Los accidentes de tráfico
representan la novena causa
de muerte en la actualidad.
Desde el punto de vista
laboral, son la cara oculta
de la moneda, que muchas
veces desconocemos: casi la
mitad de los accidentes
mortales en el trabajo se
producen como consecuencia
de un accidente de tráfico.
Dicho de otra manera:
aproximadamente el 40% de
los accidentes de tráfico
con victimas tienen un
origen laboral, aunque no se
produzcan en el centro de
trabajo. En la actualidad se
esta produciendo la
paradoja, de que mientras
disminuye el crecimiento de
los accidentes laborales en
general, no ocurre lo mismo
con los accidentes in
itinere, que presentan una
tendencia creciente.
Estos accidentes, además, de
ser más graves que el resto
de accidentes laborales,
triplican la duración de las
bajas y dejan importantes
secuelas. Profesiones que,
aparentemente no tienen un
riesgo específico elevado,
pueden tener una elevada
mortalidad debido a la
utilización de un medio de
transporte, todo ello sin
olvidarnos de amplios
sectores profesionales que
permanecen en un segundo
plano, como los autónomos,
fuerzas policiales,
profesores, etc.
Desde un punto de vista
legal, los accidentes
laborales de tráfico se
encuadran en dos categorías:
los accidentes “in itinere”
y los llamados “en misión”.
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Accidente “in
itinere”
es el accidente
sufrido por el
trabajador en el
desplazamiento desde
el domicilio hasta
el lugar de trabajo
y viceversa, en un
tiempo y trayecto
lógico y sin
interrupciones por
tareas no habituales
entre el lugar de
trabajo y el lugar
del accidente. Son
accidentes sufridos
por vehículos en
trayectos cortos y a
las horas de entrada
y salida del
trabajo, donde las
prisas, el sueño o
la fatiga, pueden
ser una combinación
fatal. Si tuviéramos
que hacer un retrato
robot de un
accidente laboral de
trafico, seria el de
un hombre joven con
un permiso de
conducir reciente,
que vive lejos de su
lugar de trabajo,
lleva poco tiempo en
una pequeña empresa,
tiene un contrato
temporal y realiza
trabajo a turnos.
Accidente “en
misión”
es el que tiene
lugar durante la
jornada laboral, con
un medio de
transporte propio o
de la empresa. |
La elevada tasa de
accidentabilidad laboral por
accidentes viales se ve
influida por una serie de
factores relacionados con
los cambios que se han dado
en los modelos productivos:
1) Cada día aumenta el
número de empresas que se
encuentran lejos de las
zonas de residencia,
existiendo una mala
adaptación del transporte
publico a las necesidades de
transporte laboral.
2) Hay un gran crecimiento
de las actividades de
logística y distribución,
junto con procesos de
externalización y
deslocalización de las
actividades productivas.
3) Han aumentado las
exigencias laborales: ritmo,
carga y horas de trabajo.
Aunque las causas de estos
accidentes de tráfico son
múltiples, sabemos que son
tres los factores más
importantes a considerar: el
conductor, la vía y el
vehículo. De ellos, el
principal, es el factor
humano, en nuestro caso el
trabajador. Actuar en el
entorno laboral, con los
trabajadores, incide
directamente en la
disminución de los
accidentes de trafico. No
podemos etiquetar a los
accidentes laborales de
tráfico como inevitables o
ajenos a la prevención en el
trabajo. Todos los agentes
sociales deben trabajar para
incorporar la seguridad vial
a los planes de prevención
de riesgos laborales de las
empresas. Recordemos que
muchos sectores productivos
como actividades sanitarias,
hostelería, banca,
enseñanza, presentan riesgos
viales hasta ahora no
suficientemente valorados.
Actualmente una proposición
no de ley de la Comisión no
Permanente sobre Seguridad
Vial y prevención de
Accidentes de Trafico,
introducirá modificaciones
en la Ley de Prevención de
Riesgos Laborales, el
Reglamento de los Servicios
de Prevención, la Ley
General de la Seguridad
Social y el Estatuto de los
Trabajadores con diferentes
objetivos: |
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1.
Incluir tanto la
evaluación como
la
prevención en el
ámbito de protección de la
LPRL para los
accidentes de tráfico que se
producen como consecuencia
de la actividad laboral: in
itinere y en misión.
2.
Impulsar la
redacción de planes de
movilidad en
empresas y polígonos.
3.
Modificar los
contenidos mínimos de los
programas de los cursos para
el desempeño de las
funciones de nivel básico y
de los cursos para el
desempeño de las
funciones de Delegado de
Prevención, donde
se incluirán módulos de dos
y tres horas,
respectivamente, sobre
seguridad vial, los
accidentes de tráfico y su
prevención.
4.
Elaborar un
Reglamento específico
donde se regularan los
cuatro requisitos para la
consideración de accidente
in itinere que hasta ahora
la jurisprudencia contempla:
causa, tiempo, lugar y forma.
5.
Incorporar en la
negociación colectiva,
cláusulas específicas sobre
la seguridad vial laboral
referidas a los problemas y
riesgos de los trabajadores
en el ejercicio de sus
actuaciones profesionales.
Por ultimo, no olvidemos que
la prevención de tráfico
laborales la tenemos que
plantear desde etapas
tempranas de la educación
escolar. Hay que concienciar
a los más jóvenes de los
riesgos, para lograr unos
objetivos más efectivos en
el futuro.