PREGUNTA:
Tengo una consulta que me
gustaría realizar:
Una empleada debe llevar unas
plantillas ortopédicas en todos
sus calzados por una patología
que padece. Según comenta,
dichas plantillas no las puede
colocar en el calzado de
seguridad facilitado por la
empresa y tendría que utilizar
un calzado ortopédico para su
utilización.
La pregunta es ¿cómo debe actuar
la empresa en estos casos? ¿Le
corresponde o no la dotación de
este tipo de calzado a los
trabajadores que lo necesiten?
A la espera de noticias al
respecto, reciban un saludo,
Andrés
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