Las Comunidades Autónomas con competencias
transferidas en materia de Justicia habrán de adoptar las medidas necesarias
para asegurar desde el próximo 1 de enero la aplicación de las previsiones
introducidas en las recientes reformas de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la
Ley Orgánica del Poder Judicial en esta materia.
Las comunicaciones electrónicas en el ámbito de la Administración
de Justicia supondrán una mayor agilidad y un incremento de la transparencia de
los procesos judiciales, un importante ahorro de costes, la reducción de las
cargas administrativas y una mayor seguridad en el tratamiento de la
documentación.
A partir de 2017 la obligación de relacionarse de forma telemática con la
Administración de Justicia se extenderá a los colectivos de notarios,
registradores o a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Igualmente, el
Real Decreto desarrolla la posibilidad de que el ciudadano pueda relacionarse
electrónicamente con la Administración de Justicia, así como que pueda
proporcionar su número de teléfono móvil o correo electrónico para recibir
mensajes de texto o avisos sobre dónde se encuentra a su disposición el acto de
comunicación y la documentación correspondiente.
La aprobación de este Real Decreto se enmarca en el conjunto de
medidas adoptadas por el Gobierno en materia de nuevas tecnologías aplicadas a
la Justicia:
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Inscripción telemática de nacimientos ante el Registro Civil
desde los centros hospitalarios
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Sede Judicial Electrónica
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Celebración de las subastas judiciales y notariales de forma
telemática en Portal de Subastas del BOE
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Implantación del Expediente Judicial Electrónico en la Sala
de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
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Implantación del Sistema integrado de Justicia
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Acceso de las Administraciones al Registro Central de Penados
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Envío automático de información sobre violencia de género:
requisitorias, medidas cautelares y penas relativas a sentencias firmes
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