Accidente de trabajo y enfermedad profesional
Lesiones permanentes no invalidantes
Se trata de aquellas lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter definitivo, causadas por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que, sin llegar a constituir una invalidez permanente, supongan una disminución o alteración de la integridad física del trabajador.
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Incapacidad permanente
Se considera situación de incapacidad permanente al trabajador que, después de haber estado sometido a tratamiento y/o una vez extinguida la IT por el transcurso de su plazo máximo de duración, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves e irreversibles que disminuyen o anulan su capacidad laboral. Art 193 RD Legislativo 8/2015
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Documentación para la solicitud de la Incapacidad permanente y Lesiones permanentes no invalidantes (pincha aquí)