REMITIDO A LAS CORTES GENERALES EL PROYECTO DE LEY DE DISTRIBUCIÓN DE SEGUROS Y REASEGUROS PRIVADOS

El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley de Distribución de Seguros y Reaseguros privados, con el que se traspone la Directiva 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de enero de 2016. Esta nueva normativa europea persigue dos objetivos fundamentales. Por un lado, aumentar la proyección de los asegurados mediante el incremento de la transparencia, evitando conflictos de interés o diseñando productos más adecuados para el consumidor. Además, se trata de establecer unas condiciones de competencia equitativa para todos los operadores del sector, que sean adecuadas y proporcionadas a los distintos tipos de canales de distribución.

 

Se refuerzan las normas de conducta y transparencia y se establecen requisitos adicionales para la distribución de productos de inversión basados en seguros. Se evitarán así conflictos de interés que puedan perjudicar al cliente; se introduce el concepto de ventas vinculadas y combinadas; se establecen requisitos en materia de gobernanza de productos, en particular, en el diseño, aprobación y control de estos y se refuerza el régimen de infracciones y sanciones.

Este Proyecto de Ley modifica la estructura del mercado de la distribución de seguros y reaseguros, fijando la tipología de distribuidores y los requisitos para acceder a esta actividad. Asimismo, se refuerzan los de profesionalidad y competencia de los mediadores de seguros y reaseguros.

 

 

REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL SECTOR FERROVIARIO

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Fomento, un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento del Sector Ferroviario, originalmente aprobado por el Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre.

 

El nuevo Real Decreto completa la transposición de la Directiva 2012/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, por la que se establece un espacio ferroviario europeo único, parcialmente abordado en la vigente Ley del Sector Ferroviario y su Reglamento.

La Ley del Sector Ferroviario ya obligaba a las empresas ferroviarias a llevar una contabilidad separada para los servicios de transporte de viajeros y mercancías y les prohibía transferir los fondos recibidos como compensación por obligaciones de servicio público hacia otras actividades.

El nuevo Real Decreto obliga, además, a las empresas ferroviarias y administradores de infraestructuras ferroviarias a elaborar sus respectivas contabilidades de forma separada, con objeto de evitar la transferencia de fondos públicos abonados para la gestión de infraestructuras hacia actividades de transporte ferroviario y viceversa.

Complementariamente, se faculta a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para requerir información estadística y contable a los administradores de infraestructuras ferroviarias, explotadores de instalaciones de servicio y empresas ferroviarias, con el objeto de comprobar la citada separación contable y supervisar los cánones ferroviarios y los indicadores de rendimiento financiero de tales entidades.

Por otra parte, y a fin de complementar la obligación que ya tienen las empresas ferroviarias de tener cubierta su responsabilidad civil mediante el correspondiente seguro, se concreta ahora la cobertura económica del seguro con que deben tener cubierta su propia responsabilidad aquellas empresas que, sin realizar por sí mismas transporte ferroviario, ceden sus coches de viajeros o vagones de mercancías para que dicho transporte se lleve a efecto.

 

 

El 15 de abril se iniciaba el plazo de presentación de la solicitud del BONUS correspondiente al ejercicio de 2017.

Para más información sobre el BONUS 2017 pinche aquí.

 

BONUS, sistema de incentivos de la Seguridad Social, es un sistema de bonificación para aquellas empresas que  hayan disminuido  considerablemente  la siniestralidad laboral  y  cumplan los principios de prevención establecidos en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y reúnan una serie de requisitos.

 

 

 

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