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El Gobierno modifica el Impuesto de
Sociedades a las grandes empresas para cumplir la senda del déficit
público
Se fija un pago fraccionado
mínimo del 23 por 100 para empresas que facturen más de diez millones de
euros, pago que será del 25 por 100 para las entidades de crédito y las
que se dediquen a la explotación de yacimientos de hidrocarburos |
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El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley en el que se introducen
medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público. El objetivo
fundamental es aumentar los ingresos públicos para cumplir con los
compromisos adquiridos con la Unión Europea, reafirmar la credibilidad de las
finanzas públicas y continuar generando confianza en la economía española.
Las medidas no van a afectar a las Pymes, que constituyen la mayoría del tejido
empresarial español, sino a los pagos fraccionados que realizan las empresas
con volumen de facturación superior a los diez millones de euros. El impacto
recaudatorio estimado es de 8.300 millones de euros, a repartir entre las 9.000
mayores empresas.
Medidas:
1.- Pago mínimo
El Real Decreto Ley reestablece la figura de un tipo mínimo en el pago
fraccionado del Impuesto sobre Sociedades. No se trata de una subida del tipo de
gravamen del impuesto, sino de un mayor adelanto a cuenta de lo que deban
tributar, que será descontado cuando presenten la oportuna declaración del
impuesto, según estipula la Ley.
- El tipo
mínimo en el pago fraccionado será del 23 por 100 del resultado contable
positivo y se aplicará a las empresas con un volumen de facturación superior
a diez millones de euros.
- El pago
fraccionado mínimo será del 25 por 100 del resultado contable positivo, para
las empresas con facturación superior a los diez millones de euros y que
cuentan con un tipo de gravamen incrementado del 30 por 100 en el Impuesto
sobre Sociedades (el tipo general del gravamen es del 25 por 100).
Concretamente, este pago fraccionado mínimo incrementado del 25 por 100
corresponderá a las entidades de crédito y las que se dediquen a la
exploración de yacimientos de hidrocarburos (excluidas otras como el
refino), según marca la Ley del citado impuesto.
La aplicación del nuevo pago fraccionado mínimo contará con algunas excepciones
como las rentas derivadas de operaciones de quita consecuencia de un acuerdo de
acreedores y las rentas exentas que afecten a entidades sin ánimo de lucro.
2.- Mayor proporción para calcular el pago fraccionado
Además de fijar un pago fraccionado mínimo, se modifica también el cálculo del
pago fraccionado para las empresas con volumen de facturación superior a diez
millones de euros, con el fin, precisamente de aproximarlo al tipo nominal del
impuesto. De esta forma, se aplicará el 24 por 100 de la base imponible en vez
del 17 por 100 actual.
Aplicación inmediata
El Real Decreto Ley entrará en vigor de forma inmediata, una vez que se publique
hoy en el Boletín Oficial del Estado. Se crea con vigencia indefinida y
afectará ya a los próximos pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades,
correspondientes a los meses de octubre y diciembre de 2016, con el objetivo
de garantizar la senda de reducción del déficit público comprometida con la
Unión Europea.
El Real Decreto Ley deberá ser convalidado por el Parlamento en las próximas
semanas.
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