Mantenimiento de la proporción 1/30
Tal actividad continúa configurándose como una modalidad concreta de
transporte de viajeros en vehículos de turismo, sujeta a la previa
obtención de una autorización administrativa, cuyo otorgamiento se
supedita al mantenimiento de la proporción de una autorización de esta
clase por cada treinta licencias habilitantes para realizar transporte
de viajeros en la modalidad de taxi ya existentes en el territorio de
cada Comunidad Autónoma.
El Real Decreto Ley reafirma el ámbito nacional de las autorizaciones de
arrendamiento de vehículos con conductor, que habilitan para realizar
servicios de transporte en todo el territorio nacional. Si bien señala
que, sin perjuicio de ello, los servicios prestados por los vehículos
adscritos a dichas autorizaciones deberán dedicarse habitualmente (al
menos el 80% de los servicios computados trimestralmente) a realizar
servicios de transporte en el territorio de la Comunidad Autónoma en que
se encuentren domiciliadas.
A fin de que las reglas destinadas a conciliar el desarrollo y la
competitividad de los servicios prestados por taxis y vehículos
arrendados con conductor puedan ser adecuadas en el futuro a posibles
cambios, el Real Decreto Ley encomienda a la Conferencia Nacional de
Transportes el análisis e identificación de todos aquellos aspectos de
la reglamentación del Estado y autonómica que puedan ser revisados para
mejorar la competitividad y coordinación en el ámbito urbano e
interurbano de ambas modalidades de transporte.
Desarrollo armónico
Con todo ello, se garantiza un desarrollo armónico de ambas modalidades
de transporte de viajeros en vehículos de turismo en todo el territorio
nacional, compatibilizando la aplicación de las normas reguladoras del
arrendamiento de vehículos con conductor con las políticas locales en
materia de taxi determinadas por Ayuntamientos y Comunidades Autónomas.
Finalmente, mediante este Real Decreto Ley se
consigue dotar de mayor seguridad jurídica a las reglas aplicables a la
actividad de arrendamiento de vehículos con conductor, con la finalidad
de garantizar el adecuado equilibrio entre la oferta de estos servicios
y la del taxi, preservando así la convivencia entre ambos sectores y las
garantías al usuario.