¿Sabías que el gobierno       reforzará  la lucha contra el      fraude en materia laboral y de Seguridad Social?

 

 

Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 13/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba una oferta de empleo público extraordinaria y adicional para reforzar, entre otras cosas la lucha contra el fraude en la Seguridad Social y en el ámbito laboral, el gobierno pretende atacar el trabajo no declarado y en situación irregular, así como combatir el fraude a la Seguridad Social, que además de mermar los ingresos públicos, socava los cimientos del estado del bienestar y afecta a la competitividad de las empresas que cumplen con la normativa, por la competencia desleal que las empresas incumplidoras les generan.

Según declaraciones realizadas el 20 de abril de 2017, por la ministra de Empleo y Seguridad, Fátima Báñez, con el Plan de lucha contra el fraude laboral, se han conseguido los siguientes resultados:

  • El afloramiento desde 2012 de unos 430.773 empleos.
  • La conversión de más de 265.710 contratos indebidamente temporales, en contratos indefinidos.
  • El impacto económico global de las actuaciones, en materia de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social, desde el año 2012 y hasta febrero de 2017, se estima en más de 18.237 millones de euros.
  • Se detectaron 6.101 empresas sin actividad real, creadas con la única finalidad de facilitar el acceso indebido a prestaciones.
 

 

 

La ministra anunciaba entonces la firma de un convenio en materia de lucha contra el fraude, en el ámbito de trabajo no declarado y empleo irregular, para lo que se reforzarían las plantillas de la Inspección de Trabajo, con 32 efectivos más durante los meses de octubre y noviembre de 2017. Sin embargo, como se desprende de esta convocatoria de empleo público, para los años 2017 y 2018 los refuerzos para la lucha contra el fraude, en el ámbito laboral y en materia de la Seguridad Social, son mucho más numerosos ya que se autoriza la convocatoria de 884 plazas de acceso por turno libre, de las que 442 corresponden al ejercicio 2017 y 442 al ejercicio 2018.

 

¿Cuáles son las funciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social?

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) es la organización administrativa responsable del servicio público de control y vigilancia del cumplimiento de las normas de orden social, que se encarga de exigir las responsabilidades administrativas en que puedan incurrir empresas y trabajadores, así como de asesorar e informar a los mismos en materia laboral y de seguridad social, en lo relativo a las acciones de inspección que realicen. 

El principal objetivo de la Dirección General de la ITSS es el cumplimiento voluntario de las obligaciones laborales y de Seguridad Social de empresas y trabajadores, para lo cual realiza principalmente tres tipos de actuaciones:

  • Preventivas.
  • Correctoras.
  • Sancionadoras.

Para ello, realizan requerimientos de cumplimiento de la normativa de orden social o de disposiciones relativas a la seguridad y salud de los trabajadores, requerimientos de ingreso de cuotas de Seguridad Social y conceptos asimilados, extenderán actas de infracción para la imposición de sanciones de orden social y actas de liquidación y demás documentos liquidatorios, de cuotas de Seguridad Social.

En relación a los servicios de vigilancia y exigencia del cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y contenido normativo de los convenios colectivos, tienen competencias en las siguientes materias:

  • Ordenación del trabajo y relaciones sindicales.
  • Prevención de riesgos laborales.
  • Normas en materia de campo de aplicación, inscripción, afiliación, altas y bajas de trabajadores, cotización y recaudación de cuotas del sistema de la seguridad social.
  • Normas sobre obtención y disfrute de prestaciones del sistema de la Seguridad Social así como de las mejoras voluntarias u otros sistemas complementarios voluntarios establecidos en convenios colectivos.
  • Normas sobre colaboración en la gestión de la Seguridad Social.
  • Normas en materia de colocación, empleo y protección por desempleo; emigración, movimientos migratorios y trabajo de extranjeros; formación profesional ocupacional y continua; empresas de trabajo temporal, agencias de colocación y planes de servicios integrados de empleo.

Además también realizan servicios de arbitraje, conciliación y mediación, previa aceptación de las partes afectadas por el conflicto laboral o la huelga.
 

laboral-social.com. Publicado 10/07/2017 - 13:39h

 

 

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