Empleados del hogar
Incapacidad Temporal. Pago Directo
El Real Decreto Ley 29/2012, de 28 de diciembre (derogada su disp. adic. 2ª por RD legislativo 8/2015, de 30 de octubre), de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y otras medidas de carácter económico y social, introduce varias mejoras en su configuración jurídica.
Estas modificaciones afectan a...
La esfera de regulación de los actos instrumentales de dicho Sistema Especial: inscripción y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores; cotización, recaudación y liquidación de otros derechos de la SS.
La modificación de las cuantías de las bases de cotización y tramos aplicables a este colectivo avanzado así en el paulatino proceso de acercamiento en la forma de determinación de tales bases de acuerdo con las normas aplicables en el Régimen General.
La consideración como una situación singular merecedora de una regulación específica de los supuestos en que los trabajadores presten sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador.
- Con efectos desde el 1 de abril de 2013, el empleado de hogar (Sistema Especial 0138) que preste sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador deberá formular directamente su afiliación, alta y baja y variación de datos cuando así lo haya acordado con los empleadores. No obstante, el empleador también puede presentar la solicitud de baja en caso de extinción de la relación laboral.
- En estos casos, será el trabajador el sujeto responsable del cumplimiento de la obligación de cotizar a dicho sistema, debiendo ingresar la aportación propia y la correspondiente al empleador o empleadores con las que mantenga tal acuerdo tanto por contingencias comunes como por contingencias profesionales.
- En estos casos, el empleador estará obligado a entregar al trabajador, además del recibo de salarios en todo caso, la aportación y cuota que, por los días del mes en que hubiera estado a su servicio, le corresponda por las contingencias comunes como por profesionales.