Estimado Mutualista o Despacho Colaborador:
El
motivo de esta información es recordarle la
obligación de la comunicación a TGSS del
inicio del alta en la prestación de servicios, el cese de la misma o las
variaciones producidas en
dichas comunicaciones y las consecuencias en materia de responsabilidad
en las PRESTACIONES que supone el incumplimiento de sus obligaciones.
Pinche
aquí para
ir a la web de la Seguridad Social.
El alta, la baja y las variaciones de datos son comunicaciones
obligatorias que deben hacerse a la Seguridad Social para informar sobre
el comienzo de la actividad laboral de un trabajador, sobre el cese en
la misma o sobre las modificaciones de datos identificativos y laborales
de los trabajadores afiliados a la Seguridad Social.
Los compañeros del departamento de Prestaciones
Económicas de Mutua MAZ han preparado un resumen que podrá descargar
pinchando
aquí. En dicho documento podrá encontrar información relativa a:
- I.
Sujetos obligados y plazos para
dar de alta en la Seguridad Social.
- II.
Consecuencias del incumplimiento
de las obligaciones de la empresa en orden a las prestaciones.
- III.
Consecuencias del
incumplimiento de las obligaciones del trabajador autónomo.
Quedamos a su disposición para cualquier
aclaración o duda al respecto.
Departamento de Prestaciones Económicas.
Mutua MAZ
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