Estimado Mutualista o Despacho Colaborador:

El motivo de esta información es recordarle la obligación de la comunicación a TGSS del inicio del alta en la prestación de servicios, el cese de la misma o las variaciones producidas en dichas comunicaciones y las consecuencias en materia de responsabilidad en las PRESTACIONES que supone el incumplimiento de sus obligaciones. Pinche aquí para ir a la web de la Seguridad Social.

El alta, la baja y las variaciones de datos son comunicaciones obligatorias que deben hacerse a la Seguridad Social para informar sobre el comienzo de la actividad laboral de un trabajador, sobre el cese en la misma o sobre las modificaciones de datos identificativos y laborales de los trabajadores afiliados a la Seguridad Social.

Los compañeros del departamento de Prestaciones Económicas de Mutua MAZ han preparado un resumen que podrá descargar pinchando aquí. En dicho documento podrá encontrar información relativa a:

  • I. Sujetos obligados y plazos para dar de alta en la Seguridad Social.
  • II. Consecuencias del incumplimiento de las obligaciones de la empresa en orden a las prestaciones.
  • III. Consecuencias del incumplimiento de las obligaciones del trabajador autónomo.

Quedamos a su disposición para cualquier aclaración o duda al respecto.

Departamento de Prestaciones Económicas.

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