Agricultura,
Alimentación y Medio
Ambiente
APROBADO
EL PROYECTO DE LEY DE
REPRESENTATIVIDAD DEL SECTOR
AGRARIO Y DE CREACIÓN DEL
CONSEJO ASESOR AGRARIO
-
Regula el procedimiento
de consulta para la
determinación de la
representatividad de las
organizaciones
profesionales agrarias
de carácter general en
el ámbito estatal.
- La consulta se
verificará mediante voto
personal, directo y
secreto de los
agricultores, ya sean
personas físicas o
jurídicas, de forma
presencial en las mesas
habilitadas o mediante
voto por correo.
- Destaca, además de
la consulta directa y
simultánea en todo el
territorio nacional, la
ampliación del censo de
votantes a todos los
profesionales de la
agricultura.
- Serán organizaciones
profesionales agrarias
más representativas las
que obtengan, al menos,
un 15 por 100 de los
votos válidos emitidos
en la consulta en todo
el Estado y, además, al
menos un 5 por 100 en
seis Comunidades
Autónomas.
El Consejo de
Ministros ha aprobado la
remisión a las Cortes
Generales del Proyecto de
Ley por la que se regula el
procedimiento para la
determinación de la
representatividad de las
organizaciones profesionales
agrarias y se crea el
Consejo Agrario. El objeto
de esta norma es regular el
procedimiento de consulta
para la determinación de la
representatividad de las
organizaciones profesionales
agrarias de carácter general
y en el ámbito estatal.
La consulta
se verificará mediante voto
personal, directo y secreto
de los agricultores, ya sean
personas físicas o
jurídicas, de forma
presencial en las mesas
habilitadas al efecto o
mediante voto por correo.
Se instalará
una mesa de consulta en cada
capital de provincia y
tantas mesas comarcales como
sean necesarias, en función
del censo de la demarcación
provincial. Las mesas
incluyen un máximo de 1.400
electores.
Los inscritos
en el censo podrán
participar en la consulta
que se realizará en todo el
territorio nacional de forma
simultánea para determinar
las organizaciones
profesionales agrarias más
representativas. Esta
participación podrán
ejercerla los electores,
bien por correo o de modo
presencial en la mesa
correspondiente a su
demarcación territorial, que
se constituirá en cada
Subdelegación del Gobierno,
o Delegación del Gobierno en
las Comunidades Autónomas
uniprovinciales y en las
Ciudades Autónomas.
Principios básicos
Como
principio básico del
Proyecto destaca, además de
la consulta directa y
simultánea en todo el
territorio del Estado, la
ampliación del censo de
votantes, respecto al
tradicional de Cámaras
Agrarias, a todos los
profesionales de la
agricultura.
Se podrán
presentar a la consulta las
organizaciones profesionales
agrarias de ámbito nacional
constituidas y reconocidas
al amparo de la Ley sobre
regulación del derecho de
asociación sindical. Deberán
tener entre sus fines
estatutarios la defensa de
los intereses generales de
la agricultura, entendidos
como las actividades
agrícolas, ganaderas y
silvícolas, así como la
defensa y promoción de los
intereses profesionales,
económicos y sociales de los
agricultores, ganaderos y
silvicultores.
Igualmente,
se consideran organizaciones
agrarias las coaliciones de
organizaciones agrarias y la
integración de
organizaciones en otra de
ámbito nacional, aun
conservando cada una de
ellas su denominación
originaria.
El Proyecto
de Ley deroga la Ley de 2009
sobre los órganos
consultivos en el ámbito
agroalimentario; sustituye
el procedimiento de medición
de la representatividad de
las organizaciones
profesionales agrarias
actual, basado en las
elecciones a Cámaras
Agrarias, por una consulta
de ámbito estatal y
simultáneo e, igualmente,
cambia el órgano consultivo
existente, el Comité Asesor
Agrario, por otro en el que
la representación sea
proporcional a los
resultados obtenidos en la
consulta.
Serán
organizaciones profesionales
agrarias más representativas
las que obtengan, al menos,
un 15 por 100 de los votos
válidos emitidos en la
consulta en todo el Estado
y, además, en seis
Comunidades Autónomas, al
menos un 5 por 100 de los
votos válidos emitidos en la
consulta en cada una de
ellas. La distribución de
los representantes en el
órgano consultivo será
proporcionarle a los votos
obtenidos.
El Proyecto
prevé los reajustes de
distribución de la
representación en el órgano
consultivo en los supuestos
de escisión, fusión y
extinción de las
organizaciones y disolución
de coaliciones.
La consulta
se celebrará cada cinco años
y servirá para determinar la
composición del Consejo
Agrario, órgano colegiado de
carácter consultivo adscrito
al Ministerio de
Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente, cuya
finalidad es asesorar a la
Administración General del
Estado en las cuestiones de
interés general agrario y
rural.
Consejo Agrario
El Consejo
Agrario, que sustituirá al
actual Comité Asesor
Agrario, estará compuesto
por diez consejeros
nombrados por el Ministro de
Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente, que
ostentará la presidencia del
mismo. Los nombramientos se
harán de acuerdo con las
propuestas de las
organizaciones profesionales
más representativas
establecidas, según los
resultados de la consulta.
El Consejo
Agrario tendrá, entre otras
funciones, la de informar
sobre los proyectos
normativos del Departamento
en materia de agricultura y
desarrollo rural que sean
sometidos a su
consideración, así como la
de conocer e informar sobre
las medidas de política
agrícola común y estatal y
sobre la evolución de la
situación social y económica
del sector agrario,
formulando recomendaciones
para la adopción de aquellas
medidas que se consideren
necesarias para la mejora de
la calidad de vida del
sector agrario.
Agricultura,
Alimentación y Medio
Ambiente
APROBADA
LA NORMA DE CALIDAD PARA LA
CARNE, EL JAMÓN, LA PALETA Y
LA CAÑA DE LOMO IBÉRICOS
-
Simplifica en tres las
denominaciones de venta:
"de bellota", "de cebo
de campo" y "de cebo".
Se elimina "recebo".
- Reserva para el
etiquetado y publicidad
de los productos "de
bellota" el uso de los
nombres, logotipos,
imágenes o menciones
relacionados con la
bellota o la dehesa.
- Regula de forma más
exigente los tiempos de
curación y los pesos
mínimos del producto
terminado ibéricos.
- Exige mayor
superficie mínima para
crianza de los animales
en cebaderos y establece
la limitación del número
máximo de animales
criados en la montanera.
El Consejo de
Ministros ha aprobado,
mediante un Real Decreto, la
norma de calidad para la
carne, el jamón, la paleta y
la caña de lomo ibéricos. La
norma mejora la información
al consumidor en el
etiquetado y presentación;
la calidad del producto al
establecer más rigor y
control en los procesos, y
la fiabilidad en la
asignación de las menciones
que realmente corresponden a
los productos.
La nueva
norma refleja todas las
realidades productivas
existentes en el sector del
ibérico en el país e impulsa
la conservación de la raza
ibérica y del sistema
productivo desarrollado en
torno a la dehesa. Además,
es fruto de un largo proceso
de colaboración y diálogo
entre las Administraciones
autonómicas y las
asociaciones representativas
del sector. Su publicación
culmina los trabajos
llevados a cabo para mejorar
la producción, elaboración y
comercialización de los
productos emblemáticos del
cerdo ibérico.
De esta forma
se evita la pérdida del
nivel de pureza ibérica de
la cabaña, se equilibran las
cargas ganaderas con la
capacidad de las dehesas y
se refuerzan los controles
de certificación y el
cumplimiento de los
criterios sobre edad y peso
de sacrificio.
Paralelamente, se impide la
confusión del consumidor en
cuanto a denominaciones y se
clarifica el etiquetado de
los productos.
Carga
ganadera
En relación
con las razas autorizadas,
se ha reforzado el papel del
libro genealógico, cuyos
certificados pasan a ser la
única forma de acreditar la
pureza racial, lo que
ayudará a preservar la
pureza de las mismas.
En cuanto a
la crianza de los cerdos en
montanera, la norma adapta
la carga ganadera a la
capacidad productiva de la
dehesa y establece un número
de cerdos por hectárea de
dehesa en función de la
superficie arbolada cubierta
(entre 0,25 y 1,25,
cerdos/ha).
La norma
también regula las
instalaciones a las que se
exige una mayor superficie
mínima para la crianza de
los animales en cebaderos:
2m² mínimo para animales de
más de 110 kilogramos de
peso.
Denominaciones de venta
Para la
comercialización de los
productos se hace una firme
apuesta por la mejora de la
información al consumidor en
el etiquetado: Denominación
de venta y la indicación del
tanto por ciento racial.
Con este
objetivo se simplifican las
denominaciones de venta. Se
pasa de las cuatro opciones
anteriores (de bellota o
montanera, de recebo, de
cebo de campo y de cebo) a
tres: "de
bellota", "de cebo de campo" y "de
cebo". Se
elimina la designación
recebo.
Etiquetado
En el
etiquetado se establece la
obligatoriedad de indicar el
tanto por ciento de raza
ibérica, cuando se trate de
animales cien por cien
ibérico, y en lugar
destacado de la misma en los
demás casos.
Se limita la
utilización en publicidad y
etiquetado de términos que
puedan inducir a error al
consumidor. Así, se
reservan, exclusivamente
para la designación "de
bellota", los nombres,
logotipos, imágenes,
símbolos, o menciones
facultativas que evoquen o
hagan alusión a algún
aspecto relacionado o
referido con la bellota o la
dehesa. En particular,"pata
negra" sólo se podrá
utilizar en productos de
bellota cien por cien
ibéricos.
Identificación de canales
También se
refuerzan los sistemas de
control, estableciendo más
rigor y control en los pesos
de las canales y las piezas
y en el tiempo mínimo de
elaboración, así como
mejorando la fiabilidad en
la asignación de las
menciones que realmente
corresponden a los
productos.
La mejora de
la asignación de menciones
se conseguirá, entre otras
acciones, mediante la
incorporación de un precinto
de distinto color por cada
designación, que se colocará
en cada jamón y paleta, en
el matadero:
-
Negro,
para los bellota cien
por cien ibéricos
- Rojo, para
los bellota ibéricos
- Verde,
para los de cebo de
campo ibéricos
- Blanco,
para los de cebo
ibéricos
En relación
con los productos, se exige
un peso mínimo de las piezas
elaboradas a la salida de la
industria para evitar la
comercialización de
productos pequeños que no
alcancen los estándares
mínimos de calidad esperados
por los consumidores.
Recuperación del sector
Con la
aprobación de estas
novedades se mejora la norma
vigente al modificar
aspectos que han demostrado
su ineficacia, lo que
posibilitará la recuperación
del sector.
Se pretende
contribuir al mantenimiento
de la cabaña ibérica,
fundamento de los productos
ibéricos, que se viene
apreciando en los últimos
años, y se asegurará el
mantenimiento de la raza y
de la propia dehesa, que
requiere de un
aprovechamiento adecuado
para su mantenimiento.
Las nuevas
disposiciones promoverán un
modelo productivo que mejore
el actual, donde una
sobreproducción ha conducido
a una grave crisis del
sector, con unas caídas muy
importantes de ventas y un
hundimiento de los precios
de las piezas, que han
puesto en riesgo la
pervivencia de muchas
explotaciones e industrias.
Supone
también una firme apuesta
por la mejora de la
información al consumidor,
al incrementar la
transparencia sobre las
características del producto
comercializado, para que el
consumidor pueda decidir, en
mejores condiciones, el tipo
de producto que le interesa
comprar.
Responde, en
definitiva, a la demanda de
la práctica totalidad de las
organizaciones y
asociaciones que integran a
ganaderos e industrias, que
han venido demandando una
actuación urgente que
corrigiese el rumbo del
sector y abriese nuevas
posibilidades de desarrollo
y sostenibilidad en los
próximos años.
El Real
Decreto entrará en vigor al
día siguiente de su
publicación para los
animales sacrificados a
partir de esta fecha. Sin
embargo se han establecido
una serie de períodos
transitorios para permitir
al sector una adaptación
paulatina en temas como la
raza, instalaciones y
productos en proceso de
elaboración.

Agricultura,
Alimentación y Medio
Ambiente
APROBADA
LA AMPLIACIÓN DEL PARQUE
NACIONAL DE LAS TABLAS DE
DAIMIEL
-
Se suma una nueva
superficie de 1.102
hectáreas que comprenden
fincas de titularidad
pública y que incluyen
una excelente
representación de un
encinar sobre calizas y
una representación de
una dehesa manchega.
- Con esta ampliación
y la declaración del
Parque Nacional de la
Sierra del Guadarrama,
la Red de Parques
Nacionales cuenta en la
actualidad con una
superficie total de
381.716,49 hectáreas.
El Consejo de
Ministros ha aprobado la
ampliación de los límites
del Parque Nacional de las
Tablas de Daimiel con una
superficie de 1.102,51
hectáreas sobre fincas de
titularidad pública. La
ampliación comprende
terrenos colindantes al
Parque, propiedad del
Organismo Autónomo Parques
Nacionales y de la Fundación
Biodiversidad, y que son
complementarios de los
sistemas naturales
representados en el Parque
Nacional.
Con esta
ampliación se incluye una
excelente representación de
un encinar sobre calizas,
con su correspondiente
sotobosque, una amplia
representación de una dehesa
manchega, así como diversas
tipologías de vegetación de
depósitos eólicos. Todos
estos ecosistemas están
acompañados de su
correspondiente fauna, flora
y valores geomorfológicos
asociados.
Asimismo,
constituye un paso
fundamental para lograr la
conservación del sistema
hídrico completo de las
Tablas de Daimiel e
incentiva futuras
ampliaciones, hasta lograr
una superficie homogénea y
óptima para su conservación.
Ante las
dificultades de conservación
del Parque Nacional de las
Tablas de Daimiel, debido
fundamentalmente a los
ciclos climáticos y a la
sobreexplotación del
acuífero del que se
alimenta, el Organismo
Autónomo de Parques
Nacionales ha adquirido
desde 2001 fincas y derechos
de agua legalmente inscritos
en el Parque Nacional y en
su zona de protección. Así,
hasta el momento se han
tramitado 110 expedientes
para la adquisición de más
de 1.900 hectáreas y en
torno a los 4,4 hectómetros
cúbicos de derechos de agua.
Red
de parques nacionales
En 2012, los
catorce Parques Nacionales
incluían una superficie de
346.654,49 hectáreas, lo que
suponía que el 0,69 por 100
del territorio español
gozaba de la máxima
protección que pueden tener
los espacios naturales.
Durante 2013
se ha trabajado para
conseguir una significativa
ampliación de estos espacios
protegidos. Así, este año se
ha declarado el nuevo Parque
Nacional de la Sierra de
Guadarrama (33.960 ha) y
ahora se ha ampliado el
Parque Nacional de las
Tablas de Daimiel (1.102,51
ha.), lo que supone un
incremento de 35.062
hectáreas en la Red de
Parques Nacionales.
De esta
forma, los quince Parques
Nacionales que conforman
actualmente la Red ya
suponen un 0,76 por 100 del
territorio nacional al sumar
una superficie de 381.716,49
hectáreas, lo que implica un
incremento cercano al 10 por
100 de estos espacios
protegidos.
Sanidad,
Servicios Sociales e
Igualdad
CREADO EL
CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS
OFICIALES DE
DIETISTAS-NUTRICIONISTAS
El Consejo de
Ministros ha aprobado la
remisión a las Cortes
Generales del Proyecto de
Ley por la que se crea el
Consejo General de Colegios
Oficiales de
Dietistas-Nutricionistas. Se
trata del órgano que
agrupará a los distintos
colegios de esta profesión
sanitaria.
La Ley de
Colegios Profesionales de
1974, establece que, cuando
estén constituidos varios
colegios de una misma
profesión de ámbito inferior
al nacional, existirá un
Consejo General de Colegios,
cuya creación ha de tener
lugar mediante Ley. Esta
situación se produce en la
profesión de
Dietistas-Nutricionistas,
por lo que resulta
procedente constituir
mediante la norma
correspondiente el Consejo
General, como corporación de
derecho público, que tendrá
personalidad jurídica y
plena capacidad para el
cumplimiento de sus fines
con arreglo a la Ley.
El Consejo
General de Colegios
Oficiales de
Dietistas-Nutricionistas se
relacionará con la
Administración General del
Estado a través del
Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e
Igualdad.
En el plazo
de dos meses se constituirá
una comisión estora
compuesta por un
representante de cada uno de
los colegios oficiales
existentes y, en el plazo de
seis meses, elaborará unos
estatutos provisionales
reguladores de los órganos
de gobierno. Éstos se
remitirán al Ministerio, que
verificará su adecuación a
la legalidad y ordenará, en
su caso, su publicación en
el BOE.
Empleo y
Seguridad Social
REGULADA
LA CONCESIÓN DE AYUDAS
PREVIAS A LA JUBILACIÓN A
TRABAJADORES AFECTADOS POR
PROCESOS DE REESTRUCTURACIÓN
DE EMPRESAS
-
El objetivo es facilitar
una cobertura económica
a estos trabajadores, se
adapta a lo estipulado
en la Ley General de
Subvenciones y reduce el
margen de
discrecionalidad en su
concesión.
El Consejo de
Ministros ha aprobado un
Real Decreto por el que se
establecen las normas
especiales para la concesión
de ayudas previas a la
jubilación ordinaria en el
Sistema de la Seguridad
Social a trabajadores
afectados por procesos de
restructuración de empresas.
Estas ayudas
están destinadas a facilitar
una cobertura económica a
trabajadores cercanos a la
edad de jubilación para
atender situaciones de
urgencia y necesidad
sociolaboral, cobertura que
permita paliar las
consecuencias sociales
derivadas de los procesos de
restructuración de empresas
que pudieran conllevar el
cese total o parcial de la
actividad, o que contribuyan
al mantenimiento del empleo.
Con este Real
Decreto se adapta la
regulación de estas ayudas,
recogida en una Orden
Ministerial de 5 de octubre
de 1994 por la que se
regulaba la concesión de
ayudas previas a la
jubilación ordinaria en el
sistema de la Seguridad
Social, a lo dispuesto en
los artículos 22 y 28 de la
Ley General de Subvenciones
de 2003, con lo que se
reduce el margen de
discrecionalidad que tiene
la Administración para
decidir o no su concesión.
Beneficiarios
La norma
aprobada hoy establece que
podrán ser beneficiarios de
estas ayudas los
trabajadores despedidos de
acuerdo con los artículos 51
y 52 del Estatuto de los
Trabajadores que cumplan los
siguientes requisitos:
-
Tener cumplida una edad
inferior a cuatro años
sobre la edad a la que
hubieran podido
jubilarse.
-
Tener cubierto el
período de cotización
exigido para causar
derecho a la pensión de
jubilación de la
Seguridad Social, en su
modalidad contributiva,
al alcanzar la edad
legal para el acceso a
la misma.
-
Acreditar una antigüedad
mínima en la empresa o
grupo de empresas de, al
menos, dos años en el
momento de la solicitud.
En el caso de
trabajadores con
contrato a tiempo
parcial o fijos
discontinuos la
antigüedad se computará
de fecha a fecha desde
la fecha de ingreso en
la empresa, hasta la
fecha del despido.
-
En el caso de
trabajadores afectados
por despido colectivo no
podrán transcurrir más
de cuatro años entre la
fecha de comunicación
del acuerdo alcanzado en
el período de consultas
a la autoridad laboral
competente y la fecha de
acceso de los
trabajadores al sistema
de ayudas previas.
-
Encontrarse inscritos
como demandantes de
empleo en el momento de
concesión de la ayuda y
haber agotado la
prestación contributiva
por desempleo.
-
No estar incursos en
alguna causa de
incompatibilidad para
percibir la ayuda.
Hacienda y
Administraciones Públicas
INFORME
SOBRE EL AVANCE DE LA
ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA
EN LA ADMINISTRACIÓN GENERAL
DEL ESTADO
-
Tres de cada cuatro
procedimientos
administrativos se
inician por vía
electrónica.
- El Plan de Mejora de
la Administración y del
Servicio Público
representa un ahorro
para ciudadanos y
empresas de 2.785
millones de euros al
año.
- La reducción de
cargas administrativas
ha permitido un ahorro
de 19.000 millones de
euros a las empresas en
cinco años.
El Consejo de
Ministros ha conocido el
informe que recoge el avance
en la implantación de la
Administración Electrónica
en la Administración General
del Estado (AGE) desde
septiembre de 2011, fecha
del último informe, a junio
de 2013. Las conclusiones de
la Comisión de Reforma de
las Administraciones
Públicas (CORA), por tanto,
entrarán en el informe que
se elabore el próximo año.
Plan
de Mejora de la
Administración y del
Servicio Público
La Ley de
acceso electrónico de los
ciudadanos a los Servicios
Públicos de 2007, ha
significado un hito esencial
para el desarrollo de la
Administración Electrónica
en España, si bien después
de la ejecución del Plan
Estratégico y de Actuación
de desarrollo de la Ley no
hubo otras iniciativas que
establecieran de forma
coordinada y continuada las
nuevas líneas a seguir.
Por ello, en
el año 2012, el Gobierno
puso en marcha el Plan de
Mejora de la Administración
y del Servicio Público
2012-2015 (Plan Mejora), con
el objetivo de contribuir a
la recuperación económica
del país, con tres
estrategias: Racionaliz@,
dirigida a la Administración
General del Estado, para
establecer un nuevo modelo
de gestión pública mediante
armonización y
estandarización de
estructuras administrativas
y la implantación del
aprovechamiento de recursos
tecnológicos; Simplific@,
para crear servicios
públicos eficientes y
eficaces diseñados en torno
a las necesidades de
ciudadanos y empresas; yCompart@,
para racionalizar las
competencias
interadministrativas dentro
de un marco renovado de
colaboración y
corresponsabilidad.
La evaluación
del grado de cumplimiento de
las medidas del Plan
concluye que un 65 por 100
están ya finalizadas y el
resto se encuentran en fase
de desarrollo. El ahorro
estimado generado en 2012 ha
sido de 2.785.000.000 euros
para ciudadanos y empresas,
debido, principalmente, a la
reducción de cargas
administrativas de los
procedimientos y servicios
públicos accesibles por
medios electrónicos, y de
69.706.000 euros para las
Administraciones Públicas,
en función del grado de
racionalización y
compartición de servicios.
También a
principios de 2013, el
Gobierno aprobó la Agenda
Digital de España para
establecer la estrategia de
nuestro país y alcanzar los
objetivos de la Agencia
Digital para Europa;
maximizar el impacto de las
políticas públicas en
Tecnologías de la
Información y las
Comunicaciones (TIC) con el
fin de mejorar la
productividad y
competitividad, y modernizar
la economía y la sociedad
con el uso eficaz de las
tecnologías por la
ciudadanía, empresas y
administraciones públicas.
Datos
y cifras de la
Administración Electrónica
en España
Hoy existen a
disposición de los
ciudadanos un total de 2.900
procedimientos y servicios
por vía electrónica.
En 2012 el
volumen total de
tramitaciones con la
Administración General del
Estado fue de 465.349.764,
de las que de forma
electrónica fueron iniciadas
345.595.767, lo que supone
casi un 75 por 100 del
total. Los procedimientos de
mayor tramitación
corresponden a la Tesorería
General de la Seguridad
Social, a la Agencia Estatal
de Administración
Tributaria, al Servicio
Público de Empleo Estatal y
a la Dirección General del
Catastro.
España es hoy
líder en disponibilidad de
servicios en línea, con un
98 por 100 frente al 74 por
100 de la Unión Europea y,
en cuanto a su usabilidad,
está por encima de la media
europea. En el indicador de
"eGovernment" de Naciones
Unidas sobre la capacidad y
voluntad de utilizar la
Administración Electrónica,
España se encuentra en el
lugar 23.
Entre los
premios y reconocimientos
más relevantes conseguidos
por la Administración
Electrónica española
destacan el Premio de la ONU
en 2012 al Servicio Público,
en la categoría "Mejorando
la prestación de los
servicios públicos", y el
Premio de la Unión Europea
en 2013 al portal datos.gob.es,
como portal de reutilización
de la información del sector
público.
Los servicios
de Administración
Electrónica creados, y esto
es importante de destacar en
tiempos de austeridad
presupuestaria, hacen uso de
una estructura horizontal,
infraestructuras y servicios
comunes como la Red
Sara, una red de
comunicaciones que une a
todas las Administraciones
Públicas; @firma,
la plataforma de validación
de certificados y firmas
electrónicas; o Emprende
en 3, para la
creación de una empresa en
tres días. También hacen uso
de estructuras sectoriales
relacionadas con la propia
funcionalidad de los
servicios públicos.
La
Administración Electrónica
se aplica no solo al
desarrollo de servicios
públicos y sistemas de
información específicos,
sino que también sus
prestaciones y uso
contribuyen
significativamente a
potenciar actuaciones
administrativas internas
como por ejemplo la
simplificación y reducción
de cargas de los
procedimientos
administrativos. En este
sentido el Programa de
Mejora de la Reglamentación
y Reducción de Cargas
Administrativas que ha
finalizado en 2012 (desde
2007) ha significado un
ahorro para las empresas de
más de 19.000 millones de
euros.
Asuntos
Exteriores y de Cooperación
ADHESIÓN
DE ESPAÑA AL CONVENIO DE
ASISTENCIA ALIMENTARIA
El Consejo de
Ministros ha autorizado la
adhesión de España al
Convenio de Asistencia
Alimentaria, hecho en
Londres el 25 de abril de
2012, y a su Reglamento de
Procedimiento y Aplicación,
y ha dispuesto su remisión a
las Cortes Generales. (MAEC)
La Convención
de Ayuda Alimentaria -Food
Aid Convention (FAC)- es un
instrumento de cooperación
multilateral para la acción
humanitaria que desde 1967
contribuye a la asistencia
alimentaria mejorando la
respuesta a situaciones de
emergencia alimentaria en
países en desarrollo. De
este modo, los países
donantes se comprometen a
proporcionar una cantidad
especificadas de ayuda
alimentaria a los países más
necesitados,
independientemente de las
fluctuaciones en los precios
y suministros mundiales de
alimentos.
La Convención
se ha renegociado
recientemente con el fin de
actualizar el catálogo de
actividades consideradas
como de asistencia
alimentaria, de manera que
se incluyeran dentro de la
FAC otras actuaciones que
fueran más allá de la mera
distribución de alimentos,
única actividad que estaba
considerada hasta el
momento. Por ello, con esta
renegociación se incluyen
otros instrumentos y
programas que se han venido
financiando por España en
los últimos años en el marco
de la asistencia humanitaria
como, por ejemplo, el
preposicionamiento de
alimentos o los cheques.
Instrumento de la asistencia
de la Cooperación Española
La Convención
de Ayuda Alimentaria ha sido
un instrumento esencial en
las actividades de
asistencia humanitaria
llevadas a cabo por la
Cooperación Española. Como
prueba de ello, durante la
última Presidencia europea
en 2010, España impulsó el
proceso de renegociación de
la FAC con el fin de
actualizar el catálogo de
actividades consideradas
como asistencia alimentaria,
de manera que se incluyeran
dentro de la Convención
otras actuaciones de interés
para la España y en las que
la Cooperación Española ha
trabajado durante los
últimos años.
Algunas de
estas actuaciones incluyen:
-
El preposicionamiento de
stocks, como es el caso
del nuevo centro
logístico internacional
situado en Las Palmas de
Gran Canaria para acopio
y distribución de
alimentos que será
gestionado por el
Programa Mundial de
Alimentos (PMA),
- Las aportaciones de
material animal (los
camellos a los saharauis
o los alimentos
aceptados en la dieta
del beneficiario, como
el gofio),
- Otros tipos de
instrumentos de
asistencia, (por ejemplo
los cupones de comida o
el trabajo por
alimentos, las
operaciones de
triangulación o "twinning"
o los vuelos
humanitarios ligados a
asistencia alimentaria).
Agricultura,
Alimentación y Medio
Ambiente
MODIFICADO EL ESTATUTO DEL
FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA
AGRARIA
-
El cambio de la norma
incluye la facultad de
enajenación de los
inmuebles pertenecientes
a la red básica de
almacenamiento público.
El Consejo de
Ministros ha aprobado un
Real Decreto por el que se
modifica el estatuto del
Fondo Español de Garantía
Agraria (FEGA) para incluir
la facultad de enajenación
de los inmuebles
pertenecientes a la red
básica de almacenamiento
público (silos), que forman
parte de su patrimonio; y
cambiar el inicio y la
instrucción de los
procedimientos de
determinación y repercusión
de las responsabilidades
financieras por
incumplimiento del Derecho
de la Unión Europea en el
ámbito de los fondos
europeos agrícolas.
El Real
Decreto persigue conseguir
la máxima eficacia en la
gestión del patrimonio del
FEGA; facilitar el acceso
general a la utilización de
dichas unidades de
almacenamiento,
pertenecientes a la red
básica de almacenamiento
público, actualmente
propiedad del FEGA;
contribuir a la creación de
empleo y la reactivación de
la economía en aquellos
lugares donde se ubican;
eliminar el elevado coste de
mantenimiento que tales
instalaciones tienen para
este organismo, así como
modificar el inicio y la
instrucción de los
procedimientos de
determinación y repercusión
de las responsabilidades
financieras por
incumplimiento del Derecho
de la Unión Europea en el
ámbito de los fondos
europeos agrícolas.
Abandono casi total de los
silos
La situación
de los silos es de casi
total abandono por carencia
de uso. La propiedad de la
Red es del FEGA, que cede su
uso a las Comunidades
Autónomas para la gestión de
las compras y almacenamiento
de cereales, actuaciones
que, a día de hoy, son
prácticamente inexistentes.
El FEGA asume
el pago de los Impuestos de
Bienes Inmuebles y las
Comunidades Autónomas los
gastos corrientes, cuando
los hubiera. Actualmente,
resulta de todo tipo
imposible el acometer los
gastos de reparación de
daños por robos, incendios,
vandalismo, ocupaciones,
etcétera.
El
mantenimiento de una red de
almacenamiento representa un
coste elevado difícil de
justificar cuando no existe
una previsión clara de
utilización de los almacenes
y cuando la falta de uso de
los mismos acelera el
deterioro de las
instalaciones. Mediante la
enajenación de los mismos,
la modificación normativa
pretende facilitar el acceso
general a la utilización de
dichas unidades de
almacenamiento. De esta
forma, se eliminaría el
elevado coste de
mantenimiento que tienen
para este organismo y se
facilitaría su utilización
para otros fines que
posibiliten la creación de
empleo y la reactivación de
la economía en aquellos
lugares donde se ubican.
Misión del FEGA
El Fondo
Español de Garantía Agraria
(FEGA) es un organismo
autónomo de carácter
comercial que cuenta con
personalidad jurídica
independiente y presupuesto
propio, aprobado anualmente
dentro de los Presupuestos
Generales del Estado.
Adscrito al Ministerio de
Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente, a través de
la Secretaría General de
Agricultura y Alimentación,
sus fines y funciones se
establecen en su Estatuto,
aprobado mediante un Real
Decreto en 2001 y modificado
en 2006, 2011 y 2012.
El FEGA tiene
como misión principal hacer
que las ayudas de la
Política Agrícola Común con
cargo a los fondos europeos
agrarios, FEAGA (Fondo
Europeo Agrícola de Garantía
Agraria) y FEADER (Fondo
Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural) se
apliquen estrictamente para
lograr sus objetivos, al
fomentar una aplicación
homogénea de las ayudas en
todo el territorio nacional
para llegar de manera eficaz
a los beneficiarios que
cumplen con los requisitos
establecidos.
Hacienda y
Administraciones Públicas
DESESTIMADO EL REQUERIMIENTO
DE ANDALUCÍA CONTRA LOS
ACUERDOS QUE FIJAN LOS
OBJETIVOS DE ESTABILIDAD
PRESUPUESTARIA
El Consejo de
Ministros ha aprobado un
acuerdo por el que se
desestima el requerimiento
previo formulado por la
Junta de Andalucía contra
los acuerdos del Consejo de
Ministros de 28 de junio y
de 12 de julio de 2013, por
los que se fijan los
objetivos de estabilidad
presupuestaria para el
conjunto de las
Administraciones Públicas y
cada uno de sus subsectores
para el período 2014-2016 y
para el año 2013,
respectivamente.
La Junta de
Andalucía, al considerar que
dichos acuerdos infringen
las previsiones de la Ley
Orgánica 2/2012, dado que
los objetivos de estabilidad
presupuestaria aprobados no
respetan los porcentajes de
reducción del déficit que,
de acuerdo con la
disposición transitoria
primera, han de distribuirse
entre el Estado y las
Comunidades Autónomas,
solicitaba que se elevaran
al Consejo de Ministros
nuevos objetivos de
estabilidad presupuestaria.
El Gobierno,
por el contrario, afirma que
la regla de reducción del
déficit estructural
establecida en la
disposición transitoria de
la Ley Orgánica 2/2012 no se
aplica, como es el caso, en
el supuesto de que España
esté inmersa en un
procedimiento por déficit
excesivo, dadas las
distintas disposiciones
comunitarias que regulan los
Planes de Estabilidad y que
atribuyen al Gobierno de los
Estados miembros la
competencia y
responsabilidad exclusiva de
su cumplimiento.
Procedimiento de déficit
excesivo
España, en
efecto, se encuentra inmersa
ante las instituciones
comunitarias en un
procedimiento de déficit
excesivo, abierto por el
Consejo de la Unión Europea
el 27 de abril de 2009, y
corresponde, por tanto, al
Consejo de Ministros la
obligación de fijar unos
objetivos de estabilidad que
posibiliten el cumplimiento
de la senda fijada por el
Consejo Europeo en sus
recomendaciones, ya
impliquen unos esfuerzos
superiores o menores en
términos de reducción de
déficit estructural que los
establecidos por la Ley
Orgánica 2/2012.
Cabe añadir,
además, que la ya citada
disposición transitoria de
la Ley Orgánica 2/2012
establece una fecha límite
para cumplir con el
principio de estabilidad
presupuestaria y una senda
de reducción anual del
déficit estructural durante
el período transitorio para
alcanzar el equilibrio o
superávit estructural en el
año 2020, lo que no impide
que en la fijación de tales
objetivos se les exija a las
Comunidades Autónomas, en el
período que va hasta 2016,
una reducción del déficit
estructural mayor, en
términos relativos, que al
Estado.
En cuanto a
la alegación de que se ha
vulnerado el principio de
transparencia, hay que
señalar que en el Consejo de
Política Fiscal y Financiera
del 27 de junio de 2013 el
Gobierno ya trasladó a las
Comunidades Autónomas las
propuestas de objetivos de
estabilidad para 2013 y para
el período 2014-2016, y se
les expuso los fundamentos
de ambas propuestas. Los
representantes de las
Comunidades Autónomas
tuvieron la posibilidad de
expresar su valoración sobre
las mismas, emitir su voto y
plantear cuantas cuestiones
estimaron oportunas.
Hacienda y
Administraciones Públicas
AUTORIZADA UNA CONSULTA
POPULAR EN LARRAGA (NAVARRA)
El Consejo de
Ministros ha aprobado un
Acuerdo por el que se
autoriza al Ayuntamiento de
Larraga (Navarra) a celebrar
una consulta popular sobre
la solicitud de fincas de
regadío para las parcelas de
reemplazo del comunal de
secano y regadío de dicha
localidad, tras el proceso
de concentración parcelaria
en la zona regable
(ampliación de la 1ª fase de
Canal de Navarra).
La consulta
reúne los requisitos
legales, al referirse a un
asunto de competencia
municipal y de especial
relevancia para los vecinos.
Hacienda y
Administraciones Públicas
CREADA LA
CONSEJERÍA DE EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL EN CANADÁ
El Consejo de
Ministros ha aprobado un
Real Decreto por el que se
crea la Consejería de Empleo
y Seguridad Social en la
Misión Permanente de España
en Canadá, con sede en
Ottawa, y se determinan los
aspectos relativos a su
régimen y funciones, así
como su dependencia
orgánica, funcional y
presupuestaria.
La creación
de la Consejería no supone
incremento del gasto
público, habida cuenta de
que viene a sustituir a la
Sección de Empleo y
Seguridad Social, que se
suprime con arreglo a lo
dispuesto por el Real
Decreto de 26 de marzo DE
1993, por el que se
regulaban las Secciones de
Asuntos Laborales y de
Seguridad Social de las
Oficinas Consulares.
Asuntos
Exteriores y de Cooperación
FIRMA DEL
MEMORANDO SOBRE APOYO
LOGÍSTICO EN LOS SISTEMAS
LEOPARD
El Consejo de
Ministros ha autorizado la
firma del Memorando de
Entendimiento sobre apoyo
logístico en la fase de vida
útil y actividades de
cooperación relativas a los
sistemas basados en el
Leopard 1 y Leopard 2.
Este
Memorando tiene por
finalidad establecer los
principios y la organización
de la cooperación entre los
Estados Miembros en lo
referente al apoyo logístico
común y al posterior
desarrollo de los sistemas
Leopard durante la fase de
vida útil.
Se denomina
"sistemas Leopard" a los
sistemas de armas basados en
los carros de combate
Leopard 1 y Leopard 2,
creados y desarrollados
originalmente por Alemania.
En la actualidad, los
sistemas Leopard forman
parte del equipamiento
militar de las fuerzas
armadas de dieciocho
Estados, los cuales adoptan
el acuerdo.
La adopción
del presente Memorando de
Entendimiento supone para
España continuar formando
parte de la Asociación
LEOBEN, integrada por los
principales Estados usuarios
de los sistemas Leopard. La
pertenencia a este grupo de
países representa para
España un doble interés.
Desde un
punto de vista técnico y
operativo, la firma del
acuerdo hará posible que el
Ministerio de Defensa
español continúe
desarrollando junto a dichos
países una actuación
unitaria e integral en
relación con las actividades
vinculadas al apoyo
logístico y a las futuras
mejoras técnicas de estos
sistemas de armas,
plenamente incorporados al
equipamiento militar del
Ejército de Tierra español.
Por otra
parte, en el ámbito de
LEOBEN las principales
actuaciones relacionadas con
el mantenimiento,
conservación y
perfeccionamiento de los
sistemas Leopard, tales como
el abastecimiento de
munición, la gestión de los
suministros de piezas de
repuesto, o la contratación
de reparaciones, se llevan a
cabo de manera conjunta por
los participantes. Ello se
traduce en un considerable
abaratamiento de los costes
asociados a estas
actividades, cuyo importe
sería muy superior en caso
de que los Estados miembros
tuvieran que operar
separadamente.
Agricultura,
Alimentación y Medio
Ambiente
DOS
LABORATORIOS DE SANTANDER Y
GRANADA SE INTEGRAN
ORGÁNICAMENTE EN EL
MINISTERIO DE AGRICULTURA
El Consejo de
Ministros, ha aprobado un
Real Decreto que recoge la
integración orgánica del
Laboratorio Arbitral
Agroalimentario de Santander
y el Laboratorio Central de
Sanidad Animal de Santa Fe
en el Ministerio de
Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente.
Con esta
doble integración se
mejorará la eficacia y
eficiencia en los flujos de
información, en la toma de
decisiones y en la
coordinación de los mismos,
lo que redundará en un
beneficio claro en cuanto al
servicio que prestan, tanto
en el control oficial, como
en el servicio directo a los
ciudadanos.
Hasta este
momento ambos laboratorios
dependían funcionalmente del
Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio
Ambiente; sin embargo su
dependencia orgánica
correspondía a la Delegación
de Gobierno en Cantabria, en
el caso del Laboratorio
Agroalimentario de
Santander; y a la
Subdelegación de Gobierno en
Granada, en el caso del
Laboratorio Central de
Sanidad Animal de Santa Fe.
Los
laboratorios son entidades
con un alto nivel de
especialización en el
desarrollo de unas funciones
de gran contenido
técnico-científico y, por
tanto, se caracterizan por
la singularidad y
trascendencia de las
actividades que desempeñan.
Sus cometidos y funciones
derivan de los compromisos y
obligaciones que el propio
Ministerio tiene adquiridos
con las administraciones
públicas, centrales,
autonómicas y europeas y con
todo el sector
agroalimentario.
Laboratorio Agroalimentario
de Santander
El
Laboratorio Agroalimentario
de Santander es Laboratorio
Nacional de referencia para
el análisis de leche y
productos lácteos, y cumple
con todos sus cometidos en
el ámbito del control
oficial de estos productos.
Entre sus muchas tareas
destaca la coordinación a
nivel nacional de las
actuaciones relacionadas con
dicho control oficial en el
pago por calidad de la
leche.
Organiza
también ensayos de
intercomparación con los
laboratorios
interprofesionales y el
resto de laboratorios
relacionados con el control
de leche y productos
lácteos, a los que
proporciona una importante
ayuda para mantener la
fiabilidad y precisión de
los resultados analíticos
que ofrecen.
Laboratorio Central de
Sanidad Animal de Santa Fe
El
Laboratorio Central de
Sanidad Animal de Santa Fe
tiene entre sus cometidos el
ser laboratorio de
referencia nacional para
importantes enfermedades
zoonósicas, como brucelosis,
tuberculosis o rabia, así
como para determinadas
sustancias incluidas en el
plan nacional de residuos.
Todo ello hace que resulte
aconsejable su dependencia
directa del órgano central
correspondiente.
BIOGRAFÍAS
Asuntos
Exteriores y de Cooperación
Embajadora de
España en la República de
Ghana.-
Dª
MARÍA JESÚS ALONSO JIMÉNEZ.
Nacida el 14
de enero de 1956 en Madrid,
es Licenciada en Derecho e
ingresó en 1983 en la
Carrera Diplomática.
Ha estado
destinada en las
representaciones
diplomáticas españolas en
Turquía, Países Bajos y
Permanente de España ante la
OTAN. Fue directora adjunta
en la Escuela Diplomática,
subdirectora general de
Europa Oriental y vocal
asesora del Departamento de
Política Internacional y
Seguridad del Gabinete de la
Presidencia del Gobierno.
Fue embajadora de España en
la República del Camerún y
en octubre de 2008,
embajadora en Misión
Especial para el Fomento de
las Políticas de Igualdad de
Género. Ha sido vocal
asesora en la Dirección
General de Política Exterior
para África y actualmente
era segunda jefa en la
Embajada de España en
Dinamarca.
Embajador de
España en la República del
Níger.-
D.
JOSÉ LUIS PARDO CUERDO.
Nacido el 22
de agosto de 1967, es Doctor
en Derecho e ingresó en 1993
en la Carrera Diplomática.
Ha sido
segundo jefe en las
embajadas de España en Libia
y Jordania, y consejero en
la embajada de España en la
República Federal de
Alemania. Fue asesor del
Gabinete del Secretario de
Estado para la Unión Europea
y vocal asesor en la
Dirección General de
Política Exterior para Asia
y Pacífico. Desde 2007 era
subdirector general de
Asuntos Generales en la
Secretaría de Estado para la
Unión Europea.
Embajador de
España en la República de
Túnez.-
D.
JUAN LÓPEZ-DÓRIGA PÉREZ.
Nacido el 6
de febrero de 1959 en
Zaragoza, es Licenciado en
Derecho e ingresó en 1986 en
la Carrera Diplomática.
Ha sido
subdirector general Adjunto
de Personal, Cónsul Adjunto
en París, segundo jefe en la
Embajada de España en Costa
Rica y vocal asesor en el
Gabinete del Secretario de
Estado para la Cooperación
Internacional y para
Iberoamérica. En 2001 fue
nombrado director general de
Cooperación con Iberoamérica
y en octubre de 2004,
embajador de España en la
República de Guatemala. En
junio de 2008 pasó a ocupar
el puesto de director
general de Planificación y
Evaluación de Políticas para
el Desarrollo y,
posteriormente, los de
secretario general de la
Fundación Consejo
España-Estados Unidos y de
director de la Agencia
España de Cooperación
Internacional para el
Desarrollo.
Embajador en
Misión Especial para Asuntos
del Mediterráneo.-
D
GABRIEL BUSQUETS APARICIO.
Nacido el 10
de abril de 1950 en Inca (Illes
Balears), es Licenciado en
Derecho e ingresó en 1977 en
la Carrera Diplomática.
Ha estado
destinado en las
representaciones
diplomáticas españolas en
Etiopía, República Federal
de Alemania, Bélgica y
Marruecos. Fue subdirector
general de Acción y
Cooperación Cultural,
embajador de España en Irán
y director general de
Política Exterior para el
Mediterráneo, Oriente Medio
y África. En 2004 fue
designado embajador de
España en la República
Federal de Alemania y, entre
2008 y 2013, fue embajador
de España en la República
Argelina Democrática y
Popular.