Presidencia
INFORME DE LA COMISIÓN PARA
LA REFORMA DE LAS
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y
NUEVAS MEDIDAS DE
RACIONALIZACIÓN DEL SECTOR
PÚBLICO
El Consejo de Ministros ha
recibido un Informe de la
vicepresidenta y ministra de
la Presidencia sobre el
seguimiento de la ejecución
del Informe de la Comisión
para la Reforma de las
Administraciones Públicas
(CORA), así como del
Anteproyecto de Ley de
Racionalización del Sector
Público y otras medidas de
reformas administrativas.
Además, ha aprobado un Real
Decreto de racionalización
del sector público.
Se incluye a continuación un
resumen del Informe, así
como algunas de las medidas
que se incluyen en las
normas que hoy han recibido
el visto bueno del Consejo
de Ministros.

Presidencia
APROBADO EL PROYECTO DE LEY
DE DELEGACIÓN EN EL GOBIERNO
LA POTESTAD DE DICTAR TEXTOS
LEGALES REFUNDIDOS
El Consejo de Ministros ha
aprobado la remisión a las
Cortes Generales del
Proyecto de Ley por el que
se delega en el Gobierno la
potestad de dictar textos
refundidos, en virtud de lo
establecido en el artículo
82 y siguientes de la
Constitución Española.
La Constitución, dentro del
Capítulo dedicado a la
elaboración de las leyes,
permite a las Cortes
Generales delegar en el
Gobierno, en determinados
supuestos, la potestad de
dictar normas con rango de
ley. Dicha delegación se
realizará por ley ordinaria
cuando se trate de refundir
varios textos en uno solo.
El Informe elaborado por la
Comisión para la Reforma de
las Administraciones
Públicas considera necesaria
la aprobación de una ley
ordinaria que habilite al
Gobierno para elaborar los
textos refundidos en
relación con aquellas leyes
que, habiendo sido
modificadas en numerosas
ocasiones, destacan por su
relevancia en un área de
actividad específica.
Informe de la OCDE
La necesidad de elaborar
textos refundidos ya se
contenía en el informe de la
OCDE sobre la gestión y
racionalización de la
regulación existente en
España del año 2000, y
señalaba que la revisión de
los marcos legislativos no
era sistemática y que en la
tradición legal no existían
herramientas como las
revisiones periódicas
finales obligatorias o la
fijación de fechas de
caducidad. El siguiente
Informe, de 2010, sobre la
misma materia señalaba que
la simplificación en España
es difícil de lograr y que
esto socavaba el fácil
acceso al ordenamiento
jurídico, lo que incidía en
la claridad y la seguridad.
A estos factores hay que
añadir que la urgente
necesidad de adoptar
importantes medidas,
especialmente en el ámbito
económico, ha obligado a
legislar utilizando en
numerosas ocasiones la
figura del Real Decreto Ley,
mediante el que se
modificaban leyes existentes
en el derecho positivo
español.
Lógicamente, todo este
entramado regulatorio no
hace sino incrementar los
costes regulatorios de los
ciudadanos y empresas, e
incrementa la carga
administrativa sobre éstas.
El Proyecto de Ley de
Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Buen
Gobierno, que actualmente se
encuentra en tramitación
parlamentaria, contiene en
su disposición adicional
segunda un proyecto de
revisión y simplificación
normativa, y establece que
"todas las Administraciones
Públicas habrán de acometer
una revisión, simplificación
y, en su caso, una
consolidación normativa de
sus ordenamientos
jurídicos".
Por otra parte, el Proyecto
de Ley hoy aprobado no
incluye la autorización para
refundir determinados textos
legales, aunque su
refundición se considera
necesaria, ya que los
Departamentos concernidos ya
han impulsado o están
impulsando anteproyectos de
leyes específicas que,
además de modificar el
régimen vigente, procederán
en un futuro próximo a dicha
refundición.
Textos legales
afectados
Los textos legales
refundidos que se incluyen
en este Proyecto de Ley son
los siguientes:
-
Ley 24/1988, de 28 de
julio, del mercado de
valores.
-
Ley 14/1994, de 1 de
junio, por la que se
regulan las empresas de
trabajo temporal.
-
Texto refundido de la
Ley General de la
Seguridad Social,
aprobado mediante Real
Decreto Legislativo
1/1994, de 20 de junio.
-
Texto refundido de la
Ley del Estatuto de los
Trabajadores, aprobado
mediante Real Decreto
Legislativo 1/1995, de
24 de marzo.
-
Ley 31/1995, de 8 de
noviembre, de prevención
de riesgos laborales.
-
Ley 56/2003, de 16 de
diciembre, de empleo.
-
Ley 7/2007, de 12 de
abril, del Estatuto
básico del empleado
público.
-
Texto refundido de la
Ley del suelo, aprobado
mediante Real Decreto
Legislativo 2/2008, de
20 de junio.
Presidencia
CREADA LA DIRECCIÓN DE
TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL
ESTADO
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Real Decreto por
el que se modifica la
estructura orgánica básica
del Ministerio de la
Presidencia con el fin de
incorporar la Dirección de
Tecnologías de la
Información y de las
Comunicaciones de la
Administración General del
Estado. Esta Dirección, con
rango de Subsecretaría,
impulsará y coordinará el
necesario proceso de
racionalización de las
diversas facetas de la
política de tecnologías de
la información y de
comunicaciones en todo el
ámbito del Sector Público
Administrativo Estatal:
adquisiciones de bienes
informáticos, estructura de
redes, servicios de
administración electrónica y
optimización de los sistemas
de publicación web.
El Informe elaborado por la
Comisión para la Reforma de
las Administraciones
Públicas (CORA) ha puesto de
manifiesto la existencia de
un elevado grado de
atomización y un alto nivel
de independencia en la
actuación de los agentes que
intervienen en el ámbito de
las tecnologías de la
información y de las
telecomunicaciones (TIC) en
la Administración General
del Estado. Se ha generado
un modelo de organización
que hace imposible disponer
de una estrategia unificada,
optimizar los recursos
disponibles y aprovechar, en
definitiva, las ventajas que
se derivarían de las
economías de escala.
Sin embargo, las unidades
TIC de la Administración
General del Estado han
demostrado sobradamente su
capacidad para atender una
demanda creciente de
servicios y unas exigencias
elevadas, a un nivel
equivalente o superior a la
media de la Unión Europea.
Resulta fundamental mantener
estas unidades sectoriales,
aprovechando su
capacitación, conocimiento y
experiencia al servicio de
la ciudadanía.
Por todo ello, se crea esta
Dirección de Tecnologías y
de la Comunicación, que
dependerá funcionalmente de
los Ministerios de la
Presidencia y de Hacienda y
Administraciones Públicas.
Su función será impulsar y
coordinar el necesario
proceso de racionalización
de las diversas facetas de
la política de tecnologías
de la información y de
comunicaciones en todo el
ámbito del Sector Público
Administrativo Estatal:
adquisiciones de bienes
informáticos, estructura de
redes, servicios de
administración electrónica y
optimización de los sistemas
de publicación web.
Hacienda y Administraciones
Públicas
APROBADO EL PROYECTO DE LEY
ORGÁNICA DE CONTROL DE LA
DEUDA COMERCIAL EN EL SECTOR
PÚBLICO
-
Se reforma la Ley
Orgánica de Estabilidad
Presupuestaria y
Sostenibilidad
Financiera para
equiparar el principio
de sostenibilidad
financiera con el de
sostenibilidad de la
deuda comercial.
-
Se obliga a todas las
administraciones y
organismos dependientes
a publicar su período
medio de pagos. Si
supera en más de treinta
días el plazo máximo de
la normativa de
morosidad, pondrá en
marcha un sistema
progresivo de medidas,
que podrán llegar a la
retención de recursos de
la financiación que
reciben del Estado.
-
Se elimina el stock de
deuda comercial
acumulada, lo que
permite poner a cero las
facturas pendientes y
que las Administraciones
puedan cumplir con la
ley.
El Consejo de Ministros ha
aprobado la remisión a las
Cortes Generales del
Proyecto de Ley Orgánica de
Control de la Deuda
Comercial en el Sector
Público, que tiene como
objetivos erradicar la
morosidad de las
Administraciones, controlar
y reducir su deuda
comercial, suministrar
liquidez a las empresas
mediante la reducción del
período medio de pago e
incrementar la transparencia
y eficiencia en las
Administraciones Públicas.
Para su tramitación
parlamentaria se ha
solicitado el procedimiento
de urgencia.
Para ello, se reforma la Ley
Orgánica de Estabilidad
Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera
con el propósito de
equiparar el cumplimiento
del principio de
sostenibilidad financiera
con el de sostenibilidad de
la deuda comercial. En los
últimos años se ha
demostrado que el incremento
de la deuda comercial acaba
por poner en riesgo la
sostenibilidad financiera de
las Administraciones
Públicas al comprometer
recursos futuros y lastrar
el crecimiento económico.
El Proyecto de Ley establece
que existe sostenibilidad de
la deuda comercial cuando el
período medio de pago no
supere el plazo máximo
previsto en la normativa
sobre morosidad, fijado en
treinta días por la
legislación comunitaria.
Transparencia en el
pago a proveedores
La Ley, que forma parte de
los compromisos de la
Comisión para la Reforma de
las Administraciones (CORA)
y transpone una Directiva
Europea a nuestro
ordenamiento jurídico,
obliga a todas las
Administraciones Públicas a
publicar el período medio de
pago (PMP) a sus proveedores
a partir del mes siguiente
de su entrada en vigor.
Para ello, las
Administraciones Públicas
dispondrán de un Plan de
Tesorería con la previsión
de pago a proveedores que
garantice el pago a treinta
días. Por su parte, el
Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas
hará un seguimiento del
cumplimiento de los períodos
medios de pago.
Sistema automático
de control
El incumplimiento del
período medio de pago pondrá
en marcha un sistema
automático y progresivo de
medidas de control. Si el
período medio de pago supera
los treinta días, deberá
incluir en la actualización
de su Plan de Tesorería
inmediatamente posterior el
importe de los recursos que
va a dedicar mensualmente al
pago de proveedores para
reducir la mora a treinta
días, así como el compromiso
de adoptar medidas para
generar la tesorería
necesaria para cumplir con
el plazo legal.
Cuando el período medio de
pago de las Comunidades
Autónomas supere en más de
treinta días el plazo legal
(sesenta días) durante dos
meses consecutivos desde la
actualización de su plan de
tesorería, se pondrán en
marcha las siguientes
medidas automáticas de:
-
Prevención: El
Ministerio de Hacienda y
Administraciones
Públicas comunicará el
importe que mensualmente
deberá dedicar a pagar
proveedores, así como
las medidas
cuantificadas a adoptar
para generar la
tesorería necesaria para
reducir los plazos de
pago,
-
Corrección: La Comunidad
Autónoma adoptará un
acuerdo de no
disponibilidad por la
misma cuantía. Todas las
operaciones de
endeudamiento a largo
plazo precisarán de
autorización del Estado
y la Comunidad Autónoma
deberá incluir nuevas
medidas en su plan de
tesorería para cumplir
el plazo máximo de pago
de treinta días.
Si estas medidas no
consiguen reconducir su
período medio de pago en dos
meses, el Ministerio de
Hacienda iniciará el
procedimiento de retención
de los importes a satisfacer
por los recursos de los
regímenes de financiación y
pagará directamente a los
proveedores de las
Comunidades Autónomas.
A partir de la aplicación de
las medidas de corrección
anteriores, el Ministerio de
Hacienda y Administraciones
Públicas podrá determinar el
acceso obligatorio de las
Comunidades Autónomas en los
mecanismos adicionales de
financiación vigentes.
Para las Entidades Locales
que superen el plazo legal
de pago en más de dos meses
(sesenta días), y
pertenezcan al modelo de
cesión de tributos, se
establecerán medidas de
reducción de gasto o
incremento de ingresos
destinadas a reducir el
período de pago.
Erradicar la
morosidad comercial
La Ley forma parte de un
Plan integral de
erradicación de la morosidad
en el Sector Público, que se
completa con la implantación
de la factura electrónica y
la creación de un registro
contable en el sector
público, que tendrá un
efecto positivo en la
economía española, ya que al
mejorar el control contable
de las facturas se
contribuirá a eliminar la
morosidad de las empresas
proveedoras de las
Comunidades Autónomas y
Corporaciones Locales, lo
que les facilitará liquidez
para continuar con su
actividad empresarial.
Simultáneamente, se ha
puesto en marcha una última
fase del mecanismo de pago a
proveedorespara eliminar el
stock de deuda comercial
acumulada y poner así a cero
el contador de facturas
pendientes y que las
Administraciones puedan
cumplir con la ley y las
nuevas reformas
estructurales que se han
puesto en marcha para
erradicar la morosidad.
El Plan para erradicar la
morosidad contiene un
conjunto de reformas
coyunturales y estructurales
que contribuirá al mejor
cumplimiento de los
objetivos de estabilidad
presupuestaria y deuda
pública, ya que el
incremento del período medio
de pago a proveedores se
traducía en un aumento de la
deuda comercial que ponía en
riesgo la sostenibilidad
financiera de las
Administraciones Públicas,
así como evitará que haya lo
que se ha denominado
facturas ocultas en los
cajones.
Hacienda y Administraciones
Públicas
REDUCCIÓN DE UNA TERCERA
PARTE DE LAS FUNDACIONES
PÚBLICAS ESTATALES
-
De las 47 fundaciones
del sector público
fundacional, se
reestructuran
diecinueve: cuatro se
liquidan, cinco se
extinguen y su actividad
se integra en entidades
del sector público
estatal, seis se
fusionan en tres y otras
cuatro dejan de tener
consideración de
fundaciones.
-
Además, se extingue la
sociedad mercantil
estatal "Programas y
Explotaciones de
Radiodifusión" (Proersa).
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Acuerdo de
medidas de reestructuración
y racionalización del Sector
Público Fundacional y
Empresarial, por el que se
extingue la sociedad
"Programas y Explotaciones
de Radiodifusión" (Proersa)
y se reduce más de una
tercera parte de las
fundaciones públicas
estatales.
El Acuerdo se enmarca en las
propuestas de la Comisión
para la Reforma de las
Administraciones Públicas
(CORA) para lograr un sector
público más racional, libre
de duplicidades y más
eficiente. La Comisión de
seguimiento de CORA asumirá
la coordinación para su
cumplimiento antes de
finalizar el año 2014.
Éste es el tercer y más
ambicioso Acuerdo para
reestructurar el sector
público estatal: en 2011 un
primer acuerdo afectó a ocho
fundaciones y en 2012 un
segundo acuerdo afectó a
nueve fundaciones.
De las 47 fundaciones del
sector público fundacional,
según los datos publicados
por el Inventario de Entes
del Sector Público Estatal,
el Acuerdo hoy aprobado
afecta a diecinueve, más de
una tercera parte de las
fundaciones:
-
Cuatro son objeto de
extinción y liquidación:
-
Fundación Almadén-Francisco
Javier de Villegas.
-
Fundación Museo
Taller Juan José.
-
Fundación Desarrollo
de la Formación en
las Zonas Mineras
del Carbón (FUNDESFOR).
-
Fundación ENRESA.
-
Cinco son objeto de
extinción con
integración de su
actividad en entidades
integrantes del sector
público estatal:
-
Fundación para la
Proyección
Internacional de las
Universidades
Españolas,
Universidad.es, cuya
actividad será
integrada en el
Organismo Autónomo
Programas Educativos
Europeos.
-
Fundación Agencia
Nacional de la
Calidad y la
Acreditación (ANECA)
cuya actividad será
integrada en el
organismo Agencia
Nacional de la
Evaluación de la
Calidad y la
Acreditación, una
vez se autorice su
creación.
-
Fundación Centro de
Estudios Económicos
y Comerciales (CECO)
cuya actividad será
integrada en el ICEX.
-
Fundación Centro
Nacional de
Referencia de
Aplicación de las
Tecnologías de la
Información y la
Comunicación
(CENATIC) cuya
actividad será
integrada en el Ente
Público Red.es.
-
Fundación Ciudad de
la Energía (CIUDEN),
cuya actividad será
integrada en el IDAE
en los términos
previstos en las
normas que regulen
su estructura y
funcionamiento.
-
Seis fundaciones quedan
fusionadas:
-
Se integran en la
Fundación EOI por
fusión las
siguientes
fundaciones del
sector público
estatal: Fundación
Colegios Mayores
MAEC-AECID y
Fundación Española
para la Innovación
de la Artesanía.
-
Se integran por
fusión en una
fundación de nueva
creación y con la
denominación de
Fundación del
Transporte las
siguientes
fundaciones:
Fundación AENA y
Fundación
Ferrocarriles
Españoles.
-
Se integran en la
Fundación
Biodiversidad:
Fundación
Observatorio Español
de Acuicultura (OESA)
y Fundación
Iberoamericana para
el Fomento de la
Cultura y Ciencias
del Mar.
-
Cuatro dejan de tener la
consideración de
fundaciones del sector
público estatal:
-
Fundación de
Aeronáutica y
Astronáutica
Españolas.
-
Fundación Museo do
Mar de Galicia.
-
Fundación Canaria
Puertos de Las
Palmas.
-
Fundación General de
la UNED.
Hacienda y Administraciones
Públicas
MODIFICADA LA ESTRUCTURA
ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE
HACIENDA Y ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS PARA EJECUTAR LAS
MEDIDAS DE REFORMA DE LA
ADMINISTRACIÓN
El Consejo de Ministros ha
aprobado hoy un Real Decreto
por el que se modifica la
estructura orgánica del
Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas
con el fin de dar
cumplimiento a tres
propuestas contenidas en el
informe de la Comisión para
la Reforma de las
Administraciones Públicas
(CORA).
Central de
Información
Se procede a la creación de
la Subdirección General que,
bajo la dependencia de la
Secretaría General Técnica,
asumirá la gestión y
mantenimiento de la Central
de Información que proveerá
de información sobre la
actividad
económico-financiera de las
distintas Administraciones
Públicas, de acuerdo con el
mandato contenido en la Ley
Orgánica de Estabilidad
Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera.
La competencia relativa a la
elaboración y mantenimiento
del inventario de entes del
sector público estatal y de
los sectores autonómico y
local corresponderá a un
único órgano del
Departamento, la
Intervención General de la
Administración del Estado,
lo que incrementará y
perfeccionará la información
disponible, mejorando su
ordenación y tratamiento, y
dotará de mayor
transparencia a la gestión
pública.
Nueva Dirección
General para centralización
de la contratación
Se crea una nueva Dirección
General de Racionalización y
Centralización de la
Contratación, adscrita a la
Subsecretaría del
departamento, que será la
responsable del impulso,
gestión y seguimiento de la
contratación centralizada en
el ámbito del Sector Público
Estatal.
Asimismo, con el ánimo de
reforzar al máximo las
garantías y transparencia
del proceso de contratación,
se designa a la Junta de
Contratación Centralizada,
de composición
interministerial, como el
órgano que ejerce las
funciones de órgano de
contratación del sistema.
Con ello se pretende obtener
ahorros y mejoras en la
contratación, incrementando
la transparencia y la
búsqueda de la eficiencia,
homogeneizar los niveles de
calidad de los servicios y
suministros que se contratan
en la Administración General
del Estado, y simplificar la
estructura de los órganos de
contratación.
La modificación orgánica
implicará, desde el punto de
vista presupuestario,
únicamente los costes
asociados al nuevo Director
General y los dos nuevos
Subdirectores que, en
términos netos, resultan de
la reestructuración. La
estructura se dota de la
misma mediante la
reestructuración de los
medios existentes en la
Administración.
Presidencia
APROBADO EL INFORME DEL PLAN
DE REGENERACIÓN DEMOCRÁTICA
El Consejo de Ministros ha
estudiado y aprobado, en su
reunión de hoy, un Informe
de la Vicepresidenta del
Gobierno sobre el Plan de
Regeneración Democrática.
El documento contiene un
amplio catálogo de medidas
para luchar contra la
corrupción y mejorar los
mecanismos de respuesta y
detección de que dispone el
ordenamiento jurídico.
Tiene su origen en una
propuesta del presidente del
Gobierno en el Debate sobre
el Estado de la Nación, y en
una Resolución Parlamentaria
que cosechó un amplio
acuerdo. La voluntad del
Gobierno, reiterada por el
Presidente en su
comparecencia parlamentaria
del pasado 1 de agosto, es
que las medidas del Plan se
abran al consenso con todas
las fuerzas políticas en un
proceso de diálogo que el
Ejecutivo iniciará con los
grupos políticos de forma
inmediata.
El plan consta de cuarenta
medidas que afectan a una
decena de leyes,
distribuidas en tres
paquetes normativos.
Las medidas son las
siguientes:
CONTROL DE LA
ACTIVIDAD ECONÓMICA DE LOS
PARTIDOS POLÍTICOS
-
Responsabilidad
en las cuentas.
Regulación de la figura
del responsable de la
gestión
económico-financiera de
los partidos.
-
Rendición de
cuentas.
Comparecencia anual
obligatoria en el
Parlamento del
responsable de la
gestión
económica-financiera de
los partidos políticos.
-
Obligatoriedad
de presentación de
cuentas.
Obligación de todos los
partidos políticos de
presentar sus cuentas al
Tribunal de Cuentas,
independientemente de si
reciben o no
subvenciones.
-
Transparencia en
las cuentas.
Obligación de reflejar
en la cuenta de ingresos
de los partidos
políticos todas las
subvenciones, así como
las donaciones que
superen la cuantía que
se establecerá en la
ley.
-
Regulación de la
aprobación de cuentas.
Regulación obligatoria,
en los estatutos de cada
partido, del
procedimiento de
aprobación de sus
cuentas.
-
Regulación de
las contrataciones.
Obligación de aprobar
directrices de
contratación por parte
de los partidos
políticos.
-
Registro de
fundaciones y
asociaciones vinculadas.
Inscripción obligatoria
en el Registro de
Partidos, de forma que
cada partido político
declare qué entidades se
encuentran vinculadas a
ellos.
-
Control de las
fundaciones y
asociaciones vinculadas.
Refuerzo de los
mecanismos de control
sobre su actividad
económica y financiera.
-
Definición de
las fundaciones y
asociaciones vinculadas.
Determinación explícita
de los criterios que
determinan la
vinculación a un partido
político.
-
Colaboración
pública en la
fiscalización de las
cuentas.
Refuerzo de la
fiscalización mediante
fórmulas de colaboración
entre el Tribunal de
Cuentas y organismos
públicos como la Agencia
Tributaria, las
Entidades Gestoras de la
Seguridad Social y la
Oficina de Conflictos de
Intereses.
-
Colaboración
privada en la
fiscalización de las
cuentas.
Refuerzo de la
fiscalización mediante
la colaboración
obligatoria de las
entidades de crédito con
el Tribunal de Cuentas.
-
Ampliación del
régimen de infracciones.
Se amplían las
infracciones aplicables
a los partidos
políticos, incluyendo
-además de las muy
graves- las infracciones
graves y leves, con sus
correspondientes plazos
de prescripción.
-
Ampliación del
régimen de sanciones.
Se prevén sanciones para
las nuevas infracciones
graves y leves.
-
Refuerzo del
cobro de las sanciones.
Posibilidad de cobro de
las sanciones en periodo
ejecutivo por parte la
Agencia Tributaria.
-
Mejora del
procedimiento
sancionador.
Clarificación del
procedimiento
sancionador, subsanando
deficiencias en la
normativa.
-
Retención de las
subvenciones.
Retención del pago de
subvenciones a los
partidos políticos que
no presenten sus
cuentas, previa
comunicación del
Tribunal de Cuentas.
-
Control de las
subvenciones.
Se da rango legal a la
obligación de los
partidos políticos de
cumplir los mismos
requisitos que cualquier
otra entidad privada
para concurrir a las
convocatorias de
subvenciones.
-
Creación de
partidos. Se
elimina el requisito de
nacionalidad española
para para crear partidos
políticos, en coherencia
con la normativa
comunitaria.
REGULACIÓN DEL
EJERCICIO DE CARGO PÚBLICO
DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL
DEL ESTADO
-
Codificación de
obligaciones y derechos
del cargo público.
Establecimiento, en una
norma con rango legal,
de las obligaciones y
derechos de los cargos
públicos de la
Administración General
del Estado, corrigiendo
la actual dispersión
normativa.
-
Concreción del
ámbito de aplicación.
Definición explícita del
concepto de cargo
público de la
Administración General
del Estado.
-
Transparencia.
Mayor publicidad de las
declaraciones de bienes
y derechos
patrimoniales.
-
Concreción
presupuestaria de las
retribuciones.
Las retribuciones de los
cargos públicos deberán
figurar en las normas
presupuestarias de forma
clara y homogénea.
-
Homologación
total del régimen de
protección social.
Los altos cargos
contribuirán al régimen
de protección social en
las mismas condiciones
que el resto de
trabajadores públicos y,
por lo tanto, con los
mismos derechos en el
régimen de pensiones
públicas.
-
Concreción de
los gastos de
representación.
Delimitación de los usos
a los que pueden ser
destinados los gastos de
representación. Los
límites fijados en la
Ley de Presupuestos
Generales del Estado en
ningún caso podrán ser
ampliados.
-
Prohibición de
tarjetas de crédito.
Justificación estricta
de los gastos
reembolsables,
acreditando su necesidad
para las funciones
inherentes al cargo.
-
Refuerzo de la
oficina de conflicto de
intereses.
Ampliará sus funciones y
reforzará sus medios.
-
Fiscalización.
Fiscalización ex post
del patrimonio de los
cargos públicos por
parte de la Oficina de
Conflicto de Intereses,
una vez abandonen su
puesto, para detectar
las situaciones de
enriquecimiento
injustificado.
-
Colaboración.
Colaboración de la
Oficina de Conflicto de
Intereses con organismos
como la Agencia
Tributaria.
-
Control.
Modificación de la Ley
de prevención del
blanqueo de capitales y
de la financiación del
terrorismo para ampliar
el elenco de "personas
con responsabilidad
pública".
RESPUESTA PENAL
CONTRA LA CORRUPCIÓN
Refuerzo del marco
penal aplicable en los
principales delitos
asociados a la corrupción:
Refuerzo de las
consecuencias de los delitos
de corrupción:
-
Prohibición de
contratar con las
administraciones.
Modificación de la Ley
de Contratos del Sector
Público para prohibirá a
los condenados por
prevaricación, falsedad
en las cuentas de los
partidos políticos o
financiación ilegal,
entre otros, contratar
con la Administración
Pública.
-
Nueva pena
accesoria.
Inhabilitación especial
en los delitos de
tráfico de influencias,
y fraude y exacciones
ilegales para prohibir a
los condenados -además
de contratar con la
Administración Pública-
recibir subvenciones o
ayudas públicas, o
recibir beneficios o
incentivos fiscales y de
la Seguridad Social.
Mejoras procesales
-
Agilización del
procedimiento.
El juez podrá decidir la
no acumulación de
procedimientos para
agilizar la instrucción
y el enjuiciamiento.
-
Separación de
responsabilidades.
Se podrá separar la
determinación de la
responsabilidad civil de
la penal, para no
entorpecer el desarrollo
de ninguno de los dos
procedimientos.
-
Racionalización
del régimen de recursos.
Se racionalizará la
regulación de los
recursos para evitar su
uso con efectos
dilatorios del proceso
en la fase de
investigación.
-
Recuperación de
activos procedentes de
los delitos de
corrupción. Se
refuerzan las garantías
en el proceso penal para
evitar que los
condenados se lucren con
los efectos del delito.
Justicia
APROBADO EL PROYECTO
DE LEY DE REFORMA DEL CÓDIGO
PENAL
-
Facilita la persecución
de los corruptos y
realiza una revisión
completa del sistema
penal para dar respuesta
a las nuevas formas de
delincuencia y a la
multirreincidencia.
-
La regulación de los
delitos económicos se
actualiza para evitar la
impunidad de ciertas
conductas. El comiso es
ampliado para aumentar
la posibilidad de
recuperar activos
ilícitos.
-
El texto introduce la
prisión permanente
revisable en supuestos
de excepcional gravedad
y profundiza en la
posibilidad de imponer a
delincuentes peligrosos
medidas de seguridad
junto a la pena.
-
Se establece un único
régimen de suspensión de
penas que agilizará los
procedimientos y en la
delincuencia menor se
amplía la
discrecionalidad del
juez ante el
cumplimiento de pena de
prisión.
-
Las faltas quedan fuera
del Código para cumplir
con el principio de
intervención mínima y
descongestionar los
juzgados.
-
Se crean nuevos delitos
de matrimonio forzado,
acoso, divulgación de
imágenes íntimas sin
consentimiento de la
víctima e inutilización
del funcionamiento de
dispositivos de control
para mejorar la
protección de la mujer.
-
Será delito cualquier
acto sexual con menores
de dieciséis años, salvo
que exista proximidad de
edad o de madurez y se
castigará a los clientes
españoles de
prostitución infantil
aunque cometan el delito
en el extranjero.
-
Se perseguirán las
páginas web que
facilitan el acceso
ilícito a obras
protegidas en busca de
un beneficio directo o
indirecto.
-
Los robos en el campo se
considerarán agravados.
El Consejo de Ministros ha
aprobado la remisión a las
Cortes Generales del
Proyecto de Ley de reforma
del Código Penal. Se trata
de la reforma más profunda
de las realizadas hasta
ahora, al incluir una
revisión del sistema penal
para dar respuesta a las
nuevas formas de
delincuencia, a la
multirreincidencia y a los
delitos más graves. El texto
se adecúa, además, a las
conductas delictivas del
siglo XXI a través de una
revisión técnica de un
número importante de
delitos, entre los que
sobresalen aquellos
previstos para castigar la
corrupción. Gracias a su
nueva redacción se
conseguirá el castigo de
conductas que hasta ahora
quedaban impunes.
La adecuación a las
conductas delictivas queda
especialmente plasmada en la
nueva redacción de los
delitos de corrupción. En
los delitos de
administración desleal y
malversación, por ejemplo,
ya no será necesario
acreditar el enriquecimiento
ilícito del administrador o
funcionario que falte al
deber que tiene encomendado
si, entre otros supuestos,
se acredita que ha firmado
contratos por un precio
desorbitado o por servicios
no prestados.
Entre las novedades del
texto, que incluye las
sugerencias realizadas por
los órganos consultivos a
cuyo estudio fue sometido
-Consejo Fiscal, Consejo
General del Poder Judicial y
Consejo de Estado-, figura
la prisión permanente
revisable en supuestos de
excepcional gravedad.
También profundiza en la
imposición de medidas de
seguridad que inició la Ley
Orgánica 5/2010 con los
delincuentes sexuales, de
forma que la libertad
vigilada podrá aplicarse a
más delitos en función de la
peligrosidad del reo: por
primera vez se establece un
sistema dualista, donde por
un lado una pena castiga el
hecho cometido y una medida
de seguridad protege a la
sociedad de la peligrosidad
del sujeto.
El Código Penal ahonda,
igualmente, en la protección
de la mujer mediante la
introducción de nuevas
figuras delictivas, como el
delito de matrimonio
forzado, el de acoso u
hostigamiento, la
divulgación no autorizada de
grabaciones o imágenes
íntimas obtenidas con el
consentimiento de la víctima
y la alteración de los
dispositivos telemáticos
para controlar medidas
cautelares.
Para mejorar la eficacia y
agilidad de la justicia
penal se modifica la
regulación de la suspensión
y de la sustitución de
penas, fijando un sistema
único que impida la
duplicidad de actuaciones.
Además, se suprimen las
faltas que sobrecargan los
juzgados y sólo las que
tienen entidad penal se
convierten en delitos leves.
Las demás se castigarán por
vía administrativa.
También se trasponen varias
decisiones europeas y se
adelanta la adecuación del
ordenamiento jurídico
español de las que están en
tramitación. Entre ellas
destacan la que lucha contra
determinadas formas y
manifestaciones de racismo y
xenofobia, la que previene
los abusos sexuales y la
explotación sexual de los
menores, y la pornografía
infantil y la que combate la
trata de seres humanos.
PRINCIPALES
NOVEDADES
Delitos económicos
Donde el Código Penal ha
sufrido una mayor
transformación es en los
delitos previstos para
combatir la corrupción. El
texto vigente tipificaba la
administración
desleal como un
delito societario, cuando en
realidad es un delito
patrimonial del que puede
ser víctima cualquier
persona. Con la reforma, el
tipo penal castigará los
actos de gestión desleal
cometidos mediante abuso o
deslealtad por quien
administra el patrimonio de
un tercero y le causa un
perjuicio o crea una
situación de peligro de
pérdida del mismo. Así se
castigarán los contratos
para prestación de servicios
no útiles, los firmados sin
que exista contraprestación
y los realizados a un precio
superior.
De la administración desleal
se separan los delitos de
apropiación indebida, aunque
tendrán la misma pena cuando
se trate de un supuesto de
apropiación con
quebrantamiento de la
relación de confianza con el
propietario. La
malversación
constituye una modalidad de
administración desleal que
históricamente se refería,
básicamente, a sustracción
de fondos públicos y en
mucha menor medida a la
desviación del destino de
los mismos. La reforma, en
línea con la Ley de
Transparencia, amplía los
supuestos por los que se
puede castigar la gestión
desleal con perjuicio para
el patrimonio público.
Con el nuevo texto se
tipifican como malversación
todos los supuestos de
gestión desleal del
patrimonio público:
contrataciones a precios
superiores a los reales,
celebración de contratos sin
prestación, utilización del
patrimonio público para
fines privados... De esta
forma la persecución de
estas conductas será más
eficaz, ya que no será
preciso acreditar un
enriquecimiento, sino que
bastará con probar que ha
existido una conducta
desleal patrimonial.
El Proyecto de Ley amplía
la responsabilidad
de las personas jurídicas
a las sociedades mercantiles
públicas y prevé, además, la
sanción de los directivos de
las entidades en las que se
cometan delitos por falta de
adopción de medidas de
prevención.
Se revisan los
delitos de insolvencia
punible para
separar las conductas de
obstaculización o
frustración de la ejecución
de aquellas de insolvencia o
concurso punible. Con los
primeros, entre los que se
incluye el alzamiento de
bienes, se agilizará,
aumentará y dotará de mayor
efectividad a la ejecución,
lo que reforzará la
protección de los
acreedores.
Con los delitos de
concurso punible se
trata de facilitar una
respuesta penal frente a las
actuaciones que ponen en
peligro ilícitamente los
intereses de los acreedores.
Es decir, para perseguir las
utilizadas para
despatrimonializar las
empresas que se encuentran
en situación de insolvencia
inminente o aquellas con las
que se oculta el patrimonio
de la entidad para ponerlo
fuera del alcance de los
acreedores.
También se castiga con este
tipo a los que son
directamente causantes de la
situación de concurso de una
entidad. La reforma
incorpora, además, la
posibilidad de que los
administradores concursales
puedan ser condenados por
malversación y cohecho, con
lo que se mejora la
protección de la masa del
concurso.
El texto introduce también
mejoras técnicas en la
regulación del delito que
castiga la corrupción en el
sector privado o de un
agente público extranjero
con el fin de neutralizar
los casos en los que,
mediante el pago de sobornos
en beneficio propio o de
tercero, se obtienen
posiciones de ventaja en las
relaciones económicas de las
empresas.
Comiso
Con el objetivo de facilitar
instrumentos legales más
eficaces en la recuperación
y gestión de activos
procedentes del delito, la
reforma incluye una
ambiciosa revisión del
comiso, que se adelanta a la
Directiva europea sobre el
embargo preventivo y el
decomiso de los productos de
la delincuencia en la que
trabaja la Unión Europea.
Hasta ahora el comiso del
producto del delito estaba
vinculado a la existencia de
una condena penal previa por
el delito cometido, pero,
como ha establecido el
Tribunal Europeo de Derechos
Humanos, el comiso no es una
sanción penal, sino una
institución por la que se
pone fin a una situación
patrimonial ilícita; no es
una sanción ajustada a la
culpabilidad del hecho, sino
más bien una forma de
restituir un enriquecimiento
injusto.
Esta concepción permite
ampliar este instrumento al
comiso sin condena, previsto
para rebeldes o fallecidos,
y al comiso ampliado, en el
que los bienes decomisados
provienen de otras
actividades ilícitas del
sujeto condenado, distintas
a por las que fue condenado.
Este modelo ya fue
introducido para los delitos
de terrorismo y los
cometidos por organizaciones
criminales, pero ahora se
extiende a otros supuestos
en los que a través de una
actividad delictiva
sostenida en el tiempo
pueden derivar importantes
beneficios económicos.
Se trata de blanqueo y
receptación, delitos contra
la salud pública, trata de
seres humanos, prostitución,
explotación y abuso de
menores, falsificación de
moneda, corrupción en el
sector privado, delitos
informáticos, cohecho,
malversación o delitos
patrimoniales cometidos con
profesionalidad.
En no pocas ocasiones los
bienes y efectos procedentes
de actividades delictivas
son transferidos a terceras
personas. Por eso, el texto
mejora la regulación del
comiso de bienes en poder de
terceros, que ya estaba
previsto.
Además, para facilitar el
comiso se regula un
procedimiento autónomo al
que podrá acudir el fiscal
si eso facilita un
enjuiciamiento más rápido de
las responsabilidades
penales; cuando se descubra
la existencia de bienes que
deban ser decomisados
después de que los hechos ya
hayan sido enjuiciados, o
cuando deba acudirse a
supuestos de comiso sin
condena.
Para mejorar la gestión de
los activos intervenidos se
crea la Oficina de Gestión
de Activos a la que
corresponderá realizar las
actuaciones necesarias para
gestionar de la forma más
eficaz económicamente la
conservación o utilización
de los bienes intervenidos.
Mayor protección de
la mujer
La reforma del Código Penal
incluye nuevos delitos (ya
previstos en el Anteproyecto
aprobado por el Consejo de
Ministros del 11 de octubre
de 2012) para aumentar la
protección de la mujer. Uno
de ellos es el
matrimonio forzado
(artículo 172 bis), con el
que se castigará la
violencia o intimidación
para obligar a contraer
matrimonio y la violencia,
intimidación o engaño para
forzar a abandonar el
territorio nacional o no
regresar con esa misma
finalidad.
También se castigarán a
partir de ahora los actos
reiterados de acecho
u hostigamiento
mediante llamadas
telefónicas continuas,
seguimientos o cualquier
otra fórmula que pueda
lesionar gravemente la
libertad y el sentimiento de
seguridad de la víctima,
pero que en muchas ocasiones
no puede ser tipificada como
delito de coacciones o de
amenazas porque no se
produce violencia.
Se pena la
divulgación no autorizada de
grabaciones o imágenes
íntimas obtenidas
con el consentimiento de la
víctima, pero luego
divulgadas sin que ésta lo
sepa, cuando afecten
gravemente a su intimidad,
una práctica que ha sido
detectada con frecuencia
entre los jóvenes. El Código
Penal vigente sólo castiga
el apoderamiento o
interceptación de cartas o
mensajes privados de la
víctima, pero no preveía
pena alguna cuando era ella
misma quien se los
facilitaba a la persona que
luego los difundía.
Asimismo, se incorpora al
Código Penal como delito la
inutilización de
dispositivos electrónicos
utilizados para controlar el
cumplimiento de penas, algo
especialmente relevante a la
hora de luchar contra la
violencia de género. Además,
en lo relativo a esta lacra,
el nuevo texto considera
delito las injurias leves y
las vejaciones injustas
cometidas en este contexto.
Asimismo, el juez podrá
imponer penas de multas,
pero sólo cuando se acredite
que entre el condenado y la
víctima no existe ningún
vínculo económico para que
de ninguna manera esta pueda
verse perjudicada por el
castigo del primero.
Igualmente, como ya ocurría
con los delitos de violencia
de género, en los sexuales
no se podrá aplicar el
delito continuado y se
impondrá una pena por cada
uno de los cometidos. En los
demás casos, se limita la
aplicación de la figura del
delito continuado a
conductas delictivas
cercanas en el tiempo. Para
evitar que la reiteración no
tenga reflejo en la
agravación de la pena por
uno o varios delitos
semejantes, deberá imponerse
una pena superior a la que
habría correspondido a la
infracción más grave
cometida, pero inferior a la
suma de todas ellas.
Menores
La transposición a nuestro
ordenamiento de varias
Directivas europeas y, en
concreto, la que lucha
contra los abusos y
explotación sexual de los
menores y la pornografía
infantil ha obligado a
introducir modificaciones en
los delitos contra la
libertad sexual relativos a
los abusos cometidos sobre
menores de edad.
Así, la realización de
cualquier acto de carácter
sexual con menores de
dieciséis años será
considerado un hecho
delictivo, salvo que se
trate de relaciones sexuales
consentidas entre personas
de similar grado de madurez
y desarrollo, que en ningún
caso serán penalizadas. Será
delito hacer presenciar a un
menor de 16 años relaciones
de terceros o abusos
cometidos sobre terceros.
También lo será contactar
con él a través de medios
tecnológicos para embaucarle
y que facilite imágenes
pornográficas.
Además, se elevan las penas
de los delitos de
prostitución que afectan a
menores o personas
discapacitadas y se
considerará pornografía
infantil imágenes realistas
de menores participando en
conductas sexuales
explícitas, aunque no sean
reales. El texto amplía la
jurisdicción de los
tribunales españoles para
perseguir a los clientes de
prostitución infantil,
aunque cometan el delito
fuera de España cuando sean
españoles o residan en
nuestro país.
Propiedad
intelectual y propiedad
industrial
La regulación pretende
lograr un equilibrio entre
la protección de los
derechos de autor y las
nuevas tecnologías. Lo que
se persigue es la
explotación económica,
reproducción, plagio,
distribución y comunicación
pública de una obra, sin
autorización de los
titulares, con ánimo de
obtener un beneficio directo
o indirecto (a través de
publicidad, por ejemplo),
así como facilitar el acceso
a la localización de obras o
prestaciones protegidas en
Internet.
Se tipifica expresamente la
facilitación de medios para
suprimir o neutralizar las
medidas tecnológicas
utilizadas para proteger la
propiedad intelectual.
El objetivo es perseguir las
páginas que permiten la
obtención de un listado de
enlaces a través de las que
se puede acceder
ilícitamente a obras
protegidas por los derechos
de autor. En ningún caso se
actuará contra usuarios o
buscadores neutrales, ni
contra los programas P2P que
permiten compartir
contenidos.
Se mantienen las penas
mínimas previstas, pero las
conductas más graves podrán
ser sancionadas hasta con
seis años de prisión, al
haberse apreciado una
desproporción de penas al
comparar éstos con otros
delitos que también atentan
contra la propiedad.
Por su parte, en los delitos
contra la propiedad
industrial se diferenciará
la responsabilidad penal de
importadores y
distribuidores mayoristas.
Éstos verán agravada su
pena, mientras que a los
distribuidores minoristas y
vendedores al público se les
atenuará proporcionalmente
en función de su
responsabilidad. En el caso
de los conocidos como
"manteros" las penas en las
que podrían incurrir son
idénticas a las actuales.
Prisión permanente
revisable
Con la prisión permanente
revisable se proporcionará
una respuesta penal más
adecuada a ciertos crímenes
que causan una especial
repulsa social. Se aplicará
a los homicidios
terroristas, los cometidos
contra el rey o el príncipe
heredero y contra jefes de
Estado extranjeros. También
será la pena prevista para
los casos de genocidio y
crímenes de lesa humanidad
con homicidio, así como en
el primer caso, con agresión
sexual.
Los Tribunales impondrán
este tipo de pena en algunos
tipos de asesinatos
agravados: cuando la víctima
sea menor de dieciséis años
o se trate de una persona
especialmente vulnerable;
cuando sea subsiguiente a un
delito contra la libertad
sexual; en los múltiples y
en los cometidos por
miembros de una organización
criminal.
La nueva pena trae consigo
un cumplimiento íntegro de
la privación de libertad
durante un tiempo que se ha
establecido en un abanico de
entre 25 y 35 años, en
función de si se trata de
condenas por uno o varios
delitos o de delitos
terroristas. Sólo después de
ese periodo se aplicará el
sistema de revisión que
permitirá la puesta en
libertad del condenado si
cumple una serie de
requisitos. Esta revisión se
podrá realizar a petición
del reo una vez al año, pero
también se hará de oficio
por un tribunal colegiado,
al menos, cada dos años.
La aplicación de la prisión
permanente revisable ha sido
avalada por el Tribunal
Europeo de Derechos Humanos
en distintas sentencias tras
su aplicación en los países
de nuestro entorno, en las
que ha determinado que la
posibilidad de revisión de
la condena satisface el
artículo 3 de la Convención
Europea de Derechos Humanos.
Libertad condicional
Una de las novedades del
Código Penal es que la
libertad condicional pasa a
ser regulada como una
suspensión de la pena, de
tal modo que si, una vez en
libertad, el penado vuelve a
delinquir, podrá ser
devuelto a la cárcel para
que siga cumpliendo condena
desde el momento en que
quedó en suspenso. Se aplica
en los mismos términos en
los casos de prisión
permanente revisable, cuando
una vez cumplidos los años
fijados se revise su
situación y el tribunal
entienda que puede acceder a
esta medida.
Se amplía la posibilidad de
acceder a la libertad
condicional para los que
ingresen por primera vez en
prisión. Los condenados por
primera vez a penas de hasta
tres años y con conducta
irreprochable podrán acceder
a la libertad condicional a
mitad de la condena, frente
a los dos tercios actuales.
Aunque se seguirá pudiendo
solicitar la
suspensión de la
ejecución de una condena por
las mismas causas que
actualmente, todas se
encuadrarán en un único
régimen de suspensión, lo
que evitará la reiteración
de trámites y recursos. Otra
novedad es que para agilizar
la satisfacción de la
responsabilidad civil se
podrá acordar o, en su caso,
revocar la libertad
condicional, al tenerse en
cuenta si el reo ha ocultado
bienes o no ha aportado
información sobre los que
dispone para no hacer frente
a ese pago.
En el caso de extranjeros,
la sustitución de la pena de
prisión por la expulsión del
país se ajusta a lo previsto
en la Ley de Extranjería.
Cuando las condenas sean
superiores a tres años, los
Tribunales podrán fijar qué
parte debe cumplir en
nuestro país y qué parte
puede ser sustituida por la
expulsión.
Además, se simplifica el
sistema de cancelación de
antecedentes penales para
facilitar la operatividad
del sistema europeo de
intercambio de información.
Los jueces y tribunales
contarán con mayor
discrecionalidad a la hora
de suspender la ejecución de
una condena. Podrán hacerlo
aunque el penado tenga
antecedentes no cancelados
cuando no los considere
relevantes y aún en el caso
de que cometa nuevos
delitos. De esta forma, se
pone fin a los efectos
excesivos que suponía que un
delito de gravedad muy
relativa, como conducir sin
carné, obligaba a ejecutar
una pena impuesta por un
delito menor cometido años
después, aunque el
pronóstico de reinserción
del penado fuera
absolutamente favorable.
Medidas de seguridad
El fundamento de las medidas
de seguridad reside en la
peligrosidad del autor. Se
abandona la idea de que no
puedan ser más graves que
las penas aplicables al
delito, porque éstas vienen
determinadas por la
culpabilidad del hecho y
aquellas, por la
peligrosidad del autor.
El Código Penal prevé
medidas de seguridad de
internamiento en centro
psiquiátrico, de
deshabituación o de
educación especial, que se
cumplen antes que la pena.
Esta podría no llegar a
ejecutarse si el juez la
considera innecesaria o cree
que con ella peligran los
efectos de la propia medida.
En cualquier caso, se trata
de un régimen muy
restrictivo, que sólo se
aplicará cuando exista una
probabilidad muy alta de
comisión de delitos de
gravedad. En los supuestos
más graves, su prórroga sólo
podrá ser decidida por un
tribunal a petición del
fiscal tras la celebración
de una vista.
El texto incluye también
libertad vigilada.
En este caso, siempre se
ejecuta con posterioridad al
cumplimiento de la pena y,
mientras que el texto
vigente sólo lo preveía para
delitos sexuales, ahora se
amplía su aplicación a una
pluralidad de conductas
delictivas. Será impuesta en
sentencia y tendrá una
duración mínima de tres años
y máxima de cinco, aunque se
podrá levantar en cualquier
momento por el juez de
Vigilancia Penitenciaria. Su
prórroga sólo está prevista
en caso de delitos sexuales
y ante un incumplimiento
grave que revele que hay
posibilidad de volver a
delinquir.
Entre las medidas a imponer
figura la posibilidad de
imponer como regla de
conducta la utilización de
vehículos que dispongan de
dispositivos tecnológicos de
comprobación previa de las
condiciones físicas del
conductor para impedirle la
conducción si ha bebido.
Supresión de las
faltas
Con el objetivo de hacer
efectivo el principio de
intervención mínima del
Derecho Penal y de reducir
el número de asuntos menores
que sobrecargan los
Juzgados, se ha decidido
suprimir las faltas. Se
mantendrán las que son
merecedoras de reproche
penal, pero como delitos
leves, denominados de escasa
gravedad y que estarán
castigados con penas de
multa. El proceso que les
corresponderá se
desarrollará en la nueva Ley
de Enjuiciamiento Criminal,
en la que se está
trabajando. Mientras tanto,
transitoriamente, se
resolverán en juicios de
faltas.
El Código Penal incorpora un
criterio de oportunidad para
que las conductas que puedan
ser consideradas delitos
leves, pero no tengan
gravedad suficiente para
justificar la apertura de un
proceso, ni exista interés
público en su persecución,
puedan ser archivadas a
petición del fiscal.
Las faltas que no merecen
reproche penal abandonan el
Código Penal, aunque se
seguirán persiguiendo
administrativamente dentro
de la Ley de Seguridad
Ciudadana o por la vía
civil.
Asesinato y
detención ilegal
El Código Penal actualiza el
delito de asesinato, de
forma que se considerará
tal, además de por las
circunstancias ya previstas
(alevosía, por precio,
recompensa o promesa y
ensañamiento), el homicidio
que se cometa para facilitar
la comisión de otro delito o
para evitar ser descubierto.
Se establece el
homicidio agravado
si la víctima es menor de
dieciséis años o es una
persona especialmente
vulnerable y cuando esté
presente un móvil sexual.
También lo serán si se
comete sobre agentes de la
autoridad o funcionarios
públicos en el ejercicio de
sus funciones.
La detención ilegal
sin dar razón del paradero
de la víctima se castigará
con una pena similar a la
del homicidio (de 10 a 15
años de cárcel) y en caso de
secuestro se elevará a entre
15 y 20 años. Estas penas se
ven aumentadas hasta un
máximo de 25 años si la
víctima es menor de edad o
está presente un móvil
sexual en la comisión del
delito.
Hurto y robo
Se suprime la falta de hurto
para sustituirla por un
delito leve de hurto que
castigará los casos en los
que lo sustraído no supere
los mil euros. No obstante,
para fijar el límite entre
el delito leve (castigado
con pena de multa) y el
delito (pena de cárcel) el
juez también podrá tener en
cuenta la capacidad
económica de la víctima. Con
el objetivo de ofrecer una
respuesta adecuada a la
multirreincidencia y la
delincuencia grave, se prevé
que en el caso de
delincuencia profesional y
organizada se les pueda
condenar con el tipo
agravado, es decir, por el
delito, a penas de uno a
tres años de prisión. En los
casos más graves la pena
puede ascender hasta los
cuatro años de cárcel.
Se considerará delito de
hurto, independientemente de
la cuantía sustraída, cuando
se produzcan ciertas
circunstancias, como el
desamparo de la víctima y el
pillaje que puede darse en
situaciones de catástrofe;
la profesionalidad; la
utilización de menores de
edad y el hurto sea de
conducciones de suministros
eléctricos o de cableado de
telecomunicaciones. Además,
se han incluido en este
catálogo los robos cometidos
en explotaciones agrarias o
ganaderas que causen
perjuicios graves. El portar
armas o pertenecer a un
grupo criminal constituido
para cometer delitos contra
la propiedad agravarán el
delito.
El robo con fuerza tendrá en
cuenta el modo de comisión,
pero también la fuerza
utilizada para abandonar el
lugar (para cubrir la
desactivación de alarmas
desde el interior) y el robo
con violencia introduce un
supuesto agravado para los
delitos cometidos en
establecimientos abiertos al
público.
La agravación prevista para
estos delitos, por los que
se podrán imponer medidas de
seguridad a los delincuentes
peligrosos, tendrá su
reflejo en la estafa cuando
sea cometida por una
organización criminal y la
defraudación afecte a una
pluralidad de personas.
Atentado,
resistencia y desobediencia
La reforma del Código Penal
clarifica la definición del
delito de atentado
que incluye todos los
supuestos de acometimiento,
agresión, empleo de
violencia o amenazas graves
de violencia sobre el
agente. Como puede ser
cometido por conductas muy
diferentes de gravedad
desigual, se ha optado por
bajar la pena mínima y
agravarla cuando se utilicen
armas u objetos peligrosos,
se lancen objetos
contundentes o líquidos
inflamables o corrosivos, se
acometa con un vehículo de
motor o suponga cualquier
acción que conlleve un
peligro para la vida o pueda
causar lesiones graves.
En ningún caso el delito de
atentado se equipara con la
acción de resistencia
meramente pasiva. Esta,
junto a la desobediencia, ha
visto rebajada la pena con
la que se castiga: antes lo
estaba con entre seis meses
y un año de cárcel, y ahora
el abanico empieza en los
tres meses.
La falta de
desobediencia
desaparece del Código, pero
se sancionará como
infracción administrativa de
la Ley de Seguridad
Ciudadana. Se incluyen como
sujetos protegidos a los
miembros de los equipos de
asistencia o rescate y a los
empleados de empresas de
Seguridad cuando desarrollen
funciones bajo mando directo
de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado.
Una de las novedades del
texto es que se incluye en
la definición de alteración
del orden público una
referencia al sujeto plural
y a la realización de actos
de violencia sobre cosas y
personas. De esta forma,
también se castigará a los
que animan a otro a cometer
un delito de daños, por
ejemplo.
Como ocurre actualmente, la
pena se agrava cuando se
porten armas, se exhiban
simuladas o se realicen
actos de violencia con
peligro para la vida o
integridad de las personas,
así como los actos de
pillaje. Se regula como
supuesto atenuado la entrada
o invasión colectiva de
oficina o establecimiento,
cuando se altere
indebidamente su normal
actividad, aunque no lleguen
a producirse actos de
violencia o amenazas. Estaba
castigado con penas de seis
meses a tres años de prisión
y ahora se castigará con
entre tres y seis meses de
cárcel o multa.
Sólo se castigará la
difusión de mensajes
que inciten a la comisión de
algún delito de alteración
del orden público. Es decir,
no la simple convocatoria a
movilizaciones, sino la
incitación a cometer actos
de violencia constitutivos
de desórdenes graves en esas
convocatorias. Otro supuesto
que se sancionará es la
interrupción del
funcionamiento de los
servicios de
telecomunicaciones o de
transporte que causen una
grave alteración de la
prestación normal del
servicio.
Para proteger la confianza
que determinados símbolos e
uniformes generan, su uso
indebido será sancionado
como delito dentro de los de
usurpación de funciones
públicas y de intrusismo.
Además, estos últimos
también castigan el
intrusismo profesional,
cuyas penas se ven agravadas
en los supuestos en los que
el culpable ejerce actos
propios de una determinada
profesión sin la
cualificación necesaria en
un establecimiento abierto
al público.
Incendios forestales
La reforma del Código Penal
contempla un endurecimiento
de las penas para los
autores de incendios
forestales que se consideren
especialmente graves. La
pena prevista actualmente
para estos delitos es de
tres a cinco años de cárcel
y, con la reforma, la pena
se elevará hasta los seis.
Además, cuando los incendios
afecten a espacios naturales
protegidos se castigarán del
mismo modo que los delitos
contra el medioambiente, lo
que significa que sus
autores podrán ser
castigados con la pena
superior en grado, que en
este caso supone nueve años
de prisión.
En la misma línea, la
reforma incorporará la
posibilidad de imponer al
responsable actuaciones
orientadas a reparar el daño
causado y se considerará la
atenuante de reparación de
daño.
El nuevo Código Penal añade
al catálogo de supuestos
agravados que contenía el
artículo 353 del vigente los
incendios que afecten a
zonas próximas a poblaciones
o lugares habitados y a
zonas forestales que
constituyan el hábitat de
especies animales en peligro
de extinción o de flora
amenazada, o que alteren
significativamente las
condiciones de vida animal o
vegetal. También se incluyen
como supuesto agravado los
incendios provocados en un
momento en el que las
condiciones climatológicas o
del terreno incrementen de
forma relevante el riesgo de
propagación.
Además, se modificará la Ley
del Jurado para que estos
delitos pasen a ser
competencias de tribunales
integrados por jueces
profesionales.
Delitos de
incitación al odio contra
las minorías
La tipificación de las
conductas de incitación al
odio y a la violencia es
modificada para adaptarla a
la jurisprudencia del
Tribunal Constitucional y a
la Decisión Marco de 2008
relativa a la lucha contra
determinadas formas y
manifestaciones de racismo y
xenofobia, aunque supera a
esta última al reflejar el
rechazo radical de todos los
actos de incitación a la
discriminación, odio o
violencia del que puedan ser
víctima cualquier colectivo
o minoría. El Alto Tribunal
impuso una interpretación
del delito de genocidio que
limita su aplicación a los
supuestos en los que esta
conducta constituya una
incitación al odio u
hostilidad contra las
minorías.
La reforma castiga dos
grupos de conductas: por un
lado, las acciones de
incitación al odio o
a la violencia
contra grupos o individuos
por motivos racistas,
antisemitas o relativos a su
ideología, religión, etnia o
pertenencia otros grupos
minoritarios, así como la
producción, elaboración o
distribución de materiales
con ese fin. La negación del
genocidio se castiga si
incita al odio o a la
violencia.
El otro grupo persigue los
actos de humillación
o menosprecio
contra dichas minorías y el
enaltecimiento o
justificación de
los delitos cometidos contra
ellos. La pena se ve
agravada en los supuestos de
comisión de esos delitos a
través de Internet u otros
medios de comunicación
social y se adoptan medidas
para su clausura si fuera
necesario.
Todavía se impondrán penas
mayores si por el contexto o
las circunstancias en las
que se produzcan estos
delitos se altera la paz
pública o se menoscaba
gravemente el sentimiento de
seguridad de los integrantes
de los grupos afectados.
También se tiene en cuenta
si han participado en ellos
organizaciones delictivas y
se regula la responsabilidad
penal de las personas
jurídicas.
Inmigración
La redacción actual del
delito de trata de seres
humanos es anterior a la
Directiva europea sobre
estos hechos, por lo que se
ha modificado para incluir
la entrega o recepción de
pagos para obtener el
consentimiento de la persona
que controla a las víctimas
y se ha delimitado el
concepto de vulnerabilidad.
Además, se agrava la pena
para los supuestos de
creación de peligro de
lesiones graves.
En cuanto a la regulación de
los delitos de inmigración
ilegal tipificados en el
artículo 318 bis, se ha
rebajado la pena hasta un
año de prisión o multa (el
mínimo que permite el
Derecho comunitario), salvo
para los supuestos agravados
de criminalidad organizada y
puesta en peligro de la vida
e integridad del inmigrante.
Para evitar cualquier duda
interpretativa que se
pudiera generar en este
asunto, la reforma excluye
expresamente la sanción
penal en todos los casos en
los que la actuación se ha
llevado a cabo con una
finalidad humanitaria.
Esterilización
Atendiendo a las
recomendaciones del Comité
de Seguimiento de la
Convención Internacional
sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad,
aprobada por Naciones Unidas
en diciembre de 2006 y
ratificada por España en
abril de 2008, se reconduce
a la vía civil el
tratamiento de la
esterilización de las
personas discapacitadas.
Asimismo, la despenalización
de la esterilización de las
personas que carezcan de
aptitud para dar su
consentimiento se realizará
bajo autorización judicial y
en un proceso con las
máximas garantías. Del mismo
modo, se ajusta la
terminología del Código
Penal a dichas
recomendaciones sustituyendo
los actuales términos de
"minusvalía" e "incapaz" por
otros como "discapacidad" o
"persona discapacitada
necesitada de especial
protección".
Mayor protección
penal de animales
El Código Penal, además,
aumenta la seguridad en la
aplicación de la norma a
través de una definición de
animales protegidos, que
incluye a los domésticos, a
los habitualmente
domesticados, a los que
viven bajo control humano y
a todos los que no viven en
estado salvaje. La pena se
ve agravada cuando se causa
la muerte y se añade la
posibilidad de imponer una
inhabilitación para la
tenencia del animal.
Industria, Energía y Turismo
APROBADO EL PROYECTO DE LEY
DEL SECTOR ELÉCTRICO
-
Da estabilidad al
sistema eléctrico y
evita la generación de
déficit de tarifa.
-
Establece la regulación
básica del sector, con
la finalidad de
garantizar el suministro
eléctrico con los
niveles necesarios de
calidad y al menor coste
posible, asegurar la
sostenibilidad económica
y financiera del sistema
y permitir un nivel de
competencia efectiva en
el sector eléctrico.
-
Fija el marco necesario
para resolver el
problema del déficit de
tarifa y evitar que en
el futuro puedan
producirse
desequilibrios
financieros como el
ocurrido durante la
última década.
-
Aumenta la protección
del consumidor e
instaura un régimen de
retribución de las
actividades con
criterios objetivos y
homogéneos, que aseguran
a los agentes una
rentabilidad razonable a
sus inversiones.
El Consejo de Ministros ha
aprobado la remisión a las
Cortes el Proyecto de Ley
del Sector Eléctrico, que
traslada a la normativa
básica del Estado las bases
de la reforma emprendida por
el Ejecutivo con el fin de
equilibrar el sistema
eléctrico, poner fin al
déficit de tarifa, dar
estabilidad y credibilidad
al sistema y lograr unos
precios eléctricos lo más
bajos y competitivos
posibles.
El Proyecto de Ley aprobado
hoy tiene como objetivo
proveer al sector de un
marco regulatorio homogéneo,
transparente y estable, que
introduce la certidumbre y
confianza necesaria que el
sistema eléctrico había
perdido, durante la última
década, por la acumulación
de desequilibrios
financieros y la continua
sucesión de cambios
normativos.
Reforma global
Para ello, el Gobierno
acomete una reforma global
del sector eléctrico, basada
en un nuevo régimen de
ingresos y gastos del
sistema eléctrico que
garantiza la corrección de
los desequilibrios, y una
regla de estabilidad
financiera que evita la
aparición de nuevos
desajustes.
Además, se limita la
introducción de nuevos
costes en el sistema
eléctrico sin el necesario
acompañamiento de un aumento
equivalente de los ingresos
y se establece que aquellos
sobrecostes generados por
las normativas autonómicas o
locales deberán ser asumidos
por éstas.
Rentabilidad
razonable
El Proyecto de Ley también
establece los parámetros que
aseguran una rentabilidad
razonable para los proyectos
empresariales regulados,
cumpliéndose el doble
objetivo de reducir los
costes del coste del sistema
y asegurar una rentabilidad
para los mismos en función
del riesgo de la actividad.
El Proyecto de Ley introduce
herramientas de flexibilidad
con la finalidad de adaptar
las retribuciones a la
situación cíclica de la
economía y a las necesidades
del sistema, tras un período
regulatorio de seis años,
conjugando la necesidad de
estabilidad y previsibilidad
para los agentes con la
exigencia de adaptación de
los regímenes retributivos.
Además, el Proyecto de Ley
aumenta la protección del
ciudadano y elevar la
competencia, estableciendo
medidas para fomentar la
capacidad de elección del
consumidor, agilizar el
proceso de cambio de
compañía y se simplifica y
clarifica la factura
eléctrica.
Bono social
La norma establece la
creación del bono social
para los consumidores
vulnerables de acuerdo a
determinadas características
sociales, consumo y poder
adquisitivo. También se crea
el Precio Voluntario para el
Pequeño Consumidor, que será
el precio máximo de
referencia al que podrán
contratar la mayor parte de
los consumidores domésticos,
si bien las empresas podrán
aplicar descuentos sobre él,
y se habilitan nuevas
comercializadoras para el
suministro de estos
clientes.
El Proyecto de Ley se suma a
las medidas ya emprendidas
para equilibrar el sistema.
La normativa fue presentada
al Consejo de Ministros en
primera lectura a finales
del mes de julio junto con
un paquete de medidas para
corregir el desequilibrio de
4.500 millones de euros
existente entre ingresos y
costes del sistema
eléctrico, un esfuerzo
compartido por las empresas,
el Estado y los
consumidores.
El Proyecto de Ley aprobado
hoy se complementa con un
paquete de siete Reales
Decretos y cinco órdenes
ministeriales que se
encuentran actualmente en
tramitación.
Economía y Competitividad
APROBADO EL PROYECTO DE LEY
DE COBERTURA POR CUENTA DEL
ESTADO DE LOS RIESGOS DE LA
INTERNACIONALIZACIÓN
-
La norma completa el
decreto de julio del
pasado año que sentó las
bases para la
privatización de CESCE.
-
Persigue contribuir a la
mejora de la
competitividad y a una
mayor eficacia en las
políticas de
internacionalización.
El Consejo de Ministros ha
aprobado la remisión a las
Cortes Generales del
Proyecto de Ley sobre
cobertura por cuenta del
Estado de los riesgos de la
internacionalización de la
economía española, actividad
que la normativa vigente
encomienda en exclusiva a la
Compañía Española de Seguro
de Crédito a la Exportación
(CESCE).
La nueva Ley completa lo
previsto en el Real Decreto
Ley de 13 de julio de 2012
que sentó las bases para la
privatización de CESCE. El
objetivo es lograr una mayor
eficacia en las políticas de
internacionalización de la
economía española,
contribuir a la política de
consolidación fiscal y
racionalización del sector
público y adaptarse a las
normas que rigen en la
mayoría de los países del
Consenso OCDE.
La nueva norma sustituye a
otra del año 1970 y supone
una importante contribución
a la mejora de la
competitividad de las
empresas españolas. El
seguro por cuenta del Estado
es, en este sentido, un
instrumento esencial, sobre
todo en un momento de gran
dinamismo de las
exportaciones que no sólo es
coyuntural, sino también
estructural a medio plazo.
Lo que se busca es
garantizar la fortaleza del
seguro por cuenta del Estado
en los siguientes aspectos:
-
Se trata de un servicio
de interés económico
esencial y estratégico
para la
internacionalización de
la empresa española.
-
Tiene la ventaja de
complementar y completar
la financiación privada,
al servir de catalizador
en momentos como el
actual de insuficiencia
de recursos financieros
para financiar las
operaciones de comercio
e inversiones.
-
Debe desarrollarse en el
marco de la política
comercial común de la
Unión Europea y
garantizar que nuestros
exportadores e
inversores cuentan con
condiciones tan
competitivas como las
del resto de actores en
los mercados
internacionales.
Novedades
Las principales novedades
que incorpora el Proyecto de
Ley son:
-
Se establece la figura
del Agente Gestor como
la entidad designada por
el Estado para gestionar
por cuenta de éste y en
exclusiva, a través de
un convenio de gestión,
determinados riesgos de
la internacionalización.
Se aplica un principio
de subsidiariedad, en
virtud del cual el
Estado no podrá cubrir
los riesgos definidos
como negociables, es
decir, susceptibles de
ser cubiertos por la
iniciativa privada.
-
La Ley contempla un
plazo de siete años,
prorrogable por otros
tres, durante el cual
CESCE actuará como
Agente Gestor. Con ello
se busca asegurar la
estabilidad del sistema
de modo que
exportadores, inversores
y entidades financieras
puedan contar con el
apoyo de CESCE. La
selección del Agente
Gestor, una vez
transcurrido dicho
plazo, deberá garantizar
la idoneidad de los
candidatos. Se
seleccionará al que
asegure la maximización
de la eficacia en la
gestión de la cuenta del
Estado, con las
restricciones que el
control público del
sistema de apoyo oficial
a la
internacionalización
exige.
-
Con el fin de mantener
el control sobre la
gestión de la cuenta del
Estado, que actualmente
se realiza a través del
Consejo de
Administración de CESCE,
se crea la Comisión de
Riesgos por Cuenta del
Estado. Será un órgano
colegiado
interministerial
presidido por el
Secretario de Estado de
Comercio, a través del
cual la Administración
instruirá y controlará
al Agente Gestor.
-
Se crea un Fondo de
Reserva de los Riesgos
de la
internacionalización de
titularidad estatal para
facilitar la gestión de
los recursos a
disposición del Agente
Gestor, sin modificar la
esencia del régimen
presupuestario del
seguro por cuenta del
Estado. La gestión de la
cuenta tendrá, en
principio, el mismo
impacto presupuestario,
esté el gestor en manos
privadas o públicas.
La Ley entrará en vigor a
los tres meses de su
publicación en el Boletín
Oficial del Estado, que es
el mismo período que se
contempla para que las
normas reglamentarias
precisas para su desarrollo
y ejecución, particularmente
el convenio de gestión, sean
aprobadas por el Gobierno.
Sanidad, Servicios Sociales
e Igualdad
LA TARJETA SANITARIA
INDIVIDUAL TENDRÁ UN FORMATO
ÚNICO Y SERÁ INTEROPERABLE
EN TODAS LAS COMUNIDADES
AUTÓNOMAS
-
Incorporará una serie de
datos básicos y comunes
de cada usuario, y
estará vinculada a un
código de identificación
personal único para cada
ciudadano del Sistema
Nacional de Salud.
-
El Ministerio de
Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad
asegurará que la lectura
y comprobación de los
datos sea técnicamente
posible en todo el
territorio del Estado.
-
Las actuales tarjetas se
sustituirán con motivo
de su renovación por
cualquier causa y el
proceso estará
finalizado antes de
cinco años.
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Real Decreto,
que modifica otro del 30 de
enero de 2004, que establece
que todos los ciudadanos
usuarios del Sistema
Nacional de Salud dispondrán
de una tarjeta sanitaria
individual con una serie de
datos básicos y un código de
identificación personal que
permitirá que sea
interoperable en todas las
Comunidades Autónomas.
De este modo, se da
cumplimiento a la Ley de
Cohesión y Calidad del
Sistema Nacional de Salud,
de 2003, que fijaba que los
ciudadanos tienen derecho a
recibir, por parte del
Servicio de Salud de la
Comunidad Autónoma en la que
se encuentre, la asistencia
sanitaria en las mismas
condiciones y con idénticas
garantías que los ciudadanos
residentes en esa Comunidad
Autónoma. Se estima que
cuatro millones de españoles
reciben cada año atención
sanitaria en una Comunidad
Autónoma distinta a la suya.
El Real Decreto aprobado hoy
es fruto del acuerdo de
todos los consejeros de
Sanidad autonómicos, que el
29 de febrero de 2012 dieron
el visto bueno a la
propuesta de criterios
básicos de formato de la
tarjeta sanitaria del
Sistema Nacional de Salud.
De este modo, además, se
cumple lo estipulado en el
Real Decreto Ley 9/2011, en
el que se recogía que el
Gobierno, en coordinación
con las Comunidades
Autónomas, "establecerá el
formato único y común de
tarjeta sanitaria válido
para todo el Sistema
Nacional de Salud".
Datos básicos
Las tarjetas incluirán una
serie de datos básicos
comunes y estarán vinculadas
a un código de
identificación personal. Los
datos básicos a incluir en
el anverso de la tarjeta
sanitaria son:
-
Identidad
institucional de la
Comunidad Autónoma
o entidad que la emite.
-
Los rótulos de
"Sistema Nacional de
Salud de España" y
"Tarjeta Sanitaria".
-
Código de
identificación personal
asignado por la
administración sanitaria
emisora de la tarjeta.
-
Nombre y
apellidos del
titular de la tarjeta.
-
Código de
identificación personal
único del Sistema
Nacional de Salud.
-
Código de la
administración sanitaria
emisora de la
tarjeta.
Las tarjetas también podrán
incorporar el número de DNI
de su titular o, en el caso
de extranjeros, su número de
identidad de extranjeros, el
número de la Seguridad
Social, la fecha de
caducidad o el número de
teléfono de atención de
urgencias sanitarias.
Igualmente, se podrá incluir
una fotografía del titular
de la tarjeta sanitaria.
Otra novedad es que, a
instancias de parte o de
oficio en aquellas
administraciones sanitarias
que así lo prevean en su
normativa, en el ángulo
inferior derecho de la
tarjeta sanitaria se
grabarán, en braille, los
caracteres "TSI" (Tarjeta
Sanitaria Individual).
El Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e
Igualdad establecerá los
requisitos y estándares
necesarios sobre los
dispositivos que las
tarjetas incorporen, y las
aplicaciones que las traten
deberán permitir que la
lectura y comprobación de
los datos sea técnicamente
posible en todo el
territorio del Estado.
Sistema Nacional de
Salud de España
El formato único de la
tarjeta sanitaria permitirá
también, de manera visible,
la identificación del
Sistema Nacional de Salud de
España, necesaria para el
proyecto europeo de
interoperabilidad de la
información clínica y para
la adecuada implantación de
la tarjeta sanitaria
europea, para la circulación
de los pacientes por la
Unión Europea, y elemento de
garantía para la ciudadanía
del ejercicio del derecho a
la protección de la salud en
todo el Estado.
Las actuales tarjetas se
sustituirán con motivo de su
renovación por cualquier
causa y el proceso estará
finalizado antes de cinco
años. La norma ha sido
sometida a informe previo de
la Agencia Española de
Protección de Datos.
El formato único de la
tarjeta sanitaria individual
supone un paso más en la
implantación de la e-Salud.
El Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e
Igualdad también trabaja en
la completa implantación de
la receta electrónica y de
la historia clínica digital.
En la actualidad, veinte
millones de españoles están
ya en la base de datos de la
historia clínica digital y
el 61,5 por 100 de las
recetas médicas que se
expiden lo hacen en formato
electrónico.
MODELO DE TARJETA
1.- Anverso
Modelo sin fotografía

Modelo con fotografía

2.- Reverso
Banda magnética con tres
pistas:
-
Pista 1
alfanumérica,
con el código asignado
por la administración
emisora, el código único
asignado por el Sistema
Nacional de Salud, el
Código de la
administración sanitaria
emisora y el nombre y
apellidos del titular.
-
Pista 2 numérica:
libre.
-
Pista 3
regrabable.
Justicia
ACTUALIZADAS LAS
RETRIBUCIONES DE JUECES Y
FISCALES SUSTITUTOS
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Real Decreto por
el que se actualizan las
cuantías previstas para el
pago de sustituciones entre
miembros de la Carrera
Judicial y Fiscal. Las
retribuciones previstas en
dicha norma no habían
experimentado actualización
alguna desde marzo de 2004.
Si en la anterior normativa
quedaban excluidas de
retribución las
sustituciones de duración
inferior a los diez días,
ahora serán abonables
siempre que el sustituto
celebre señalamientos,
deliberaciones, vistas o
cualquier diligencia
judicial que exija la
presencia del juez ante las
partes.
También serán remuneradas
las sustituciones en las
cuales sea necesario dictar
sentencia o adoptar en
resolución motivada
cualquier medida cautelar o
urgente y siempre darán
derecho a retribución las
sustituciones que tengan su
origen en la enfermedad del
titular.
Igualmente, las
sustituciones que en
principio se encuentren
excluidas de retribución
podrán ser remuneradas en
casos excepcionales que
impliquen una carga de
trabajo singular para el
sustituto y cuenten con un
informe favorable previo del
Consejo General del Poder
Judicial.
Prórrogas
Otros aspectos que aborda la
reforma tienen relación con
las prórrogas de
jurisdicción, que quedan
sometidas al mismo régimen
retributivo que el previsto
para las sustituciones en la
carrera judicial; o las
comisiones de servicio sin
relevación de funciones,
cuyo régimen retributivo
igualmente se actualiza.
Carrera Fiscal
En cuanto a la Carrera
Fiscal, se opta por un
régimen diferenciado,
teniendo en cuenta la
distinta organización del
trabajo en las fiscalías.
Así, será el fiscal general
del Estado el encargado de
dictar las instrucciones
necesarias para determinar
la organización del sistema,
comunicando periódicamente
al Ministerio de Justicia la
evolución de las
sustituciones y el gasto
efectuado.
El sistema no renuncia a la
incorporación de nuevos
jueces y magistrados de
carrera. En lo que va de año
se han incorporado sendas
promociones a la carrera
judicial y fiscal; y en 2014
ocurrirá lo mismo con más de
doscientos jueces que
actualmente están en proceso
de formación. El objetivo
del Ministerio de Justicia
para el próximo año es
convocar oposiciones de
ingreso a ambas carreras.
Fomento
APROBADO EL PLAN DE
DESINVERSIÓN DE EMPRESAS
PARTICIPADAS POR RENFE
OPERADORA
-
El objetivo es la
reestructuración y
racionalización del
sector público
empresarial a través de
la reordenación de las
participaciones
financieras de la
compañía.
-
El importe por las
desinversiones alcanza
los 16,9 millones de
euros.
El Consejo de Ministros ha
aprobado los procedimientos
de desinversión de siete
sociedades participadas por
Renfe Operadora. Se trata de
cumplir el plan de
reestructuración y
racionalización del sector
público empresarial y
fundacional estatal aprobado
por acuerdo del Consejo de
Ministros de 16 de marzo de
2012 y publicado por una
Orden del Ministerio de
Hacienda y Administraciones
Públicas del 20 de marzo de
2012.
El importe total por las
desinversiones asciende a
16.992.241 euros. Los
procedimientos tramitados
hasta la fecha se refieren a
las siguientes empresas
participadas dentro del Área
de Actividad de Fabricación
y Mantenimiento:
-
Tarvia: enajenación de
las acciones de Renfe
Operadora por un importe
total de 16.000.000
euros.
-
Albitren, S.A:
enajenación del 50 por
100 de las acciones de
Renfe Operadora, por un
importe de 500.000
euros.
-
Dentro del Área de
Actividad de Mercancías
y Logística, Renfe
Operadora desinvierte en
el 6 por 100 de
Autometro, el 25 por 100
del Cargometro Rail
Transport, el 22,5 por
100 de Combiberia y el
24,5 por 100 de Depot
TMZ Services.
-
Por su parte, se
extingue la sociedad
Logística y Transporte
Ferroviario, previa
transferencia de su
activo y pasivo a Renfe
Operadora, su único
accionista.
Fomento
REGULADAS LA COMPOSICIÓN,
ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DE LOS
COMITÉS DE COORDINACIÓN
AEROPORTUARIA
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Real Decreto por
el que se regula la
composición, organización y
funcionamiento de los
Comités de Coordinación
Aeroportuaria.
Este Real Decreto garantiza
la participación de las
Comunidades Autónomas y
Ciudades con Estatuto de
Autonomía, Administraciones
locales, así como
organizaciones empresariales
y sociales más
representativas en la
gestión aeroportuaria de
aquellos aeropuertos
atribuidos a la gestión y
explotación de Aena
Aeropuertos. Se completa,
así, el modelo de gestión en
red y la adopción de
iniciativas en cada
territorio que impulsen su
conectividad.
Las funciones de estos
comités son de naturaleza
consultiva y fueron ya
establecidas por Real
Decreto Ley en diferentes
ámbitos como la calidad de
los servicios aeroportuarios
y la actividad de los
aeropuertos, la definición
de la estrategia a
desarrollar en relación a
los aeropuertos o el
conocimiento de las
propuestas en materia de
servidumbres aeronáuticas y
acústicas.
Las funciones también
incluyen la colaboración en
la definición de las líneas
estratégicas de los
aeropuertos, en particular
informando los Planes
Directores de los
respectivos aeropuertos; el
conocimiento del
procedimiento de consultas
desarrollado por Aena
Aeropuertos, S.A. en materia
de tarifas aeroportuarias;
la canalización de las
actuaciones relacionadas con
la promoción del transporte
aéreo y la promoción de
acciones para el
fortalecimiento de la
conectividad, entre otros.
Los comités se reunirán, al
menos, dos veces al año para
abordar estas cuestiones.
Creación en un plazo
de tres meses
En el plazo de tres meses
desde la aprobación del Real
Decreto se creará un Comité
de Coordinación
Aeroportuaria por cada
Comunidad Autónoma o Ciudad
con Estatuto de Autonomía.
Estarán compuestos por once
miembros: un presidente, que
será el secretario general
de Transportes, y diez
vocales, pertenecientes a
cada una de las
organizaciones que forman
parte del Comité:
-
2 representantes de la
Comunidad Autónoma
-
3 representantes de Aena
Aeropuertos
-
3 representantes de las
Corporaciones Locales
-
1 representante de las
Cámaras de Comercio de
la Comunidad Autónoma
-
1 representante de las
organizaciones
económicas y sociales
En la tramitación de este
Real Decreto se ha tenido en
cuenta el parecer de las
Comunidades Autónomas y se
ha dado audiencia a la
Federación Española de
Municipios y Provincias, a
los gestores aeroportuarios,
a las organizaciones
sindicales y empresariales,
y al Consejo Superior de
Cámaras de Comercio.
Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente
REGULADAS LAS SUBVENCIONES A
ENTIDADES COLABORADORAS DE
LA ADMINISTRACIÓN Y ONG QUE
TRABAJEN PARA PROTEGER EL
MEDIO AMBIENTE
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Real Decreto por
el que se establecen las
bases reguladoras para la
concesión de subvenciones a
entidades del tercer sector
(colaboradores de la
Administración de Estado) u
organizaciones no
gubernamentales que
desarrollen actividades de
interés general,
consideradas de interés
social, en la protección del
medio ambiente.
La Ley aplicable considera
que la protección del medio
ambiente es una actividad de
interés general, que debe
ser atendida con los
ingresos que se generan
cuando los ciudadanos marcan
la casilla de interés social
en su declaración de IRPF.
Al Ministerio de
Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente, como
responsable de la propuesta
y ejecución de la política
del Gobierno en materia de
medio ambiente, le
corresponde establecer las
bases reguladoras de la
concesión de subvenciones
para la colaboración en
actividades vinculadas a
esta materia.
Actividades
subvencionables
Las actividades que se
subvencionarán deberán
versar sobre materias sobre
las que el Estado ostente
competencias de ejecución,
como fomento de la
investigación científica y
técnica, en las que la
actividad principal o
predominante sea la
investigación para la
obtención de nuevos
resultados en materia de
protección del medio
ambiente, o bien que,
siempre en el ámbito del
medio ambiente, se acredite
que resulten imprescindibles
para asegurar la plena
efectividad de las medidas
dentro de la ordenación
básica del sector o para
garantizar las mismas
posibilidades de obtención y
disfrute por parte de sus
potenciales destinatarios en
todo el territorio nacional,
evitando que se sobrepase la
cuantía global de los fondos
estatales destinado al
sector.
No podrán ser beneficiarios
los organismos o entidades
públicas adscritos o
vinculados a una
Administración Pública, las
universidades, los partidos
políticos, los colegios
profesionales, las Cámaras
Oficiales de Comercio
Industria y Navegación, las
sociedades civiles, las
organizaciones empresariales
y los sindicatos.
Las subvenciones se
otorgarán por el
procedimiento de
concurrencia competitiva. El
Real Decreto incluye toda la
tramitación exigida en la
Ley General de Subvenciones,
de 2003, y en su tramitación
han sido consultadas las
entidades representativas de
los sectores afectados a los
que se dirigen las ayudas.
Asuntos Exteriores y de
Cooperación
FIRMA DEL ACUERDO DE LA
UNIÓN EUROPEA SOBRE
FINANCIACIÓN A ESTADOS DE
ÁFRICA, CARIBE Y PACÍFICO, Y
TERRITORIOS DE ULTRAMAR
El Consejo de Ministros ha
aprobado la firma "ad
referéndum" del Acuerdo
interno entre los
Representantes de los
Gobiernos de los Estados
miembros de la Unión
Europea, relativo a la
financiación de la ayuda de
la Unión Europea concedida
con cargo al marco
financiero plurianual para
el periodo 2014-2020 de
conformidad con el Acuerdo
de Asociación ACP-UE y a la
asignación de ayuda
financiera a los países y
territorios de ultramar a
los que se aplica la parte
cuarta del Tratado de
funcionamiento de la Unión
Europea. Además, se dispone
su remisión a Cortes
Generales y se solicita su
tramitación por el
procedimiento de urgencia.
Actualmente, el 11º FED es
el instrumento financiero
para hacer efectiva la
cooperación prevista en el
Acuerdo de Asociación entre
los Estados de África,
Caribe y Pacífico, por una
parte, y la Comunidad
Europea, hoy Unión Europea,
y sus Estados miembros, por
otra, firmado en Cotonú el
23 de junio de 2000,
modificado en Luxemburgo el
25 de junio de 2005 y en
Uagadugú el 22 de junio de
2010. Este Acuerdo de
Asociación prevé la adopción
de protocolos financieros.
Así, el 11º FED sucede al
Acuerdo Interno relativo a
la financiación de la ayuda
comunitaria concedida con
cargo al Marco Financiero
Plurianual para el periodo
2008-2013 (10º FED) hecho en
Bruselas el 17 de julio de
2006.
Importancia del
Acuerdo
La importancia del Acuerdo
radica en que el Fondo
Europeo de Desarrollo
constituye el principal
instrumento de la ayuda
comunitaria a la cooperación
al desarrollo de los países
África, Caribe y Pacífico y
a los países y territorios
de ultramar, centrándose en
la lucha contra la pobreza
en línea con los Objetivos
del Milenio de Naciones
Unidas e incardinándose en
los principios de la acción
exterior de la Unión
Europea.
En un contexto de especial
dificultad económica, el
aumento de la financiación
del 11º FED respecto a su
predecesor (10º FED) debe
valorarse como un signo del
compromiso firme de la Unión
Europea y de España respecto
al desarrollo sostenible de
esos países, sobre todo,
teniendo en cuenta que se
nutre con las contribuciones
de los Estados miembros, lo
que constituye una excepción
al principio de unidad del
presupuesto comunitario.
Así, el 11º FED moviliza
30.506 millones, de los que
2.419.882.349 euros le
corresponden a España con
una clave de reparto de 7,93
por 100. De este modo, la
contribución global de la
Unión Europea y de nuestro
país resulta, superior
respecto al 10º FED (22.682
millones de euros de los
cuales, 1.780.537.000 euros
le correspondían a España
con una clave de reparto del
7,85 por 100.
España se sitúa tras
Alemania, Francia, Reino
Unido e Italia como el
quinto contribuyente al
actual FED.
Como contrapartida a este
esfuerzo económico de los
Estados miembros, en el 11º
FED se han aumentado los
controles para una mayor
evaluación del gasto
realizado, en aras de una
mayor eficacia,
transparencia y mejor
asignación de los recursos
del mismo.
Sanidad, Servicios Sociales
e Igualdad
INFORME ANUAL DEL
OBSERVATORIO ESTATAL DE
VIOLENCIA SOBRE LA MUJER
-
Revela el rechazo
generalizado de la
sociedad española a la
violencia de género.
-
El documento,
correspondiente a 2011,
evidencia un ligero
descenso de las
denuncias.
El Consejo de Ministros ha
tomado conocimiento del V
Informe del Observatorio
Estatal de Violencia sobre
la Mujer, aprobado el pasado
5 de julio por el Pleno del
Observatorio.
La Ley Orgánica de Medidas
de Protección Integral
contra la Violencia de
Género establece que el
Observatorio remitirá al
Gobierno, con periodicidad
anual, un Informe sobre la
evolución de la violencia de
género y la efectividad de
las medidas de protección a
las víctimas.
Entre las conclusiones a las
que llega este Informe cabe
destacar que se considera
imprescindible mantener y
seguir mejorando la
información estadística ya
disponible, completándola
con datos procedentes de
otras fuentes, así como
continuar profundizando en
el conocimiento de este
grave problema social, para
combatirlo con datos e
investigaciones de carácter
cuantitativo y cualitativo.
Cifras globales
En cuanto a las cifras
globales de violencia de
género en 2011, éstas son
algunas de las más
destacadas:
-
Se ha generalizado el
rechazo de la violencia
de género como algo
inaceptable por
principio (91,4 por
100). Una notable
mayoría opina que las
principales razones por
las que muchas mujeres
no denuncian son el
miedo (60 por 100) y la
vergüenza (19,6 por
100).
-
El Informe señala que el
total de víctimas
mortales en 2011 fue de
61 y el total de
víctimas mortales desde
2003 a 2011, de 606.
-
Durante el año 2011
llegaron a los juzgados
un total de 134.002
denuncias por violencia
de género, lo que supone
un ligero descenso del
número de denuncias (1,1
por 100 menos).
-
Sin embargo, en el año
2011 se atendieron
70.679 llamadas en el
servicio de atención
telefónico 016 de
información y
asesoramiento jurídico.
Esta cifra implica un
ligero incremento (4,4
por 100) respecto de las
llamadas atendidas en
2010 (67.696).
-
Desde la puesta en
marcha de este servicio,
y por lo que se refiere
a las personas que han
realizado las llamadas
al 016, el 75,3 por 100
corresponde a usuarias,
mientras que las de
familiares y personas
allegadas fueron del
23,8 por 100 y las de
profesionales el 2,7 por
100.
-
El total de llamadas al
servicio telefónico de
ayuda a niños y
adolescentes en riesgo
sobre violencia de
género que se han
atendido en 2011 fue de
792: el 13,3 por 100 de
las mismas se referían a
que las víctimas
directas eran menores de
edad y el 86,7 por 100
planteaban situaciones
de menores dentro del
entorno familiar.
-
Desde la puesta en
marcha del servicio
telefónico de atención y
protección para víctimas
de violencia de género (ATENPRO)
y hasta el final de
2011, un total de 39.264
mujeres lo habían
utilizado.
-
A 31 de diciembre de
2011, 97.320 mujeres
víctimas de violencia de
género estaban
recibiendo atención
policial por parte de
las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado.
-
19.515 mujeres eran
víctimas de riesgo y
contaban no sólo con
atención, sino también
con protección policial
activa.
Hacienda y Administraciones
Públicas
REMISIÓN A LAS CORTES DEL
CONVENIO CON REINO UNIDO
PARA EVITAR DOBLE IMPOSICIÓN
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Acuerdo por el
que se dispone la remisión a
las Cortes Generales del
convenio entre el Reino de
España y el Reino Unido de
Gran Bretaña e Irlanda del
Norte para evitar la doble
imposición y prevenir la
evasión fiscal en materia de
impuestos sobre la renta y
sobre el patrimonio.
El convenio
hispano-británico se firmó
en Londres el pasado 15 de
marzo de 2013 y vendrá a
sustituir al vigente,
suscrito en octubre de 1975.
El nuevo convenio supone una
actualización del articulado
del anterior, que, en
determinados aspectos, había
quedado anticuado como
consecuencia del largo
periodo de tiempo
transcurrido desde su
entrada en vigor.
Esta actualización ha
permitido adaptarlo, tanto a
las necesidades derivadas de
las actuales relaciones
económicas y comerciales
entre España y el Reino
Unido, como a los sucesivos
cambios que se han ido
produciendo en el Modelo de
Convenio de la OCDE para
evitar la doble imposición.
De este modo, se da
respuesta a los principales
problemas que el anterior
convenio no podía resolver,
como el tratamiento de los
residentes no domiciliados
en Reino Unido, los trusts y
los REIT (Real Estate
Investment Trust), entre
otros.
Cláusula de
arbitraje
El nuevo convenio supone una
reducción de la tributación
en fuente y se establece la
tributación exclusiva en
residencia para los
dividendos derivados de
participaciones
mayoritarias, así como para
intereses y cánones.
Igualmente, incluye la
cláusula de arbitraje para
la resolución de los
conflictos que se puedan
derivar de la aplicación del
convenio.
España avanza, así, en su
compromiso de renegociar
todos aquellos convenios
que, por el paso del tiempo
y las estrechas relaciones
económicas que se mantienen
con determinados países,
necesitan adaptarse a las
nuevas circunstancias.
Asuntos Exteriores y de
Cooperación
ACUERDO CON JAPÓN
SOBRE COOPERACIÓN Y
ASISTENCIA MUTUA EN MATERIA
ADUANERA
El Consejo de Ministros ha
autorizado la firma del
Acuerdo entre el Gobierno de
España y el Gobierno de
Japón sobre cooperación y
asistencia mutua en materia
aduanera.
Si bien la Unión Europea
mantiene un acuerdo a este
respecto, firmado en 2008,
un acuerdo bilateral viene a
reforzar las relaciones
entre ambas administraciones
aduaneras y permitiría
introducir materias que no
están incluidas en el ámbito
de aplicación del texto de
la Unión Europea.
Entre estas materias se
encuentra la cooperación en
la lucha contra el
contrabando de drogas y
otras mercancías ilícitas y
la realización de entregas
controladas. Además, se
facilitará el tráfico legal
de mercancías mediante
procedimientos de asistencia
en materia de información y
vigilancia.
En esta línea la Aduana de
Japón ya propuso a la
Agencia Tributaria en 2009
la firma de un acuerdo en
materia aduanera, similar al
firmado con Francia, Italia
y Países Bajos. Las
negociaciones se han
sucedido desde entonces
hasta julio de este año, en
el que se ha obtenido un
borrador definitivo. La
previsión es que el acuerdo
se firme por ambas partes
antes de que acabe el año.
Industria, Energía y Turismo
APORTACIONES A PROGRAMAS
COMUNITARIOS PARA MEJORAR LA
CALIDAD DE VIDA DE LOS
MAYORES MEDIANTE LAS
TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN
El Consejo de Ministros ha
autorizado al Ministerio de
Industria, Energía y Turismo
a contribuir con 1.750.000
euros, ampliable en
1.500.000 euros, para
financiar el Programa
Comunitario Vida Cotidiana
Asistida por el Entorno (Ambient
Assisted Living-AAL) en la
convocatoria de 2013, con el
objetivo de mejorar la
calidad de vida de las
personas mayores mediante la
utilización de las nuevas
tecnologías de la
información y comunicación
(TIC).
El Programa AAL tiene su
origen en 2008, cuando
varios países de la Unión
Europea establecieron un
programa de investigación y
desarrollo destinado a
mejorar la calidad de vida
de las personas mayores
mediante la utilización de
las TIC. España participa en
el mismo y es miembro del
organismo creado para su
implementación y gestión.
El Programa favorece la
sostenibilidad de los
sistemas de Asistencia
Sanitaria y Social,
reduciendo sus costes y
aumentando su eficiencia.
Además, potencia el
desarrollo de una nueva
industria de las TIC que
contribuye a un
envejecimiento saludable y
activo.
También impulsa la
financiación de I+D de las
Pymes ya que se favorecen
los proyectos donde el rol
principal es desempeñado por
una pequeña empresa. Además,
se Impulsa la
internacionalización y se
apuesta por un sector "TIC y
Envejecimiento" estratégico
para España.
En las convocatorias
anteriores del programa
España fue uno de los países
con mayor número de empresas
participantes en proyectos
aprobados. En las cinco
primeras convocatorias 98
entidades españolas
participaron en proyectos
aprobados y fueron
veinticuatro las ocasiones
que realizaron las labores
de coordinación del
proyecto.
Industria, Energía y Turismo
COMPROMISO DE GASTO PARA LA
PARTICIPACIÓN ESPAÑOLA EN
LOS PROGRAMAS DE LA AGENCIA
ESPACIAL EUROPEA
El Consejo de Ministros ha
autorizado al Ministerio de
Industria, Energía y Turismo
a adquirir compromisos de
gasto con cargo a ejercicios
futuros que posibiliten
atender la financiación de
la participación española en
programas espaciales a
través de la Agencia
Espacial Europea (ESA).
La ESA es una organización
intergubernamental cuyo
objetivo es promover la
cooperación europea en el
desarrollo de programas
espaciales con fines
exclusivamente pacíficos.
Fue creada en 1975 y España
es un miembro fundador. La
Agencia Espacial Europea
cuenta actualmente con un
total de veinte Estados
miembros. La participación
de España en la ESA permite
que la industria española
forme parte de los grandes
proyectos espaciales
europeos y mantenga un
elevado nivel tecnológico
para competir a nivel
global.
Los compromisos
presupuestarios en la
Agencia Estatal Europea se
adquieren a largo plazo y
España tiene actualmente un
conjunto de compromisos
derivados de las actividades
obligatorias y asociadas y
de los programas opcionales
de especial interés para la
industria espacial en España
que se extienden hasta el
año 2022.
Justicia
CONCEDIDA LA NACIONALIDAD
ESPAÑOLA A LA CIENTÍFICA
UCRANIANA OLENA KHOMENKO
El Consejo de Ministros ha
concedido la nacionalidad
española por carta de
naturaleza a la científica
de origen ucraniano Olena
Khomenko, que trabaja en el
Instituto de Astrofísica de
Canarias.
Khomenko posee un alto nivel
científico y un
reconocimiento internacional
que le capacita para
trabajar en los mejores
centros de investigación
astrofísica del mundo. Sin
embargo, su decisión
personal de quedarse en
España para trabajar en el
Instituto de Astrofísica de
Canarias supone un beneficio
para la ciencia en nuestro
país.
Ha realizado también una
labor docente en la
Universidad canaria de La
Laguna y obtuvo un "Starting
Grant" del Consejo Europeo
de Investigación, con un
proyecto que decidió llevar
a cabo en el Instituto de
Astrofísica de las islas,
así como una beca "Ramón y
Cajal".
La nacionalidad española se
adquiere por carta de
naturaleza, otorgada
discrecionalmente por Real
Decreto, cuando en el
interesado concurran
circunstancias excepcionales
y después de tramitar un
expediente para cada caso
particular, como ha ocurrido
en el que ha resuelto hoy el
Gobierno.
Posteriormente, el
solicitante debe jurar o
prometer fidelidad al Rey y
obediencia a la Constitución
y a las Leyes, renunciando a
su anterior nacionalidad,
salvo los naturales de
países iberoamericanos,
Andorra, Filipinas, Guinea
Ecuatorial o Portugal.
Asuntos Exteriores y de
Cooperación
CONTRIBUCIONES A
FONDOS Y PROGRAMAS
INTERNACIONALES
El Consejo de Ministros ha
autorizado contribuciones
voluntarias a diversos
Fondos y Programas
Internacionales en 2013.
De acuerdo con sus
prioridades políticas,
España viene efectuando
regularmente contribuciones
voluntarias a diversos
Organismos, Fondos y
Programas Internacionales
dedicados a la defensa y
promoción de los derechos
humanos, al fortalecimiento
de la paz y la seguridad
internacionales y a la lucha
contra el terrorismo y el
crimen internacionales.
En esta ocasión, las
contribuciones españolas
adquieren una mayor
proyección y visibilidad que
refuerzan la candidatura
española a un puesto no
permanente en el Consejo de
Seguridad de las Naciones
Unidas para el bienio
2015-2016.
La contribución autorizada
asciende a cuatrocientos mil
euros y se repartirá entre
los siguientes Programas y
Fondos:
-
Fondo de las Naciones
Unidas para la
Consolidación de la Paz.
-
Unidad de Apoyo a la
Mediación de Naciones
Unidas.
-
Departamento Asuntos
Políticos de Naciones
Unidas.
-
Fondo Fiduciario de
Naciones Unidas en
beneficio de las
víctimas de la Corte
Penal Internacional.
-
Fondo de Naciones Unidas
para la Democracia.
-
Fondo Fiduciario de
Acción contra las Minas
de Naciones Unidas.
-
Oficina para Asuntos de
Desarme de Naciones
Unidas.
-
International Holocaust
Remembrance Alliance.
-
Secretariado de la
Comisión Internacional
contra la Pena de
Muerte.
-
Fondo de Naciones Unidas
para los Derechos
Humanos de las Personas
con Discapacidad.
-
Oficina contra las
Drogas y el Delito de
Naciones Unidas.
-
Fondo Fiduciario de
Naciones Unidas para
Apoyar la Cooperación en
Materia de Regulación de
Armas.
-
Grupo de Contacto de
Naciones Unidas contra
la Piratería en Somalia.
Sanidad, Servicios Sociales
e Igualdad
CONTRIBUCIÓN A
ORGANISMOS INTERNACIONALES
SANITARIOS
El Consejo de Ministros ha
autorizado el pago de varias
contribuciones a diversos
organismos internacionales
en el ámbito de la salud.
Los importes son los
siguientes:
-
Organización
Internacional para el
Desarrollo de Estándares
de Terminología
Sanitaria:
437.574 euros, año 2013.
-
Comité de Salud
de la OCDE:
18.000 euros, año 2013.
-
Cuota al
Convenio Marco de la OMS
para el Control del
Tabaco: 238.000
euros, años 2012-2013.
-
Federación
Europea de Hospitales
(HOPE): 58.720
euros, años 2011-2012.
La participación de España
en los distintos organismos
internacionales lleva
implícita la aceptación de
las obligaciones financieras
derivadas de dicha
participación, de acuerdo
con unos baremos asignados y
aceptados por el Gobierno
español.
Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente
MODIFICADO EL
PROGRAMA DE CONSERVACIÓN,
MEJORA Y FOMENTO DE RAZAS
GANADERAS
El Consejo de Ministros ha
aprobado una modificación en
el programa de conservación,
mejora y fomento de las
razas ganaderas relativa a
la concurrencia de
asociaciones para la gestión
del libro genealógico de
algunas razas.
Para ello se establece que,
en el caso de que exista más
de una asociación de
criadores oficialmente
reconocidas para la gestión
del libro genealógico de una
raza, cualquier discrepancia
entre las asociaciones será
resuelta, previo informe de
la Comisión Nacional de
Coordinación para la
conservación y mejora de las
razas ganaderas, por el
órgano competente que otorgó
el reconocimiento oficial.
Esa decisión será
obligatoria para las
asociaciones, sin perjuicio
del régimen legal de recurso
administrativo o
contencioso-administrativo
que proceda.
La nueva normativa
contempla, entre las
posibles discrepancias, la
conexión de sus bases de
datos, la ejecución del
programa de mejora o la
modificación del mismo. Se
solventan, así, las
distorsiones que ante la
concurrencia de asociaciones
se han podido producir en el
normal funcionamiento del
libro genealógico o en el
programa de mejora de las
razas ganaderas.
Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente
FUSIÓN DE DOS
FUNDACIONES AGROALIMENTARIAS
DE LUGO
El Consejo de Ministros ha
autorizado la fusión por
absorción de la fundación
Centro Tecnológico Lácteo de
Galicia (CTLÁCTEO) por parte
de la fundación Centro
Tecnológico Agroalimentario
de Lugo (CETAL).
Esta integración de dos
fundaciones con actividades
plenamente coincidentes en
el sector tecnológico,
alimentario y agropecuario
incrementa la capacidad del
CETAL, entidad resultante,
para servir de impulso al
sector agroalimentario y, de
manera especial, al sector
lácteo.
Con este proceso se obtendrá
una consecución más
eficiente de sus fines
fundacionales, de cara al
avance y diseño de futuros
proyectos de desarrollo
tecnológico del sector
agroalimentario, impulsando
la competitividad de los
productos agroalimentarios y
su innovación.
Otro de los objetivos
logrados es el de la gestión
más eficiente de los
recursos públicos, ya que no
se contempla nuevas
aportaciones por parte de la
Administración General del
Estado en los próximos
ejercicios. Además, y
gracias a la puesta en
marcha del plan de actuación
de la fundación, se van a
obtener ingresos adicionales
no provenientes de fondos
públicos, lo que le
permitirá a la misma un
mayor grado de
autofinanciación.
Líneas prioritarias
de trabajo
El Centro Tecnológico
Agroalimentario de Lugo
tiene en la actualidad en
marcha un ambicioso plan de
actuación centrado en tres
líneas prioritarias de
trabajo: sector lácteo,
seguridad alimentaria y
control de calidad del
aceite de oliva, inaugurando
este año sus nuevas
instalaciones en Lugo.
Con esta fusión CETAL avanza
en el compromiso con el
sector lácteo, que se inició
con la firma en julio de
2012 de un convenio con la
Organización
Interprofesional Láctea, en
el que se comprometió que
ambas instituciones
trabajarán conjuntamente en
la potenciación del sector y
en la identificación y
aplicación de soluciones
técnicas y tecnológicas para
atender sus necesidades más
urgentes; entre ellas, las
relativas a aumento de la
competitividad, incremento
del valor añadido de los
productos lácteos,
estabilidad de los mercados
y equilibrio de la cadena de
valor, recuperación de
cuotas de mercado para los
productos lácteos y
valorización de la imagen
del sector.
Esta colaboración incluye
participar en el programa de
productos lácteos
sostenibles, como organismo
de explotación y definición
de las condiciones de uso
del logo.
Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente
CONVENIO PARA LA
ORDENACIÓN
HIDRÁULICO-SANITARIA DEL RÍO
DEVA EN PANES (ASTURIAS)
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Acuerdo por el
que se ratifica la
autorización provisional
para la suscripción del
Convenio de colaboración
entre la Confederación
Hidrográfica del Cantábrico,
el Principado de Asturias y
el Ayuntamiento de
Peñamellera Baja para la
ejecución, financiación y
explotación de las obras de
ordenación
hidráulico-sanitaria del río
Deva en Panes.
El convenio tiene por objeto
ejecutar, de forma
coordinada y en
colaboración, las obras de
ordenación
hidráulico-sanitaria del río
Deva en Panes, con un
presupuesto total de
5.420.163,91 euros, de los
que 5.162.060,87 euros
corresponden a las obras, y
258.103,04 euros
corresponden a las
asistencias técnicas, que
incluyen el coste de la
redacción del proyecto.
La financiación de estas
cantidades se realiza de la
siguiente forma: el 80 por
100 es a cargo de la
Confederación Hidrográfica
del Cantábrico,
correspondiente a la ayuda
proporcionada por el
Programa Operativo
FEDER-COHESIÓN 2007-2013 de
la Unión Europea y el 20 por
100 es la aportación
nacional, a cargo del
Principado de Asturias, con
un total de 1.084.032,78
euros, con la siguiente
programación inicial de
anualidades: en 2013: 5.000
euros; en 2014: 300.000
euros; y en 2015: 779.032,78
euros.
El proyecto cuenta con un
plazo de ejecución de 18
meses una vez que se
adjudique la obra, y
consiste en la recuperación
y mejora medioambiental de
la zona a través de la
ejecución de los colectores
de saneamiento necesarios
para recoger los vertidos de
las localidades de Panes,
Siejo, Cimiano y Colosía y
transportarlos hasta la
nueva Estación Depuradora de
Aguas Residuales (EDAR) de
Panes. La actuación consta
de tres estructuras
hidráulicas y 4.086 metros
de colectores.
Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente
AUTORIZADO UN
CONVENIO PARA LA RENOVACIÓN
DE LA RED DE ABASTECIMIENTO
DE AGUA DE CANGAS DE ONÍS
El Consejo de Ministros ha
aprobado un Acuerdo por el
que se ratifica la
autorización provisional
para la suscripción del
Convenio de colaboración
entre la Confederación
Hidrográfica del Cantábrico,
el Principado de Asturias y
el Ayuntamiento de Cangas de
Onís para la ejecución,
financiación y explotación
de las obras de renovación
de la red de abastecimiento
de agua al núcleo urbano de
Cangas de Onís.
Este convenio se inscribe en
el marco de un protocolo
general de colaboración para
el desarrollo del plan de
uso y gestión integral del
agua en el Parque Nacional
de los Picos de Europa
firmado el 21 de mayo de
2007. El citado protocolo
contempló un conjunto de
actuaciones en materia de
abastecimiento, saneamiento
y depuración, entre las que
se incluyó la renovación de
la red de abastecimiento de
agua al núcleo urbano de
Cangas de Onís, en Asturias.
Se previó que para la
ejecución de las actuaciones
se establecerían convenios
de colaboración específicos
entre la entonces
Confederación Hidrográfica
del Norte, el Principado de
Asturias y el/los
Ayuntamientos concernidos.
También el citado protocolo
previó que las actuaciones
serían cofinanciadas en el
80 por 100 con los Fondos
Europeos asignados a la
suprimida Confederación
Hidrográfica del Norte
(actualmente Confederación
Hidrográfica del Cantábrico)
y el 20 por 100 restante,
por el Principado de
Asturias.
El convenio de colaboración
hoy autorizado tiene por
objeto ejecutar, de forma
coordinada y en
colaboración, las obras de
renovación de la red de
abastecimiento de agua al
núcleo urbano de Cangas de
Onís,, con un presupuesto
total de actuación de
2.973.194,13 euros, de los
que 2.852.623,39 euros
corresponden a las obras, y
120.570,74 euros
corresponden a las
asistencias técnicas, que
incluyen el coste de la
redacción del Proyecto.
La financiación de estas
cantidades se realiza de la
siguiente forma: el 80 por
100 es a cargo de la
Confederación Hidrográfica
del Cantábrico,
correspondiente a la ayuda
proporcionada por el
Programa Operativo
FEDER-COHESIÓN 2007-2013 de
la Unión Europea; el 20 por
100 es la aportación
nacional, a cargo del
Principado de Asturias, con
un total de 594.638,83
euros, con la siguiente
programación inicial de
anualidades: en 2013: 5.000
euros; en 2014: 100.000
euros; y en 2015: 489.638,83
euros. El Ayuntamiento de
Cangas de Onís pone a
disposición de la
Confederación Hidrográfica
del Cantábrico los terrenos
para la ejecución de las
obras.
Educación, Cultura y Deporte
APROBADO EL CARÁCTER OFICIAL
DE 40 TÍTULOS OFICIALES DE
GRADO
El Consejo de Ministros ha
acordado establecer el
carácter oficial de 40
títulos oficiales de Grado y
su inscripción en el
Registro de Universidades,
Centros y Títulos.
Se trata de los siguientes
títulos:
-
9 títulos en la rama de
conocimiento de Artes y
Humanidades.
-
6 títulos en la rama de
conocimiento de Ciencias
de la Salud.
-
18 títulos en la rama de
conocimiento Ciencias
Sociales y Jurídicas.
-
5 títulos en la rama de
conocimiento de
Ingeniería y
Arquitectura.
-
2 títulos organizados
conjuntamente por dos
universidades.
Hasta la fecha se ha
establecido el carácter
oficial de 2.491 títulos de
Grado, incluyendo los
títulos que se proponen en
el presente Acuerdo.
A continuación, se detalla
la relación de títulos
aprobados ordenados por
ramas de conocimiento y
universidades:
I. Universidades civiles.
Relación de títulos
universitarios oficiales de
Grado ordenados por ramas de
conocimiento y
Universidades:
ARTES Y HUMANIDADES
Universidad Autónoma
de Barcelona
Graduado o Graduada en
Diseño
Universidad de
Barcelona
Graduado o Graduada en
Arqueología
Graduado o Graduada en
Bellas Artes
Graduado o Graduada en
Conservación-Restauración de
Bienes Culturales
Graduado o Graduada en
Diseño
Graduado o Graduada en
Filosofía
Universidad de
Huelva
Graduado o Graduada en
Humanidades
Universidad de La
Laguna
Graduado o Graduada en
Conservación y Restauración
de Bienes Culturales
Graduado o Graduada en
Diseño
CIENCIAS DE LA SALUD
Universidad de
Girona
Graduado o Graduada en
Ciencias de la Actividad
Física y del Deporte
Graduado o Graduada en
Fisioterapia
Universidad
Internacional Isabel I de
Castilla
Graduado o Graduada en
Ciencias de la Actividad
Física y del Deporte
Graduado o Graduada en
Nutrición Humana y Dietética
Graduado o Graduada en
Psicología
Universitat
Internacional Valenciana
Graduado o Graduada en
Psicología
CIENCIAS SOCIALES Y
JURÍDICAS
Universidad de
Barcelona
Graduado o Graduada en
Administración y Dirección
de Empresas
Graduado o Graduada en
Comunicación Audiovisual
Graduado o Graduada en
Economía
Graduado o Graduada en
Sociología
Universidad
Internacional de La Rioja
Graduado o Graduada en
Psicología
Universidad
Internacional Isabel I de
Castilla
Graduado o Graduada en
Administración y Dirección
de Empresas
Graduado o Graduada en
Criminología
Graduado o Graduada en
Derecho
Graduado o Graduada en
Educación Infantil
Graduado o Graduada en
Educación Primaria
Graduado o Graduada en
Historia y Geografía
Universidad Loyola
Andalucía
Graduado o Graduada en
Administración y Dirección
de Empresas
Graduado o Graduada en
Ciencias Políticas
Graduado o Graduada en
Comunicación
Graduado o Graduada en
Derecho
Graduado o Graduada en
Economía
Graduado o Graduada en
Trabajo Social
Universitat Abat
Oliba CEU
Graduado o Graduada en
Economía y Gestión
INGENIERÍA Y
ARQUITECTURA
Universidad de
Barcelona
Graduado o Graduada en
Ingeniería Biomédica
Graduado o Graduada en
Ingeniería de Materiales
Universidad
Internacional de La Rioja
Graduado o Graduada en
Ingeniería Informática
Universidad
Internacional Isabel I de
Castilla
Graduado o Graduada en
Ingeniería Informática
Universidad Loyola
Andalucía
Graduado o Graduada en
Ingeniería Electromecánica
II. Relación de títulos
universitarios oficiales de
Grado organizados
conjuntamente por distintas
Universidades, ordenados por
ramas de conocimiento:
ARTES Y HUMANIDADES
Graduado o Graduada en
Arqueología (Grado
Universitario conjunto de
Universidad de Granada y
Universidad de Sevilla)
CIENCIAS SOCIALES Y
JURÍDICAS
Graduado o Graduada en
Criminología (Grado
Universitario conjunto de
Universidad de Salamanca y
Universidad de Valladolid)
Educación, Cultura y Deporte
217 TÍTULOS DE MÁSTER
RECIBEN EL CARÁCTER OFICIAL
El Consejo de Ministros ha
acordado establecer el
carácter oficial de 217
títulos universitarios de
Máster y su inscripción en
el Registro de
Universidades, Centros y
Títulos.
Se trata de los siguientes
títulos:
-
179 títulos
correspondientes a
universidades del ámbito
civil.
-
7 títulos
correspondientes a
universidades de la
Iglesia Católica
-
31 títulos organizados
conjuntamente con
distintas universidades.
Hasta la fecha se ha
establecido el carácter
oficial de 3.242 títulos de
Máster, incluyendo los
títulos que se proponen en
el presente Acuerdo.
A continuación, se detalla
la relación de títulos
aprobados:
I. Universidades civiles.
Relación de títulos
universitarios oficiales de
Máster ordenados por ramas
de conocimiento y
Universidades:
ARTES Y HUMANIDADES
Universidad Autónoma
de Barcelona
Máster Universitario en
Historia de Cataluña
Universidad de
Barcelona
Máster Universitario en
Arqueología
Máster Universitario en
Culturas y Lenguas de la
Antigüedad
Máster Universitario en
Dirección de Proyectos de
Conservación-Restauración
Máster Universitario en
Pensamiento Contemporáneo y
Tradición Clásica
Máster Universitario en
Planificación Territorial y
Gestión Ambiental
Máster Universitario en
Producción e Investigación
Artística
Universidad de
Granada
Máster Universitario en
Historia: De Europa a
América. Sociedades,
Poderes, Culturas (EURAME)
Máster Universitario en
Interpretación de
Conferencias
Universidad de Jaén
Máster Universitario en
Estudios Avanzados en
Patrimonio Cultural:
Historia, Arte y Territorio
Universidad de La
Laguna
Máster Universitario en
Lingüística Aplicada a las
Tecnologías del Lenguaje y
Gestión de Textos
Universidad de
Murcia
Máster Universitario en
Historia y Patrimonio Naval
Universidad Rovira i
Virgili
Máster Universitario en
Patrimonio Artístico y
Cooperación Cultural
Universitat Oberta
de Catalunya
Máster Universitario en
Humanidades: Arte,
Literatura y Cultura
Contemporáneas
Universitat
Politècnica de València
Máster Universitario en
Composición Musical para
Cine, Televisión y
Videojuegos (Scoring for
Film, Television and Video
Games)
CIENCIAS
Universidad Autónoma
de Barcelona
Máster Universitario en
Bioinformática/Bioinformatics
Máster Universitario en
Generación y Aplicaciones de
la Radiación de Sincrotrón/Generation
and Applications of
Synchrotron Radiation
Máster Universitario en
Química Industrial e
Introducción a la
Investigación
Química/Industrial Chemistry
and Introduction to Chemical
Research
Universidad de A
Coruña
Máster Universitario en
Materiales Complejos:
Análisis Térmico y Reología
Universidad de
Barcelona
Máster Universitario en
Agua. Análisis
Interdisciplinario y Gestión
Sostenible
Máster Universitario en
Astrofísica, Física de
Partículas y Cosmología
Máster Universitario en
Biodiversidad
Máster Universitario en
Ecología, Gestión y
Restauración del Medio
Natural
Máster Universitario en
Genética y Genómica
Máster Universitario en
Matemática Avanzada
Máster Universitario en
Microbiología Avanzada
Máster Universitario en
Química Analítica
Máster Universitario en
Química de Materiales
Aplicada
Máster Universitario en
Química Orgánica
Universidad de las
Illes Balears
Máster Universitario en
Microbiología Avanzada
Universidad de Vic
Máster Universitario en
Análisis de Datos Ómicos /
Omics Data Analysis
Universidad Pablo de
Olavide
Máster Universitario en
Diagnóstico del Estado de
Conservación del Patrimonio
Histórico
Universidad Ramón
Llull
Máster Universitario en
Química
CIENCIAS DE LA SALUD
Universidad Autónoma
de Barcelona
Máster Universitario en
Intervención e Investigación
en Patología del Lenguaje:
Sordera y Trastornos
Neurológicos
Máster Universitario en
Investigación en Psicología
Aplicada a las Ciencias de
la Salud
Universidad Cardenal
Herrera-CEU
Máster Universitario en
Seguridad Alimentaria
Universidad Católica
de Valencia San Vicente
Mártir
Máster Universitario en
Ciencias Aplicadas a la
Prevención y Readaptación
Funcional de Lesiones
Deportivas
Máster Universitario en
Cuidados de Enfermería
Intensiva
Máster Universitario en
Desarrollo y Monitorización
de Ensayos Clínicos
Nacionales e Internacionales
Máster Universitario en
Endodoncia y Odontología
Restauradora
Máster Universitario en
Enfermería de Urgencias y
Emergencias
Máster Universitario en
Estética Dental
Universidad Católica
San Antonio
Máster Universitario en Alto
Rendimiento Deportivo:
Fuerza y Acondicionamiento
Físico
Máster Universitario en
Audiología por la
Universidad Católica San
Antonio
Universidad de
Almería
Máster Universitario en
Investigación en Ciencias de
la Enfermería
Máster Universitario en
Investigación en Medicina y
Ciencias de la Salud
Máster Universitario en
Sexología: Educación Sexual
y Clínica Sexológica
Universidad de
Barcelona
Máster Universitario en
Investigación Clínica
Máster Universitario en
Investigación en
Comportamiento y Cognición
Universidad de Cádiz
Máster Universitario en
Intervención Psicológica en
Contextos de Riesgo
Universidad de
Lleida
Máster Universitario en
Investigación en Salud
Universidad de
Murcia
Máster Universitario en
Psicología Clínica y de la
Salud
Universidad de
Oviedo
Máster Universitario en
Enfermería de Urgencias y
Cuidados Críticos
Universidad de
Salamanca
Máster Universitario en
Intervención a Personas con
Enfermedad de Alzheimer
Universidad Jaume I
de Castellón
Máster Universitario en
Rehabilitación Psicosocial
en Salud Mental Comunitaria
Universidad Miguel
Hernández de Elche
Máster Universitario en
Enfermedades Infecciosas y
Salud Internacional
Máster Universitario en
Neurociencia: de la
Investigación a la Clínica
Universidad
Politécnica de Catalunya
Máster Universitario en
Optometría y Ciencias de la
Visión
Universidad Rovira i
Virgili
Máster Universitario en
Investigación en Ciencias de
la Enfermería
Máster Universitario en
Psicología de la Salud
Universitat de
València (Estudi General)
Máster Universitario en
Bioinformática
Máster Universitario en
Salud Pública y Gestión
Sanitaria
CIENCIAS SOCIALES Y
JURÍDICAS
Universidad Autónoma
de Barcelona
Máster Universitario en
Ciencia Política / Political
Science
Máster Universitario en
Contenidos de Comunicación
Audiovisual y Publicidad
Máster Universitario en
Derechos Sociolaborales
Máster Universitario en
Estudios Territoriales y de
la Población
Máster Universitario en
Investigación Aplicada en
Economía y Empresa / Applied
Research in Economics and
Business
Máster Universitario en
Investigación e Intervención
Psicosocial
Máster Universitario en
Medios, Comunicación y
Cultura
Máster Universitario en
Política Social, Trabajo y
Bienestar
Máster Universitario en
Unión Europea-China: Cultura
y Economía
Universidad Católica
de Valencia San Vicente
Mártir
Máster Universitario en
Dirección de Operaciones
Máster Universitario en
Dirección Internacional de
Organizaciones Deportivas
Máster Universitario en
Dirección y Gestión de
Centros Educativos
Máster Universitario en
Educación Inclusiva
Universidad Católica
Santa Teresa de Jesús de
Ávila
Máster Universitario en
Criminología Aplicada e
Investigación Policial
Máster Universitario en
Internacionalización de
Empresas y Comercio Exterior
Universidad de
Alicante
Máster Universitario en
Abogacía
Máster Universitario en
Administración y Dirección
de Empresas
Universidad de
Barcelona
Máster Universitario en
Abogacía
Máster Universitario en
Bibliotecas y Colecciones
Patrimoniales
Máster Universitario en
Ciencias Actuariales y
Financieras
Máster Universitario en
Derecho de la Empresa y de
los Negocios
Máster Universitario en
Dirección Estratégica de
Seguridad y Policía
Máster Universitario en
Dirección y Gestión de
Centros Educativos
Máster Universitario en
Gestión Pública Avanzada
Máster Universitario en
Gestión y Desarrollo de
Personas y Equipos en las
Organizaciones
Máster Universitario en
Investigación en Empresa
Máster Universitario en
Marketing e Investigación de
Mercados
Universidad de Cádiz
Máster Universitario en
Creación de Empresas, Nuevos
Negocios y Proyectos
Innovadores (MasterUp)
Máster Universitario en
Dirección de Empresas
Máster Universitario en
Dirección de los Recursos
Humanos
Máster Universitario en
Dirección de Marketing
Digital y Social
Máster Universitario en
Mediación
Máster Universitario en
Profesorado de Educación
Secundaria Obligatoria y
Bachillerato, Formación
Profesional y Enseñanza de
Idiomas
Máster Universitario en
Sistema Penal y Criminalidad
Universidad de
Girona
Máster Universitario en
Derecho de Daños
Universidad de
Granada
Máster Universitario en
Diversidad Cultural. Un
Enfoque Multidisciplinar y
Transfronterizo
Máster Universitario en
Técnicas Cuantitativas en
Gestión Empresarial
Universidad de
Huelva
Máster Universitario en
Acceso a la Abogacía
Universidad de Jaén
Máster Universitario en
Abogacía
Máster Universitario en
Ciencias Jurídicas
Universidad de Las
Palmas de Gran Canaria
Máster Universitario en
Economía del Turismo, del
Transporte y del Medio
Ambiente por la Universidad
de Las Palmas de Gran
Canaria
Universidad de
Salamanca
Máster Universitario en
Abogacía
Universidad de
Santiago de Compostela
Máster Universitario en
Planificación y Gestión del
Desarrollo Territorial
Universidad de
Sevilla
Máster Universitario en
Consultoría Laboral por la
Universidad de Sevilla
Universidad
Internacional Isabel I de
Castilla
Máster Universitario en
Formación del Profesorado de
Educación Secundaria
Obligatoria y Bachillerato,
Formación Profesional y
Enseñanza de Idiomas
Universidad Jaume I
de Castellón
Máster Universitario en
Abogacía
Máster Universitario en
Psicopedagogía
Universidad Loyola
Andalucía
Máster Universitario en
Abogacía
Máster Universitario en
Auditoría y Finanzas
Máster Universitario en
Dirección de Marketing
Máster Universitario en
Dirección de Personas y
Gestión del Talento
Máster Universitario en
Dirección Financiera
Máster Universitario en
Métodos de Investigación en
Ciencias Económicas y
Empresariales
Máster Universitario en
Métodos de Investigación en
Ciencias Sociales y
Políticas
Máster Universitario en
Responsabilidad Social
Empresarial
Máster Universitario en
Tributación y Asesoría
Fiscal
Universidad Miguel
Hernández de Elche
Máster Universitario en
Abogacía
Máster Universitario en
Dirección de Comunicación y
Publicidad Digital
Máster Universitario en
Intervención Criminológica y
Victimológica
Universidad Pablo de
Olavide
Máster Universitario en
Consultoría y Auditoría
Laboral
Máster Universitario en
Estudios Socio-Políticos
Universidad Pompeu
Fabra
Máster Universitario en
Emprendimiento e Innovación
Universidad Ramón
Llull
Máster Universitario en
Abogacía
Máster Universitario en
Dirección Comercial y
Marketing Internacional
Máster Universitario en
Innovación Educativa y TIC
Máster Universitario en
Innovación y Gestión
Hotelera/Innovative
Hospitality Management
Universidad Rovira i
Virgili
Máster Universitario en
Comunicación Estratégica en
la Sociedad del Riesgo
Máster Universitario en
Derecho de la Empresa y de
la Contratación
Máster Universitario en
Dirección de Empresas
Máster Universitario en
Economía
Universitat Abat
Oliba CEU
Máster Universitario en
Comunicación Digital y
Nuevas Tecnologías
Universitat de
València (Estudi General)
Máster Universitario en
Abogacía
Máster Universitario en
Criminología y Seguridad
Máster Universitario en
Derecho y Violencia de
Género
Máster Universitario en
Gestión de Recursos Hídricos
Universitat
Internacional Valenciana
Máster Universitario en
Investigación Social
Máster Universitario en
Terapias Psicológicas de
Tercera Generación
Universitat Oberta
de Catalunya
Máster Universitario en
Abogacía
Máster Universitario en
Análisis del Entorno
Económico
Máster Universitario en
Derechos Humanos, Democracia
y Globalización
Universitat
Politècnica de València
Máster Universitario en
Industria Global de la
Música y el Espectáculo
(Global Entertainment and
Music Business)
INGENIERÍA Y
ARQUITECTURA
Universidad Autónoma
de Barcelona
Máster Universitario en
Inteligencia Ambiental
Multimedia / Multimedia
Ambient Intelligence
Universidad Cardenal
Herrera-CEU
Máster Universitario en
Diseño de Interiores
Máster Universitario en
Gestión de Proyectos e
Instalaciones Energéticas
Universidad de
Alicante
Máster Universitario en
Prevención de Riesgos
Laborales
Universidad de
Barcelona
Máster Universitario en
Ingeniería Ambiental
Universidad de Cádiz
Máster Universitario en
Gestión Portuaria y
Logística
Máster Universitario en
Ingeniería de Fabricación
Máster Universitario en
Investigación en Ingeniería
de Sistemas y de la
Computación
Máster Universitario en
Prevención de Riesgos
Laborales
Universidad de
Girona
Máster Universitario en
Mecánica de Materiales y
Estructuras
Máster Universitario en
Tecnologías de la
Información y Automática
Universidad de
Lleida
Máster Universitario en
Mejora Genética Vegetal
Máster Universitario en
Planificación Integrada para
el Desarrollo Rural y la
Gestión del Medio Ambiente
Universidad Europea
de Canarias
Máster Universitario en
Energías Renovables
Universidad
Internacional de Catalunya
Máster Universitario en
Regeneración de Territorios
Intermedios. Estrategias
Sostenibles para Paisajes
Contemporáneos/ Master in
Regenerating Intermediate
Landscapes. Sustainable
Strategies for Contemporary
Landscapes
Universidad Miguel
Hernández de Elche
Máster Universitario en
Automatización y Telecontrol
para la Gestión de Recursos
Hídricos y Energéticos
Máster Universitario en
Energía Solar y Renovables
Máster Universitario en
Gestión y Diseño de
Proyectos e Instalaciones
Máster Universitario en
Ingeniería de
Telecomunicación
Máster Universitario en
Ingeniería Industrial
Máster Universitario en
Técnicas Avanzadas para la
Investigación y Producción
en Fruticultura
Universidad
Politécnica de Cartagena
Máster Universitario en
Ingeniería de
Telecomunicación
Universidad
Politécnica de Catalunya
Máster Universitario en
Automática y Robótica
Máster Universitario en
Ingeniería de Automoción
Máster Universitario en
Ingeniería de Caminos,
Canales y Puertos
Máster Universitario en
Ingeniería de Sistemas
Automáticos y Electrónica
Industrial
Máster Universitario en
Ingeniería de Tecnologías de
Materiales Fibrosos
Máster Universitario en
Ingeniería Informática
Máster Universitario en
Ingeniería Nuclear
Máster Universitario en
Ingeniería Química
Máster Universitario en
Innovación e Investigación
en Informática/Master in
Innovation and Research in
Informatics
Máster Universitario en
Métodos Numéricos en
Ingeniería
Máster Universitario en
Tecnología para el
Desarrollo Humano y la
Cooperación
Universidad Ramón
Llull
Máster Universitario en
Gestión de las Tecnologías
de la Información y la
Comunicación
Máster Universitario en
Ingeniería de
Telecomunicación
Máster Universitario en
Ingeniería Química
II. Universidades de la
Iglesia Católica. Relación
de títulos universitarios
oficiales de Máster
ordenados por ramas de
conocimiento y
Universidades:
CIENCIAS SOCIALES Y
JURÍDICAS
Universidad de
Deusto
Máster Universitario en
Derechos Humanos,
Migraciones y Diversidad
Máster Universitario en
Investigación, Consultoría e
Innovación Social
Universidad
Pontificia de Salamanca
Máster Universitario en
Comunicación e Información
Deportiva
Máster Universitario en
Comunicaciones Integradas de
Marca
Máster Universitario en
Diseño Gráfico y de
Interface para Nuevos
Dispositivos
INGENIERÍA Y
ARQUITECTURA
Universidad de
Navarra
Máster Universitario en
Dirección de Producción en
Empresas del Sector de
Automoción
Máster Universitario en
Ingeniería Industrial
III. Relación de títulos
universitarios oficiales de
Máster organizados
conjuntamente por distintas
Universidades, ordenados por
ramas de conocimiento:
ARTE Y HUMANIDADES
Máster Universitario en
Estudios Avanzados de Lengua
y Literatura Catalanas (Máster
Universitario conjunto de
Universidad Autónoma de
Barcelona y Universidad de
Barcelona)
Máster Universitario en
Estudios de Mujeres, Género
y Ciudadanía (Máster
Universitario conjunto de
Autónoma de Barcelona,
Universidad de Barcelona,
Universidad de Girona,
Universidad de Lleida,
Universidad de Vic,
Universidad Politécnica de
Catalunya, Universidad
Pompeu Fabra y Universidad
Rovira i Virgili)
Máster Universitario en
Historia y Cultura de la
Alimentación [(Máster
Universitario conjunto de
Universidad de Barcelona,
Université François Rabelais
(Tours) (Francia), y
Université Libre de
Bruxelles (Bélgica)]
Máster Universitario en
Retos de la Filosofía
Contemporánea (Máster
Universitario conjunto de
Universidad Autónoma de
Barcelona y Universidad de
Girona)
Máster Universitario Erasmus
Mundus en Arqueología del
Cuaternario y Evolución
Humana [(Máster
Universitario conjunto de
Universidad Rovira i Virgili,
Universidade de Trás-os-Montes
e Alto Douro (Portugal),
University of the
Philippines Diliman
(Filipinas) y Università
degli Studi di Ferrara
(Italia)]
CIENCIAS
Máster Universitario en
Acuicultura (Máster
Universitario conjunto de
Universidad Autónoma de
Barcelona, Universidad de
Barcelona y Universidad
Politécnica de Catalunya
Máster Universitario en
Antropología Biológica (Máster
Universitario conjunto de
Universidad Autónoma de
Barcelona y Universidad de
Barcelona)
Máster Universitario en
Geología y Geofísica de
Reservorios (Máster
Universitario conjunto de
Universidad Autónoma de
Barcelona y Universidad de
Barcelona)
Máster Universitario en
Lógica Pura y Aplicada (Máster
Universitario conjunto de
Universidad de Barcelona y
Universidad Politécnica de
Catalunya)
Máster Universitario en
Química (Máster
Universitario conjunto de
Universidad de Almería,
Universidad de Cádiz,
Universidad de Córdoba,
Universidad de Huelva y
Universidad de Jaén)
Máster Universitario en
Recursos Minerales y Riesgos
Geológicos (Máster
Universitario conjunto de
Universidad Autónoma de
Barcelona y Universidad de
Barcelona)
Máster Universitario en
Tecnología de los Sistemas
de Energía Solar
Fotovoltaica (Máster
Universitario conjunto de
Universidad de Jaén,
Universidad de Málaga y
Universidad Internacional de
Andalucía)
Máster Universitario Erasmus
Mundus en Estudios
Ambientales: Ciudades y
Sostenibilidad/ Erasmus
Mundus in Environmental
Studies-Cities and
Sustainability [(Máster
Universitario conjunto de
Universidad Autónoma de
Barcelona, Aalborg
Universitet (Dinamarca),
Technische Universität
Hamburg-Harburg (Alemania) y
Universidade de Aveiro
(Portugal)]
CIENCIAS DE LA SALUD
Máster Universitario en
Atención y Cuidados
Paliativos (Máster
Universitario conjunto de
Universidad de Barcelona y
Universidad de Vic)
Máster Universitario en
Farmacovigilancia y
Farmacoepidemiología /
Pharmacovigilance and
Pharmacoepidemiology [(Máster
Universitario conjunto de
Universidad Autónoma de
Barcelona, Erasmus
Universiteit Rotterdam
(Holanda), Universiteit
Utrecht (Holanda),
University of Hertfordshire
(Reino Unido), Università
degli Studi di Verona
(Italia) y Université Victor
Segalen Bordeaux 2
(Francia)]
Máster Universitario en
Inmunología Avanzada (Máster
Universitario conjunto de
Universidad Autónoma de
Barcelona y Universidad de
Barcelona)
Máster Universitario en
Neurociencias (Máster
Universitario conjunto de
Universidad de Barcelona,
Universidad de Lleida,
Universidad Pompeu Fabra y
Universidad Rovira i
Virgili)
Máster Universitario en
Nutrición y Metabolismo
(Máster Universitario
conjunto de Universidad de
Barcelona y Universidad
Rovira i Virgili)
Máster Universitario en
Salud Pública (Máster
Universitario conjunto de
Universidad Miguel Hernández
de Elche y Universidad de
Alicante)
CIENCIAS SOCIALES Y
JURÍDICAS
Máster Universitario en
Gestión de Contenidos
Digitales (Máster
Universitario conjunto de
Universidad de Barcelona y
Universidad Pompeu Fabra)
Máster Universitario en
Gestión Pública (Máster
Universitario conjunto de
Universidad Autónoma de
Barcelona, Universidad de
Barcelona y Universidad
Pompeu Fabra)
Máster Universitario en
Procuraduría (Máster
Universitario conjunto de
Universidad de A Coruña,
Universidad de Santiago de
Compostela y Universidad de
Vigo)
Máster Universitario en
Psicología de la Educación -
MIPE (Máster Universitario
conjunto de Universidad
Autónoma de Barcelona,
Universidad de Barcelona,
Universidad de Girona y
Universidad Ramón Llull)
Máster Universitario Erasmus
Mundus en Gestión del
Turismo / European Master in
Tourism Management [(Máster
Universitario conjunto de
Universidad de Girona,
Syddansk Universitet
(Dinamarca) y Univerzi v
Ljubljani-University of
Ljubljana (Eslovenia)]
Máster Universitario Erasmus
Mundus en Planificación
Espacial Marina [(Máster
Universitario conjunto de
Universidad de Sevilla,
Universidade dos Açores
(Portugal) y Università Iuav
di Venezia (Italia)]
INGENIERÍA Y
ARQUITECTURA
Máster Universitario en
Incendios Forestales.
Ciencia y Gestión Integral (Máster
Universitario conjunto de
Universidad de Córdoba,
Universidad de León y
Universidad de Lleida)
Máster Universitario en
Ingeniería Acústica (Máster
Universitario conjunto de
Universidad de Cádiz y
Universidad de Granada
Máster Universitario en
Inteligencia Artificial (Máster
Universitario conjunto de
Universidad de Barcelona,
Universidad Politécnica de
Catalunya y Universidad
Rovira i Virgili)
Máster Universitario Erasmus
Mundus en Gestión Forestal y
de Recursos Naturales en el
Mediterráneo (MEDFOR) [(Máster
Universitario conjunto de
Universidad de Lleida,
Universidad de Valladolid,
Karadeniz Teknik
Universitesi (Turquía),
Universidade Católica
Portuguesa (Portugal),
Universidade Técnica de
Lisboa (Portugal),
Università degli Studi della
Tuscia (Italia) y Università
degli Studi di Padova
(Italia)]
Máster Universitario Erasmus
Mundus en Sistemas
Energéticos Sostenibles /
Master Erasmus Mundus in
Environomical Pathways for
Sustainable Energy Systems
[(Máster Universitario
conjunto de Universidad
Politécnica de Catalunya,
Helsingin Yliopisto-University
of Helsinki (Finlandia),
Kungliga Tekniska Högskolan-The
Royal Institute of
Technology (Suecia),
Politecnico di Torino
(Italia) y Technische
Universiteit
Eindhoven-Eindhoven
University of Technology
(Holanda)]
Máster Universitario Erasmus
Mundus en Tecnologías de la
Información para la
Inteligencia Empresarial /
Erasmus Mundus Master in
Information Technologies for
Business Intelligence [(Máster
Universitario conjunto de
Universidad Politécnica de
Catalunya, Technische
Universität Berlin
(Alemania), Université
François Rabelais (Tours)
(Francia), Université Libre
de Bruxelles (Bélgica) y
École Centrale Paris
(Francia)].
Educación, Cultura y Deporte
CONCEDIDO EL CARÁCTER
OFICIAL A 148 PROGRAMAS
OFICIALES DE DOCTORADO
El Consejo de Ministros ha
acordado establecer el
carácter oficial de 148
programas oficiales de
doctorado y su inscripción
en el Registro de
Universidades, Centros y
Títulos.
Se trata de los siguientes
programas:
-
134 programas de
doctorado de
universidades de
carácter civil.
-
7 programas de doctorado
de universidades de la
Iglesia Católica.
-
7 programas de doctorado
organizados
conjuntamente por
distintas universidades.
Hasta la fecha se ha
establecido el carácter
oficial de 1.893 programas
oficiales de doctorado,
incluyendo los programas a
los que hoy se da el visto
bueno.
A continuación, se detalla
la relación de títulos
aprobados:
I. Universidades civiles.
Relación de Programas
Oficiales de Doctorado
ordenados por Universidades:
Universidad de
Almería
Programa de Doctorado en
Agricultura Protegida
Programa de Doctorado en
Biotecnología y Bioprocesos
Industriales Aplicados a la
Agroalimentación y
Medioambiente
Programa de Doctorado en
Ciencias Aplicadas al Medio
Ambiente
Programa de Doctorado en
Ciencias Humanas y Sociales
Programa de Doctorado en
Educación
Programa de Doctorado en
Informática
Programa de Doctorado en
Química Avanzada
Programa de Doctorado en
Tecnología de Invernaderos e
Ingeniería Industrial y
Ambiental
Universidad de Cádiz
Programa de Doctorado en
Biomoléculas
Programa de Doctorado en
Ciencias Sociales y
Jurídicas
Programa de Doctorado en
Ciencias y Tecnologías
Marinas
Programa de Doctorado en
Fabricación, Materiales e
Ingeniería Ambiental
Programa de Doctorado en
Gestión y Conservación del
Mar
Programa de Doctorado en
Lingüística
Programa de Doctorado en
Nanociencia y Tecnologías de
Materiales
Programa de Doctorado en
Recursos Agroalimentarios
Programa de Doctorado en
Recursos Marinos
Universidad de
Córdoba
Programa de Doctorado en
Biociencias y Ciencias
Agroalimentarias
Programa de Doctorado en
Biomedicina
Programa de Doctorado en
Ciencias Sociales y
Jurídicas
Programa de Doctorado en
Computación Avanzada,
Energía y Plasmas
Programa de Doctorado en
Química Fina
Programa de Doctorado en
Recursos Naturales y Gestión
Sostenible
Universidad de
Granada
Programa de Doctorado en
Biología Fundamental y de
Sistemas
Programa de Doctorado en
Biomedicina
Programa de Doctorado en
Bioquímica y Biología
Molecular
Programa de Doctorado en
Ciencias de la Tierra
Programa de Doctorado en
Ciencias Económicas y
Empresariales
Programa de Doctorado en
Ciencias Jurídicas
Programa de Doctorado en
Ciencias Sociales
Programa de Doctorado en
Estadística Matemática y
Aplicada
Programa de Doctorado en
Farmacia
Programa de Doctorado en
Filosofía
Programa de Doctorado en
Física y Ciencias del
Espacio
Programa de Doctorado en
Historia y Artes
Programa de Doctorado en
Ingeniería Civil
Programa de Doctorado en
Lenguas, Textos y Contextos
Programa de Doctorado en
Medicina Clínica y Salud
Pública
Programa de Doctorado en
Psicología
Programa de Doctorado en
Química
Programa de Doctorado en
Tecnologías de la
Información y la
Comunicación
Universidad de
Huelva
Programa de Doctorado en
Ciencia y Tecnología
Industrial y Ambiental
Universidad de Jaén
Programa de Doctorado en
Aceites de Oliva
Programa de Doctorado en
Avances en Ingeniería de
Materiales y Energías
Sostenibles
Programa de Doctorado en
Biología Molecular y Celular
Programa de Doctorado en
Ciencia y Tecnología de la
Tierra y del Medio Ambiente
Programa de Doctorado en
Derecho Público
Programa de Doctorado en
Energías Renovables
Programa de Doctorado en
Innovación Didáctica y
Formación del Profesorado
Programa de Doctorado en
Psicología
Programa de Doctorado en
Química
Programa de Doctorado en
Tecnologías de la
Información y de la
Comunicación
Universidad de
Málaga
Programa de Doctorado en
Biología Celular y Molecular
Programa de Doctorado en
Biotecnología Avanzada
Programa de Doctorado en
Ciencias Jurídicas y
Sociales
Programa de Doctorado en
Diversidad Biológica y Medio
Ambiente
Programa de Doctorado en
Economía y Empresa
Programa de Doctorado en
Educación y Comunicación
Social
Programa de Doctorado en
Estudios Avanzados en
Humanidades. Especialidades
en: Historia, Arte,
Filosofía y Ciencias de la
Antigüedad
Programa de Doctorado en
Ingeniería de
Telecomunicación
Programa de Doctorado en
Ingeniería Mecánica y
Eficiencia Energética
Programa de Doctorado en
Ingeniería Mecatrónica
Programa de Doctorado en
Lingüística, Literatura y
Traducción
Programa de Doctorado en
Psicología
Programa de Doctorado en
Química y Tecnologías
Químicas. Materiales y
Nanotecnología
Programa de Doctorado en
Tecnologías Informáticas
Universidad de
Murcia
Programa de Doctorado en
Artes y Humanidades: Bellas
Artes, Literatura, Teología,
Traducción e Interpretación
y Lingüística General e
Inglesa
Programa de Doctorado en
Biología Molecular y
Biotecnología
Programa de Doctorado en
Biología y Tecnología de la
Salud Reproductiva
Programa de Doctorado en
Ciencias de la Empresa
Programa de Doctorado en
Ciencias de la Salud
Programa de Doctorado en
Derecho
Programa de Doctorado en
Educación
Programa de Doctorado en
Gestión de la Información y
de la Comunicación en las
Organizaciones
Programa de Doctorado en
Matemáticas
Programa de Doctorado en
Psicología
Programa de Doctorado en
Química Básica y Aplicada
Programa de Doctorado en
Tecnología de los Alimentos,
Nutrición y Bromatología
Universidad de
Salamanca
Programa de Doctorado en
Biociencias: Biología y
Clínica del Cáncer y
Medicina Traslacional
Programa de Doctorado en
Español: Investigación
Avanzada en Lengua y
Literatura
Universidad de
Sevilla
Programa de Doctorado en
Arquitectura
Programa de Doctorado en
Arte y Patrimonio
Programa de Doctorado en
Biología Integrada
Programa de Doctorado en
Biología Molecular,
Biomedicina e Investigación
Clínica
Programa de Doctorado en
Ciencias Económicas,
Empresariales y Sociales
Programa de Doctorado en
Ciencias y Tecnologías
Físicas
Programa de Doctorado en
Estudios Filológicos
Programa de Doctorado en
Farmacia
Programa de Doctorado en
Filosofía
Programa de Doctorado en
Geografía
Programa de Doctorado en
Gestión Estratégica y
Negocios Internacionales
Programa de Doctorado en
Historia
Programa de Doctorado en
Ingeniería Automática,
Electrónica y de
Telecomunicación
Programa de Doctorado en
Ingeniería Energética,
Química y Ambiental
Programa de Doctorado en
Ingeniería Informática
Programa de Doctorado en
Matemáticas
Programa de Doctorado en
Psicología
Programa de Doctorado en
Química
Programa de Doctorado en
Recursos Naturales y
Medioambiente
Universidad Pablo de
Olavide
Programa de Doctorado en
Biotecnología, Ingeniería y
Tecnología Química
Programa de Doctorado en
Ciencias Jurídicas y
Políticas
Programa de Doctorado en
Ciencias Sociales
Universidad
Politécnica de Catalunya
Programa de Doctorado en
Administración y Dirección
de Empresas
Programa de Doctorado en
Arquitectura de Computadores
Programa de Doctorado en
Arquitectura, Energía y
Medio Ambiente
Programa de Doctorado en
Ciencia e Ingeniería de
Materiales
Programa de Doctorado en
Computación
Programa de Doctorado en
Estadística e Investigación
Operativa
Programa de Doctorado en
Gestión y Valoración Urbana
y Arquitectónica
Programa de Doctorado en
Ingeniería Ambiental
Programa de Doctorado en
Ingeniería Civil
Programa de Doctorado en
Ingeniería de la
Construcción
Programa de Doctorado en
Ingeniería de Procesos
Químicos
Programa de Doctorado en
Ingeniería del Terreno
Programa de Doctorado en
Ingeniería e
Infraestructuras del
Transporte
Programa de Doctorado en
Ingeniería Eléctrica
Programa de Doctorado en
Ingeniería Nuclear y de las
Radiaciones Ionizantes
Programa de Doctorado en
Ingeniería Sísmica y
Dinámica Estructural
Programa de Doctorado en
Ingeniería Térmica
Programa de Doctorado en
Inteligencia Artificial
Programa de Doctorado en
Matemática Aplicada
Programa de Doctorado en
Polímeros y Biopolímeros
Programa de Doctorado en
Proyectos Arquitectónicos
Programa de Doctorado en
Recursos Naturales y Medio
Ambiente
Programa de Doctorado en
Urbanismo
Universidad Pompeu
Fabra
Programa de Doctorado en
Biomedicina
Programa de Doctorado en
Ciencias Políticas y
Sociales
Programa de Doctorado en
Comunicación
Programa de Doctorado en
Derecho
Programa de Doctorado en
Economía, Finanzas y Empresa
Programa de Doctorado en
Historia
Programa de Doctorado en
Humanidades
Programa de Doctorado en
Tecnologías de la
Información y las
Comunicaciones
Programa de Doctorado en
Traducción y Ciencias del
Lenguaje
II. Universidades de la
Iglesia Católica. Relación
de Programas Oficiales de
Doctorado ordenados por
Universidades
Universidad de
Deusto
Programa de Doctorado en
Derechos Humanos: Retos
Éticos, Sociales y Políticos
Programa de Doctorado en
Ingeniería para la Sociedad
de la Información y
Desarrollo Sostenible
Programa de Doctorado en
Ocio, Cultura y Comunicación
para el Desarrollo Humano
Programa de Doctorado en
Psicología
Universidad
Pontificia Comillas
Programa de Doctorado en
Migraciones Internacionales
y Cooperación al Desarrollo
Programa de Doctorado en
Modelado de Sistemas de
Ingeniería
III. Relación de Programas
Oficiales de Doctorado
organizados conjuntamente
por distintas universidades
Programa de Doctorado en
Ciencias Agrícolas y
Medioambientales [(Programa
de Doctorado conjunto de
Universidad de Santiago de
Compostela y Universidad de
San Carlos de Guatemala
(Guatemala)]
Programa de Doctorado en
Comunicación (Programa de
Doctorado conjunto de
Universidad de Cádiz,
Universidad de Huelva,
Universidad de Málaga y
Universidad de Sevilla)
Programa de Doctorado en
Dinámica de los Flujos
Biogeoquímicos y sus
Aplicaciones (Programa de
Doctorado conjunto de
Universidad de Córdoba,
Universidad de Granada y
Universidad de Málaga
Programa de Doctorado en
Estudios Migratorios
(Programa de Doctorado
conjunto de Universidad de
Granada, Universidad de Jaén
y Universidad Pablo de
Olavide)
Programa de Doctorado en
Ingeniería Agraria,
Alimentaria, Forestal y del
Desarrollo Rural Sostenible
(Programa de Doctorado
conjunto de Universidad de
Córdoba y Universidad de
Sevilla)
Programa de Doctorado en
Matemáticas (Programa de
Doctorado conjunto de
Universidad de Almería,
Universidad de Cádiz,
Universidad de Granada,
Universidad de Jaén y
Universidad de Málaga)
Programa Oficial de
Doctorado en Nanociencia y
Nanotecnología (Programa de
Doctorado conjunto de
Universidad de Alicante,
Universidad de Castilla-La
Mancha, Universidad Jaume I
de Castellón y Universitat
de València (Estudi General)
Asuntos Exteriores y de
Cooperación
ACUERDO CON GEORGIA PARA
INTERCAMBIO Y PROTECCIÓN
RECÍPROCA DE INFORMACIÓN
CLASIFICADA
El Consejo de Ministros ha
autorizado la firma del
Acuerdo entre el Reino de
España y Georgia para el
Intercambio y Protección
Recíproca de Información
Clasificada.
Este Acuerdo tiene por
finalidad establecer los
procedimientos y las
prácticas de seguridad para
el intercambio de
información clasificada
entre ambos países, y para
la protección de dicha
información clasificada.
Constituye, además, un
instrumento jurídico
esencial que contribuirá,
tanto a incrementar la
cooperación bilateral entre
España y Georgia en el
ámbito de la Seguridad y la
Defensa, como a impulsar los
intercambios comerciales
entre ambos países en
aquellos sectores
productivos en los que
resulta imprescindible el
intercambio de información
clasificada. En este
sentido, destacan por su
valor estratégico los
sectores de las
comunicaciones, obras
públicas y la industria de
defensa.
La firma del Acuerdo
contribuirá a la
preservación de los
intereses de España en sus
relaciones internacionales,
pues éstas exigen, a veces,
el intercambio de
información que, por afectar
a la seguridad o a los
intereses nacionales, debe
ostentar un grado de
clasificación y estar
sometida a procesos
especiales de utilización y
manejo para preservar esa
integridad.
En concreto, en el campo de
la defensa y el armamento,
los contratos de
fabricación, montaje, o
suministro implican a menudo
el uso compartido de
dispositivos o
procedimientos
confidenciales. Por ello, es
necesario establecer normas
con arreglo a las cuales los
Estados puedan compartir sin
riesgo esas informaciones
clasificadas
Asuntos Exteriores y de
Cooperación
INCORPORADA UNA NUEVA
SUSTANCIA AL CONVENIO SOBRE
CONTAMINANTES ORGÁNICOS
PERSISTENTES
El Consejo de Ministros ha
autorizado la aceptación de
la Enmienda al Anexo A del
Convenio de Estocolmo sobre
Contaminantes Orgánicos
Persistentes y ha dispuesto
su remisión a las Cortes
Generales.
El Convenio de Estocolmo
sobre Contaminantes
Orgánicos Persistentes entró
en vigor para España el 26
de agosto de 2004. Su
objetivo es limitar la
contaminación por estos
productos químicos con
ciertas propiedades tóxicas,
especialmente perjudiciales
para la salud humana y el
medio ambiente por ser
resistentes a la
degradación, y acumularse en
los tejidos de los
organismos vivos a través de
la cadena alimentaria.
Se aplicó inicialmente a
doce de estas sustancias y
se establecen reglas para su
producción, importación y
exportación, además de
proponer procesos
alternativos y productos
químicos sustantivos que
sean ambientalmente
racionales.
En el caso de la Enmienda
hoy aceptada, se incorpora
al anejo A (listado de
contaminantes objeto de
eliminación) el endosulfán
de calidad técnica y sus
isómeros conexos, producto
utilizado como pesticida
cuya exposición continuada
puede tener importantes
efectos sobre la salud en
los seres humanos, de forma
que se ha considerado
conveniente la eliminación
progresiva de su uso a nivel
mundial. No obstante, cabe
señalar que en el caso de
España su empleo en
productos fitosanitarios ya
se encontraba prohibido
desde el año 2007.
Defensa
AUTORIZADA UNA INVERSIÓN
EXTRANJERA EN UNA SOCIEDAD
PARA ACTIVIDADES
RELACIONADAS CON LA DEFENSA
El Consejo de Ministros ha
autorizado a la sociedad
sueca NAMMO SWEEDEN AB. a
subscribir el 100 por 100
del capital social de la
empresa española NAMMO SPAIN
S.L. para realizar
actividades directamente
relacionadas con la defensa
nacional. El importe de la
inversión asciende a seis
mil euros, dividido en mil
participaciones sociales con
un valor nominal de un euro
cada una.
Las principales actividades
llevadas a cabo por NAMMO
SWEDEN AB. están
relacionadas con el diseño,
fabricación y venta de
munición para armamento y
actividades auxiliares de
éstas como su almacenamiento
o transporte. De estas
actividades, las
relacionadas con la defensa
nacional se realizarán, una
vez autorizada, a través de
su filial NAMMO PALENCIA
S.L.
La inversión extranjera por
parte de NAMMO SWEDEN AB.
tiene como objetivo
formalizar la presencia del
grupo NAMMO en el mercado
español del ámbito de la
Defensa, convirtiendo a
NAMMO PALENCIA S.L. en un
centro del Grupo NAMMO para
la producción de municiones
estándar y de prácticas, así
como un productor
competitivo de cartuchos
para toda gama de calibres
ligeros y medios.
BIOGRAFÍAS
Presidencia del Gobierno
Directora
general
de
la Secretaría Técnica de la
Comisión Delegada para
Asuntos Económicos
y de
Asuntos Económicos
Internacionales
de
la Oficina Económica del
Presidente del Gobierno.-
Dª EVA VALLE
MAESTRO.
Nacida el 2 de mayo de 1974
en Zaragoza, casada, con dos
hijos, es Licenciada en
Ciencias Económicas y
Empresariales por la
Universidad de Zaragoza, y
pertenece al Cuerpo de
Técnicos Comerciales y
Economistas del Estado.
Ha ocupado diversos puestos
en la Dirección General de
Política Económica del
Ministerio de Economía y
Hacienda y ha sido asesora
del Secretario de Estado de
Energía y Pyme. Entre 2004 y
2009 fue asesora del
director ejecutivo por
España en el Fondo Monetario
Internacional y,
posteriormente, subdirectora
general adjunta de Asuntos
del Sistema Monetario
Internacional en el
Ministerio de Economía y
Hacienda. Desde enero de
2012 era directora del
Departamento de Economía
Internacional de la
Presidencia del Gobierno.
Director
general de Políticas
Financieras, Macroeconómicas
y Laborales
de
la Oficina Económica del
Presidente del Gobierno.-
D. DANIEL NAVIA
SIMÓN.
Nacido el 5 de mayo de 1977
en Madrid, casado, con dos
hijos, es Licenciado en
Económicas por la
Universidad Carlos III de
Madrid y Máster en Economía
y Finanzas por el Centro de
Estudios Monetarios y
Financieros.
Pertenece al grupo directivo
del Banco de España como
Economista Titulado desde el
año 2002, donde ha ocupado
diversos puestos en la
Dirección General de
Economía y Relaciones
Internacionales. Entre 2007
y 2012 fue economista jefe
en diversas unidades del
Servicio de Estudios del
Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria y director de
Relaciones con Bancos
Centrales en este mismo
banco. Actualmente era vocal
asesor en la Oficina
Económica del Presidente del
Gobierno.
Asuntos Exteriores y de
Cooperación
Embajador de España en el
Sultanato de Omán.-
D. JUAN JOSÉ URTASUN
ERRO.
Nacido el 20 de enero de
1947 en Burguete (Navarra),
es Licenciado en Filosofía y
Letras e ingresó en 1979 en
la Carrera Diplomática.
Ha estado destinado en las
representaciones
diplomáticas españolas en
Argelia, Jerusalén, Bélgica
y Representación Permanente
de España ante las Naciones
Unidas. Ha sido subdirector
general de Próximo y Medio
Oriente y segundo jefe en la
Embajada de España en
Brasil. En 1998 fue nombrado
vocal asesor en el Gabinete
de la Presidencia del
Gobierno y en noviembre de
2002 embajador de España en
la República de Costa Rica.
En octubre de 2007 fue
designado embajador de
España en la República de
Chipre y desde julio de 2011
era embajador en Misión
Especial para Candidaturas
Españolas.
Embajador de España en
Ucrania.-
D. GERARDO ÁNGEL
BUGALLO OTTONE.
Nacido el 21 de septiembre
de 1954, es Licenciado en
Derecho e ingresó en 1984 en
la Carrera Diplomática.
Ha estado destinado en las
representaciones
diplomáticas españolas en
Argelia, Hungría y Estados
Unidos. Fue subdirector
general de América del
Norte, consejero cultural en
la Embajada de España en
Japón y vocal asesor en el
Gabinete de la Presidencia
del Gobierno. En 2002 fue
nombrado director general de
Política Exterior para Asia,
Pacífico y América del Norte
y, posteriormente,
representante permanente
adjunto en la Representación
Española ante la
Organización de las Naciones
Unidas con sede en Ginebra.
Actualmente era cónsul
general de España en Sidney.
Hacienda y Administraciones
Públicas
Directora general de
Racionalización y
Centralización de la
Contratación.-
Dª MARÍA LUISA
LAMELA DÍAZ.
Es Licenciada en Derecho por
la Universidad Complutense
de Madrid y pertenece al
Cuerpo de Interventores y
Auditores del Estado.
Ha ocupado diferentes cargos
en el ámbito de la
Intervención General de la
Administración del Estado,
en la Secretaría General de
Hacienda, en el Ministerio
de Asuntos Exteriores y en
las Representaciones
Permanentes de España ante
la Unión Europea y Naciones
Unidas. Fue jefa de Gabinete
del Comisario de Asuntos
Económicos y Monetarios de
la Unión Europea y directora
en la Dirección General de
Empresa e Industria de la
Comisión Europea. En 2008
pasó a ocupar el puesto de
interventora delegada en la
Entidad Pública Empresarial
Loterías y Apuestas del
Estado, y desde febrero de
2012, era directora del
Departamento de Servicios y
Coordinación Territorial del
Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas.