciones, en este caso las
del 20 de noviembre de 2011.
Fomento
ACTUALIZADOS LOS
TIPOS DE INTERÉS DE LOS
PRÉSTAMOS SOBRE VIVIENDAS
PROTEGIDAS
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Acuerdo por el
que se revisan y modifican
los tipos de interés
efectivos anuales vigentes
para los préstamos
cualificados o convenidos
concedidos en el marco de
los programas 1993 y 1995
del Plan de Vivienda
1992-1995, programa 1998 del
Plan de Vivienda 1996-1999,
Plan de Vivienda 2002-2005 y
Plan de Vivienda 2005-2008.
La normativa vigente que
regula el funcionamiento de
los distintos Planes de
Vivienda establece que en el
primer trimestre del año
2013 procede revisar y
modificar, en su caso, el
tipo de interés efectivo
anual aplicable a los
préstamos concedidos en los
mencionados programas.
Tras la revisión, los tipos
de interés modificados lo
son a la baja, lo que
redundará en reducciones de
las cuotas a pagar por los
titulares de los préstamos.
Los tipos de interés ahora
fijados son los siguientes:

Los criterios que se siguen
para la revisión de estos
tipos se fijan en la
normativa de cada uno de los
planes de vivienda. Con
carácter general, la
revisión se realiza a partir
de un tipo medio de
referencia, obtenido como
promedio del tipo de
referencia de los préstamos
hipotecarios del conjunto de
entidades financieras
publicado por el Banco de
España en los últimos meses.
Sanidad, Servicios Sociales
e Igualdad
EL 31 DE MAYO, FECHA
LÍMITE PARA EL ACCESO
EXTRAORDINARIO AL TÍTULO DE
ESPECIALISTA EN MEDICINA
FAMILIAR Y COMUNITARIA
El Consejo de Ministros ha
aprobado la convocatoria de
una prueba para el acceso
extraordinario al título de
especialista en Medicina
Familiar y Comunitaria, y ha
fijado el 31 de mayo próximo
como fecha límite para la
presentación de solicitudes
Un Real Decreto de 31 de
julio de 1998 surgió para
dar una solución a aquellos
licenciados en Medicina
antes del 1 de enero de 1995
que no disponían del título
de Médico Especialista en
Medicina Familiar y
Comunitaria y se veían
afectados por las
previsiones de una Directiva
comunitaria de 1993; en
concreto, por el requisito
de ostentar dicho título de
especialista, o la
certificación a que se
refería el Real Decreto del
4 de junio de 1993, para
desempeñar plazas de Médico
de Familia en centros o
servicios sanitarios
integrados en el Sistema
Nacional de Salud.
Los requisitos para optar al
procedimiento de obtención
del título, contemplaban,
por una parte, reunir una
serie de obligaciones
referidas a la práctica
profesional y formación en
el ámbito de la Medicina
Familiar y Comunitaria,
ambas certificadas,
requisitos que debían
reunirse antes del año 2008.
Asimismo, contemplaban la
superación de una prueba de
evaluación de la
competencia, denominada
prueba ECOE.
Las previsiones que
contemplaba el citado Real
Decreto de 1998, establecían
el inicio de procedimiento a
través de solicitud del
interesado y no preveían una
fecha límite para poder
dirigir su solicitud de
participación en la prueba
de evaluación de
competencia, por lo que se
convertían, por tanto, en un
procedimiento abierto "sine
die".
La modificación que recoge
el Real Decreto que se ha
aprobado en la reunión de
Consejo de Ministros pone
como fecha límite para
presentar la solicitud de
participación en la prueba
de evaluación antes citada,
el 31 de mayo de este año.
Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente
RESTRICCIÓN AL USO
DE DETERMINADAS SUSTANCIAS
PELIGROSAS EN APARATOS
ELÉCTRICOS
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Real Decreto por
el que se establecen las
normas necesarias para
restringir la utilización de
sustancias peligrosas en
aparatos eléctricos y
electrónicos.
El objetivo de este Real
Decreto es limitar la
utilización de sustancias
peligrosas en estos
aparatos, de manera que,
cuando se conviertan en
residuos, se proteja más
adecuadamente la salud
humana y el medio ambiente,
y se facilite la
valorización y eliminación
correcta desde el punto de
vista medioambiental.
Los aparatos eléctricos y
electrónicos son productos
muy complejos que,
generalmente, incluyen
numerosas piezas y
componentes fabricados con
materiales muy diversos y de
diferente naturaleza.
Básicamente, se trata de
metales (férreos y no
férreos), plásticos, vidrios
y otros materiales (como
madera, caucho, cartón,
etcétera).
Además de estos materiales,
los aparatos eléctricos y
electrónicos necesitan para
su funcionamiento una serie
de sustancias que, una vez
convertidos en residuos, si
no se gestionan y tratan
adecuadamente, son
peligrosas para el medio
ambiente y la salud humana.
Transformación en
residuos
Por otra parte, los
materiales que componen
estos aparatos eléctricos y
electrónicos son recursos
valiosos que deben
aprovecharse cuando se
transformen en residuos
mediante el reciclado o su
valorización. Una
recuperación efectiva de
estos metales o materiales
es esencial para que puedan
ser utilizados en la
fabricación de nuevos
aparatos, evitando así el
consumo de nuevos recursos.
Con esta norma, además, el
Gobierno transpone una
Directiva comunitaria del 8
de junio de 2011 sobre
restricciones a la
utilización de determinadas
sustancias peligrosas en
aparatos eléctricos y
electrónicos.
Entre las principales
novedades que introduce el
Real Decreto, destacan la
ampliación del ámbito de los
aparatos sometidos a las
restricciones de utilización
de sustancias peligrosas,
así como la adaptación del
régimen jurídico de los
aparatos eléctricos y
electrónicos al progreso
científico y técnico.
Este Real Decreto, propuesto
por los Ministerios de
Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente, de
Industria, Energía y
Turismo, y de Sanidad,
Servicios Sociales e
Igualdad, ha contado con el
informe favorable del
Consejo de Estado, y en su
elaboración han sido
consultadas las Comunidades
Autónomas y los sectores
afectados.
Hacienda y Administraciones
Públicas
AUTORIZADA LA
APLICACIÓN DEL FONDO DE
CONTINGENCIA
El Consejo de Ministros ha
autorizado la aplicación del
Fondo de Contingencia, por
un importe de 593.601.624,71
euros, para financiar las
siguientes modificaciones de
crédito:
Ampliaciones de
crédito
-
514.421.026,74 euros
para atender durante el
año 2013 gastos
ocasionados por la
participación de las
Fuerzas Armadas
Españolas en operaciones
de mantenimiento de la
paz. Por sendos Acuerdos
del Consejo de Ministros
del 28 de diciembre de
2012 y del 18 de enero
de 2013 se prorrogó
hasta el 31 de diciembre
del 2013 la
participación de
unidades y observadores
militares en operaciones
fuera del territorio
nacional, y se autorizó
el despliegue y la
participación de
unidades militares
españolas en el marco de
la crisis de Mali,
respectivamente.
-
16.460.000,00 euros para
la cobertura de gastos
derivados de situaciones
de emergencia o de
naturaleza
catastróficas, en
cumplimiento de la Ley
de 26 de diciembre de
2012, por la que se
aprobaron medidas
urgentes para paliar los
daños producidos por los
incendios forestales y
otras catástrofes
naturales ocurridos en
varias Comunidades
Autónomas.
-
137.150,14 euros para
atender el pago de
diversas indemnizaciones
a participantes en
operaciones de
mantenimiento de la paz;
y 1.299.676,73 euros
correspondientes al 1
por 100 cultural, según
lo dispuesto en el la
Ley del Patrimonio
Histórico Español, de
1985, y en el Real
Decreto de 2002 de
desarrollo parcial de la
misma.
Remanentes de
crédito
39.719.222,24 euros de los
remanentes de crédito no
ejecutados en el año 2012,
según lo establecido en la
Ley reguladora de los Fondos
de Compensación
Interterritorial, del 27 de
diciembre de 2001; y
21.564.548,86 euros del
remanente de crédito
procedente del año 2012
destinado a la prevención,
investigación y represión de
los delitos relacionados con
el tráfico de drogas y otros
fines, de conformidad con lo
previsto en la Ley por la
que se regula el Fondo de
bienes decomisados por el
tráfico ilícito de drogas y
otros delitos relacionados,
del 29 de mayo de 2009.
Hacienda y Administraciones
Públicas
RESPUESTA AL
REQUERIMIENTO DE
INCOMPETENCIA DE LA XUNTA DE
GALICIA SOBRE PLANES DE
FINANCIACIÓN
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Acuerdo por que
se da contestación al
requerimiento de
incompetencia de la Xunta de
Galicia formulado en
relación con la Resolución
del Instituto Nacional de
Administración Pública, del
27 de diciembre de 2012, por
la que se convocan para el
ejercicio 2013 subvenciones
destinadas a la financiación
de planes de formación en el
marco del Acuerdo de
Formación para el Empleo de
las Administraciones
Públicas.
Argumentos
En primer lugar, hay que
destacar que, con
posterioridad a la
aprobación de la
convocatoria, el Tribunal
Constitucional establece
unos criterios de aplicación
en esta materia, en especial
en una sentencia al respecto
de 2013.
Tales criterios señalan que,
en materia de ayudas a la
formación de personal de
entidades locales, as
Comunidades Autónomas tienen
competencias ejecutivas
salvo que, mediante la
oportuna argumentación, el
Estado demuestre la
procedencia de la gestión
centralizada.
Así, en relación con la
Resolución objeto de
requerimiento,.se estiman
incluidos en el ámbito de
actuación estatal los
supuestos de promoción de la
Administración General del
Estado en los términos
previstos por la
Jurisprudencia
Constitucional, como, por
ejemplo, lo relacionado ala
formación de los
funcionarios pertenecientes
a Cuerpos locales con
habilitación estatal olas
ayudas correspondientes a
las organizaciones
sindicales de carácter
supraterritorial.
Participación de las
Comunidades Autónomas
Sin perjuicio de ello, y a
la vista de la muy reciente
jurisprudencia
constitucional en esta
materia, el Gobierno se
compromete a adaptar a la
misma la próxima
convocatoria de las
subvenciones a que se
refiere la Resolución.
Además, en el caso de que el
Estado, con fundamento en
los criterios determinados
por la jurisprudencia
constitucional, realizara el
otorgamiento de un
determinado porcentaje de
estas ayudas, se
garantizará, mediante
acuerdo con las Comunidades
Autónomas, la participación
de las mismas.
Hacienda y Administraciones
Públicas
AUTORIZADAS
OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO
A ANDALUCÍA Y MURCIA
El Consejo de Ministros ha
autorizado a la Comunidad
Autónoma de
Andalucía a
formalizar préstamos a largo
plazo y emitir deuda pública
por un importe máximo de
101,93 millones de euros,
para financiar la variación
de activos financieros
previstos en el Plan
económico-financiero de
reequilibrio 2012-2014 cuyas
medidas fueron consideradas
idóneas por el Pleno del
Consejo de Política Fiscal y
Financiera de 17 de mayo de
2012.
Asimismo, se le han
prorrogado, hasta el 30 de
junio de 2013, las
autorizaciones de los
Acuerdos del Consejo de
Ministros de 17 de febrero y
5 de octubre de 2012, por el
importe pendiente de
formalizar, hasta un máximo
de 1.151,70 millones de
euros.
Por otra parte, a la
Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia
se le ha autorizado a
realizar, hasta el 30 de
junio de 2013, las
operaciones de endeudamiento
autorizadas por el Acuerdo
del Consejo de Ministros de
21 de diciembre de 2012, por
el importe pendiente de
formalizar de 113,20
millones de euros.
Estas autorizaciones podrán
ser atendidas con cargo al
Fondo de Liquidez
Autonómico, creado por el
Real Decreto Ley, de 13 de
julio de 2012, de medidas de
liquidez de las
Administraciones Públicas y
en el ámbito financiero, con
las condiciones que se
establezcan para la
concertación de las
operaciones de crédito
derivadas de este mecanismo
de apoyo a la liquidez.
Justicia
CONCESIÓN DE DOS
INDULTOS ESPECIALES CON
MOTIVO DE LA SEMANA SANTA
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Real Decreto por
el que se conceden dos
indultos especiales con
motivo de la festividad de
Semana Santa. Estos
indultos, sumados a los
diecinueve concedidos en el
Consejo de Ministros
anterior, establecen un
total de veintiún medidas de
gracia a propuesta de
Cofradías y Hermandades
religiosas.
Tradicionalmente, las
cofradías de penitentes
solicitan esta medida de
gracia para aquellos reos
del ámbito de su provincia
que cumplen los requisitos
de cualquier indulto
ordinario, como son: que
esté cumpliendo condena en
la actualidad y que
concurran razones de
justicia, equidad o utilidad
pública.
Los penados que verán
formalizado su indulto este
año son:
-
G.G, S., solicitado por
la Hermandad de
Nazarenos del Santísimo
Cristo de la Agonía y
Hermandad de Nuestro
Padre Jesús del Perdón,
de Salamanca.
-
Y.G., M.P., solicitado
por la Pontificia y Real
Cofradía y Hermandad de
Nuestra Señora de la
Soledad y Descendimiento
del Señor, de
Granada.
Industria, Energía y Turismo
DESESTIMADAS VARIAS
RECLAMACIONES DE TITULARES
DE INSTALACIONES
FOTOVOLTAICAS
El Consejo de Ministros ha
aprobado dos Acuerdos que
tienen por objeto
desestimar, en un caso, e
inadmitir, en el otro,
diversas reclamaciones de
responsabilidad patrimonial
presentadas por los
titulares de instalaciones
fotovoltaicas, por los daños
y perjuicios que
argumentaban que les habían
ocasionado un Real Decreto
del 19 de noviembre de 2010
y un Real Decreto Ley del 23
de diciembre de 2010.
Las citadas normas modifican
el régimen de las
instalaciones fotovoltaicas,
limitando en el tiempo el
derecho de estas
instalaciones a percibir la
prima, limitando el número
de horas al año por el que
podían percibir las primas
(el resto de las horas
podrían percibir los precios
de mercado) y estableciendo
ciertas obligaciones de
carácter técnico.
Los titulares de las
instalaciones reclamaban
indemnizaciones por
considerar que estas normas
les había producido daños
antijurídicos, esto es, que
no tienen el deber de
soportar, y que, por lo
tanto, deben ser
indemnizados por la
Administración General del
Estado.
Argumentos
Los acuerdos desestiman
estas reclamaciones. El
primero de ellos, que
desestima las reclamaciones,
cuenta con el dictamen
favorable del Consejo de
Estado. La desestimación se
funda en las sentencias del
Tribunal Supremo y el
Tribunal Constitucional, que
confirman que las normas son
conforme a Derecho. Las
sentencias señalan que los
titulares de instalaciones
fotovoltaicas no tienen
derecho a que el régimen de
primas se mantenga
inalterado en el tiempo,
sino que tienen derecho a
una rentabilidad razonable.
Por ello, son legítimos los
cambios que se produzcan en
dicho régimen de primas,
siempre que no menoscaben el
derecho a la retribución
razonable. Y eso, se
justifica, es lo que ha
ocurrido en este caso.
El segundo de los Acuerdos
tiene por objeto inadmitir
otras reclamaciones ya que
faltaban los requisitos para
que las reclamaciones fueran
admitidas.
Defensa
IMPUTACIÓN AL
EJERCICIO 2013 DE GASTOS EN
2012 PARA CONSTRUIR PUESTOS
DE VIGILANCIA Y CONTROL EN
LÍBANO Y AFGANISTÁN
El Consejo de Ministros ha
autorizado la imputación de
gastos realizados en el
ejercicio 2013 con cargo a
libramientos a justificar
del ejercicio 2012 para la
construcción de puestos de
vigilancia y control en
territorio libanés y en la
provincia de Badghis
(Afganistán), por un importe
de 227.800 y 330.951 euros,
respectivamente.
El Acuerdo resulta necesario
dado que los créditos
asignados para la
financiación de los
proyectos fueron puestos a
disposición a finales de
2012, una vez aprobada la
última ampliación de crédito
con cargo al Fondo de
Contingencia, de manera que,
en muchos casos, su
realización se prolongará a
lo largo de 2013.
Además, en noviembre fueron
aprobados nuevos proyectos
de 'Impacto Rápido', cuya
ejecución se solapa en los
dos ejercicios citados.
Estas iniciativas son
vitales para mejorar la
relación con las poblaciones
vecinas a los proyectos
militares ejecutados:
escuelas, carreteras,
etcétera.
Asuntos Exteriores y de
Cooperación
ACUERDO CON LA FAO
SOBRE EL ESTABLECIMIENTO DE
UNA OFICINA EN ESPAÑA
El Consejo de Ministros ha
autorizado la firma y
aplicación provisional del
Acuerdo entre el Reino de
España y la Organización de
las Naciones Unidas para la
Alimentación y la
Agricultura (FAO), relativo
al establecimiento de la
Oficina de esta Organización
en España.
La Organización de las
Naciones Unidas para la
Alimentación y la
Agricultura es un organismo
especializado del sistema de
Naciones Unidas creado en
1945, con el mandato de
alcanzar la seguridad
alimentaria, aumentar la
productividad agrícola,
elevar el nivel de vida de
la población rural y
contribuir al crecimiento de
la economía mundial.
España es miembro de la
Organización desde 1951 y en
2004 se firmó el Acuerdo
Marco entre España y la FAO
con el objetivo de impulsar
las relaciones entre ambas,
en el que se contempla la
posibilidad de establecer
oficinas de la Organización
en España mediante los
oportunos Acuerdos de Sede.
Para proporcionar la
adecuada cobertura jurídica
a la Oficina surge la
necesidad de negociar un
Acuerdo de Sede,
fundamentalmente en lo que
se refiere a la aplicación
de privilegios e inmunidades
reconocidos en la Convención
de 1947 sobre Privilegios e
Inmunidades de los
Organismos Especializados de
Naciones Unidas.
Es preciso destacar el
retorno económico que aporta
la relación con FAO. España
es la octava potencia
exportadora mundial de
productos agroalimentarios y
en este ámbito es esencial
la aportación de la FAO en
el área del conocimiento.
Asimismo, en relación al
sector pesquero, las
directivas emanadas (pesca
responsable, pesca ilegal,
estado rector del puerto,
etcétera) son recibidas por
la Unión Europea y son
especialmente importantes
para la conservación y
protección de consumidores y
recursos.
El Acuerdo, aplicable a la
sede principal en Madrid y a
las delegaciones que
pudieran establecerse a su
amparo en otras localidades
españolas se ocupa,
fundamentalmente, de la
inviolabilidad de la
Oficina; la inmunidad de
jurisdicción; la protección
de las comunicaciones; el
régimen fiscal y aduanero;
la libertad de acceso y
estancia; las inmunidades y
facilidades concedidas a los
funcionarios y exención de
impuestos sobre sus sueldos
así como de contribuciones a
la seguridad social, la
regulación del empleo de sus
familiares dependientes, el
tratamiento de los expertos
en misión, el estatuto del
Representante de la FAO y la
solución de controversias.
Interior
PRÓRROGA DE LA
ENCOMIENDA A LA FÁBRICA DE
LA MONEDA SOBRE LA
EXPEDICIÓN DE DNI Y
PASAPORTES
El Consejo de Ministros ha
autorizado al Ministerio del
Interior (Secretaría de
Estado de
Seguridad-Dirección General
de la Policía) a prorrogar
hasta el 31 de agosto de
2013 las encomiendas de
gestión suscritas con la
Fábrica Nacional de Moneda y
Timbre-Real Casa de la
Moneda para la realización
de diversas prestaciones
relacionadas con la
expedición del pasaporte
español, por un importe de
8.406.415 euros, y del
documento nacional de
identidad electrónico, por
un importe de 19.614.965
euros.
Los acuerdos se suscriben
debido a la próxima
finalización de la vigencia
de las últimas encomiendas
de gestión aprobadas, que se
formalizaron el pasado 24 de
septiembre con un plazo de
ejecución hasta el 31 de
marzo de 2013, y que
contemplaban la posibilidad
de prorrogarlas.
En las prórrogas se
mantienen las mismas
condiciones administrativas,
técnicas y económicas de las
encomiendas iniciales, en
las cuales se fijaban los
términos que han de regir
para la realización, por
parte de la Fábrica Nacional
de Moneda y Timbre-Real Casa
de la Moneda, de todas las
prestaciones relacionadas
con la confección,
expedición y entrega de
ambos documentos.
Fomento
67 MILLONES PARA
CONSERVACIÓN Y EXPLOTACIÓN
DE CARRETERAS DE ANDALUCÍA Y
DE CASTILLA Y LEÓN
El Consejo de Ministros ha
autorizado al Ministerio de
Fomento la contratación de
diversas operaciones de
conservación y explotación
de carreteras en diferentes
puntos de España, por un
valor conjunto de
66.972.066,47 euros,
excluido el IVA.
Los contratos se refieren a
tramos de la Red de
Carreteras del Estado
situados en las Comunidades
Autónomas de Andalucía
(15.761.949,19 euros),
concretamente en la
provincia de Jaén, y de
Castilla y León
(51.210.117,28 euros), en
Burgos y Salamanca.
Jaén
En Jaén las actuaciones se
llevarán a cabo en la A-4 en
el tramo L.P. Ciudad Real a
L.P. Córdoba.
Burgos
En cuanto a Burgos, son dos
los contratos de servicios
para las actuaciones de
conservación y explotación.
El primero de ellos afecta a
tramos de la A-1, la A-62,
la BU-30, la BU-11 y la
N-234.
El segundo contrato incluye,
entre otros, tramos de la
A-62, Autovía de Castilla;
CN-120, de Logroño a Vigo;
CN-620(a), de Burgos a
Portugal por Salamanca; CN-620(a),
travesía de Estepar; CN-620(a),
travesía de Celada del
Camino; y CN-622, de Lerma a
Palencia.
Salamanca
Por último, en Salamanca el
contrato de servicio para
las actuaciones de
conservación y explotación
afecta a diferentes tramos
de la A-66 (enlace Salamanca
Sur-Límite provincia de
Cáceres); N-630 (Las
Torres-Guijuelo); N-630
(Puerto de Béjar-Límite
provincia de Cáceres);
N-630a (acceso Guijuelo
Sur); N-630a (acceso Nava de
Béjar) y N-630a (Sorihuela-Puerto
de Béjar).
Hacienda y Administraciones
Públicas
CESIÓN DE UN
INMUEBLE EN ZARAGOZA A LA
ASOCIACIÓN TUTELAR
ASISTENCIAL DE
DISCAPACITADOS INTELECTUALES
El Consejo de Ministros ha
aprobado la cesión de un
inmueble a la Asociación
Tutelar Asistencial de
Discapacitados Intelectuales
(ATADES), antes Asociación
Tutelar de Minusválido
Psíquicos de Zaragoza, sito
en dicha localidad, para
dedicarlo a labores de
asistencia y tutela de
personas discapacitadas.
La Asociación ocupa el
inmueble desde el año 1964,
en virtud de la autorización
otorgada por el entonces
Canal Imperial de Aragón.
La Ley del Patrimonio de las
Administraciones Públicas
permite que la
Administración General del
Estado ceda los bienes y
derechos de su titularidad
cuya afectación a un
servicio público o su
explotación no sean
previsibles a favor de
asociaciones que hayan sido
declaradas de utilidad
pública, y atribuye al
Consejo de Ministros la
competencia para acordar
dichas cesiones.
Al considerar que el
inmueble solicitado no
resulta de utilidad para los
fines de la Administración
General del Estado, el
Consejo de Ministros ha
estimado adecuado proceder a
su cesión, para lo que se ha
tramitado el oportuno
procedimiento y se han
recabado los preceptivos
informes a los órganos
consultivos
correspondientes, que han
valorado positivamente la
cesión solicitada.
Asuntos Exteriores y de
Cooperación
ACUERDO CON MÓNACO
SOBRE RECONOCIMIENTO Y CANJE
DE LOS PERMISOS DE
CONDUCCIÓN
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Canje de Notas
constitutivo de Acuerdo
entre el Reino de España y
el Principado de Mónaco
sobre el reconocimiento
recíproco y canje de los
permisos de conducción
nacionales.
En la redacción del Acuerdo
se refleja que en ambos
Estados las normas y señales
que regulan la circulación
por carretera se ajustan a
lo dispuesto en la
Convención sobre Circulación
por Carretera y Señales de
Tráfico adoptada en Viena el
8 de noviembre de 1968 y
que, tanto las clases de los
permisos y licencias de
conducción, como las
condiciones que se exigen y
las pruebas que se realizan
para su obtención, son
básicamente homologables,
puesto que se ajustan a las
disposiciones de la
Directiva comunitaria de
2006 sobre el Permiso de
Conducción.
Por este Acuerdo ambas
partes reconocen
recíprocamente los permisos
y licencias de conducción
nacionales expedidos por sus
autoridades a quienes
tuvieran su residencia legal
en las mismas, siempre que
se encuentren en vigor y de
conformidad con la Tabla de
Equivalencias entre las
clases de permisos del Anexo
que forma parte integrante
del mismo.
Asuntos Exteriores y de
Cooperación
REMISIÓN A LAS
CORTES DEL ACUERDO SOBRE
TRANSPORTE AÉREO CON ETIOPÍA
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Acuerdo por el
que se dispone la remisión a
las Cortes Generales del
Acuerdo sobre Transporte
Aéreo entre el Reino de
España y la República
Federal Democrática de
Etiopía.
Este Acuerdo, el primero que
se negocia entre ambos
países, fue rubricado en una
reunión celebrada en Addis
Abeba el 22 de junio de 2011
con el fin de establecer un
marco legal que proporcione
cobertura a los enlaces
aéreos entre ambos países.
Para la conclusión del mismo
se han cumplido todos los
preceptos del Reglamento
comunitario sobre la
negociación y aplicación de
acuerdos de servicios de
transporte aéreo entre
Estados miembros y países
terceros, al incluir en su
articulado los principios y
cláusulas estándares
establecidos y exigidos por
la Unión Europea. La
Comisión Europea ha dado su
conformidad para que España
suscriba este Acuerdo.
Asimismo, el Acuerdo sigue
la fórmula habitual de este
tipo de convenios
bilaterales sobre servicios
aéreos. Recoge en su
articulado las cláusulas
administrativas que la
Organización de Aviación
Civil Internacional
recomienda incluir en dichos
acuerdos a sus Estados
miembros.
Durante las negociaciones se
acordó que cada país podrá
designar a dos compañías
aéreas para las operaciones
de pasajeros, correo y
carga; y una compañía aérea
para los servicios
exclusivos de carga.
El marco establecido en este
Acuerdo faculta a las
empresas aéreas designadas
de uno y de otro país a que
los servicios se puedan
llevar a cabo bajo la
modalidad de código
compartido, incluidos
terceros países; así como
otra serie de facilidades
operativas.
Asimismo, el Acuerdo
establece siete frecuencias
semanales de pasajeros,
correo y carga en sus rutas
respectivas, con cualquier
tipo de aeronave.