Hacienda y
Función Pública
APROBADOS
LOS OBJETIVOS DE ESTABILIDAD
PRESUPUESTARIA Y DE DEUDA
2017-2019 Y EL TECHO DE
GASTO DEL ESTADO PARA 2017
-
La nueva senda es
coherente con la senda
de reducción del déficit
propuesta por la
Comisión Europea y
supone cumplir unos
objetivos de déficit del
4,6 por 100 del PIB para
2016, el 3,1 por 100 del
PIB en 2017, el 2,2 por
100 del PIB para 2018, y
el 1,3 por 100 del PIB
para 2019.
-
El déficit de la
Administración central
se reducirá
progresivamente hasta
alcanzar el 0,3 por 100
del PIB en 2019 y el de
Seguridad Social hasta
alcanzar el 1 por 100 en
2019.
-
Las administraciones
territoriales también se
suman al esfuerzo de
consolidación fiscal, y
las Comunidades
Autónomas alcanzarán
equilibrio
presupuestario en 2019.
El límite de
gasto no financiero del
Presupuesto del Estado para
2017 asciende a un total de
118.337 millones de euros,
según ha aprobado hoy el
Consejo de Ministros, donde
también se ha acordado el
objetivo de estabilidad
presupuestaria y deuda para
los años 2017-2019. De esta
forma, se da aplicación a lo
establecido por la Ley
Orgánica de Estabilidad
Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera, y
se inicia el proceso de
elaboración de los
Presupuestos Generales del
Estado.
El pasado 8
de agosto, el Consejo de la
Unión Europea publicó una
Decisión relativa a la
necesidad de adoptar las
medidas para la corrección
del déficit excesivo y para
fortalecer el marco de la
gobernanza de la política
fiscal y de la contratación
pública. En este sentido,
los objetivos de estabilidad
presupuestaria aprobados por
el Gobierno son coherentes
con la aplicación de la
senda de reducción del
déficit propuesta por la
Comisión Europea en su
Decisión, en un contexto de
firme crecimiento económico
y de incremento de los
recursos tributarios,
reforzado por las medidas
aprobadas por el Gobierno
para la reducción del
déficit público.
Techo
de gasto del Estado
En el Acuerdo
que el Gobierno remite a las
Cortes Generales con los
objetivos de estabilidad
presupuestaria y de deuda
pública, debe incluirse el
límite de gasto no
financiero del Estado, el
cual asciende a 118.337
millones de euros, y se
mantiene constante para el
próximo año el nivel de
gasto realizado en 2016. En
este punto, cabe señalar que
el techo de gasto no
financiero del Estado no
precisa ser sometido a
votación por parte de las
Cortes, al contrario que los
objetivos de estabilidad,
que si han de ser votados en
el Congreso de los
Diputados.
Este límite
es consistente con el gasto
en términos de Contabilidad
Nacional que resulta del
objetivo de déficit
establecido para el Estado y
de los ingresos no
financieros previstos.
Objetivos de déficit
Por lo que se
refiere a los objetivos de
estabilidad presupuestaria
para el conjunto de las
Administraciones Públicas,
se contempla un déficit
máximo del 4,6 por 100 del
PIB para 2016, del 3,1 por
100 del PIB en 2017, del 2,2
por 100 del PIB para 2018, y
del 1,3 por 100 del PIB para
2019.
El esfuerzo
de reducción del déficit
público supone aplicar una
política de control del
gasto público en el conjunto
de administraciones públicas
que ha de conducir a
alcanzar el objetivo de
déficit del 2,2 por 100 del
PIB en 2018, en coherencia
con las recomendaciones
dadas por el Consejo
Europeo, finalizando el
Procedimiento de Déficit
Excesivo y, una vez
alcanzado este objetivo,
seguir avanzando hacia el
equilibrio presupuestario a
medio plazo.
En el
desglose por
administraciones públicas,
el déficit de la
Administración central se
reducirá progresivamente
hasta alcanzar el 0,3 por
100 del PIB en 2019.
Las
administraciones
territoriales también se
suman al esfuerzo de
consolidación fiscal,
alcanzando las Comunidades
Autónomas equilibrio
presupuestario en 2019.
Finalmente,
la Seguridad Social irá
reduciendo de manera más
modera su déficit hasta
situarlo en el 1 por 100 del
PIB en 2019.
Capacidad (+)
Necesidad (-) de
Financiación, SEC-2010(En
porcentaje del PIB)
| |
| |
2016 |
2017 |
2018 |
2019 |
|
Administración
Central |
-2,2 |
-1,1 |
-0,7 |
-0,3 |
|
Comunidades
Autónomas |
-0,7 |
-0,6 |
-0,3 |
0,0 |
|
Entidades
Locales* |
0,0 |
0 |
0 |
0 |
|
Seguridad Social |
-1,7 |
-1,4 |
-1,2 |
-1,0 |
|
Total
Administraciones
Públicas |
-4,6 |
-3,1 |
-2,2 |
-1,3 |
Objetivos de deuda
En cuanto a
los objetivos de deuda
pública para el periodo
2017-2019, se han fijado los
siguientes para el conjunto
de administraciones públicas
y para cada uno de sus
subsectores:
Objetivos de deuda
Pública (% del PIB)
| |
| |
2017 |
2018 |
2019 |
|
Administración
Central |
72,0 |
71,3 |
70,0 |
|
Comunidades
Autónomas |
24,1 |
23,6 |
22,7 |
|
Entidades
Locales* |
2,9 |
2,8 |
2,7 |
|
Total
Administraciones
Públicas |
99,0 |
97,7 |
95,4 |
El informe de
situación que acompaña a
este Acuerdo de Consejo de
Ministros establece la tasa
de referencia de crecimiento
del Producto Interior Bruto
de medio plazo de la
economía española. La
variación del gasto
computable nominal de la
Administración Central, de
las Comunidades Autónomas y
de las Corporaciones Locales
no podrá superar dicha tasa
de referencia en este
periodo, siguiendo la Ley
Orgánica de Estabilidad y el
Pacto de Estabilidad y
Crecimiento:
Tasa de
Referencia nominal (%
variación anual)
Economía,
Industria y Competitividad
REVISIÓN
AL ALZA DE LAS PREVISIONES
MACROECONÓMICAS
-
El crecimiento económico
será del 3,2 por 100 en
2016 y del 2,5 por 100
el año que viene, con
una composición más
equilibrada
-
La tasa de paro bajará
más de ocho puntos a
finales de 2019, hasta
el 12,8 por 100, y habrá
más de 20 millones de
ocupados
-
La capacidad de
financiación con
respecto al resto del
mundo se mantendrá por
encima del 2 por 100 del
PIB
El Consejo de
Ministros ha acordado una
revisión al alza de las
previsiones macroeconómicas,
tanto para este año, como
para el que viene. El
crecimiento económico se
eleva al 3,2 por 100 en 2016
y al 2,5 por 100 en 2017, lo
que permitirá recuperar a
mediados del año próximo el
nivel de renta previo a la
crisis.
La
composición del crecimiento
será más equilibrada entre
la demanda interna y
externa. Se prevé la
creación de casi dos
millones de empleos en el
periodo 2016-2019, lo que
permitirá superar
ligeramente los veinte
millones de ocupados en
cuatro años. La tasa de paro
se reducirá hasta el 12,8
por 100 a finales de 2019
(8,1 puntos menos), lo que
situaría el porcentaje de
parados sobre población
activa en el nivel más bajo
desde el inicio de la
recesión.
Crecimiento
La economía
española entrará en 2017 con
una velocidad de crucero por
encima del 3 por 100 lo que
induce la revisión al alza
de las previsiones
macroeconómicas, en línea
con la efectuada en fechas
recientes por los
principales organismos
internacionales, como el
FMI, la Comisión Europea y,
más recientemente, la OCDE.
Para 2016, el Gobierno
estima que el crecimiento
económico se elevará al 3,2
por 100 en media anual, tres
décimas más que lo estimado
en el Plan Presupuestario
remitido a Bruselas en
octubre de este año. Para
2017 la previsión se eleva
al 2,5 por 100, dos décimas
más. Los dos años siguientes
se estima que se mantendrá
un ritmo de crecimiento del
2,4 por 100. De esta forma,
la economía española
mantendrá en los próximos
años ritmos de crecimiento
por encima de las economías
más avanzadas del mundo y,
en particular, de los socios
de la zona euro.
Demanda y consumo
El patrón de
crecimiento que se proyecta
para el periodo 2016-2019 es
más equilibrado entre
demanda interna y externa.
El perfil ligeramente
descendente de la
contribución de la demanda
interna a partir de 2016 se
produce en paralelo a una
aportación positiva del
sector exterior. Dentro de
la demanda interna, tanto el
consumo, como la inversión,
presentan un elevado
dinamismo a lo largo del
periodo, gracias a factores
como el aumento de la renta
disponible de las familias,
la moderación de precios, la
creación de empleo y la
mejora de las condiciones de
financiación. El consumo
privado se acelera en 2016 y
se estabiliza en tasas más
moderadas a partir del año
siguiente. La inversión, por
su parte, se mantiene en
tasas próximas al 3,5 por
100 desde 2017. Tanto los
bienes de equipo, como la
construcción, contribuyen a
esta buena evolución.
Financiación
Las mejoras
de competitividad alcanzadas
por la economía española
están detrás del crecimiento
de las exportaciones; en la
actualidad, en niveles
récord. Se estima que las
ventas de bienes y servicios
españoles al exterior
crecerán durante todo el
periodo a tasas cercanas al
6 por 100. El ritmo de
crecimiento de las compras
al exterior se estabiliza
también por debajo del 6 por
100, en consonancia con la
evolución de la demanda
interna. Durante estos
cuatro años, la economía
española registrará una
capacidad de financiación
con respecto al resto del
mundo por encima del 2 por
100 del PIB.
Creación de empleo
La creación
de empleo mantendrá un ritmo
de crecimiento medio anual
próximo al 3 por 100 este
año y en torno al 2,5 por
100 en los tres siguientes
en términos de contabilidad
nacional; es decir, en
puestos de trabajo
equivalentes a tiempo
completo. Tras la reforma
laboral, la economía
española ha reducido al 0,7
por 100 el umbral de
crecimiento económico
necesario para la creación
de empleo. La tasa de paro
se reducirá de forma
progresiva, unos dos puntos
por año, hasta situarse en
el 12,84 por 100 de la
población activa a finales
de 2019, lo que supone
volver a los niveles previos
al periodo de recesión que
comenzó en 2008.

Hacienda y
Función Pública
Empleo y
Seguridad Social
APROBADO
EL PAQUETE DE MEDIDAS EN EL
ÁMBITO TRIBUTARIO
-
El texto incluye una
modificación de las
deducciones en el
Impuesto de Sociedades y
el incremento de algunos
impuestos especiales
-
Además se ha aprobado un
Real Decreto de control
y lucha contra el fraude
y modernización del IVA
-
Las medidas tendrán un
impacto estimado en
recaudación adicional
por importe de 7.000
millones de euros
El Consejo de
Ministros ha aprobado un
Real Decreto Ley que incluye
un conjunto de medidas
tributarias con el objetivo,
entre otras medidas, de
poder alcanzar el objetivo
de déficit para 2017. El
texto incluye, como
principales novedades, una
modificación del Impuesto de
Sociedades y el incremento
de los llamados impuestos
especiales (impuesto sobre
productos intermedios, sobre
alcohol y bebidas derivadas
e impuesto sobre las labores
del tabaco), que tendrán un
impacto estimado de
recaudación adicional por
importe de 4.800 millones de
euros.
Dicho
paquete, junto a las medidas
contra el fraude, recaudarán
en total hasta siete mil
millones de euros más al
año. Las nuevas medidas
tributarias no afectarán ni
a las pymes ni a los
autónomos, como tampoco se
modifica el IRPF ni el IVA.
Impuesto sobre Sociedades
Las medidas
relativas al Impuesto de
Sociedades no modifican
tipos nominales (que
mantienen el 25 por 100
previsto para 2017), sino
que limitan las deducciones.
La cuantía de recaudación
prevista será de 4.650
millones de euros
adicionales.
Las
deducciones que se modifican
son las siguientes:
-
Exención por dividendos:
No deducibilidad de las
pérdidas realizadas en
la transmisión de
participaciones en
entidades siempre que se
trate de participaciones
con derecho a la
exención en las rentas
positivas obtenidas,
tanto en dividendos,
como en plusvalías
generadas en la
transmisión de
participaciones.
Asimismo, queda excluida
de integración en la
base imponible cualquier
tipo de pérdida que se
genere por la
participación en
entidades ubicadas en
paraísos fiscales o en
territorios que no
alcancen un nivel de
tributación adecuado.
-
Reversión de los
deterioros de valor de
participaciones: La
reversión de los
deterioros de valor de
participaciones que
resultaron fiscalmente
deducibles en periodos
impositivos previos a
2013 y que a partir de
esa fecha no lo son
deberá realizarse por un
importe mínimo anual, de
forma lineal durante
cinco años. En este Real
Decreto-Ley se establece
la incorporación
automática de los
referidos deterioros,
como un importe mínimo,
sin perjuicio de que
resulten reversiones
superiores por las
reglas de general
aplicación, teniendo en
cuenta que se trata de
pérdidas estimadas y no
realizadas que minoraron
la base imponible de las
entidades españolas.
-
Limitación a la
compensación de Bases
Imponibles Negativas: Se
limita la compensación
de bases imponibles
negativas de ejercicios
anteriores para grandes
empresas en los
siguientes porcentajes:
Empresas con importe
neto de la cifra de
negocios superior a 60
millones de euros, el 25
por 100; empresas con
importe neto de la cifra
de negocios entre 20 y
60 millones, el 50 por
100. Adicionalmente, se
establece un nuevo
límite para la
aplicación de
deducciones por doble
imposición que se cifra
en el 50 por 100 de la
cuota íntegra, para
empresas con importe
neto de la cifra de
negocios superior a 20
millones de euros,
aplicándose esta medida
en el año 2016.
Impuestos especiales
Las medidas
relativas a impuestos
especiales (alcohol, tabaco)
permiten acercar la
recaudación por fiscalidad
indirecta a la media de los
países de la Unión Europea.
La cuantía de recaudación
prevista será de 150
millones de euros
adicionales: 100 millones
por tabacos y 50 por el
impuesto al alcohol.
-
Impuesto sobre productos
intermedios, alcohol y
bebidas derivadas: se
incrementa en un 5% la
fiscalidad que grava el
consumo de los productos
intermedios y del
alcohol y de las bebidas
derivadas tanto en la
península como en las
Islas Canarias. No se
modifican los tipos
impositivos de la
cerveza y del vino. Con
la nueva modificación,
aunque estos siguen
siendo de los más bajos
de la UE, se contribuye
a reducir la diferencia
de fiscalidad existente
con la del resto de
Estados miembros.
-
Impuesto sobre las
labores del tabaco: Se
incrementa el peso del
componente específico
frente al componente ad
valorem a la vez que se
efectúa el consiguiente
ajuste en el nivel
mínimo de imposición,
tanto para cigarrillos
como para picadura para
liar.
Impuesto sobre patrimonio
En el
impuesto sobre patrimonio se
procede a prorrogar durante
2017 la exigencia de su
gravamen, en aras de
contribuir a mantener la
consolidación de las
finanzas públicas,
fundamentalmente, de las
Comunidades Autónomas.
Aplazamientos y
fraccionamientos
-
Se suprime la excepción
normativa que abría la
posibilidad de
aplazamiento o
fraccionamiento de las
retenciones e ingresos a
cuenta.
-
No podrán ser objeto de
aplazamiento o
fraccionamiento las
liquidaciones
tributarias confirmadas
total o parcialmente en
virtud de resolución
firme cuando previamente
hayan sido suspendidas
durante la tramitación
del correspondiente
recurso o reclamación en
sede administrativa o
judicial.
-
Se elimina la
posibilidad de
aplazamiento o
fraccionamiento de
obligaciones tributarias
que deba cumplir el
obligado a realizar
pagos fraccionados del
Impuesto sobre
Sociedades.
-
Se elimina la
posibilidad de
aplazamiento o
fraccionamiento de los
tributos repercutidos,
dado que el efectivo
pago de dichos tributos
por el obligado a
soportarlos implica la
entrada de liquidez en
el sujeto que repercute.
Por tanto, sólo serán
aplazables en el caso de
que se justifique
debidamente que las
cuotas repercutidas no
han sido efectivamente
pagadas.
Coeficientes de
actualización de valores
catastrales
La aprobación
de los coeficientes de
actualización de los valores
catastrales para 2017 supone
una medida que tiene una
repercusión inmediata en el
Impuesto sobre Bienes
Inmuebles ya que dicho
impuesto se devenga el 1 de
enero de cada año natural.
La medida resulta necesaria
dado que contribuye a
reforzar la financiación
municipal, la consolidación
fiscal y la estabilidad
presupuestaria de las
entidades locales. Ha sido
solicitada por 2.452
municipios que cumplen los
requisitos de aplicación de
la Ley, que no podrían
aprobar a tiempo nuevas
ordenanzas fiscales para
adaptar los tipos de
gravamen en el Impuesto
sobre Bienes Inmuebles, por
lo que no verían cumplidas
las previsiones
presupuestarias que hubieran
realizado contando con dicha
actualización.
Suspensión de la
compensación a Canarias
Resulta
necesario precisar por
disposición legal que la
citada suspensión de la
compensación lo es en
términos de devengo y no
únicamente una suspensión en
términos de caja de los
flujos tesoreros derivados
de la misma. Es una
precisión del acuerdo de
suspensión de la
compensación por supresión
del IGTE de Canarias
adoptado en Comisión Mixta
de Transferencias
Administración
Estado-Comunidad Autónoma de
Canarias el 16 de noviembre
de 2015. Con ello, queda
clarificado que dicha
suspensión debe entenderse
en términos de devengo
dotando así de mayor
seguridad jurídica a las
relaciones financieras entre
las partes firmantes del
mencionado Acuerdo.
SALARIO MÍNIMO
Por otro
lado, el Real Decreto Ley
incorpora una disposición
adicional que encomienda al
Gobierno a fijar, de acuerdo
con lo establecido en el
artículo 27 del Estatuto de
los Trabajadores, el salario
mínimo interprofesional para
2017 con un incremento del 8
por 100 respecto del
establecido por el Real
Decreto del 29 de diciembre
de 2015, por el que se fijó
el salario mínimo
interprofesional para 2016.
Ello responde
a la voluntad de incrementar
el salario mínimo
interprofesional teniendo en
cuenta la mejora de las
condiciones generales de la
economía, a la vez que se
continúa favoreciendo, de
forma equilibrada, su
competitividad, acompasando
así la evolución de los
salarios en el proceso de
recuperación del empleo.
De igual
manera el Real Decreto Ley
habilita al Gobierno a
determinar la afectación de
dicho incremento a las
referencias al salario
mínimo interprofesional
contenidas en los convenios
colectivos vigentes a la
fecha de entrada en vigor
del real decreto que apruebe
el salario mínimo
interprofesional para 2017,
con la finalidad de evitar
que el mismo pudiera
producir distorsiones en su
contenido económico, así
como en normas no estatales
y en contratos y pactos de
naturaleza privada. Todo
ello con el ánimo de
reforzar los acuerdos
alcanzados por los
interlocutores sociales en
el ámbito de la negociación
colectiva.
Tope
máximo de cotización
Por otro
lado, se actualizan para el
año 2017 las cuantías del
tope máximo de la base de
cotización a la Seguridad
Social, en los regímenes que
lo tengan establecido, así
como de las bases máximas de
cotización en cada uno de
ellos, incrementándolas en
un 3 por 100 respecto a las
vigentes en el presente
ejercicio, hasta los 3.751
euros mensuales
Además, se
estima oportuna la
introducción de una
previsión legal en virtud de
la cual los futuros
incrementos del tope máximo
y de las bases máximas de
cotización en el sistema de
la Seguridad Social, así
como del límite máximo para
las pensiones causadas en el
mismo, se ajusten en todo
caso a las recomendaciones
que se efectúen en tal
sentido por parte de la
Comisión Parlamentaria
Permanente del Pacto de
Toledo y a los acuerdos en
el marco del diálogo social.
MEDIDAS DE LUCHA CONTRA EL
FRAUDE Y MODERNIZACIÓN DEL
IVA
Asimismo, el
Consejo de Ministros ha
aprobado un Real Decreto que
contempla una serie de
medidas destinadas a la
prevención y corrección del
fraude fiscal,
fundamentalmente en el
ámbito del IVA mediante la
puesta en marcha del nuevo
sistema de Suministro
Inmediato de Información (SII)
que permitirá a la Agencia
Tributaria obtener
información casi en tiempo
real de las transacciones y,
por tanto, mejorando el
control tributario.
Esta medida
se enmarca en un paquete de
medidas de lucha contra el
fraude, junto con las
incluidas en el Real Decreto
Ley y las que se incluirán
en un proyecto de Ley, cuyo
impacto se estima en dos mil
millones de euros.
Suministro inmediato de
información (SII)
Con las
modificaciones introducidas
en el Reglamento del
Impuesto sobre el Valor
Añadido se instaura un nuevo
sistema de gestión del IVA
basado en la llevanza de los
Libros Registro del impuesto
a través de la Sede
electrónica de la AEAT
mediante el suministro cuasi
inmediato de los registros
de facturación.
El
"Suministro Inmediato de
Información" (SII) supone
una mejora sustancial en la
relación de comunicación
entre la Administración y el
contribuyente, puesto que va
a permitir tener una
relación bidireccional,
automatizada e instantánea.
A su vez se configura como
una novedosa herramienta,
tanto de asistencia al
contribuyente, como de
mejora y eficiencia en el
control tributario. El
impacto económico del SII se
estima en 700 millones de
euros, repartido por igual
entre 2017 y 2018.
El SII
consiste, básicamente, en el
suministro electrónico de
los registros de
facturación, integrantes de
los Libros Registro del IVA.
Para ello, deben remitirse a
la AEAT los detalles sobre
la facturación por vía
electrónica de manera que,
con esta información se
vayan configurando,
prácticamente en tiempo
real, los distintos Libros
Registro. En el supuesto de
facturas simplificadas,
emitidas o recibidas, se
podrán agrupar, siempre que
cumplan determinados
requisitos, y enviar los
registros de facturación del
correspondiente asiento
resumen.
El colectivo
que va a ser incluido
obligatoriamente en el SII
está integrado por todos
aquellos sujetos pasivos
cuya obligación de
autoliquidar el IVA sea
mensual. Este colectivo está
integrado por unos 62.000
contribuyentes que
representan,
aproximadamente, el 80 por
100 de la facturación
empresarial del país. En
concreto, serán incluidos
obligatoriamente en el SII
los contribuyentes inscritos
en el Registro de Devolución
Mensual del IVA (REDEME),
las grandes empresas
(aquellas que cuenten con
una facturación anual de más
de seis millones de euros) y
los grupos de IVA. De forma
opcional, cualquier otro
contribuyente que no reúna
estos requisitos puede optar
por el sistema.
La entrada en
vigor de esta obligación
será el 1 de julio de 2017.
Se establece
un plazo general de cuatro
días para la remisión
electrónica de la
información desde la fecha
de expedición de la factura,
o desde que se produzca su
registro contable (excluidos
sábados, domingos y festivos
nacionales). Sin embargo,
durante el primer semestre
de vigencia del SII, los
contribuyentes tendrán un
plazo extraordinario de
envío de la información que
será de ocho días (también
excluidos sábados, domingos
y festivos nacionales).
Ventajas
Los
contribuyentes incluidos en
el SII, para los cuales el
plazo de autoliquidación del
IVA será mensual, verán
ampliado en diez días su
plazo de presentación de las
autoliquidaciones, pasando,
con carácter general, del 20
al 30 de cada mes siguiente,
salvo febrero, donde el
plazo concluirá el último
día del mes.
Además, el
SII moderniza y estandariza
la forma de llevar los
tradicionales Libros
Registro de IVA y conlleva
para los obligados
tributarios incluidos en el
mismo una reducción de sus
obligaciones formales,
suprimiendo la obligación de
presentación de los modelos
347 (operaciones con
terceros), 340 (información
sobre Libros Registro) y 390
(resumen anual del IVA).
Otras de las
ventajas inherentes a este
nuevo sistema son la
posibilidad de prestar una
mayor asistencia al
contribuyente al ofrecerle
datos de contraste de la
información procedente de
terceros y la disminución de
los requerimientos de
información por parte de la
AEAT, ya que muchos de los
requerimientos actuales
tienen por objeto solicitar
los Libros Registro, las
facturas o los datos
contenidos en las mismas
para comprobar determinadas
operaciones. Ello puede
implicar la reducción de los
plazos de realización de las
devoluciones, al disponer la
AEAT de la información en
tiempo casi real y de mayor
detalle sobre las
operaciones.
Economía, Industria y
Competitividad
MEDIDAS
URGENTES EN MATERIA
FINANCIERA
El Consejo de
Ministros ha aprobado un
Real Decreto Ley de medidas
urgentes en materia
financiera, que complementa
los compromisos españoles
con Europa en materia de
Unión Bancaria. Sus aspectos
más relevantes son los
siguientes:
Préstamos a la Junta Única
de Resolución
El Mecanismo
Único de Resolución, en
vigor desde 2015, es uno de
los pilares del proyecto de
Unión Bancaria. Cuenta con
una Junta Única de
Resolución que dispone de un
Fondo para financiar
operaciones de resolución.
El fondo se va nutriendo de
contribuciones de los bancos
europeos hasta alcanzar en
2014 un tamaño equivalente
al 1 por 100 de los
depósitos. El 8 de diciembre
de 2015, el ECOFIN acordó
que los Estados miembros
participantes en la Unión
Bancaria pusieran a
disposición de la Junta una
facilidad de préstamo para
nutrir el Fondo Único de
Resolución de forma
transitoria hasta que esté
dotado en su totalidad por
las contribuciones
bancarias.
El Consejo de
Ministros ha aprobado hoy la
autorización para firmar el
Acuerdo de Facilidad de
Préstamo entre el Reino de
España y la Junta Única de
Resolución, por el cual se
pone a disposición de la
Junta Única de Resolución un
importe máximo de
5.291.000.000 de euros,
equivalente a la aportación
que tendrán que hacer los
bancos al Fondo hasta 2014.
Se trata de
una financiación puente,
transitoria y que únicamente
será empleada como mecanismo
de última instancia, una vez
se hayan agotado los demás
fondos disponibles. Además,
será fiscalmente neutra, ya
que la Junta pagará por la
financiación el mismo tipo
de interés al que se endeude
el Tesoro para prestar los
fondos.
Ajuste en el marco contable
SAREB
El Real
Decreto Ley, sin alterar el
fondo del marco contable que
aplica a SAREB, especifica
el esquema de registro de
las eventuales minusvalías
resultantes de la aplicación
de la normativa contable que
se realizará en el
patrimonio neto de la
Compañía.
Las
variaciones se recogerán en
el balance de SAREB en una
cuenta denominada "Ajustes
por cambio de valor", que se
imputará a la cuenta de
pérdidas y ganancias cuando
el resultado del ejercicio
sea positivo. Se asegura, de
este modo, que el marco
contable es coherente con el
mandato de desinversión a
largo plazo de la SAREB.
Extensión del plazo de
desinversión del FROB
El Real
Decreto Ley establece una
modificación que permite
ampliar en dos años el plazo
que tiene el FROB para
desinvertir sus
participaciones.
Empleo y
Seguridad Social
APROBADO
EL PROGRAMA DE ACCIÓN
CONJUNTO PARA LA MEJORA DE
LA ATENCIÓN A LAS PERSONAS
PARADAS DE LARGA DURACIÓN
-
El objetivo es la
personalización a los
parados de larga
duración, con edades
comprendidas entre los
30 y los 54 años, y su
seguimiento hasta
conseguir su reinserción
laboral. Cada tutor
atenderá como máximo a
120 beneficiarios del
Programa
-
La dotación total es de
515 millones de euros a
distribuir en los años
2016, 2017 y 2018
El Consejo de
Ministros ha aprobado el
Programa de Acción Conjunta
para la Mejora de la
Atención a las Personas
Paradas de Larga Duración.
El programa
pretende orientar los
esfuerzos de los Servicios
Públicos de Empleo de las
Comunidades Autónomas para
la mejora de la Atención a
las Personas Paradas de
Larga Duración dentro del
proceso de gestión de los
recursos de las Políticas
Activas de Empleo.
La atención a
las personas paradas de
larga duración es un aspecto
crucial de las perspectivas
de mejora de empleabilidad
de este colectivo. Las
características de las
personas en desempleo de
larga duración hacen
necesaria la personalización
y seguimiento continuo de la
atención que se les presta
desde los Servicios Públicos
de Empleo y para ello es
preciso contar con medios
adecuados.
Por esta
razón se hace imprescindible
la adopción de medidas
específicas que faciliten la
integración de las personas
paradas de larga duración en
el mercado laboral. En este
mismo sentido, el Consejo de
la Unión Europea emitió una
recomendación el 15 de
febrero de 2016 sobre la
integración de los
desempleados de larga
duración en el mercado
laboral, proponiendo la
adopción de una serie de
medidas a adoptar por los
Estados miembros. Por ello,
la Conferencia Sectorial de
Empleo y Asuntos Laborales
de 18 de abril de 2016
aprobó por unanimidad este
Programa.
Horizonte plurianual
El horizonte
del Programa es plurianual
(2016,2017 y 2018) porque la
naturaleza de las medidas
que pretende impulsar
requiere un plazo de
desarrollo mayor de un año
para resultar efectivas, y
ya ha comenzado en 2016.
Para
financiar las actuaciones
del Programa existe una
dotación en el presupuesto
del Servicio Público de
Empleo Estatal de un total
de 515 millones de euros. La
distribución anual es de 129
millones de euros para el
año 2016, 257 millones para
2017 y 129 millones para
2018.
La fijación
de los criterios de
distribución de los fondos
presupuestarios disponibles
en 2017 y 2018 para la
financiación de las
actividades generales estará
condicionada por los
resultados en los
indicadores incluidos en el
Plan Anual de Política de
Empleo de 2016 y de 2017,
respectivamente.
La prioridad
del Programa es la mejora de
la atención a los
demandantes de empleo
parados de larga duración,
con edades comprendidas
entre los 30 y los 54 años.
Asimismo, las Comunidades
Autónomas pueden decidir
ampliar la aplicación de las
medidas a trabajadores
menores de 30 años o mayores
de 55 años, indicándolo así
en el respectivo Plan Anual
de Política de Empleo. Para
ello podrán utilizar las
cantidades que se le asignen
desde el presupuesto de
gastos del Servicio Público
de Empleo Estatal.
Actuaciones a realizar
Respecto a
los tutores, cada uno deberá
atender, como máximo, a 120
beneficiarios, dado que la
personalización es clave
para garantizar, tanto el
diseño del itinerario, como
su adecuado seguimiento.
Las
actuaciones a desarrollar
son de dos tipos: en primer
lugar, las generales, que
comprenden la asignación de
un tutor que diseñe el
seguimiento del itinerario
personalizado de inserción
de cada parado de larga
duración, atención que
incluirá la realización de
un perfil individualizado de
empleabilidad;
adicionalmente, podrán
también realizarse otras
actuaciones como formación
del personal del Servicio
Público de Empleo de cada
Comunidad Autónoma que se
destine a atender a los
beneficiarios y mejora de
los sistemas de gestión que
tengan incidencia directa en
la atención a los
desempleados, entre otras.
Empleo y
Seguridad Social
DISTRIBUCIÓN DE LOS FONDOS
DE POLÍTICAS ACTIVAS ENTRE
COMUNIDADES AUTÓNOMAS CON
COMPETENCIAS EN MATERIA
LABORAL
-
Asciende en 2016 a
1.802,72 millones,
incluidos 129 millones
de euros para el
Programa de Acción
Conjunta para
desempleados de larga
duración.
El Consejo de
Ministros ha aprobado el
Acuerdo de distribución de
los créditos procedentes de
los Presupuestos Generales
del Estado para la ejecución
de los servicios y programas
incluidos en los ejes de
políticas activas de empleo,
modernización de los
Servicios Públicos y de
Empleo, y ayudas previas a
la jubilación ordinaria en
el sistema de Seguridad
Social.
El Acuerdo
formaliza los criterios y la
distribución correspondiente
de los créditos previstos
para 2016 entre las
Comunidades Autónomas con
competencias transferidas en
el ámbito laboral -todas, a
excepción del País Vasco-,
con inclusión del Programa
de Acción Conjunta para
desempleados de larga
duración.
Los servicios
y programas deberán
dirigirse al cumplimiento de
los siguientes objetivos
estratégicos acordados en el
seno de la Conferencia
Sectorial de Empleo y
Asuntos Laborales:
-
Mejorar la empleabilidad
de los jóvenes y
desarrollar el Plan de
Implementación de la
Garantía Juvenil en
España.
-
Favorecer la
empleabilidad de otros
colectivos especialmente
afectados por el
desempleo, en particular
la de los mayores de 45
años que sean
desempleados de larga
duración y la de los
beneficiarios del
PREPARA.
-
Mejorar la calidad de la
formación profesional
para el empleo, que se
traduce en su mayor
impacto en términos de
inserción y de mejora en
el rendimiento en el
puesto de trabajo.
-
Reforzar la vinculación
de las políticas activas
y pasivas de empleo,
como forma de ofrecer la
mejor protección y vías
de retorno al empleo
para las personas en
situación de desempleo.
-
Impulsar el
emprendimiento como
parte inseparable de la
activación y
recuperación del empleo.
La cantidad a
distribuir entre las
Comunidades Autónomas en
2016 asciende a 1.802,718
millones de euros. Los
criterios de distribución se
aprobaron en la Conferencia
Sectorial de Empleo y
Asuntos Laborales el pasado
18 de abril de 2016.
El 70
por 100 se distribuye en
función de objetivos
De la cifra
antes mencionada, 1.671,79
millones de euros se
distribuyen de acuerdo a los
siguientes criterios:
-
El 30 por 100 de los
fondos objeto de
distribución se asigna
entre las diferentes
Comunidades Autónomas en
función de su
importancia relativa en
el año 2015.
-
El 70 por 100 de los
fondos objeto de
distribución se asigna
entre las diferentes
Comunidades Autónomas en
función del grado de
cumplimiento de los
objetivos fijados en el
Plan Anual de Política
de Empleo del año 2015.
Los 129
millones de euros restantes
(presupuesto Servicio
Público de Empleo Estatal en
su totalidad) se destinarán
a financiar el Programa de
Acción Conjunto para la
Mejora de la Atención a las
Personas Paradas de Larga
Duración, tal y como ha
aprobado hoy también el
Consejo de Ministros.
Su
distribución se realiza de
acuerdo con el criterio del
número de potenciales
beneficiarios a atender en
cada Comunidad Autónoma
(personas desempleadas de
larga duración utilizadas
para determinar la dotación
financiera total del
Programa) medido a 31 de
diciembre de 2015. En 2016
la totalidad de la
asignación destinada a
financiar este Programa se
ha realizado teniendo en
cuenta el número de
potenciales beneficiarios.
Finalmente,
el criterio de distribución
territorial de las ayudas
previas a la jubilación
ordinaria en el sistema de
la Seguridad Social para el
ejercicio económico 2016,
por una cantidad de
1.922.756 euros es el mismo
que el de años anteriores:
atender las peticiones
realizadas por las
Comunidades Autónomas en la
cuantía solicitada.
|
Comunidad
Autónoma |
Fondos de
gestión
transferida |
Programa Parados
Larga Duración |
Distribución con
ayudas previas
jubilación
ordinaria en
Seguridad Social |
Distribución
total 2016 con
parados de larga
duración |
|
Andalucía |
337.756.770 |
31.863.000 |
|
369.619.770 |
|
Aragón |
46.999.388 |
2.734.800 |
|
49.734.188 |
|
Asturias |
48.295.919 |
3.702.300 |
894.029 |
52.892.248 |
|
Illes Balears |
34.730.043 |
1.457.700 |
|
36.187.743 |
|
Canarias |
102.163.062 |
9.042.900 |
|
111.205.962 |
|
Cantabria |
22.706.920 |
1.509.300 |
|
24.216.220 |
|
Castilla-La
Mancha |
75.587.883 |
7.133.700 |
|
82.721.583 |
|
Castilla y León |
98.293.201 |
6.553.200 |
|
104.846.401 |
|
Cataluña |
260.028.780 |
14.718.900 |
|
274.747.680 |
|
Comunidad
Valenciana |
163.506.697 |
16.718.400 |
22.692 |
180.247.789 |
|
Extremadura |
67.701.713 |
3.986.100 |
|
71.687.813 |
|
Galicia |
129.296.983 |
7.972.200 |
1.006.034 |
138.275.217 |
|
Madrid |
210.209.218 |
14.925.300 |
|
225.134.518 |
|
Murcia |
46.493.040 |
4.863.300 |
|
51.356.340 |
|
Navarra |
18.414.236 |
1.225.500 |
|
19.639.736 |
|
La Rioja |
9.611.647 |
593.400 |
|
10.205.047 |
|
Total CCAA |
1.671.795.500 |
129.000.000 |
1.922.756 |
1.802.718.256 |
Economía, Industria y
Competitividad
AUTORIZADO EL AUMENTO DE MÁS
DE SEISCIENTOS MILLONES EN
LA CONTRIBUCIÓN ESPAÑOLA A
LA AGENCIA ESPACIAL EUROPEA
El Consejo de
Ministros ha autorizado al
Ministerio de Economía,
Industria y Competitividad a
establecer el Plan de
contribución de España a la
Agencia Espacial Europea
(ESA), para el periodo
2017-2024 en el marco del
Consejo Ministerial de la
ESA que tenía lugar en
Lucerna (Suiza) el 1 y 2 de
diciembre de 2016.
El Plan
supone una aportación de
fondos en dicho periodo por
importe de 1.512,3 millones
de euros y financiará la
participación de España en
las actividades obligatorias
y asociadas de la ESA, así
como en programas opcionales
de especial interés para la
industria espacial española.
La
contribución que se autoriza
supone un incremento de
600,3 millones de euros para
el periodo 2018-2024
respecto a la aprobada en
2014. De esa cantidad, está
previsto que 400 millones
financien los programas de
lanzadores, exploración,
vuelos tripulados y
microgravedad, navegación,
telecomunicaciones,
observación de la tierra,
tecnología y seguridad. El
resto irá destinado a las
contribuciones obligatorias
(120 millones) y las futuras
reuniones ministeriales del
periodo 2017-2024 (80,3
millones).
La industria
espacial española tiene un
elevado desarrollo
tecnológico que le permite
participar en las grandes
misiones de la ESA. Esta
contribución retorna en
forma de contratos
industriales: 2,1 euros por
cada euro invertido. Desde
2000, España ha conseguido
más de 1.600 millones de
euros en contratos de la
Agencia, y el sector
espacial español ha
aumentado significativamente
su facturación: de 230 a 750
millones de euros entre 2000
y 2015.
Energía,
Turismo y Agenda Digital
VEINTICINCO MILLONES PARA
AYUDAS EN LAS ZONAS MINERAS
-
Financiarán su
rehabilitación
medioambiental y los
costes asociados a la
clausura de las
explotaciones en
condiciones de seguridad
El Consejo de
Ministros ha autorizado al
Instituto para la
Reestructuración de la
Minería del Carbón y
Desarrollo Alternativo de
las Comarcas Mineras,
dependiente del Ministerio
de Energía, Turismo y Agenda
Digital, una convocatoria de
ayudas destinadas a cubrir
los costes excepcionales
derivados de la clausura de
las explotaciones mineras en
condiciones de seguridad y
la restauración del espacio
natural.
Con estas
ayudas se pretende paliar
los efectos medioambientales
que el cese de la actividad
minera ocasiona en el
entorno de los territorios
en los que se ubican las
explotaciones mineras.
Las ayudas
ascenderán a veinticinco
millones de euros para 2016
y superan, así, los quince
millones destinados en el
año anterior.
Las ayudas
son compatibles con la
normativa europea
establecida en una Decisión
comunitaria de 2010, y de
ellas podrán beneficiarse
las empresas incluidas en el
Plan de Cierre para la
Minería del Carbón, que fue
autorizado por Decisión de
la Comisión Europea el
pasado 27 de mayo de 2016.
Economía,
Industria y Competitividad
DECLARADAS OFICIALES LAS
CIFRAS DEL PADRÓN MUNICIPAL
AL 1 DE ENERO DE 2016
El Consejo de
Ministros ha aprobado un
Real Decreto por el que se
declaran oficiales las
cifras de población
resultantes de la revisión
del Padrón municipal
referidas al 1 de enero de
2016. En el Real Decreto se
incluyen las cifras por
provincias, Comunidades
Autónomas y las Ciudades
Autónomas de Ceuta y
Melilla, junto con las
poblaciones correspondientes
a las capitales de provincia
e islas.
Las cifras de
población oficiales de cada
uno de los municipios
españoles serán difundidas
por el Instituto Nacional de
Estadística, una vez que el
Real Decreto sea publicado
en el Boletín Oficial del
Estado, a través de su
página WEB: www.ine.es.
Según la
revisión del padrón a 1 de
enero de 2016, la cifra de
población de España es de
46.557.008 personas, lo que
supone un descenso de 67.374
habitantes (-0,1 por 100)
respecto al 1 de enero de
2015.
Variación en la
población según la
revisión a 1-1-15 y
a 1-1-16 por
Comunidades
Autónomas
|
Comunidades
Autónomas |
RevisiónPadrón
15 |
RevisiónPadrón
16 |
Variación |
|
Absoluta |
Relativa |
|
Total Nacional |
46.624.382 |
46.557.008 |
-67.374 |
-0,1 |
|
Andalucía |
8.399.043 |
8.388.107 |
-10.936 |
-0,1 |
|
Aragón |
1.317.847 |
1.308.563 |
-9.284 |
-07 |
|
Asturias,
Principado de |
1.051.229 |
1.042.608 |
-8.621 |
-0,8 |
|
Balears, Illes |
1.104.479 |
1.107.220 |
2.741 |
0,2 |
|
Canarias |
2.100.306 |
2.101.924 |
1.618 |
0,1 |
|
Cantabria |
585.179 |
582.206 |
-2.973 |
-0,5 |
|
Castilla y León |
2.472.052 |
2.447.519 |
-24.533 |
-1,0 |
|
Castilla-La
Mancha |
2.059.191 |
2.041.631 |
-17.560 |
-0,9 |
|
Cataluña |
7.508.106 |
7.522.596 |
14.490 |
0,2 |
|
Comunitat
Valenciana |
4.980.689 |
4.959.968 |
-20.721 |
-0,4 |
|
Extremadura |
1.092.997 |
1.087.778 |
-5.219 |
-0,5 |
|
Galicia |
2.732.347 |
2.718.525 |
-13.822 |
-0,5 |
|
Madrid,
Comunidad de |
6.436.996 |
6.466.996 |
30.000 |
0,5 |
|
Murcia, Región
de |
1.467.288 |
1.464.847 |
-2.441 |
-0,2 |
|
Navarra,
Comunidad Foral
de |
640.476 |
640.647 |
171 |
-0,2 |
|
País Vasco |
2.189.257 |
2.189.534 |
277 |
0,0 |
|
Rioja, La |
317.053 |
315.794 |
-1.259 |
-0,4 |
|
Ciudades
Autónomas |
|
|
Ceuta |
84.263 |
84.519 |
256 |
0,3 |
|
Melilla |
85.584 |
86.026 |
442 |
0,5 |
|
Provincias |
RevisiónPadrón
15 |
RevisiónPadrón
16 |
Variación |
|
Absoluta |
Relativa |
|
Total Nacional |
46.624.382 |
46.557.008 |
-67.374 |
-0,1 |
|
Albacete |
394.580 |
392.118 |
-2.462 |
-0,6 |
|
Alicante/Alacant |
1.855.047 |
1.836.459 |
-18.588 |
-1,0 |
|
Almería |
701.211 |
704.297 |
3.086 |
0,4 |
|
Araba/Álava |
323.648 |
324.126 |
478 |
0,1 |
|
Asturias |
1.051.229 |
1.042.608 |
-8.621 |
-0,8 |
|
Ávila |
164.925 |
162.514 |
-2.411 |
-1,5 |
|
Badajoz |
686.730 |
684.113 |
-2.617 |
-0,4 |
|
Balears, Illes |
1.104.479 |
1.107.220 |
2.741 |
0,2 |
|
Barcelona |
5.523.922 |
5.542.680 |
18.758 |
0,3 |
|
Bizkaia |
1.148.775 |
1.147.576 |
-1.199 |
-0,1 |
|
Burgos |
364.002 |
360.995 |
-3.007 |
-0,8 |
|
Cáceres |
406.267 |
403.665 |
-2.602 |
-0,6 |
|
Cádiz |
1.240.284 |
1.239.889 |
-395 |
0,0 |
|
Cantabria |
585.179 |
582.206 |
-2.973 |
-0,5 |
|
Castellón/Castelló |
582.327 |
579.245 |
-3.082 |
-0,5 |
|
Ciudad Real |
513.713 |
506.888 |
-6.825 |
-1,3 |
|
Córdoba |
795.611 |
791.610 |
-4.001 |
-0,5 |
|
Coruña, A |
1.127.196 |
1.122.799 |
-4.397 |
-0,4 |
|
Cuenca |
203.841 |
201.071 |
-2.770 |
-1,4 |
|
Gipuzkoa |
716.834 |
717.832 |
998 |
0,1 |
|
Girona |
753.054 |
753.576 |
522 |
0,1 |
|
Granada |
917.297 |
915.392 |
-1.905 |
-0,2 |
|
Guadalajara |
253.686 |
252.882 |
-804 |
-0,3 |
|
Huelva |
520.017 |
519.596 |
-421 |
-0,1 |
|
Huesca |
222.909 |
221.079 |
-1.830 |
-0,8 |
|
Jaén |
654.170 |
648.250 |
-5.920 |
-0,9 |
|
León |
479.395 |
473.604 |
-5.791 |
-1,2 |
|
Lleida |
436.029 |
434.041 |
-1.988 |
-0,5 |
|
Lugo |
339.386 |
336.527 |
-2.859 |
-0,8 |
|
Madrid |
6.436.996 |
6.466.996 |
30.000 |
0,5 |
|
Málaga |
1.628.973 |
1.629.298 |
325 |
0,0 |
|
Murcia |
1.467.288 |
1.464.847 |
-2.441 |
-0,2 |
|
Navarra |
640.476 |
640.647 |
171 |
0,0 |
|
Ourense |
318.391 |
314.853 |
-3.538 |
-1,1 |
|
Palencia |
166.035 |
164.644 |
-1.391 |
-0,8 |
|
Palmas, Las |
1.098.406 |
1.097.800 |
-606 |
-0,1 |
|
Pontevedra |
947.374 |
944.346 |
-3.028 |
-0,3 |
|
Rioja, La |
317.053 |
315.794 |
-1.259 |
-0,4 |
|
Salamanca |
339.395 |
335.985 |
-3.410 |
-1,0 |
|
Santa Cruz de
Tenerife |
1.001.900 |
1.004.124 |
2.224 |
0,2 |
|
Segovia |
157.570 |
155.652 |
-1.918 |
-1,2 |
|
Sevilla |
1.941.480 |
1.939.775 |
-1.705 |
-0,1 |
|
Soria |
91.006 |
90.040 |
-966 |
-1,1 |
|
Tarragona |
795.101 |
792.299 |
-2.802 |
-0,4 |
|
Teruel |
138.932 |
136.977 |
-1.955 |
-1,4 |
|
Toledo |
693.371 |
688.672 |
-4.699 |
-0,7 |
|
Valencia/València |
2.543.315 |
2.544.264 |
949 |
0,0 |
|
Valladolid |
526.288 |
523.679 |
-2.609 |
-0,5 |
|
Zamora |
183.436 |
180.406 |
-3.030 |
-1,7 |
|
Zaragoza |
956.006 |
950.507 |
-5.499 |
-0,6 |
|
Ciudades
Autónomas |
|
|
Ceuta |
84.263 |
84.519 |
256 |
0,3 |
|
Melilla |
85.584 |
86.026 |
442 |
0,5 |
Asuntos
Exteriores y de Cooperación
AUTORIZADA LA FIRMA DEL
ACUERDO DE DIÁLOGO POLÍTICO
Y DE COOPERACIÓN ENTRE LA
UNIÓN EUROPEA Y CUBA
El Consejo de
Ministros ha autorizado la
firma del Acuerdo de Diálogo
Político y de Cooperación
entre la Unión Europea y sus
Estados miembros por un lado
y la República de Cuba, por
otro.
Las
negociaciones para lograr un
Acuerdo de Diálogo Político
y de Cooperación (ADPC)
entre la Unión Europea (UE)
y sus Estados miembros, de
una parte y la República de
Cuba, de otra, comenzaron en
2014 y concluyeron con la
rúbrica del Acuerdo el 11 de
marzo de 2016, en La Habana.
Se prevé que su firma tenga
lugar en Bruselas el próximo
12 de diciembre.
Es el primer
acuerdo bilateral entre la
Unión Europa y Cuba y
pretende crear un marco
estable para sus relaciones,
reemplazando el diálogo "ad
hoc" y la fragmentaria
cooperación que ha existido
hasta la fecha. Las
relaciones entre la Unión
Europa y Cuba se rigen
actualmente por la Posición
Común de la Unión Europa del
2 de diciembre de 1996 que
preveía la posibilidad de
una futura negociación de un
Acuerdo de Cooperación con
Cuba. El Acuerdo será, por
tanto, el nuevo marco
institucional entre la Unión
Europea, sus Estados
miembros y Cuba y sustituirá
a la Posición Común de la
Unión Europea.
Se trata de
un acuerdo de naturaleza
mixta, ya que el Acuerdo
afecta, en parte, a materias
que son competencia de los
Estados miembros.
Objetivos
Tiene como
objetivos consolidar y
fortalecer los vínculos
entre las partes en los
ámbitos del diálogo
político, la cooperación y
el comercio, sobre la base
del respeto mutuo, la
reciprocidad, el interés
común y el respeto a su
soberanía. Las relaciones se
orientarán a respaldar el
proceso de modernización de
la economía y la sociedad
cubana, la cooperación
bilateral y en foros
internacionales, con el fin
de fortalecer los derechos
humanos, la democracia, la
lucha contra la
discriminación y el logro de
los objetivos de desarrollo
sostenible.
El Acuerdo
incluye también elementos
esenciales, como la cláusula
de derechos humanos y la
cláusula de no
proliferación, cláusulas
cuyo incumplimiento puede
conducir a la suspensión del
Acuerdo.
Pilares
Se estructura
en tres pilares:
-
El diálogo político.
-
La cooperación y el
diálogo sobre políticas
sectoriales: democracia,
derechos humanos y
gobernanza; promoción de
la justicia, seguridad
ciudadana y migración;
desarrollo social y
cohesión social;
medioambiente, gestión
del riesgo de desastres
y cambio climático;
desarrollo económico e
integración y
cooperación regional.
-
El comercio y la
cooperación comercial:
establece las bases para
las relaciones
comerciales entre la
Unión Europea y Cuba.
Incluye disposiciones
sobre la facilitación
del comercio y la
cooperación en áreas
tales como los
obstáculos técnicos al
comercio, con el fin de
mejorar el marco en que
se desarrollan unas
relaciones económicas
más profundas. Recoge el
desarrollo futuro de un
marco más sólido para la
inversión.
El Acuerdo se
aplicará con carácter
provisional entre la Unión
Europea y Cuba hasta su
entrada en vigor, si bien
sólo en materias competencia
de la Unión, incluyendo las
que sirvan para definir e
implementar la política
común exterior y de
seguridad de la Unión.
Importante papel de España
España ha
jugado un importante papel
como impulsora de las
negociaciones para el
Acuerdo, para superar la
Posición Común y dotar a la
Unión Europea de un
instrumento que le permitirá
asumir plenamente su
compromiso con Cuba en el
plano político, económico y
de la cooperación al
desarrollo.
El Acuerdo
contribuirá al progreso
económico y político en la
isla y servirá también para
potenciar los intereses
europeos. La Unión Europea
es el segundo socio
comercial de Cuba y el mayor
inversor extranjero. Dentro
de la Unión Europea, España
tiene estrechos lazos
históricos con Cuba: es el
tercer socio comercial,
representa el 36 por 100 del
total del comercio entre la
Unión Europea y Cuba, y
existe una notable presencia
de empresas españolas en la
isla.
Además,
constituye un paso muy
importante en el contexto de
los avances que se están
produciendo en la
construcción de un marco
institucional actualizado
entre la Unión Europea y
América Latina, tales como
el Acuerdo de Asociación con
Centro América, la
negociación de un nuevo
Acuerdo de Asociación con
México, las negociaciones
para un Acuerdo de
Asociación con Mercosur o la
incorporación de Ecuador al
Acuerdo Comercial
Multipartes con Perú y
Colombia.
Educación,
Cultura y Deporte
71,3
MILLONES PARA AYUDAS DE
FORMACIÓN Y MOVILIDAD DEL
PROFESORADO UNIVERSITARIO
El Consejo de
Ministros ha autorizado la
convocatoria correspondiente
a 2016 de ayudas para la
formación de profesorado
universitario, integrado en
el Subprograma de Promoción
del Talento y su
Empleabilidad, en el marco
del Plan Estatal de
Investigación Científica y
Técnica y de Innovación
2013-2016.
Las ayudas
que se convocan, en régimen
de concurrencia competitiva,
tienen como objetivo la
formación investigadora en
programas de doctorado para
la consecución del título de
doctor/ra y la adquisición
de competencias docentes
universitarias en cualquier
área del conocimiento
científico, que faciliten la
futura incorporación de los
beneficiarios al sistema
español de educación
superior y de investigación
científica.
La cuantía
máxima destinada a financiar
esta actuación, en su
convocatoria de 2016, es de
71.391.214 euros, con cargo
a los Presupuestos Generales
del Estado de los ejercicios
2017 a 2023, dado que los
contratos pre doctorales
tienen una duración máxima
de cuatro años. Cuando el
beneficiario sea una persona
con discapacidad, las ayudas
tendrán una duración máxima
de seis años.
La
convocatoria prevé la
concesión de las siguientes
ayudas:
-
850 ayudas para
subvencionar Contratos
pre doctorales de las
que diecisiete ayudas
podrán concederse a
estudiantes con
discapacidad igual o
superior al 33 por 100.
La fecha de
incorporación de los
beneficiarios y vigencia
de los contratos,
necesaria para el
cálculo de la
distribución del gasto
por anualidades, se ha
estimado a partir del 1
de septiembre de 2017.
-
Ayudas para compensación
de gastos de gestión. De
conformidad con el
artículo 13 de la Orden
del Ministerio de
Educación, Cultura y
Deporte del 4 de
septiembre de 2013, la
convocatoria determina
la cuantía de las
compensaciones
económicas, en concepto
de colaboración en la
gestión, en favor de las
entidades colaboradoras.
Dotaciones previstas en la
convocatoria
-
Dotación mensual de
1.173 euros durante los
48 meses de la ayuda y
dos pagas
extraordinarias al año o
proporcional al número
de meses activos, con
veinticuatro meses
adicionales para
discapacitados. El coste
mensual prorrateando la
paga extraordinaria es
de 1.368,50 euros.
-
Importe de las cuotas a
la Seguridad Social.
-
Con el fin de equiparar
las retribuciones de
todos los
beneficiarios/as, en los
dos primeros años de
disfrute de la ayuda, y
en aras a garantizar la
equidad en el sistema de
ayudas, se ha
introducido una
disposición transitoria
para regularizar la
situación de todos los
beneficiarios/as
seleccionados por
convocatorias anteriores
y que a 1 de septiembre
de 2016 están en esa
situación.
En el marco
de la citada Orden del 4 de
septiembre de 2013 que
estableció las bases
reguladoras para la
concesión de subvenciones
públicas en los ámbitos de
los subprogramas de
formación y movilidad del
Programa Estatal de
Promoción del Talento y su
Empleabilidad, del Plan
Estatal de Investigación
Científica y Técnica y de
Innovación 2013-2016, se han
publicado las convocatorias
de 2013, 2014 y de 2015 de
ayudas para la formación
investigadora y docente como
profesorado universitario,
que financian contratos pre
doctorales.
Educación,
Cultura y Deporte
344
MILLONES EN AYUDAS Y BECAS
PARA LA FORMACIÓN,
PERFECCIONAMIENTO Y
MOVILIDAD DEL PROFESORADO EN
EL PERÍODO 2016-2023
El Consejo de
Ministros ha aprobado un
Acuerdo por el que se
modifican los límites para
adquirir compromisos de
gasto con cargo a ejercicios
futuros a fin de posibilitar
al Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte la
realización de las
convocatorias de ayudas y
becas para la formación,
perfeccionamiento y
movilidad del profesorado.
El importe
para el período 2016-2023
asciende a 344 millones de
euros. La dotación inicial
para el año 2016 asciende a
85.016.790 euros. Los
siguientes importes y
anualidades son los
siguientes:
Año Límite
de compromiso
2017
81.567.298,98euros
2018
72.554.303,15euros
201950.266.163,18euros
2020
34.092.725,1euros
2021
15.076.251,08euros
2022
3.045.772,48euros
2023
2.671.217,48euros
La Dirección
General de Política
Universitaria tiene previsto
publicar anticipadamente las
siguientes convocatorias de
becas y ayudas:
Subprograma Estatal de
Formación I+D+i (Programa
Nacional de Formación)
-
La convocatoria de
ayudas para la Formación
de Profesorado
Universitario tiene por
objeto promover la
formación de doctores en
programas de solvencia
investigadora y
formativa, mediante la
concesión de becas y
ayudas para contratos en
prácticas. Esta
convocatoria prevé la
concesión de novecientas
ayudas para subvencionar
contratos predoctorales.
El motivo de
la anticipación de su
publicación al año 2016 se
justifica en el elevado
número de solicitantes de la
ayuda en diferentes fases
que componen el proceso de
selección de los
beneficiarios. La concesión
debe hacerse en una fecha
que permita la incorporación
y contratación por las
entidades colaboradoras a 1
de septiembre de 2017.
La
convocatoria para 2017,
anticipada en 2016,
asimilará las dotaciones de
este tipo de ayudas a las
del programa de Formación
del Personal Investigador
del Ministerio de Economía,
Industria y Competitividad,
que contempla la modalidad
de contrato predoctoral con
un máximo de 48 meses y la
posible renovación de dichos
contratos, en el caso de
personas discapacitadas,
hasta 72 meses.
-
Ayudas complementarias a
la movilidad. Están
integradas por
seiscientas ayudas para
gastos de alojamiento y
manutención, gastos de
viajes para
desplazamientos en
España y en el
extranjero, así como
treinta ayudas para
alojamiento y
manutención y gastos de
viaje para traslados
temporales.
-
Formación doctoral en el
Instituto Universitario
Europeo (Florencia).
Están constituidas por
ayudas para estudios de
doctorado en el
Instituto Universitario
de Florencia. Incluyen
la concesión de doce
becas, con una duración
máxima de 48 meses. La
fecha de la convocatoria
de estas ayudas está
comprometida en el
calendario de dicho
Instituto a nivel
europeo y debe coincidir
el período de
evaluación, selección e
incorporación el 1 de
septiembre de 2017.
Subprograma Estatal de
Movilidad
Este
subprograma persigue
estimular la movilidad del
profesorado universitario e
investigadores de los
organismos y centros de I+D,
en los centros de enseñanza
superior y de investigación
extranjeros, para propiciar
la actualización de sus
conocimientos y el
aprendizaje de nuevas
técnicas y métodos. La
convocatoria prevé:
-
460 estancias de
profesores e
investigadores senior en
centros extranjeros,
incluido el programa
"Salvador de Madariaga".
-
260 estancias de
movilidad en el
extranjero para jóvenes
profesores e
investigadores.
-
Las estancias en Centros
de Estado Unidos se
concederán en
colaboración con la
Comisión Fullbright que
prestará servicios
complementarios.
Acciones de formación y
movilidad en cooperación
internacional
-
Ayudas para la
realización de estudios
de Máster en Ciencias
Sociales y Humanidades
en Universidades de
Estados Unidos de
América, en colaboración
con la Comisión
Fulbright. Consta de
veinte becas como
máximo.
-
Ayudas para estancias de
movilidad en másteres y
doctorados conjuntos
hispano-franceses.
Otras
ayudas transversales,
seguros, gastos de
compensación y otros
Están
constituidas por los
siguientes elementos:
-
La compensación de
gastos de gestión a las
entidades colaboradoras,
a través de las cuales
se efectúa el pago de
las ayudas a los
beneficiarios de las
mismas.
-
Seguros de accidentes y
asistencia sanitaria que
contrata el propio
Ministerio.
Aplazamientos de
incorporación y ampliaciones
por incapacidades temporales
en contratos
Las
convocatorias de las
actuaciones de formación y
movilidad prevén diferentes
opciones de fechas de
incorporación y la
posibilidad de que, ante
ciertas circunstancias, los
beneficiarios puedan
solicitar un aplazamiento de
la incorporación
inicialmente prevista y
concedida, o bien, en el
caso de producirse
interrupciones por
incapacidades temporales, se
prevé que el período de baja
sea recuperable.
Teniendo en
cuenta esta circunstancia es
necesario establecer una
previsión de desplazamiento
de importe que las referidas
circunstancias implican
sobre los ejercicios
posteriores, y que se ha
estimado por el Departamento
Ministerial en el 2,82 por
100 del presupuesto sobre el
inicial de cada ejercicio,
ya que arrastra a
beneficiarios de varias
convocatorias con
incidencias en los
diferentes ejercicios
futuros.
Hacienda y
Función Pública
AUTORIZADA LA APLICACIÓN DEL
FONDO DE CONTINGENCIA
-
36,7 millones se
destinan para atender el
nivel mínimo de
protección según lo
establecido en la Ley de
Dependencia
El Consejo de
Ministros ha autorizado la
aplicación del Fondo de
Contingencia para las
siguientes finalidades:
-
36.755.022,64 euros para
la concesión de un
suplemento de crédito en
el Ministerio de
Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad, con
el fin de atender el
nivel mínimo de
protección garantizado
por la Administración
General del Estado a las
Comunidades Autónomas,
según lo establecido en
la Ley de Promoción de
la Autonomía Personal y
Atención a las personas
en situación de
dependencia. Para
cuantificar este
suplemento de crédito,
el Ministerio de
Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad ha
tenido en cuenta los
resultados de la gestión
efectuada por las
Comunidades Autónomas
para el reconocimiento
de la situación de
dependencia: el número
de personas dependientes
y el grado de
dependencia asignado.
-
33.777.974,15 euros para
financiar ampliaciones
destinados al pago de
cuotas a la Seguridad
Social en los
Ministerios de Defensa,
Educación, Cultura y
Deporte y Asuntos
Exteriores y de
Cooperación.
-
10.187.042,50 euros para
financiar un crédito
extraordinario en el
presupuesto del
Ministerio de Fomento,
para atender al pago de
una sentencia del
Tribunal Supremo que
declara la
responsabilidad
patrimonial de la
Administración y se
reconoce el derecho de
la empresa "Autobuses
Pamplona-Madrid, S.L.",
a ser indemnizada por el
lucro cesante sufrido
como consecuencia de la
dilación en la
tramitación de la
concesión del servicio
regular de transporte de
viajeros por carretera
de carácter permanente y
uso general en la ruta
Madrid-Pamplona.
-
71.610,75 euros para la
concesión de suplementos
de crédito en el
presupuesto del
Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte para
el pago de diversas
sentencias por recursos
contencioso-administrativos
relativas al pago de
sueldos y complementos
del personal docente en
la Dirección Provincial
de Melilla.
-
9.245,04 euros para
financiar un suplemento
crédito en el
presupuesto del
Ministerio de Hacienda y
Función Pública,
destinado al abono de
los intereses de demora
por una subvención de
incentivos regionales,
en ejecución de un auto
de la Audiencia Nacional
de 25 de abril de 2016,
a favor de la entidad GT
MOTIVE S.L
Sanidad,
Servicios Sociales e
Igualdad
EXCEPTUADA LA
APLICACIÓN DE LA ORDEN DE
CIERRE PRESUPUESTARIO A
AYUDAS PARA PROGRAMAS DE
PREVENCIÓN DE VIH,
MOVIMIENTO ASOCIATIVO DE LA
MUJER Y DEPENDENCIA
El Consejo de
Ministros ha autorizado
exceptuar la aplicación de
la Orden del Ministerio de
Hacienda del pasado 14 de
julio que regulaba las
operaciones de cierre del
ejercicio 2016 a tres
partidas de ayudas y
subvenciones a diferentes
colectivos que suman un
total de 3,7 millones de
euros.
Programas de prevención de
VIH
En primer
lugar, la excepción
corresponde a las
subvenciones para entidades
in ánimo de lucro destinadas
a la financiación de
programas de prevención y
control de la infección por
el VIH y el sida, por un
importe de 1.717.000
millones de euros.
Desde su
puesta en marcha en el año
1993, el Plan Nacional sobre
el Sida trabaja para
prevenir y controlar la
infección por el VIH en
España, actuando en
coordinación con otras
administraciones, sociedades
científicas, organizaciones
no gubernamentales y con los
demás agentes que trabajan
en dar respuesta a esta
epidemia. Con ese objetivo,
y en el Marco del Plan
Estratégico de prevención y
control del VIH y otras
infecciones de transmisión
sexual (2013-2016), desde el
Ministerio se convocan
anualmente estas
subvenciones para programas
de prevención de VIH y sida.
Los
beneficiarios de la
convocatoria son casi un
centenar de ONGs de ámbito
estatal, que incluyen entre
los programas preventivos
los programas de educación
sexual dirigidos a
adolescentes y el fomento de
la realización de pruebas de
VIH para el diagnóstico
precoz en centros que
atienden a colectivos con
prácticas de riesgo que no
acuden habitualmente al
sistema sanitario para
demandar la prueba de
diagnóstico de VIH. Los
programas van dirigidos a
jóvenes y adolescentes y a
colectivos desfavorecidos en
muchos casos, en riesgo de
exclusión social.
Subvenciones a asociaciones
de mujeres
La segunda de
las excepciones autorizada
por el Consejo de Ministros
es para la tramitación de la
convocatoria de ayudas del
Instituto de la Mujer y para
la Igualdad de
Oportunidades, por un total
de 1,25 millones de euros
que, desde hace más de
veinte años, tiene como
objetivo financiar el
movimiento asociativo de
mujeres. La convocatoria se
realiza en el marco del Plan
Estratégico de Igualdad de
Oportunidades 2014-2016, que
tiene un eje dedicado a la
participación de las mujeres
en los ámbitos político,
económico y social. Para
ello, se establece una línea
de actuación destinada a
"favorecer el movimiento
asociativo de las mujeres"
mediante ayudas económicas.
Ayudas a la dependencia en
Ceuta y Melilla
La última de
las excepciones autorizadas
por el Consejo de Ministros
permite a las direcciones
territoriales del Instituto
de Mayores y Servicios
Sociales (Imserso) en Ceuta
y Melilla para la concesión
de las subvenciones para
personas mayores, personas
con discapacidad y personas
en situación de dependencia
en las Ciudades de Ceuta y
Melilla. Estas ayudas suman
un importe de 765.654 euros.
La convocatoria también va
dirigida a entidades que
realicen programas en favor
de estos colectivos.
Estas
subvenciones tienen como
objetivos, entre otros,
garantizar a estas personas
la realización de
actividades básicas de la
vida diaria y la máxima
integración, favorecer la
movilidad y facilitar la
integración laboral,
fundamentalmente en el caso
de las personas con
discapacidad.
Interior
CONVENIO
CON ACNUR PARA SU
PARTICIPACIÓN EN LA
DETERMINACIÓN DE LA
CONDICIÓN DE REFUGIADO Y DE
CONCESIÓN DEL DERECHO DE
ASILO
El Consejo de
Ministros ha aprobado un
acuerdo por el que se
suscribe un nuevo convenio
de colaboración entre el
Ministerio del Interior y la
Delegación en España del
Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los
Refugiados (ACNUR) para
garantizar su participación
en el proceso de
determinación de la
condición de refugiado y de
concesión del derecho de
asilo, de acuerdo con lo
dispuesto en la Ley
reguladora del derecho de
asilo y de la protección
subsidiaria de 30 de octubre
de 2009. La financiación de
este Convenio asciende a
270.848 euros.
Desde el año
2009 España vienen
financiando la participación
de ACNUR en el proceso de
determinación de la
condición de refugiado y de
concesión de asilo, a través
de una partida en el
presupuesto de la Dirección
General de Política Interior
(270.848 euros) mediante la
suscripción de un convenio
de colaboración. De esta
forma, España asume los
gastos derivados de las
retribuciones de los cinco
representantes de ACNUR, así
como de los desplazamientos
que tengan que realizar por
territorio nacional en el
desarrollo de sus tareas.
Sanidad,
Servicios Sociales e
Igualdad
CONCESIÓN
DE SUBVENCIONES DEL FONDO DE
AYUDA EUROPEA A
ORGANIZACIONES DE REPARTO DE
AYUDA A LAS PERSONAS MÁS
DESFAVORECIDAS
El Consejo de
Ministros ha aprobado un
Real Decreto por el que se
regula, por primera vez, la
concesión directa de
subvenciones a las
Organizaciones Asociadas de
Reparto encargadas del
reparto de alimentos y del
desarrollo de medidas de
acompañamiento, en el marco
del Fondo de Ayuda Europea
para las personas más
desfavorecidas en España en
2016.
El objetivo
principal de la norma es
mejorar la situación en que
se encuentran las personas
más desfavorecidas
beneficiarias de la ayuda
alimentaria, a través de su
participación en medidas de
acompañamiento.
Estas
subvenciones provienen del
Fondo de Ayuda Europea para
las personas más
desfavorecidas (FEAD), que
financia en un 85 por 100
los programas nacionales de
distribución de alimentos a
las personas más
desfavorecidas, así como
medidas de acompañamiento
social. El otro 15 por 100
lo financia el Estado. La
cuantía máxima a distribuir
en el conjunto del programa
de 2016, que se extiende
hasta los primeros meses de
2017, es de 4,6 millones de
euros.
Este año han
participado en el reparto de
alimentos y de medidas de
acompañamiento,
aproximadamente, 6.500
organizaciones, que han
atendido a más de 1.500.000
personas.
Defensa
APROBADO
EL REGLAMENTO DE LA
CIRCULACIÓN AÉREA OPERATIVA
El Consejo de
Ministros ha aprobado el
nuevo Reglamento de la
Circulación Aérea Operativa.
(CAO).
Dado el
tiempo transcurrido desde su
aprobación el 1 de julio de
1994, se hace necesaria su
revisión para introducir
modificaciones de carácter
técnico, actualizar materias
que han quedado obsoletas e
incluir aspectos que, como
el caso de los vuelos de las
aeronaves pilotadas por
control remoto, no se
contemplaban en el mismo. De
esta forma se da respuesta a
las exigencias globales del
tránsito aéreo y se
contribuye a garantizar la
seguridad en vuelo de todo
tipo de aeronaves.
Aspectos esenciales
Los puntos
esenciales del nuevo
Reglamento son los
siguientes:
-
La necesidad de
conseguir que los vuelos
de las aeronaves
militares que integran
la CAO se realicen de
acuerdo con sus
especiales
características y según
los requerimientos
específicos de la
Defensa Nacional, sin
que interfieran el
normal desarrollo del
tránsito aéreo general,
lo que exige que se
coordine estrechamente
el control de los dos
tipos de circulación
general y operativa por
los organismos que
prestan los Servicios de
Tránsito Aéreo.
-
El Reglamento de la
Circulación Aérea
Operativa es compatible
con las disposiciones
para la circulación
aérea general que
determinen España y la
Unión Europea. Tales
disposiciones de
aplicación supletoria,
se destinarán para lo
que no esté expresamente
regulado en el
Reglamento.
-
El Reglamento tiene por
objeto establecer las
normas que, en función
de sus especiales
características, son de
exclusiva aplicación a
la Circulación Aérea
Operativa, así como las
definiciones, principios
y normas que han de
regir la actuación de
los organismos,
tripulaciones y
controladores
relacionados con la
expresada circulación.
-
Se determina la
responsabilidad que
incumbe a los
comandantes de aeronaves
y miembros de las
tripulaciones que
efectúan vuelos CAO en
estas condiciones, así
como al personal que
presta los servicios de
navegación aérea a estos
vuelos.
-
El Reglamento es de
aplicación a todas las
aeronaves militares,
españolas y extranjeras
que vuelen de acuerdo
con las normas de la CAO
en el espacio aéreo de
soberanía y
responsabilidad
española, y a las
aeronaves militares
españolas que operen en
el extranjero, siempre y
cuando no se oponga a la
normativa vigente en el
Estado que operen.
Este nuevo
Reglamento regula la
operación de los vehículos
aéreos no tripulados cuando
operen bajo las reglas de la
CAO, para que su inserción
en el espacio aéreo sea
segura y eficaz, con lo que
se responde a las
necesidades del Ministerio
de Defensa para el siglo XXI
Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio
Ambiente
REGULADA
LA LICENCIA DE USO DE LA
MARCA "RESERVAS DE LA
BIOSFERA ESPAÑOLAS"
-
Pretende promocionar el
concepto de Reservas de
la Biosfera
distinguiendo aquellos
productos y servicios de
sus territorios siempre
que contribuyan a
cumplir con las
funciones de
conservación, desarrollo
y apoyo logístico de las
mismas
El Consejo de
Ministros ha aprobado el
Real Decreto por el que se
regula la licencia de uso de
la marca "Reservas de la
Biosfera Españolas".
"Reservas de
la Biosfera Españolas"
pretende promocionar el
concepto de Reservas de la
Biosfera, distinguiendo
aquellos productos y
servicios de los territorios
de las reservas, siempre que
contribuyan a cumplir con
las funciones básicas de
conservación, desarrollo y
apoyo logístico de las
mismas y respetando las
singularidades de cada una
de ellas.
El Organismo
Autónomo Parques Nacionales
es el encargado de la
coordinación del Programa
MaB "Persona y Biosfera" de
la UNESCO en España, un
instrumento para formular
criterios y ejemplificar un
nuevo modelo de relación del
ser humano con la
naturaleza. Entre sus
funciones se encuentran la
de impulsar y coordinar las
actividades que constituyen
la contribución española al
programa y, en particular,
de la promoción del concepto
de Reserva de la Biosfera.
Licencia de uso
La licencia
de uso de la marca "Reservas
de la Biosfera Españolas" se
podrá conceder a cualquier
persona, física o jurídica,
que realice su actividad en
alguno de los municipios que
pertenecen a la Reserva de
la Biosfera respecto a
productos agroalimentarios y
artesanos, productos y
servicios turísticos,
eventos y otros.
Cada órgano
de gestión de la Reserva de
la Biosfera se encargará de
fijar los requisitos
específicos que habrán de
cumplir los productos y
servicios de su reserva para
adaptarlos a las
singularidades de cada una
de ellas y acorde con los
requisitos generales
contemplados en el real
decreto aprobado hoy.
El Organismo
Parques Nacionales es el
órgano de control
responsable del buen uso de
la marca "Reservas de la
Biosfera Españolas" y el
Consejo de Gestores del
Comité Español del Programa
MaB apoyará, asimismo, al
Organismo para la evaluación
de las solicitudes para la
obtención de la licencia de
uso de la marca, así como
para asesoramiento referente
a su uso.
Primer país del mundo
España cuenta
con 48 espacios que ostentan
este galardón de la UNESCO,
y que ya abarcan casi el 11
por 100 del territorio, y es
el primer país del mundo, en
número de espacios
declaradas, por delante de
Estados Unidos, con 47.
Agricultura y
Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente
REGULADOS
LA COMPOSICIÓN Y EL
FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO
DE LA RED DE PARQUES
NACIONALES
-
Contribuye a lograr el
objetivo de garantizar
la conservación de la
muestra más
representativa del
conjunto de sistemas
naturales españoles,
garantizando una
participación más
abierta de la sociedad
El Consejo de
Ministros ha aprobado un
Real Decreto que regula la
composición y funcionamiento
del Consejo de la Red de
Parques Nacionales de
España, integrada por los
quince espacios naturales
con la máxima protección
ambiental de nuestro país.
Se trata del
órgano consultivo de mayor
rango, consolidado por la
vigente Ley de Parques
Nacionales, y está presidido
por la ministra de
Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio
Ambiente con la
participación de los
consejeros de Medio Ambiente
de las Comunidades
Autónomas, de los
presidentes de los
patronatos de Parques
Nacionales y asociaciones y
organizaciones cuyos fines
están relacionados con el
medio ambiente o están
directamente afectados por
la declaración de Parque
Nacional.
Participación más abierta a
la sociedad
Este órgano
colegiado contribuye a la
consecución del objetivo de
garantizar, como legado para
las generaciones futuras, la
conservación de la muestra
más representativa del
conjunto de sistemas
naturales españoles, en el
que se traten todas las
cuestiones relevantes que
afectan a los parques
nacionales y la Red que
forman, garantizando una
participación más abierta de
la sociedad, sobre todo, a
algunos colectivos y
asociaciones muy
relacionadas con la gestión
de los Parques Nacionales.
Para ello
deberá informar
preceptivamente de la
propuesta de declaración de
nuevos Parques Nacionales,
de la modificación y
propuesta de revocación de
los existentes, de su
planificación, de los
criterios de distribución de
recursos financieros para
actuaciones comunes de la
Red, así como del
seguimiento y evaluación del
funcionamiento de estos
espacios.
Con la
aprobación de la Ley de
Parques Nacionales de 2014
se consideró preciso el
desarrollo reglamentario que
actualizara y aunara en un
único documento la
composición, funciones y
régimen de funcionamiento
del Consejo Rector.
Nueva
función del Consejo
Además, este
Real Decreto identifica
otras funciones del Consejo
de la Red de Parques
Nacionales. Como novedad de
sus funciones en este Real
Decreto, la de declarar el
hábitat y las especies de
interés especial para la Red
de Parques Nacionales.
Otras
funciones del Consejo de la
Red son determinar el
procedimiento para el
seguimiento y evaluación de
la Red de Parques
Nacionales; establecer los
criterios de prioridad de
los programas multilaterales
de actuación del Estado en
estos espacios naturales; y
acordar la imagen
corporativa de la Red, la
uniformidad del personal y
el diseño de las señales.
La aprobación
por el Consejo de Ministros
de este Real Decreto, en
cuya tramitación se ha
consultado a las Comunidades
Autónomas sin haberse
recibido observación alguna,
es oportuna porque
complementará el desarrollo
reglamentario de la Ley de
Parques Nacionales.
Defensa
ADQUISICIÓN DE DOS
HELICÓPTEROS DE TRANSPORTE
NAVAL TÁCTICO
El Consejo de
Ministros ha autorizado el
Acuerdo para la adquisición
por el Ministerio de Defensa
de dos helicópteros de
transporte naval táctico SH-60F,
por un importe de cuarenta
millones de euros.
El programa
de obtención del helicóptero
de transporte naval táctico
SH-60F tiene previsto la
adquisición de hasta seis
helicópteros en servicio,
que realizan la misión de
transporte de personal
adaptando la configuración a
las necesidades de la
Armada.
La citada
compra se realiza debido a
la obsolescencia de los
actuales helicópteros en
servicio de la Armada, que
realizan la misión de
transporte de personal, los
SH-3 Sea King, que tienen
más de cincuenta años de
servicio. Además, otro
factor que determina la
compra es que el calendario
previsto para la entrega de
los helicópteros NH-90 de
transporte naval a la Armada
se prevé para el año 2025.
Estos
helicópteros se adquirirán
por el procedimiento de
compra FMS (Foreign Military
Sales 'Ventas Militares en
el Exterior'), que
constituye el elemento más
importante del total del
programa de asistencia en
seguridad de los Estados
Unidos de América a los
países aliados y amigos.
Defensa
MODIFICADO EL REGLAMENTO DE
ESPECIALIDADES FUNDAMENTALES
DE LAS FUERZAS ARMADAS
El Consejo de
Ministros ha aprobado un
Real Decreto que modifica el
Reglamento de especialidades
fundamentales de las Fuerzas
Armadas.
Ejército de Tierra
En los
cuerpos y escalas del
Ejército de Tierra se añade
una nueva especialidad
fundamental, "Aviación del
Ejército de Tierra" en la
Escala de Oficiales, y en la
de Suboficiales se incorpora
la especialidad fundamental
de "Aviación del Ejército de
Tierra" en sustitución de la
especialidad fundamental de
"Helicópteros", y se suprime
la de Electricidad.
En la Escala
de Tropa se sustituye la
especialidad fundamental de
Montador Electricista por la
de Hostelería y en la Escala
Técnica del Cuerpo de
Ingenieros Politécnicos del
Ejército de Tierra se
suprime la de Química.
Ejército del Aire
Por otra
parte, en el Ejército del
Aire se efectúa una nueva
enumeración en las
especialidades, renombrando
unas e incorporando otras,
de forma que mediante este
Real Decreto pasan a ser
seis, en lugar de tres:
-
Protección de la Fuerza
y Apoyo a las
Operaciones.
-
Mantenimiento
Aeronáutico.
-
Sistemas de Información,
Comunicaciones y
Ciberdefensa.
-
Mantenimiento de
Electrónica.
-
Control Aéreo.
-
Administración.
En la Escala
de Tropa del Ejército del
Aire el número de
especialidades pasan de
cuatro a dieciséis, con la
finalidad de conseguir una
formación más especializada.
Las especialidades
fundamentales son las
siguientes: Protección de la
Fuerza y Apoyo a las
Operaciones; Auxiliares de
Mantenimiento Aeromecánico,
de Armamento, de
Electrónica, de Vehículos,
de Infraestructuras;
Auxiliar de Mando y Control;
Operador de Equipos y
Sistemas; Operaciones en
Plataforma Aérea;
Combustibles;
Contraincendios; Cartografía
e Imagen; Apoyo Sanitario;
Administración; Hostelería y
Música.
Como
consecuencia de lo anterior,
se reforman los Anexos I y
III del Reglamento para
incorporar los campos de
actividad de las
especialidades fundamentales
que se añaden o modifican en
el Ejército de Tierra y del
Aire, respectivamente.
Especiales a extinguir
Las
especialidades fundamentales
que se eliminan son
declaradas a extinguir, si
bien el personal militar con
alguna de ellas continuará
desempeñando sus cometidos
con arreglo a los campos de
actividad establecidos para
su especialidad fundamental.
La
adquisición de las
especialidades fundamentales
que se incluyen queda
supeditada a la entrada en
vigor de los
correspondientes planes de
estudios. Hasta entonces, se
podrán seguir ofertando
plazas de las especialidades
fundamentales declaradas a
extinguir, con la excepción
de la de "Helicópteros" del
Ejército de Tierra.
Asuntos
Exteriores y de Cooperación
REMISIÓN
A LAS CORTES DEL PROTOCOLO
ADICIONAL AL CONVENIO CONTRA
EL DOPAJE
El Consejo de
Ministros ha aprobado un
Acuerdo por el que se
dispone la remisión a las
Cortes Generales del
Protocolo adicional al
Convenio contra el dopaje,
así como su ratificación.
El Protocolo
Adicional al Convenio contra
el Dopaje entró en vigor el
1 de abril de 2004. Hasta el
momento ha sido ratificado
por veintiséis países.
España firmó el Protocolo
del 5 de noviembre de 2015,
previa autorización del
Consejo de Ministros del 2
de octubre de ese mismo año.
Su objetivo
es asegurar el
reconocimiento mutuo de los
controles antidopaje y
reforzar la aplicación del
Convenio contra el dopaje
del Consejo de Europa, hecho
en Estrasburgo el 16 de
noviembre de 1989,
considerado como el primer
instrumento de derecho
internacional público
referido al dopaje.
Para ello, el
Protocolo permite el
reconocimiento por los
Estados Firmantes de los
controles antidopaje que se
realizan a los deportistas
que proceden de otros
Estados Firmantes del
Convenio, con lo que se
evita la firma de acuerdos
bilaterales entre ellos y se
mejoran la eficacia de los
controles antidopaje.
El Protocolo
es también el primer
instrumento de derecho
internacional público que
reconoce la competencia de
la Agencia Mundial
Antidopaje para la
realización de los controles
fuera de competición.
Economía,
Industria y Competitividad
MODIFICADAS DIVERSAS NORMAS
EN MATERIA DE CONTABILIDAD
El Consejo de
Ministros ha aprobado un
Real Decreto por el que se
modifica el Plan General de
Contabilidad y el Plan
General de Contabilidad de
Pequeñas y Medianas
Empresas, ambos del 16 de
noviembre de 2007, así como
las Normas para la
Formulación de Cuentas
Anuales Consolidadas del 17
de septiembre de 2010, y las
Normas de Adaptación del
Plan General de Contabilidad
a las entidades sin fines
lucrativos, del 24 de
octubre de 2010.
La nueva
norma constituye el
desarrollo reglamentario de
las modificaciones
introducidas en el Código de
Comercio y en el texto
refundido de la Ley de
Sociedades de Capital por la
Ley de 20 de julio de 2015 y
de Auditoría de Cuentas del
26 de junio de 2013, sobre
los estados financieros
anuales, los estados
financieros consolidados y
otros informes afines de
ciertos tipos de empresas.
Las
principales novedades que el
Real Decreto introduce en el
Derecho contable español son
las siguientes:
-
Simplificación de las
obligaciones contables
de las pequeñas y
medianas empresas:
a).Se elimina
la obligatoriedad de
elaborar el estado de
cambios en el patrimonio
neto.
b).Se reduce
la información a incluir en
la memoria en las siguientes
áreas: actividad de la
empresa, aplicación del
resultado, activos
financieros, pasivos
financieros, fondos propios,
situación fiscal,
subvenciones, donaciones y
legados, ingresos y gastos y
operaciones con partes
vinculadas.
2. Nuevo
tratamiento contable de los
inmovilizados intangibles.
3.
Procedimiento sancionador
abreviado previsto en la Ley
de Auditoría de Cuentas.
4.
Tratamiento contable de los
títulos habilitantes de la
Sociedad Estatal Loterías y
Apuestas del Estado, S.A. Se
establece que estos títulos
habilitantes no serán objeto
de amortización, por sus
especiales características,
y debería ser objeto de
análisis al menos anualmente
su eventual deterioro.
Asuntos
Exteriores y de Cooperación
REMISIÓN
A LAS CORTES DEL PROTOCOLO
ADICIONAL AL CONVENIO
EUROPEO DE ASISTENCIA
JUDICIAL EN MATERIA PENAL
El Consejo de
Ministros ha aprobado un
Acuerdo por el que se
dispone la remisión a las
Cortes Generales del Segundo
Protocolo Adicional al
Convenio europeo de
asistencia judicial en
materia penal, así como su
ratificación.
El Segundo
Protocolo Adicional al
Convenio europeo de
asistencia judicial en
materia penal, entró en
vigor el 1 de febrero de
2004. España lo firmó el 9
de octubre de 2015, previa
autorización del Consejo de
Ministros del 18 de
septiembre del mismo año.
El objetivo
de este Protocolo es
reforzar la capacidad de los
Estados miembros y de los
Estados socios para
reaccionar de manera
adecuada frente a la
delincuencia transfronteriza
a la luz de la evolución
político-social en Europa y
del desarrollo tecnológico
en el mundo.
Este objetivo
se alcanza actualizando las
disposiciones que rigen la
asistencia judicial,
diversificando las
situaciones en que se puede
solicitar asistencia,
facilitándola y haciéndola
más rápida y ágil.
Este Segundo
Protocolo mejora y
complementa el Convenio de
Asistencia Judicial en
Material Penal, hecho en
Estrasburgo el 20 de abril
de 1959, así como el Primer
Protocolo Adicional a éste,
hecho en Estrasburgo el 17
de marzo de 1978.
Agricultura y
Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente
AUTORIZADA LA NORMA DE
APLICACIÓN DEL PROGRAMA DE
AYUDA AL SECTOR VITIVINÍCOLA
ESPAÑOL PARA EL PERIODO
2014-2018
El Consejo de
Ministros ha aprobado un
Real Decreto que actualiza
la norma de aplicación del
Programa de Apoyo al sector
vitivinícola para el periodo
2014-2018. Se trata de un
Programa que ofrece como
medidas elegibles para
solicitar ayudas, la
promoción del vino en
terceros países, la
reestructuración y
reconversión del viñedo así
como la destilación de
subproductos y la
innovación.
Con la nueva
norma se adapta la
legislación nacional a los
nuevos reglamentos
comunitarios de desarrollo
de la Organización Común de
Mercados en el sector
vitivinícola, que entraron
en vigor el pasado 18 de
julio; cambios derivados de
la nueva normativa
comunitaria que, si bien no
resultan sustanciales, sí
son numerosos, lo que ha
conllevado, por motivos de
claridad, la derogación del
actual Real Decreto y la
redacción de uno nuevo.
Clasificación
Las nuevas
disposiciones de la Comisión
Europea clarifican aspectos
sobre los beneficiarios, los
criterios de admisibilidad y
de prioridad y las normas
para la selección de
solicitudes, entre otras
cuestiones, por lo que se
han introducido adaptaciones
en las ayudas de promoción
en mercados de terceros
países, de reestructuración
y reconversión de viñedos,
de destilación de
subproductos, de innovación
y de cosecha en verde.
Esta nueva
norma se aplicará
retroactivamente desde el 18
de julio, fecha de entrada
en vigor de los citados
reglamentos. No obstante,
las disposiciones del
anterior Real Decreto del 19
de diciembre de 2014, se
seguirán aplicando a las
solicitudes presentadas con
anterioridad a esa fecha.
Con la
aprobación de este Real
Decreto se continúa
apostando por la mejora de
la competitividad del sector
vitivinícola español a
través del refuerzo de sus
estructuras productivas, de
los proyectos de innovación
y de la promoción en países
terceros, con lo que se
seguirá incrementando la
capacidad de
comercialización y de
exportación.
Defensa
EXCEPTUADA LA APLICACIÓN DE
LA ORDEN DE CIERRE
PRESPUESTARIO A CONTRATOS DE
ALISTAMIENTO DE PATRULLEROS
PARA CAMPAÑAS DE PESCA
El Consejo de
Ministros ha autorizado
exceptuar de la Orden del
Ministerio de Hacienda al
cierre del ejercicio
presupuestario los
expedientes relativos a los
contratos para el
alistamiento, en las
campañas de la Secretaría
General de Pesca, de los
patrulleros "Alborán" y
"Tarifa", por un importe
total estimado de 2.278.163
euros, y de los contratos
para el alistamiento del
patrullero "Arnomendi", por
un importe total estimado de
135.000 euros.
Cada año se
transfieren desde el
Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio
Ambiente los créditos
presupuestarios para
financiar los gastos de
mantenimiento y operación de
los tres buques.
La Secretaría
General de Pesca transfirió
el pasado 18 mayo al
Ministerio de Defensa los
créditos para el
mantenimiento y la operación
de los buques. No obstante,
al decretarse en julio el
cierre del ejercicio
presupuestario, tuvo que
suspenderse la ejecución de
dos expedientes para las
obras de mantenimiento.
La finalidad
de los suministros y
servicios de mantenimiento a
contratar es asegurar la
operatividad de los
patrulleros "Tarifa", "Alboran"
y "Arnomendi", destinados a
la inspección, vigilancia y
apoyo a la flota pesquera en
el ejercicio 2016, y
conseguir su alistamiento
para la campaña de la
Secretaría General de Pesca.
España ha
asumido ante la Agencia
Europea de Control de la
Pesca obligaciones de
inspección en la mar de los
Estados miembros para el
próximo año 2017. Las
campañas de inspección deben
comenzar a principios de año
y se concentran
principalmente en el primer
semestre.
Asuntos
Exteriores y de Cooperación
NUEVA
AYUDA HUMANITARIA A HAITÍ
PARA LA POBLACIÓN AFECTAD
POR EL HURACÁN "MATTHEW"
El Consejo de
Ministros ha aprobado un
Acuerdo por el que se toma
razón de la declaración de
emergencia de una nueva
ayuda humanitaria a la
población afectada por el
huracán Matthew ocurrido en
Haití, por importe de 65.000
euros.
La ayuda ha
consistido en un libramiento
de fondos para el flete de
un avión desde Panamá con
destino Haití, con el objeto
de transportar carga
humanitaria consistente en
material de socorro y
cobijo, de higiene y de agua
y saneamiento.
Agricultura y
Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente
NUEVAS
NORMAS GENERALES DE CALIDAD
PARA LAS CASEÍNAS Y
CASEINATOS ALIMENTARIOS
El Consejo de
Ministros ha aprobado un
Real Decreto que regula las
normas generales de calidad
para las caseínas y
caseinatos alimentarios, y
sustituye y deroga la
anterior normativa en la
materia.
Este Real
Decreto responde a la
obligación de incorporar al
Derecho español la nueva
Directiva comunitaria de
2015 en la materia, que
actualiza y simplifica la
normativa existente hasta la
actualidad.
La nueva
norma afecta a las caseínas
y caseinatos (productos
lácteos) destinados a la
industria alimentaria para
su utilización como
ingrediente en la
elaboración de alimentos.
Estos productos, por tanto,
no van destinados al
consumidor final, sino a su
comercialización entre
empresas. Así, se regulan
las normas de etiquetado y
los requisitos específicos
(composición, impurezas,
coadyuvantes tecnológicos,
características
organolépticas) de las
caseínas y caseinatos para
su comercialización y
utilización por parte de la
industria alimentaria.
De este modo,
el Gobierno continúa con su
labor de modernización de
las normas alimentarias, con
el objetivo, entre otros, de
adaptarse a la
reglamentación Unión Europea
y de crear un marco idóneo
para la mejora de la
competitividad de la
industria alimentaria
española.
Asuntos
Exteriores y de Cooperación
ACUERDOS
CON NUEVA ZELANDA Y VIETNAM
SOBRE PROTECCIÓN DE
INFORMACIÓN CLASIFICA
El Consejo de
Ministros ha aprobado dos
Acuerdos por los que se
autorizan las firmas de
otros tantos Acuerdos entre
el Reino de España y el
Gobierno de Nueva Zelanda, y
entre el Reino de España y
el Gobierno de la República
Socialista de Vietnam,
relativos a la protección de
información clasificada.
Ambos
Acuerdos tienen por
finalidad garantizar la
protección de la información
clasificada intercambiada, o
generada, entre los
respectivos países
firmantes, o entre entidades
públicas o privadas sujetas
a su jurisdicción, en el
ámbito de la defensa.
La firma de
los Acuerdos contribuirá a
la preservación de los
intereses de España en sus
relaciones internacionales,
pues éstas exigen, a veces,
el intercambio de
información que, por afectar
a la seguridad o a los
intereses nacionales, debe
ostentar un grado de
clasificación y estar
sometida a procesos
especiales de utilización y
manejo para preservar esa
integridad.
Los dos
Acuerdos constituyen
instrumentos jurídicos
esenciales que favorecerán
el desarrollo de la
industria española de la
defensa y los intercambios
comerciales bilaterales en
este sector.
Educación,
Cultura y Deporte
ACTUACIÓN
DE EMERGENCIA EN EL EDIFICIO
"CASA DEL SOL" DEL MUSEO
NACIONAL DE ESCULTURA DE
VALLADOLID
El Consejo de
Ministros ha autorizado al
Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte la
aplicación de régimen
excepcional de obras de
emergencia a la ejecución de
las obras encaminadas a
evitar el colapso de parte
de la estructura del
edificio "Casa del Sol"
perteneciente al Museo
Nacional de Escultura de
Valladolid, museo de
titularidad y gestión
estatal.
El importe
total de la actuación
asciende a 32.791 euros y
las obras se iniciaron el
pasado 29 de octubre.
El edificio
"Casa del Sol", catalogado
como Bien de Interés
Cultural, fue adquirido por
el Estado en el año 1999 y
desde entonces se encuentra
cerrado, sin uso y con un
deterioro muy importante. El
inmueble conllevaba un
riesgo inminente debido a la
instabilidad estructural
existente, con el posible
riesgo de colapso del
forjado de la sala, poniendo
en peligro el resto del
edificio histórico y los
bienes en él almacenados.
Debido a todo ello se
consideró necesario realizar
de forma inmediata las obras
precisas para conseguir
estabilizar la zona afectada
y se realizará
posteriormente, mediante un
procedimiento ordinario, la
rehabilitación integral del
edificio.
BIOGRAFÍAS
Asuntos Exteriores y de
Cooperación
Secretario de
estado para la Unión Europea.-
D.
JORGE TOLEDO ALBIÑANA.
Nacido el 21
de septiembre de 1964 en
Ludwigshafen am Rhein
(Alemania), es Licenciado en
Derecho e ingresó en 1989 en
la Carrera Diplomática.
Ha estado
destinado en las
representaciones
diplomáticas españolas en
India y Japón. Fue consejero
técnico en el Gabinete del
Ministro de Asuntos
Exteriores y en la
Subdirección General de
Asuntos Industriales,
Energéticos de Transportes y
de Comunicaciones, y vocal
asesor en el Gabinete del
Secretario de Estado de
Política Exterior y en el
Comité Organizador de la
Presidencia Española de la
Unión Europea. Ha sido jefe
del Gabinete Técnico del
Secretario General para
Asuntos Europeos y director
del Gabinete del Secretario
de Estado para la Unión
Europea. En julio de 2008
fue designado embajador de
España en la República de
Senegal y, a continuación,
embajador en Misión Especial
para los Asuntos Bilaterales
de la Unión Europea. Desde
2012 era director de Asuntos
Europeos y del G-20 en el
Departamento de Asuntos
Internacionales del Gabinete
del presidente del Gobierno.
Secretario de
estado de Cooperación
Internacional y para
Iberoamérica.-
D.
FERNANDO GARCÍA CASAS.
Nacido el 2
de agosto de 1957 en Madrid,
es Licenciado en Derecho y
en Geografía e Historia,
posee el Certificado de
Altos Estudios Europeos por
el Colegio de Europa
(Brujas) y es Master of Arts
por la Fletcher School of
Law and Diplomacy de Boston.
Ingresó en la Carrera
Diplomática en 1983.
Ha estado
destinado en las
representaciones
diplomáticas españolas ante
el Consejo de Europa
(Estrasburgo), Israel y
Naciones Unidas en Ginebra.
Fue vocal asesor del
Departamento Internacional
del Gabinete de la
Presidencia del Gobierno. En
mayo de 2000 fue nombrado
director del Departamento de
Estudios y Relaciones
Informativas del Ministerio
de la Presidencia, y en 2002
pasó a ocupar el puesto de
responsable de Planificación
y Comunicación en la
Secretaría de Cooperación
Iberoamericana, organismo en
el que en 2008 fue nombrado
director del Gabinete del
Secretario General
Iberoamericano. Desde
septiembre de 2014 era
embajador de España en la
República de Estonia.
Embajador
Representante Permanente de
España ante la Unión Europea.-
D.
JUAN PABLO GARCÍA-BERDOY Y
CEREZO.
Nacido el 9
de marzo de 1961 en Madrid,
es Licenciado en Derecho e
ingresó en 1987 en la
Carrera Diplomática.
Ha estado
destinado en las
representaciones
diplomáticas españolas en
Manila y Bonn. Ha sido
director del Gabinete del
Secretario de Estado de
Política Exterior y para la
Unión Europea, y director
del Gabinete de la
Presidencia del Congreso de
los Diputados. En 2002 fue
nombrado director general de
Política Exterior para
Europa. En enero de 2005 fue
designado embajador de
España en la República de
Rumania y desde marzo de
2012 era embajador de España
en la República Federal de
Alemania.
Hacienda y Función Pública
Secretaria
general de Financiación
Autonómica y Local.-
Dª BELÉN NAVARRO HERAS.
Nacida en
1968 en Bilbao, es
Licenciada en Ciencias
Económicas y Empresariales
por CUNEF, y en Derecho por
la UNED, y pertenece a los
Cuerpos de Inspectores de
Seguros del Estado y de
Hacienda del Estado.
Especializada
en Tributación Autonómica y
Local, en el Ministerio de
Hacienda fue subdirectora
general adjunta de Tributos
Locales, jefa de la Asesoría
Tributaria del Secretario
General de Política Fiscal,
Territorial y Comunitaria, y
vocal asesora del Secretario
General de Hacienda. Fue
vocal y presidenta del
Tribunal
Económico-Administrativo
Municipal del Ayuntamiento
de Madrid. Desde octubre de
2012 era directora general
del Catastro.
Director
general de Tributos.-
D.
JOSÉ ALBERTO GARCÍA VALERA
Nacido en
Madrid el 31 de diciembre de
1971, casado y con una hija,
es Licenciado en Derecho por
la Universidad de Sevilla y
pertenece al Cuerpo Superior
de Inspectores de Hacienda
del Estado.
Ha
desempeñado toda su carrera
dentro del Ministerio de
Hacienda. Fue jefe de Aquipo
de Inspección, administrador
de la Aduana de Sevilla y
delegado ejecutivo y jefe de
la Dependencia Regional de
Aduanas de la Delegación
Especial de la Agencia
Tributaria de Andalucía,
Ceuta y Melilla. Actualmente
era delegado especial de la
Agencia Tributaria de
Andalucía, Ceuta y Melilla.
Secretario
general Técnico.-
D.
JORGE GUILLERMO PIPAÓN
PULIDO.
Nacido en
Madrid el 9 de junio de
1974, casado y con tres
hijos, es Licenciado en
Derecho por la Universidad
Autónoma de Madrid y
pertenece al Cuerpo de
Abogados del Estado.
Ha sido
asesor de la Fábrica
Nacional de Moneda y Timbre,
consejero de la Sociedad
Estatal de Infraestructuras
Agrarias y de la Compañía
Española de Seguros de
Crédito a la Exportación,
secretario del consejo de la
sociedad España Expansión
Exterior y secretario del
patronato de la Fundación
Española para la Ciencia y
la Tecnología. Como abogado
del Estado ocupó diferentes
puestos en la Delegación del
Gobierno en Extremadura, en
el Ministerio del Interior,
en el Consejo Superior de
Investigaciones Científicas
y en la Secretaría de Estado
de Comercio, donde fue
abogado del Estado-jefe. En
la actualidad desempeñaba el
puesto de Abogado del Estado
jefe en la Secretaría de
Estado de Economía y Apoyo a
la Empresa.
Fomento
Secretaria
general técnica.-
Dª ALICIA SEGOVIA MARCO
Nacida el 11
de abril de 1982, es
Licenciada en Derecho y en
Ciencias Políticas y de la
Administración, y pertenece
al Cuerpo de Abogados del
Estado. Ha sido directora de
los Servicios Jurídicos de
la Administración de la
Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha y abogada
del Estado ante el Tribunal
de Justicia de Madrid.
Actualmente era responsable
de la Asesoría Jurídica de
Metro de Madrid.
Inspectora
general de Fomento.-
Dª
VIRGINIA DE LOS REYES PÉREZ
ALEGRE.
Nacida el 5
de enero de 1975, es
Licenciada en Derecho por la
Universidad Autónoma de
Madrid y Máster en Dirección
Pública por el Instituto de
Estudios Fiscales-Escuela de
Organización Industrial.
Pertenece al Cuerpo Superior
de Interventores y Auditores
del Estado.
-
Ha desempeñado diversos
cargos en los
Ministerios de Economía
y Hacienda y de
Administraciones
Públicas, en el
Instituto de Estudios
Fiscales y en la Escuela
de Hacienda Pública. Fue
interventora delegada
adjunta en el Ministerio
de Ciencia e Innovación
y subdirectora adjunta
de la Asesoría Jurídica
del Departamento del
Área
Político-Administrativa
del Estado en el
Tribunal de Cuentas.
Desde febrero de 2013
era secretaria general
de la Dirección General
del Catastro del
Ministerio de Hacienda y
Administraciones
Públicas.
Presidente
RENFE-Operadora .-
D.
JUAN ALFARO GRANDE
Nacido el 20
de abril de 1972, es
Licenciado en Ciencias
Económicas por la
Universidad Complutense de
Madrid y Diplomado en
Función Gerencial de la
Administración Pública por
ESADE.
Ha ocupado
diversos puestos en la
Comunidad de Madrid.
Posteriormente fue Director
de Proyectos de Inversión,
miembro del Consejo de
Administración y la Comisión
Ejecutiva de diversas
sociedades públicas y
Director General de
Colaboración Público Privada
del Ayuntamiento de Madrid.
Desde abril de 2012 era
Director General de la
Sociedad Estatal de
Infraestructuras del
Transporte Terrestre.
Educación,
Cultura y Deporte
Secretaria
general técnica.-
Dª
MÓNICA FERNÁNDEZ MUÑOZ.
Nacida el 1
de agosto de 1970, es
Licenciada en Derecho por la
Universidad Complutense y
pertenece al Cuerpo Superior
de Administradores Civiles
del Estado.
Después de
ocupar diferentes puestos en
los Ministerios de
Educación, Cultura y Deporte
y de Administraciones
Públicas, desde 2004 es
subdirectora general de
Promoción del Libro, la
Lectura y las Letras
Españolas.
Director
general de Planificación y
Gestión Educativa.-
D.
JOSÉ MARÍA FERNÁNDEZ LACASA.
Nacido el 1
de mayo de 1970, es
Licenciado en Derecho por la
Universidad Complutense-CEU
San Pablo de Madrid y
pertenece al Cuerpo Superior
de Administradores Civiles
del Estado.
Ha trabajado
en el Gabinete Técnico de la
Subsecretaría de
Administraciones Públicas y
en la Subdirección General
de Inspección y Control de
Movimientos de Capitales de
la Dirección General del
Tesoro y Política
Financiera. Ha sido
vicesecretario general
técnico del Ministerio de
Justicia, subdirector
general de Mejora y
Simplificación de la
Regulación Procedimental en
el Ministerio de
Administraciones Públicas,
director del Gabinete de la
Secretaria de Estado para la
Función Pública del
Ministerio de la Presidencia
y director general de la
Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del
Estado (MUFACE). Fue asesor
del Gabinete Técnico del
Subsecretario de Educación,
Cultura y Deporte, y
actualmente era director del
Gabinete del Secretario de
Estado de Educación,
Formación Profesional y
Universidades.
Directora
general de Formación
Profesional.-
Dª
ROSALÍA SERRANO VELASCO.
Nacida el 5
de agosto de 1971, es
Licenciada en Ciencias
Políticas y Sociología por
la Universidad Complutense
de Madrid y Licenciada en
Derecho por la UNED.
Después de
ocupar diversos puestos en
los Ministerios de
Educación, Cultura y
Deporte, de Justicia y de
Medio Ambiente, fue
subdirectora general adjunta
de Planificación y
Retribuciones de Función
Pública en el Ministerio de
Administraciones Públicas,
jefa de Gabinete de la
subsecretaria de Cultura y
vocal asesora del
subsecretario de Educación,
Cultura y Deporte.
Actualmente era asesora del
secretario de Estado de
Empleo.
Director
general de Deportes.-
D.
JAIME GONZÁLEZ CASTAÑO.
Nacido el 3
de julio de 1982, es
Licenciado en Derecho por la
Universidad Pontificia de
Comillas y pertenece a la
Carrera Diplomática.
Ha sido jefe
de servicio en la
Subdirección General de
Seguridad y en la Unidad del
Introductor de Embajadores
en el Ministerio de Asuntos
Exteriores, y Consejero
Técnico en Presidencia del
Gobierno. Actualmente era
vocal asesor-ayudante del
Presidente del Gobierno.
Energía,
Turismo y Agenda Digital
Subsecretario
de Energía, Turismo y
Agencia Digital.-
D.
PABLO GARCÍA-MANZANO JIMÉNEZ
DE ANDRADE.
Nacido el 11
de diciembre de 1973 en
Madrid, casado, con tres
hijas, es Licenciado y
Doctor en Derecho por la
Universidad Complutense de
Madrid, y pertenece al
Cuerpo de Letrados del
Consejo de Estado.
Como Letrado
ha estado destinado en las
secciones Quinta y Séptima
del Consejo de Estado
(consultas en asuntos sobre
economía y competitividad,
hacienda, educación, cultura
y deporte) y en diversos
grupos de trabajo de la
Comisión de Estudios. Desde
2012 ha sido director
ejecutivo del Centro de
Gestión Pública de IESE
Business School (Universidad
de Navarra).
Director
general del Instituto de
Turismo de España.-
D.
MANUEL ISIDRO BUTLER HALTER.
Nacido el 15
de mayo de 1959, casado, con
dos hijas, es Doctor
Ingeniero Naval por la
Universidad Politécnica de
Madrid y pertenece a los
Cuerpos Superiores de
Administradores Superiores
del Estado y de Tecnologías
y Sistemas de la
Información.
Ha sido
director de la Oficina
Española de Turismo para
Alemania, subdirector
general de relaciones con
las Oficinas Españolas de
Turismo, director de la
Oficina Española de Turismo
en Miami y consejero de
Turismo en Londres. Fue
director general comercial y
de marketing de Husa Hoteles
y secretario técnico del
Consejo Español de Turismo.
Fue director general del
Instituto de Turismo de
España y actualmente era
consejero de turismo en la
Embajada de España en
Alemania.