El Consejo de Ministros ha
aprobado, mediante un Real Decreto Ley, la
reactivación extraordinaria y por tiempo
limitado, hasta el 30 de abril de 2018, del
programa de recualificación profesional de las
personas que agoten su protección por desempleo
(Plan PREPARA).
Desde su aprobación el Plan PREPARA ha dado
cobertura a casi un millón de personas en toda España. La renovación de
este programa es fruto del acuerdo al que llegaron Gobierno y
Comunidades Autónomas por unanimidad, en la reunión mantenida el pasado
día 18 de septiembre en la LXVI Conferencia Sectorial de Empleo y
Asuntos Laborales, tras varios meses de negociación.
Ese mismo proceso de negociación se ha llevado a
cabo, en el marco del Diálogo Social, con los interlocutores sociales,
con los que el Ministerio de Empleo y Seguridad Social llevaba cerca de
cuatro meses trabajando, en el marco de la Mesa del Plan de Choque para
el Empleo, para garantizar y acordar que el Gobierno pudiese garantizar
la continuidad del PREPARA.
En virtud de ese acuerdo, para recuperar el
Programa se atribuyen excepcionalmente al Servicio Público de Empleo
Estatal (SEPE) las funciones de concesión y pago de la ayuda económica
de acompañamiento, con el fin de asegurar su continuidad. Con ello se
logra no perjudicar a un colectivo que ha agotado su protección por
desempleo.
Doce prórrogas
Hasta ahora el PREPARA se había prorrogado de forma automática en doce
ocasiones; la vigencia de la última finalizó el día 15 de agosto de
2017.
Reducción de cotizaciones de las empleadas de hogar
Por otra parte, el Real Decreto Ley introduce de nuevo, mediante una
disposición adicional, la reducción del 20 por 100 en la cotización de
los trabajadores del hogar integrados en el Sistema Especial de
Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social, con
efectos desde el 1 de septiembre de 2017 hasta el 31 de diciembre de
2018.
Modificación de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la
Innovación
Este Real Decreto Ley modifica también la Ley de la Ciencia, la
Tecnología y la Innovación, de 1 de junio de 2011, con la finalidad de
delimitar claramente a qué entidades del sector público se les admite
formalizar contratos de obra o servicio determinado con una duración
superior a tres años. Con la redacción anterior podían surgir dudas
sobre la aplicación de esta excepción en determinadas entidades del
sector público, como fundaciones, consorcios y otros agentes de
ejecución del sistema de ciencia e innovación.