Riesgo en el embarazo y la lactancia
Solicitud de prestación económica
Para solicitar la prestación económica, se deberán presentar los formularios adjuntos en la WEB de MAZ - Descargar formularios
Durante el tiempo en el que MAZ abona la prestación a la trabajadora, la empresa deberá seguir cotizando por ella y será MAZ la que efectúe la correspondiente retención de la cuota obrera.
En caso de lactancia: mensualmente, la trabajadora deberá acreditar la lactancia natural mediante la aportación del correspondiente informe del pediatra.
Casos generales
- La prestación se abonará a partir del segundo día hábil de cada mes.
- La prestación se suspenderá 21 días antes de la fecha probable de parto, con la regularización de los días pendientes, una vez se acredite la fecha de nacimiento.
- Cualquier circunstancia que implique la suspensión de esta prestación deberá ser comunicada por la trabajadora/empresa a la mutua.
- Finalización del contrato o baja en el RETA.
- Interrupción del embarazo.
- Inicio del descanso por maternidad.
- Reincorporación al trabajo anterior o a otro compatible.
- Interrupción de la lactancia natural.
- Cumplimiento de los 9 meses de edad del hijo.
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